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martes, 29 de mayo de 2012
TEDH: Sobre Custodia de los menores
TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS: FALTA DE DILIGENCIA EN LA EJECUCIÓN DE SENTENCIA CON RECONOCIMIENTO DE CUSTODIA
El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Santos Nunes c. Portugal (n° demanda 61173/08).
El demandante, Sr. Santos Nunes, tuvo una hija, E., con una mujer brasileña.
Tras tener conocimiento de que esa hija era suya, pidió la custodia de ésta, siéndole otorgada en julio de 2004, pero en ese momento la hija vivía con una familia, a la que había sido entregada por la madre de la menor.
El Tribunal pidió a la pareja que entregaran a la niña, pero sólo acudió el marido ante el Juez, sin decirle su paradero.
A partir de junio de 2006 se consideró como un caso urgente, y el juez organizó varias reuniones, en vano, entre los padres biológicos y el Sr. G., quien tenía a la menor.
Por petición del juez, E. acudió a un psiquiatra infantil, y a partir de este momento, en abril de 2007, el Tribunal estableció un periodo de transición en el que la menor viviría con la pareja pero su padre biológico podía visitarla en cualquier momento.
Fue en enero de 2009 cuando la menor comenzó a vivir con su padre biológico, quién decide interponer una contra la pareja por sustracción de menores, y además ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
El TEDH, concluye en su sentencia que ha habido una violación del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (derecho al respeto a la vida privada y familiar) al considerar que hubo una falta clara de diligencia de las autoridades portuguesas al no hacer más por proteger los lazos familiares.
Por tanto, el TEDH condena a Portugal a indemnizar con una cantidad determinada al demandante.
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