....... pide
reformas para acabar con los problemas técnicos y de interpretación de la Ley
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El Grupo de
Expertos en violencia doméstica y de género del Consejo General del Poder
Judicial (CGPJ) solicita modificar el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento
Criminal (Lecrim), entre otras normas, para "acabar con los problemas
técnicos" tanto "de interpretación" como "de
aplicación" que, según la institución, presenta en su aplicación la Ley de
Medidas de Protección Integral contra la Violencia de género.
En un
informe que analiza los 5 años de aplicación de la norma (2004-09), el grupo de
expertos propone, entre otras medidas, modificar la Lecrim para que no se
aplique la dispensa de no declarar a la que pueden acogerse los parientes del
procesado, incluso si han sido víctimas del mismo, y, en su lugar, se permita
la lectura en el juicio de la declaración que les fue tomada durante la
instrucción.
En materia
de Código Penal, el CGPJ propone que:
1.- se introduzcan la suspensión del régimen
de visitas,
2.- de la guardia y custodia y
3.- de la patria potestad como penas
concretas, privativas de derechos e independientes de otras medidas, para que
así el juez pueda adoptarlas acordando una o varias, en función de lo motivadas
que estén.
Los jueces consideran que la redacción actual del artículo 48, que
regula estas sanciones, es "confusa" y tiene "cierto
automatismo", lo que impide que el magistrado pueda "ponderar".
Los jueces
piden, además, que se elimine el artículo 57.2, por el que se impone
automáticamente la orden de alejamiento en todas las condenas por violencia
doméstica y de género.
Aunque los expertos reconocen que tras el primer
episodio de maltrato el riesgo "se incrementa", consideran que
imponer el alejamiento forzoso en todos los casos puede acarrear
"situaciones indeseadas".
El informe
aborda la sustitución de las penas privativas de libertad y pide un
"tratamiento unitario" para los programas de rehabilitación de
maltratadores en estos casos, y solicitan que sólo puedan gozar de una
suspensión quienes sigan programas de reeducación y tratamiento psicológico que
cumplan una serie de estándares prediseñados.
Piden la misma fórmula para
delitos de violencia doméstica y solicitan que se amplíe también a la fase de
instrucción del delito.
Sobre este
asunto proponen extender las medidas de libertad vigilada a los delitos de
violencia de género y demás que sean competencia de los Juzgados de Violencia
contra la Mujer, ya que actualmente sólo están contempladas para los delitos
sexuales y el terrorismo.
Por último,
solicita que se modifiquen los artículos que resultaron más polémicos de la ley
(153.1, 171.4, 172.2 y 148, que agravan las penas para los hombres) por la
proliferación de recursos de inconstitucionalidad que provocaron.
Para los
jueces, el respaldo del Tribunal Constitucional "no ha eliminado la
disparidad de las respuestas judiciales, afectando a la seguridad
jurídica".
ALERTAN
SOBRE EL FALSO SÍNDROME DE ALIENACIÓN
Otros de los
cambios que proponen los expertos tienen que ver con los tipos penales con
propuestas como que permitir la violación consentida de la orden de alejamiento
no sea un atenuante del delito y no pueda derivar en responsabilidades penales
para la víctima.
Además, proponen medidas en otros ámbitos, como ampliar las
competencias de los Juzgados especializados en Violencia Sobre la Mujer para
que puedan llevar los quebrantamientos de órdenes de alejamiento o estudiar la
exclusión de la atenuante de reparación del daño para estos delitos-
Asimismo, el
informe se refiere al "constructo denominado síndrome de alienación
parental" porque "se constata" su presencia en el ámbito de la
Administración de Justicia "pese a carecer de base científica que lo
avale".
Por eso, el CGPJ recomienda a los profesionales relacionados con
la violencia de género "que estén alerta ante la presencia de este
supuesto síndrome" y eliminen los contenidos formativos "que
aparezcan cargados de prejuicios".
Finalmente,
los jueces abordan a las pulseras de localización para maltratadores.
El CGPJ
considera que el protocolo puesto en marcha por las administraciones "es
insuficiente" porque se ha aplicado para el cumplimiento de las medidas
cautelares y no al de las penas.
"Tampoco se han desarrollado hasta las
fecha las previsiones" que contiene el CP sobre este asunto, concluyen los
expertos, que consideran "urgente" medidas que hagan "efectivo
el derecho de la víctima a su seguridad".
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