Tasas: El CGPJ aprueba un informe muy crítico con las tasas de Gallardón por 3 votos a 2
La Comisión de Informes del Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ) ha dado luz verde este jueves, por
3 votos frente a 2, a un informe de Margarita Robles muy crítico
con el anteproyecto de ley de instauración de tasas judiciales en IIª instancia.
Según la vocal, la modificación proyectada obedece a motivos de "oportunidad política y económica" y tal y como está planteada crea una suerte de "justicia para ricos".
Según la vocal, la modificación proyectada obedece a motivos de "oportunidad política y económica" y tal y como está planteada crea una suerte de "justicia para ricos".
ICOAM /
MADRID, 24 de Mayo de 2012 (EUROPA PRESS)
El texto, cuyo carácter no es
vinculante para el Ministerio, ha recibido el apoyo de la proponente y
de los vocales Margarita Uría y Carles Cruz, mientras que los vocales
del denominado "sector conservador" Concepción Espejel y Claro José
Fernánez-Carnicero votaron en contra.
El Anteproyecto fue aprobado por el
Consejo de Ministros el pasado 30 de marzo y en él se acomete una
completa revisión del sistema de tasas judiciales en IIª instancia.
El Gobierno prevé que las ganancias
obtenidas por este concepto aumentarán de 172 a 300 millones de euros,
lo que permitirán sufragar el coste de la justicia gratuita, evitar
abusos y reducir la litigiosidad, amén de alcanzar una mayor eficacia y
racionalización de la Administración de Justicia.
Esta visión no es compartida por
Robles, quien en su informe señala que "más allá de la previsible
reducción de la litigiosidad propiciada por el efecto disuasorio de la
tasa, no se vislumbra cómo la proyectada reforma puede incrementar la
eficacia y racionalización de la Administración de Justicia".
El informe recuerda que en 1986 se
erradicó de nuestro ordenamiento la tasa "entre otras razones para
propiciar que todos los ciudadanos puedan obtener justicia cualquiera
que fuera su situación económica o su posición social", y que su
reintroducción en 2002 tuvo un "alcance limitado", al incidir
exclusivamente sobre las personas jurídicas.
ALCANCE DE LA DOCTRINA CONSTITUCIONAL
En respuesta a los argumentos de
Justicia, que ha venido señalando que la implantación de tasas está
avalada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, el informe
alega que "debe extremarse la prudencia" a la hora de extraer
conclusiones sobre el alcance de dicha resolución, pues el tribunal de
garantías también remarca que la cuantía de las tasas "no debe impedir u
obstaculizar de manera desproporcionada el acceso a la jurisdicción".
Además, el informe cuestiona que el
sistema de tasas que se pretende instaurar sea completamente ajeno a los
mecanismos de solución extrajudicial, como es la mediación civil y la
introducida recientemente para los asuntos mercantiles.
Además, sugiere a
Justicia la introducción de un cauce que permita recuperar el importe
satisfecho cuando la solución extrajudicial sea exitosa.
Igualmente, el informe pide la
exención de la tasa en los procesos matrimoniales y plantea la
dificultad de aplicar dicha excepción en los referidos a protección de
derechos fundamentales tal y como está redactada la norma.
Además,
critica que se haya introducido la obligatoriedad de que los
funcionarios públicos deban contratar abogado y procurador para acudir a
un contencioso-administrativo, cuando hasta ahora estaban exentos.
El aumento de las tasas judiciales
incide en:
1.- mayor medida en la apelación --sube 500 euros--
2.- y en la
casación --600 euros-- de lo Civil y lo Contencioso-Administrativo;
3.- y en
la Suplicación --500 euros--
4.- y en la Casación --750 euros-- del orden
Social.
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