El recibo subirá de media en Madrid 14 euros para dos millones de casas
Las principales ciudades están cobrando entre un 4% de recargo en el IBI, como es el caso de Madrid y Barcelona, hasta un 10% en el caso de Sevilla o Valencia en aplicación del gravamen extra aprobado por el Gobierno el 30 de diciembre para reducir el déficit. El recibo se incrementa de media 14 euros en la capital.
Las grandes ciudades aplican un recargo al IBI de entre el 4% y el 10%
. Viviendas en las inmediaciones de la plaza de Castilla, en Madrid.
- BLOOMBERG
www.cincodias.com/B. G. - Madrid - 03/08/2012 -
Los propietarios de viviendas y de inmuebles en general llevan
notando desde principios de año el incremento del recibo del impuesto
sobre bienes inmuebles (IBI).
El alza de la famosa contribución urbana es consecuencia del recargo de entre el 4% y el 10% aprobado por el Gobierno el pasado 30 de diciembre para 2012 y 2013 en el marco del 1º paquete de medidas extraordinarias para la contención del déficit.
A esta subida se suma, en su caso, la derivada de una revisión del valor catastral de los inmuebles del municipio, operación que realiza el Ministerio de Hacienda a través del Catastro, y que los ayuntamientos pueden modular incrementando o bajando los tipos impositivos que aplican.
El documento
2.- junto con el Impuesto de Limpiezas y
3.- el Seguro de la Casa, asociado a la Hipoteca de la vivienda.
4.- Los Gastos de Comunidad lo paga el progenitor al que se le ha adjudicado el Uso y
Disfrute de la vivienda que fue familiar.
El alza de la famosa contribución urbana es consecuencia del recargo de entre el 4% y el 10% aprobado por el Gobierno el pasado 30 de diciembre para 2012 y 2013 en el marco del 1º paquete de medidas extraordinarias para la contención del déficit.
A esta subida se suma, en su caso, la derivada de una revisión del valor catastral de los inmuebles del municipio, operación que realiza el Ministerio de Hacienda a través del Catastro, y que los ayuntamientos pueden modular incrementando o bajando los tipos impositivos que aplican.
El documento
Recordar que:
1.- el IBI lo pagan al 50 % los titulares del Inmueble, tras la ruptura de la convivencia en pareja con hijos menores, 2.- junto con el Impuesto de Limpiezas y
3.- el Seguro de la Casa, asociado a la Hipoteca de la vivienda.
4.- Los Gastos de Comunidad lo paga el progenitor al que se le ha adjudicado el Uso y
Disfrute de la vivienda que fue familiar.
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