La excepción es que los garantes estén en paro o sus ingresos no lleguen al 60% de la letra: El decreto sobre los desahucios excluye a las hipotecas con avales.
Los hipotecados que hayan recurrido a un avalista no podrán beneficiarse de la nueva normativa de protección frente a desahucios, según el real decreto de Economía aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros. El uso de avales es muy habitual precisamente entre los colectivos teóricamente beneficiados por las medidas del Gobierno.
Sebastián González (R) celebra con sus vecinos después de enterarse de la suspensión de su expulsión en Almería, sur de España, 12 de marzo de 2012. - Reuters
La regulación de las subastas de pisos tardará 6 meses
Nuño Rodrigo / David Pérez - Madrid - 13/03/2012.
El BOE publicó el sábado el texto legal con las condiciones bajo las que ciertos hipotecados puedan tener una protección especial para evitar el desahucio, siempre y cuando los bancos acreedores se acojan a un código de conducta voluntario.
Tal y como había adelantado el Gobierno, la normativa afecta a las familias con todos sus miembros en paro si pagan por la hipoteca más del 60% de sus ingresos y si no tienen una segunda vivienda. Pero el texto definitivo es aún más restrictivo.
El BOE concreta que la protección frente a desahucios solo se puede aplicar en créditos o préstamos que carezcan de garantías reales o personales o, en caso de existir estas, si los garantes cumplen los requisitos de estar todos los miembros de la unidad familiar en paro, superar el citado umbral del 60% y no tener otros bienes o derechos reales.
En otras palabras, si a un hipotecado le ha avalado su padre, hermano o amigo de la infancia, no se podrá beneficiar de las medidas frente al desahucio a no ser que el padre, hermano o amigo de la infancia tenga a todos los miembros de la familia en paro, no tenga bienes suficientes para hacer frente a la deuda y sus ingresos, conjuntamente con los del propio hipotecado, no superen el 60% de la letra de la hipoteca.
Este apartado es particularmente sensible, toda vez que las personas en la situación descrita de posible exclusión (con pocos miembros de la familia trabajando y escasos ingresos en relación a la letra de la hipoteca) son, también, las más susceptibles de haber firmado una hipoteca con avalistas.
Tanto las entidades tradicionales como las reunificadoras suelen exigir avalistas nuevos cuando se trata de refinanciar préstamos en situación de riesgo de impago.
Los avales cruzados han provocado, de hecho, demandas judiciales por parte de colectivos de inmigrantes que denuncian una estafa masiva.
Asimismo, dado que el código de buenas prácticas es voluntario, aunque la banca tradicional lo asuma, las citadas reunificadoras pueden optar por no acogerse.
Esto limitaría la capacidad de los hipotecados en situación de riesgo de beneficiarse de la nueva norma, dado que las reunificadoras, con cláusulas en ocasiones abusivas, han sido una de las fórmulas utilizadas por los hipotecados más apurados para evitar la ejecución.
Subastas online
El real decreto de desahucios establece 2 excepciones:
a.- la nueva regulación de las subastas extrajudiciales y
b.- la extensión de las ayudas a inquilinos embargados.
Estos 2 paquetes de medidas se aplicarán a todas las ejecuciones hipotecarias que afecten a la vivienda habitual del deudor, independientemente de si los acreedores (los bancos) firman el llamado código de buenas prácticas o si el deudor entra en la categoría de umbral de exclusión.
El Gobierno pretende simplificar y potenciar los procedimientos extrajudiciales de embargo, muy poco utilizados.
Alrededor del 90% de las ejecuciones se tramitan por vía judicial.
Desde 2007, las ejecuciones hipotecarias presentadas en los juzgados superan las 300.000, según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Facilitar la información y la participación online en las subastas es uno de los objetivos del Ejecutivo.
Intervenga o no un tribunal, el Gobierno está convencido de que estas reformas aumentarán la afluencia de los postores, lo que a su vez facilitará la colocación de los inmuebles, evitando así que la entidad que embarga termine quedándose el inmueble, como sucede en la mayoría de los casos.
De momento, los detalles sobre la simplificación del procedimiento y la posibilidad de una subasta electrónica se retrasan seis meses.
Este es el plazo que el real decreto marca para el desarrollo reglamentario de estas medidas.
Tal y como había adelantado el Gobierno, la normativa afecta a las familias con todos sus miembros en paro si pagan por la hipoteca más del 60% de sus ingresos y si no tienen una segunda vivienda. Pero el texto definitivo es aún más restrictivo.
El BOE concreta que la protección frente a desahucios solo se puede aplicar en créditos o préstamos que carezcan de garantías reales o personales o, en caso de existir estas, si los garantes cumplen los requisitos de estar todos los miembros de la unidad familiar en paro, superar el citado umbral del 60% y no tener otros bienes o derechos reales.
En otras palabras, si a un hipotecado le ha avalado su padre, hermano o amigo de la infancia, no se podrá beneficiar de las medidas frente al desahucio a no ser que el padre, hermano o amigo de la infancia tenga a todos los miembros de la familia en paro, no tenga bienes suficientes para hacer frente a la deuda y sus ingresos, conjuntamente con los del propio hipotecado, no superen el 60% de la letra de la hipoteca.
Este apartado es particularmente sensible, toda vez que las personas en la situación descrita de posible exclusión (con pocos miembros de la familia trabajando y escasos ingresos en relación a la letra de la hipoteca) son, también, las más susceptibles de haber firmado una hipoteca con avalistas.
Tanto las entidades tradicionales como las reunificadoras suelen exigir avalistas nuevos cuando se trata de refinanciar préstamos en situación de riesgo de impago.
Los avales cruzados han provocado, de hecho, demandas judiciales por parte de colectivos de inmigrantes que denuncian una estafa masiva.
Asimismo, dado que el código de buenas prácticas es voluntario, aunque la banca tradicional lo asuma, las citadas reunificadoras pueden optar por no acogerse.
Esto limitaría la capacidad de los hipotecados en situación de riesgo de beneficiarse de la nueva norma, dado que las reunificadoras, con cláusulas en ocasiones abusivas, han sido una de las fórmulas utilizadas por los hipotecados más apurados para evitar la ejecución.
Subastas online
El real decreto de desahucios establece 2 excepciones:
a.- la nueva regulación de las subastas extrajudiciales y
b.- la extensión de las ayudas a inquilinos embargados.
Estos 2 paquetes de medidas se aplicarán a todas las ejecuciones hipotecarias que afecten a la vivienda habitual del deudor, independientemente de si los acreedores (los bancos) firman el llamado código de buenas prácticas o si el deudor entra en la categoría de umbral de exclusión.
El Gobierno pretende simplificar y potenciar los procedimientos extrajudiciales de embargo, muy poco utilizados.
Alrededor del 90% de las ejecuciones se tramitan por vía judicial.
Desde 2007, las ejecuciones hipotecarias presentadas en los juzgados superan las 300.000, según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Facilitar la información y la participación online en las subastas es uno de los objetivos del Ejecutivo.
Intervenga o no un tribunal, el Gobierno está convencido de que estas reformas aumentarán la afluencia de los postores, lo que a su vez facilitará la colocación de los inmuebles, evitando así que la entidad que embarga termine quedándose el inmueble, como sucede en la mayoría de los casos.
De momento, los detalles sobre la simplificación del procedimiento y la posibilidad de una subasta electrónica se retrasan seis meses.
Este es el plazo que el real decreto marca para el desarrollo reglamentario de estas medidas.
Economía reconoce que "ha apretado" a la banca.
El ministerio de Economía reconoció ayer que la normativa para limitar los desahucios "va más lejos que lo quería el sector".Así lo afirmó ayer el secretario de Estado de Economía, Fernando Jiménez Latorre. "Entendemos que se ha apretado un poco a la banca y que (el código) le obliga a cosas que no les corresponde. Se han apretado un poco para que la banca haga un esfuerzo considerable", señaló Jiménez Latorre en un encuentro organizado por la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE). El secretario de Estado apuntó que "la adhesión (al código de buenas prácticas) va a ser mayoritaria".
Jiménez Latorre aseguró, por otro lado, que "no descarta un cambio de tendencia" en la concesión de créditos en los próximos trimestres, una vez que se disipen las dudas del sector financiero y se favorezca el acceso a la financiación.
Reclamaciones
La normativa establece que si una entidad adscrita al código de buenas prácticas lo incumple, el hipotecado deberá dirigirse a reclamar al Banco de España.
Además, una comisión publicará cada 6 meses el grado de cumplimiento de cada entidad.
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