SENTENCIA DE LA AUDIENCIA DE MADRID: ...que no pidieron ni el padre ni la madre
La
Audiencia de Madrid ha anulado una sentencia en la que un juez obligaba a
unos padres a tener la custodia compartida de sus hijos, sin que
ninguno de los 2 hubiera solicitado la guarda conjunta tras una
conflictiva separación.
Según ha informado la Cadena Ser, la decisión judicial, ahora revocada, otorgó el domicilio conyugal a los niños
y obligó a los padres a trasladarse a éste cada 3 meses para vivir
con ellos en la casa y, una vez pasado su correspondiente periodo, a
retirar, previo inventario, todas sus pertenencias y objetos personales.
El tribunal entiende que este régimen perjudicaba a los niños y
afirma que la custodia compartida "debe considerarse como algo
excepcional".
Además, hace una valoración "negativa" de la medida en este caso, en tanto que la relación entre el padre y la madre era "muy tensa y conflictiva" y que "ninguno de los 2 cónyuges había pedido la custodia conjunta ni había acuerdo al respecto".
Para la Audiencia de Madrid, la resolución revocada era
"desestabilizadora" para los menores y que provoca cambios de hábitos
difíciles de asimilar para ellos.
La nueva sentencia concede la guarda a la madre, Ana
Herrera, que disfrutará con los hijos de la vivienda, y que ha
lamentado que la justicia haya tardado 1 año y medio en "decidir con
sentido común".
Herrera ha explicado las dificultades del traslado cada 3 meses
"del cambio de cerradura, de colchón o de recoger los muebles 15 ó 20
días antes", y ha indicado que los niños se movían más porque "tenía que
haber otros domicilios donde hicieran las vistas
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