.......... catalanas.
El alto tribunal ha dejado en suspeno también el impuesto sobre depósitos bancarios de la Generalitat.
MARGARITA BATALLAS / Madrid/ Miércoles, 16 de enero del 2013
Además del euro por receta, el TC ha suspendido cautelarmente también otras 2 medidas de la Generalitat: las tasas judiciales específicas de esta comunidad y el impuesto sobre depósitos bancarios, recurridos por el Gobierno.
Tras imponer el Gobierno central sus tasas judiciales, la existencia del recargo judicial de la Generalitat implicaba una doble imposición para los catalanes, los cuales debían pagar hasta ahora entre el 10% y el 20% más que en el resto de España.
El Ejecutivo de Mas, por otra parte, decidió crear a finales del 2012 un impuesto sobre los depósitos bancarios, con el que se proponía recaudar 500 millones de euros al año, cuando era pública e inminente la imposición de un impuesto estatal del 0% sobre esos depósitos. El Gobierno central quedó entonces obligado a compensar a las autonomías que ya tenían en vigor esa tasa por los impuestos que dejaban de ingresar, pero rechazó hacer lo mismo con Catalunya al considerar que era una maniobra de la Generalitat para optar a la compensación.
La suspensión cautelar del euro por receta y de las tasas judiciales entró en vigor, para la Generalitat, el 21 de diciembre, y lo hará para los ciudadanos a partir de su publicación en el BOE.
En el caso del impuesto sobre depósitos bancarios, la suspensión tiene efecto para el Govern de Catalunya desde el 28 de diciembre y para los ciudadanos, tras su aparición en el BOE.
Tras imponer el Gobierno central sus tasas judiciales, la existencia del recargo judicial de la Generalitat implicaba una doble imposición para los catalanes, los cuales debían pagar hasta ahora entre el 10% y el 20% más que en el resto de España.
El Ejecutivo de Mas, por otra parte, decidió crear a finales del 2012 un impuesto sobre los depósitos bancarios, con el que se proponía recaudar 500 millones de euros al año, cuando era pública e inminente la imposición de un impuesto estatal del 0% sobre esos depósitos. El Gobierno central quedó entonces obligado a compensar a las autonomías que ya tenían en vigor esa tasa por los impuestos que dejaban de ingresar, pero rechazó hacer lo mismo con Catalunya al considerar que era una maniobra de la Generalitat para optar a la compensación.
La suspensión cautelar del euro por receta y de las tasas judiciales entró en vigor, para la Generalitat, el 21 de diciembre, y lo hará para los ciudadanos a partir de su publicación en el BOE.
En el caso del impuesto sobre depósitos bancarios, la suspensión tiene efecto para el Govern de Catalunya desde el 28 de diciembre y para los ciudadanos, tras su aparición en el BOE.
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