miércoles, 3 de octubre de 2012

Atribución del régimen de la guardia y custodia compartida

 de los hijos menores de edad.

 Iustel |03/10/2012

Se estima el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por el recurrente contra la sentencia dictada en proceso de divorcio, que mantuvo la guarda y custodia exclusiva de la madre respecto a los 2 hijos menores establecida desde la separación, pues, pese a existir un informe psicólogo favorable a la guarda y custodia compartida, el tribunal de la instancia no lo tuvo en consideración, sin razonar los motivos por los que en realidad optó por no acordar esa medida.

Entrando a resolver el fondo de la cuestión, la Sala acuerda el régimen de la guarda y custodia compartida, y dispone que los periodos de convivencia se establezcan en ejecución de sentencia siempre en interés de los menores y fijando un amplio derecho de visitas al progenitor que no esté conviviendo con los hijos.

La sentencia pincha aquí

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