http://www.que.es/sevilla/201109291654-presidente-tsja-dice-objetivo-sido-epi.html
El presidente del TSJA dice que el objetivo ha sido celebrar "cuanto antes" el juicio contra el juez Serrano.
29 de septiembre de 2011.SEVILLA, (EUROPA PRESS)
El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, se ha referido este jueves al juicio que se iniciará el próximo lunes contra el juez de Sevilla Francisco Serrano, para quien la Fiscalía pide 10 años de inhabilitación por un delito de prevaricación tras cambiar el turno de custodia de un menor, y ha asegurado que, en este caso, "hemos procurado poner el juicio cuanto antes".
En declaraciones a los periodistas durante una visita a la Audiencia Provincial de Sevilla, Lorenzo del Río ha señalado que, el próximo lunes, los 3 magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal andaluz que enjuiciarán al magistrado "se pondrán la toga y celebrarán el juicio" al objeto de "darle la solución que jurídicamente creamos en conciencia".
"Hay que esperar a la Justicia, que tiene sus tiempos", según ha puesto de manifiesto el presidente del TSJA, quien ha subrayado que "en este caso hemos procurado poner el juicio cuanto antes para que esa situación personal e institucional quede solucionada".
"Habrá que esperar a la semana que viene", ha apelado.
Estas declaraciones se producen después de que la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acordara no admitir a trámite el incidente de recusación planteado por la acusación particular contra 2 de los magistrados encargados de enjuiciar al juez Serrano, entre ellos el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, ya que considera que se trata de una propuesta "extemporánea" y con la que el letrado de la acusación "persigue la suspensión del señalamiento".
Fue el pasado viernes cuando el abogado de la mujer que denunció al juez Serrano por modificar el turno de custodia de su hijo de 11 años establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado al objeto de garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá', planteó la recusación de ambos magistrados.
Nota: ¿Que Juzgado es el competente en estos casos? ¿ O solo en Sevilla se da esta circunstancia?
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
viernes, 7 de octubre de 2011
jueves, 6 de octubre de 2011
Los jueces exigen unificar doctrina en las sentencias
Los jueces exigen unificar doctrina en las sentencias.
Hay dos posibles interpretaciones de la Ley de Violencia de Género.
PAULA DÍAZ /MADRID/ 05/10/2011
El juez Juan del Olmo.
Llamar "zorra" a una mujer no ofende si es para destacar su astucia.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia de la que se extrae que el término "zorra" no es un insulto que menoscabe la dignidad de la mujer reabrió ayer el debate sobre las diferentes interpretaciones que hacen los magistrados de la Ley Integral contra la Violencia de Género.
En dicha sentencia, los jueces Juan del Olmo (el ponente), María Jover y Juan Miguel Ruiz rebajaron la pena de un presunto maltratador de un delito a una falta de amenazas (se redujo la distancia y el tiempo de la orden de alejamiento de la víctima), por considerar que no estaba suficientemente acreditada la humillación del hombre hacia su exmujer.
Los magistrados se basaron en la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS), en la que se alega que no toda agresión de un hombre a una mujer debe ser considerada automáticamente como machista.
Pajín: "No podemos consentir que un insulto no se considere como tal"
Sin embargo, otras sentencias del Supremo, e incluso alguna del Tribunal Constitucional, avalaron la teoría contraria en otras ocasiones, lo que demuestra, según los expertos, que no existe una doctrina unificada para dictaminar si un insulto, una amenaza o una agresión deben ser penados como violencia de género en todos los casos.
El artículo 1 de la ley define el maltrato como el que se ejerce sobre las mujeres por parte de sus parejas o exparejas "como manifestación de la discriminación, la desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres".
Sin embargo, los artículos 153 y 171.4 del Código Penal, que desarrollan dicha norma, penalizan las amenazas y las agresiones dentro de una relación afectiva sin que haya necesidad de especificar si hay superioridad del hombre frente a la mujer o no.
Por este motivo, tanto las principales asociaciones de magistrados como el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) consideran que es necesario que el Supremo unifique la doctrina al respecto.
La abogada de la víctima: "Lo grave es la amenaza, no el insulto".
"La mayoría de los jueces entiende que no es necesario exigir pruebas del dominio del agresor sobre la víctima porque la norma penal no lo exige", explicó ayer Inmaculada Montalbán, presidenta del Observatorio de Violencia de Género del CGPJ.
Sin embargo, opinó que "sería deseable que se pronuncie el Tribunal Supremo para evitar discordancias jurídicas".
De hecho, el CGPJ envió una propuesta al Parlamento para que, en la propia Ley, se defina mejor el tipo penal, "sea cual sea la intención del agresor".
Los portavoces de las asociaciones Jueces para la Democracia, la Asociación de Jueces Francisco de Victoria y la Asociación de Profesionales de Magistratura (José Luis Ramírez, Marcelino Sexmero y Pablo Llarena, respectivamente) también creen que el Supremo debe decantarse por 1 de las 2 posibles interpretaciones de la norma.
No obstante, todos reconocen que es complicado llegar a un acuerdo, ya que, de hacerlo, "se corre el riesgo de condenar como delito una conducta leve y de que la respuesta, por tanto, no sea ajustada", explicó Ramírez.
Críticas al dictamen
Aunque "las 2 interpretaciones de la ley son admisibles" según Ramírez, la del juez Del Olmo, que ya ha emitido más dictámenes similares, volvió a convertirse ayer en polémica.
"No podemos consentir que un insulto y una vejación no sean considerados como tal", denunció la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín.
El ministro de Presidencia, Ramón Jáuregui, y la presidenta de la Asociación de Juristas Themis, Ángela Cerrillos, también consideraron "inadmisible" la sentencia, pese a que ambos reconocieron que no habían tenido acceso a ella.
La secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, por su parte, también la consideró "un disparate".
Sin embargo, la abogada de la víctima, Fuencisla Martín, se mostró de acuerdo con que el término zorra no había sido utilizado como un insulto en el contexto de la amenaza.
"Dile a tu madre que se ande con cuidado, como las zorras, que mire siempre a todas partes porque la voy a matar", le dijo el acusado a su hijo.
"Lo grave es que la amenazó de muerte en muchas ocasiones y que ella está ahora menos protegida", concluyó Martín.
Hay dos posibles interpretaciones de la Ley de Violencia de Género.
PAULA DÍAZ /MADRID/ 05/10/2011
El juez Juan del Olmo.
Llamar "zorra" a una mujer no ofende si es para destacar su astucia.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia de la que se extrae que el término "zorra" no es un insulto que menoscabe la dignidad de la mujer reabrió ayer el debate sobre las diferentes interpretaciones que hacen los magistrados de la Ley Integral contra la Violencia de Género.
En dicha sentencia, los jueces Juan del Olmo (el ponente), María Jover y Juan Miguel Ruiz rebajaron la pena de un presunto maltratador de un delito a una falta de amenazas (se redujo la distancia y el tiempo de la orden de alejamiento de la víctima), por considerar que no estaba suficientemente acreditada la humillación del hombre hacia su exmujer.
Los magistrados se basaron en la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS), en la que se alega que no toda agresión de un hombre a una mujer debe ser considerada automáticamente como machista.
Pajín: "No podemos consentir que un insulto no se considere como tal"
Sin embargo, otras sentencias del Supremo, e incluso alguna del Tribunal Constitucional, avalaron la teoría contraria en otras ocasiones, lo que demuestra, según los expertos, que no existe una doctrina unificada para dictaminar si un insulto, una amenaza o una agresión deben ser penados como violencia de género en todos los casos.
El artículo 1 de la ley define el maltrato como el que se ejerce sobre las mujeres por parte de sus parejas o exparejas "como manifestación de la discriminación, la desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres".
Sin embargo, los artículos 153 y 171.4 del Código Penal, que desarrollan dicha norma, penalizan las amenazas y las agresiones dentro de una relación afectiva sin que haya necesidad de especificar si hay superioridad del hombre frente a la mujer o no.
Por este motivo, tanto las principales asociaciones de magistrados como el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) consideran que es necesario que el Supremo unifique la doctrina al respecto.
La abogada de la víctima: "Lo grave es la amenaza, no el insulto".
"La mayoría de los jueces entiende que no es necesario exigir pruebas del dominio del agresor sobre la víctima porque la norma penal no lo exige", explicó ayer Inmaculada Montalbán, presidenta del Observatorio de Violencia de Género del CGPJ.
Sin embargo, opinó que "sería deseable que se pronuncie el Tribunal Supremo para evitar discordancias jurídicas".
De hecho, el CGPJ envió una propuesta al Parlamento para que, en la propia Ley, se defina mejor el tipo penal, "sea cual sea la intención del agresor".
Los portavoces de las asociaciones Jueces para la Democracia, la Asociación de Jueces Francisco de Victoria y la Asociación de Profesionales de Magistratura (José Luis Ramírez, Marcelino Sexmero y Pablo Llarena, respectivamente) también creen que el Supremo debe decantarse por 1 de las 2 posibles interpretaciones de la norma.
No obstante, todos reconocen que es complicado llegar a un acuerdo, ya que, de hacerlo, "se corre el riesgo de condenar como delito una conducta leve y de que la respuesta, por tanto, no sea ajustada", explicó Ramírez.
Críticas al dictamen
Aunque "las 2 interpretaciones de la ley son admisibles" según Ramírez, la del juez Del Olmo, que ya ha emitido más dictámenes similares, volvió a convertirse ayer en polémica.
"No podemos consentir que un insulto y una vejación no sean considerados como tal", denunció la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín.
El ministro de Presidencia, Ramón Jáuregui, y la presidenta de la Asociación de Juristas Themis, Ángela Cerrillos, también consideraron "inadmisible" la sentencia, pese a que ambos reconocieron que no habían tenido acceso a ella.
La secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, por su parte, también la consideró "un disparate".
Sin embargo, la abogada de la víctima, Fuencisla Martín, se mostró de acuerdo con que el término zorra no había sido utilizado como un insulto en el contexto de la amenaza.
"Dile a tu madre que se ande con cuidado, como las zorras, que mire siempre a todas partes porque la voy a matar", le dijo el acusado a su hijo.
"Lo grave es que la amenazó de muerte en muchas ocasiones y que ella está ahora menos protegida", concluyó Martín.
El feminismo se ha fragmentado y pierde fuerza
La Vanguardia.com:El feminismo se ha fragmentado y pierde fuerza.
El movimiento, sin embargo, ve necesario alzar la voz al ver aún lejos la igualdad real
06/10/2011 - Cristina Sen
Celia Amorós, filósofa y teórica del feminismo, recibió el premio Nacional de Ensayo en el 2006.
Era la 1ª mujer a la que se distinguía con este galardón gracias a su obra "La gran diferencia y sus pequeñas consecuencias..." para la lucha de las mujeres.
"Supone –decía entonces Amorós– una legitimación de la línea de investigación ligada al movimiento feminista. Un movimiento que viene produciendo teoría desde hace mucho tiempo, y que ha sido ignorado durante años".
Ha pasado un lustro y se hace difícil decir que el feminismo haya recuperado como movimiento un lugar preeminente en el debate social, especialmente tras el vigor que vivió en la década de los 70-80.
Pero no hay que analizar con los mismos parámetros la situación en el siglo pasado con la realidad social de esta segunda década del XXI.
En los años 70-80 había muchas cosas a reivindicar, en España estaba prácticamente todo por hacer en el camino para lograr la igualdad teórica, el acceso de la mujer al mundo laboral, el derecho a tener un proyecto propio de vida.
Aquel movimiento tuvo la fuerza suficiente para que en los años posteriores la mayoría de mujeres, aunque no se declarasen feministas, hiciesen suyos los postulados en pro de la igualdad.
Al conseguirlo, el feminismo se quedó algo vacío y débil, señala Juana Gallego, profesora de Periodismo de la UAB y autora del libro "Eva devuelve la costilla".
Podría decirse, comenta, que con el paso del tiempo se ha encerrado algo en sí mismo, adquiriendo un barniz endogámico que le ha restado capacidad de incidencia pública.
Los diagnósticos coinciden en señalar que el feminismo se ha atomizado en colectivos diversos.
La igualdad se defiende en las fábricas, entre las empresarias, en los colectivos de juristas, en la política..., por lo que ya no es patrimonio de un movimiento concreto, lo que es bueno y significa un éxito, pero también comporta problemas.
El feminismo hoy no es unívoco, señala Mercè Pigem, representante de CiU en la comisión de igualdad del Congreso, y al fragmentarse en grupos ha dejado unos "agujeros" en el movimiento.
Unos agujeros no menores que se analizarán más tarde: la incorporación del hombre al mundo doméstico y del cuidado familiar.
Y el peligro de que las generaciones jóvenes piensen que todo está conseguido.
Sara Berbel, doctora en Psicología Social, considera que el salto de las mujeres a las instituciones, lo que denomina la "institucionalización del feminismo", es también una de las causas del debilitamiento de este movimiento.
Sobre el papel esto no tendría que leerse como algo negativo, pero subraya que es imprescindible para seguir avanzando que se recupere la fuerza fuera de las instituciones, en la calle, y se rearme con postulados acordes al siglo XXI.
Hay para ello suficiente pensamiento creado en las cátedras universitarias españolas.
Mucho se ha dicho y se ha escrito sobre el camino de las mujeres y el diagnóstico coincide en subrayar que el gran reto actual es incorporar a los hombres al pensamiento de la igualdad, a la igualdad real una vez conseguida la legal.
Y se señala con énfasis que si no se logra su incorporación plena y masiva a la conciliación familiar, si no se debate a fondo sobre el reparto del tiempo, sobre los salarios, el acceso a buenos puestos de trabajo... esta igualdad será imposible.
Este es el gran caballo de batalla del feminismo actualmente, en un análisis con claroscuros.
Si bien algunos hombres asumen ya esta igualdad real y hay colectivos de hombres que la promueven (ver información adjunta), también se detecta con preocupación la existencia de un neomachismo, que trata de hacer creer que las mujeres están invadiendo más espacio del que les toca.
"Se ponen en circulación debates como denuncias falsas sobre violencia de género, temas como la custodia de los hijos –señala Gallego–, cuando la realidad es que los hombres han aceptado la igualdad mientras no les ha afectado a su estatus".
Ahora el debate les toca de lleno porque las mujeres no pueden evolucionar más si ellos no cambian, y de aquí las reticencias.
Es también así una cuestión de poder, que siempre ha tenido una clave masculina.
Que alguien o algún colectivo ceda el poder, recuerda Berbel, es algo muy difícil.
Para ello es necesario empuje desde las instituciones y una verdadera coeducación en las escuelas.
Los casos y casos de violencia contra las mujeres serían el máximo exponente del dominio clásico, aunque esto merecería un capítulo aparte por su gravedad.
El feminismo se enfrenta hoy a un panorama complejo, que incluye:
1.- este intento de considerarlo políticamente incorrecto,
2.- a una situación de crisis económica que no facilita la igualdad en ningún campo y
3.- a un pensamiento general que se ha vuelto más conservador.
Pigem denuncia un retroceso en el empoderamiento de la mujer (a grandes rasgos, protagonismo y capacidad de incidencia en todos los ámbitos) y señala que un texto como la declaración de Pekín de 1995, suscrito por todos los gobiernos que participaron en la IVª Conferencia Mundial sobre las Mujeres y ambiciosa en sus objetivos, sería hoy imposible de rubricar.
Pese a las dificultades, hay un hilo conductor y un camino claro en los análisis que se realizan desde los diferente colectivos.
El feminismo, como un todo, debe de volver a situarse en la agenda pública porque aún no se han conseguido muchas cosas y, entre ellas, empujar al hombre hacia una nueva masculinidad o, más sencillo, a nuevas responsabilidades.
Algunas hacen notar con preocupación que en el movimiento de los indignados se habló poco de la lucha por la igualdad de la mujer y sobre la violencia de género.
Por ello, se concluye a modo de resumen, hay que advertir a las jóvenes que cuando llega el momento de formar una familia, de luchar por un sueldo o por un puesto de trabajo, la igualdad no está garantizada.
La sentencia de Del Olmo y sus consecuencias.
Una sentencia como la del juez Juan del Olmo anima a los maltratadores ya que les hace sentir fuertes.
Este es el aviso que se ha lanzado desde diversos colectivos feministas después de que el lunes el juez considerase que llamar "zorra" a la pareja no constituye un menosprecio sino que define a una persona que se comporta con astucia.
Teniendo en cuenta el contexto en que se realizó la amenaza, un contexto en el que el acusado, con antecedentes, advirtió reiteradamente a su hijo que iba a matar a su mujer, pone sobre la mesa lo que desde diferente ámbitos y, especialmente desde la óptica feminista, se considera una corriente de fondo encaminada a poner en duda las denuncias por maltrato y a intentar rebajar su gravedad.
Una práctica, señalan desde colectivos feministas, no exclusiva de Del Olmo.
El movimiento, sin embargo, ve necesario alzar la voz al ver aún lejos la igualdad real
06/10/2011 - Cristina Sen
Celia Amorós, filósofa y teórica del feminismo, recibió el premio Nacional de Ensayo en el 2006.
Era la 1ª mujer a la que se distinguía con este galardón gracias a su obra "La gran diferencia y sus pequeñas consecuencias..." para la lucha de las mujeres.
"Supone –decía entonces Amorós– una legitimación de la línea de investigación ligada al movimiento feminista. Un movimiento que viene produciendo teoría desde hace mucho tiempo, y que ha sido ignorado durante años".
Ha pasado un lustro y se hace difícil decir que el feminismo haya recuperado como movimiento un lugar preeminente en el debate social, especialmente tras el vigor que vivió en la década de los 70-80.
Pero no hay que analizar con los mismos parámetros la situación en el siglo pasado con la realidad social de esta segunda década del XXI.
En los años 70-80 había muchas cosas a reivindicar, en España estaba prácticamente todo por hacer en el camino para lograr la igualdad teórica, el acceso de la mujer al mundo laboral, el derecho a tener un proyecto propio de vida.
Aquel movimiento tuvo la fuerza suficiente para que en los años posteriores la mayoría de mujeres, aunque no se declarasen feministas, hiciesen suyos los postulados en pro de la igualdad.
Al conseguirlo, el feminismo se quedó algo vacío y débil, señala Juana Gallego, profesora de Periodismo de la UAB y autora del libro "Eva devuelve la costilla".
Podría decirse, comenta, que con el paso del tiempo se ha encerrado algo en sí mismo, adquiriendo un barniz endogámico que le ha restado capacidad de incidencia pública.
Los diagnósticos coinciden en señalar que el feminismo se ha atomizado en colectivos diversos.
La igualdad se defiende en las fábricas, entre las empresarias, en los colectivos de juristas, en la política..., por lo que ya no es patrimonio de un movimiento concreto, lo que es bueno y significa un éxito, pero también comporta problemas.
El feminismo hoy no es unívoco, señala Mercè Pigem, representante de CiU en la comisión de igualdad del Congreso, y al fragmentarse en grupos ha dejado unos "agujeros" en el movimiento.
Unos agujeros no menores que se analizarán más tarde: la incorporación del hombre al mundo doméstico y del cuidado familiar.
Y el peligro de que las generaciones jóvenes piensen que todo está conseguido.
Sara Berbel, doctora en Psicología Social, considera que el salto de las mujeres a las instituciones, lo que denomina la "institucionalización del feminismo", es también una de las causas del debilitamiento de este movimiento.
Sobre el papel esto no tendría que leerse como algo negativo, pero subraya que es imprescindible para seguir avanzando que se recupere la fuerza fuera de las instituciones, en la calle, y se rearme con postulados acordes al siglo XXI.
Hay para ello suficiente pensamiento creado en las cátedras universitarias españolas.
Mucho se ha dicho y se ha escrito sobre el camino de las mujeres y el diagnóstico coincide en subrayar que el gran reto actual es incorporar a los hombres al pensamiento de la igualdad, a la igualdad real una vez conseguida la legal.
Y se señala con énfasis que si no se logra su incorporación plena y masiva a la conciliación familiar, si no se debate a fondo sobre el reparto del tiempo, sobre los salarios, el acceso a buenos puestos de trabajo... esta igualdad será imposible.
Este es el gran caballo de batalla del feminismo actualmente, en un análisis con claroscuros.
Si bien algunos hombres asumen ya esta igualdad real y hay colectivos de hombres que la promueven (ver información adjunta), también se detecta con preocupación la existencia de un neomachismo, que trata de hacer creer que las mujeres están invadiendo más espacio del que les toca.
"Se ponen en circulación debates como denuncias falsas sobre violencia de género, temas como la custodia de los hijos –señala Gallego–, cuando la realidad es que los hombres han aceptado la igualdad mientras no les ha afectado a su estatus".
Ahora el debate les toca de lleno porque las mujeres no pueden evolucionar más si ellos no cambian, y de aquí las reticencias.
Es también así una cuestión de poder, que siempre ha tenido una clave masculina.
Que alguien o algún colectivo ceda el poder, recuerda Berbel, es algo muy difícil.
Para ello es necesario empuje desde las instituciones y una verdadera coeducación en las escuelas.
Los casos y casos de violencia contra las mujeres serían el máximo exponente del dominio clásico, aunque esto merecería un capítulo aparte por su gravedad.
El feminismo se enfrenta hoy a un panorama complejo, que incluye:
1.- este intento de considerarlo políticamente incorrecto,
2.- a una situación de crisis económica que no facilita la igualdad en ningún campo y
3.- a un pensamiento general que se ha vuelto más conservador.
Pigem denuncia un retroceso en el empoderamiento de la mujer (a grandes rasgos, protagonismo y capacidad de incidencia en todos los ámbitos) y señala que un texto como la declaración de Pekín de 1995, suscrito por todos los gobiernos que participaron en la IVª Conferencia Mundial sobre las Mujeres y ambiciosa en sus objetivos, sería hoy imposible de rubricar.
Pese a las dificultades, hay un hilo conductor y un camino claro en los análisis que se realizan desde los diferente colectivos.
El feminismo, como un todo, debe de volver a situarse en la agenda pública porque aún no se han conseguido muchas cosas y, entre ellas, empujar al hombre hacia una nueva masculinidad o, más sencillo, a nuevas responsabilidades.
Algunas hacen notar con preocupación que en el movimiento de los indignados se habló poco de la lucha por la igualdad de la mujer y sobre la violencia de género.
Por ello, se concluye a modo de resumen, hay que advertir a las jóvenes que cuando llega el momento de formar una familia, de luchar por un sueldo o por un puesto de trabajo, la igualdad no está garantizada.
La sentencia de Del Olmo y sus consecuencias.
Una sentencia como la del juez Juan del Olmo anima a los maltratadores ya que les hace sentir fuertes.
Este es el aviso que se ha lanzado desde diversos colectivos feministas después de que el lunes el juez considerase que llamar "zorra" a la pareja no constituye un menosprecio sino que define a una persona que se comporta con astucia.
Teniendo en cuenta el contexto en que se realizó la amenaza, un contexto en el que el acusado, con antecedentes, advirtió reiteradamente a su hijo que iba a matar a su mujer, pone sobre la mesa lo que desde diferente ámbitos y, especialmente desde la óptica feminista, se considera una corriente de fondo encaminada a poner en duda las denuncias por maltrato y a intentar rebajar su gravedad.
Una práctica, señalan desde colectivos feministas, no exclusiva de Del Olmo.
PSOE: Contra el modelo de Custodia Compartida europeo
En Palabras del Sr. Rubalcaba: "Volvemos a nuestras ideasde hace 8 años..."
Es decir, al 2004 y la Presión de las Ideas del colectivo Feminista Radical.
Han sido inutiles las reuniones mantenidas con distintos miembros del PSOE en el Congreso de los Diputados, en los ultimos 4 los. El Voto es el Voto y es mayor el Feminista.
Como dice el refrán: "La mejor defensa es un buen ataque y tirar para adelante....."
Aqui teneis las Conclusiones de la Reunión de este pasado Fin de Semana:
http://www.psoe.es/ambito/actualidad/home.do
" Los nuevos modelos de familia y los adelantos sociales hacen que cada vez los hombres estén más implicados en la crianza de los hijos e hijas.
Desde el PSOE seguimos apostando por la fórmula de la custodia compartida acordada como medida para fomentar la corresponsabilidad entre padres y madres y consideramos que, en caso de separación la mejor solución es la consensuada, la custodia compartida de mutuo acuerdo, nunca impuesta, porque por encima de todo se tiene que valorar y ponderar en beneficio de los intereses y derechos del menor, anteponiendo su bienestar e integridad ".
Ni una palabra sobre Modificar la actual ley del Divorcio ni tocar el Art. 96 del Código Civil que supone un Expolio para el Padre o los Abuelos (Por otro lado, tambien reconocido en las normativas autonómicas aprobadas en los ultimos años, y en algun caso, con el apoyo de los propios afectados). Ver para creer. Así nos van las cosas.
Es decir, al 2004 y la Presión de las Ideas del colectivo Feminista Radical.
Han sido inutiles las reuniones mantenidas con distintos miembros del PSOE en el Congreso de los Diputados, en los ultimos 4 los. El Voto es el Voto y es mayor el Feminista.
Como dice el refrán: "La mejor defensa es un buen ataque y tirar para adelante....."
Aqui teneis las Conclusiones de la Reunión de este pasado Fin de Semana:
http://www.psoe.es/ambito/actualidad/home.do
" Los nuevos modelos de familia y los adelantos sociales hacen que cada vez los hombres estén más implicados en la crianza de los hijos e hijas.
Desde el PSOE seguimos apostando por la fórmula de la custodia compartida acordada como medida para fomentar la corresponsabilidad entre padres y madres y consideramos que, en caso de separación la mejor solución es la consensuada, la custodia compartida de mutuo acuerdo, nunca impuesta, porque por encima de todo se tiene que valorar y ponderar en beneficio de los intereses y derechos del menor, anteponiendo su bienestar e integridad ".
Ni una palabra sobre Modificar la actual ley del Divorcio ni tocar el Art. 96 del Código Civil que supone un Expolio para el Padre o los Abuelos (Por otro lado, tambien reconocido en las normativas autonómicas aprobadas en los ultimos años, y en algun caso, con el apoyo de los propios afectados). Ver para creer. Así nos van las cosas.
China pone a punto la primera ley contra la violencia doméstica
http://www.elperiodico.com/es/noticias/internacional/china-pone-punto-primera-ley-contra-violencia-domestica-1171005
Cambios en Pekín: China pone a punto la primera ley contra la violencia doméstica.
El gigante asiático prepara una norma tras varios años de presiones de organizaciones feministas.
El problema es tan generalizado como invisible y choca con la realidad de un país en desarrollo.
Miércoles, 5 de octubre del 2011/ADRIÁN FONCILLAS/PEKÍN
Li Yang es una celebridad que ha enseñado inglés a 20 millones de chinos con libros, webs y giras en estadios abarrotados.
Su estilo evangélico-marcial exige que las masas griten sus famosas proclamas. «Conquistemos el inglés para hacer China más fuerte», por ejemplo.
Un tipo con imagen intachable.
Su mujer, estadounidense, colgó un texto recientemente en internet:
«Me tiraste, te sentaste en mi espalda, me estrangulaste con tus manos y me golpeaste la cabeza contra el suelo».
Añadía unas fotos con su cara amoratada, un chichón en la frente y una oreja sangrante.
Li la acusó de sabotear su carrera y reputación aireando un asunto privado.
Días después articuló algo más parecido a una disculpa. Su esposa le perdonó.
Wang Xingjuan, fundadora de la organización Maple Centre, en Pekín.
China se ha enchufado al culebrón, cuyos capítulos se sirven en internet.
La mayoría critica a Li pero tampoco faltan quienes afean la denuncia pública de su esposa.
El asunto sirve para que se hable abiertamente, quizá por 1ª vez, de la violencia doméstica en China. Y próximamente aprobará una ley al respecto después de años de presiones de organizaciones feministas.
El problema es generalizado, invisible y asumido.
Un estudio de la Federación de Mujeres de China denunciaba que más de 1/3 de mujeres lo habían sufrido y que tan solo un 5% consideraba su matrimonio infeliz por ello.
Las cifras son inexactas porque incluso se desconoce el concepto.
SIN DENUNCIAS /
«En algunos pueblos sabemos que pegan a todas las mujeres, pero cuando les preguntamos por la violencia doméstica lo niegan porque no saben qué es», asegura Wang Xingjuan, octogenaria pionera en la defensa de las mujeres en China.
30 años atrás comprobó que el paro y la frustración agravaban el problema y fundó Maple Centre, organización para víctimas y agresores que cuenta con una línea telefónica de asesoramiento conyugal.
De las 6.000 llamadas anuales, más de 300 están relacionadas con la violencia.
«En China el hombre siempre ha tenido derecho a pegar a la mujer. Esta se siente avergonzada o lo ve normal, así que no lo denuncia».
La solución choca ante la realidad de un país en desarrollo, sin coberturas sociales y contados refugios. Por ello la organización recomienda a la víctima salvar el matrimonio con más insistencia de la que sería razonable en Occidente.
Mao aprobó una ejemplar ley igualitaria tras comprender que no podría levantar el país con solo la mitad de la población.
Esa igualdad teórica ha impedido una ley de violencia doméstica dirigida a las mujeres.
El concepto se recogió por primera vez en 1995 y solo está presente en un apéndice de la ley matrimonial.
FRUSTRACIÓN /
Fan Zhang, abogada del sector, admite su frustración.
«Solo puedo recomendarlas que vayan a asociaciones, que comenten el tema con vecinos o amigos, que intenten convencer a su marido».
La policía puede encerrar preventivamente 15 días al agresor, pero solo en los casos más graves. Las heridas mostradas por la esposa de Li, por ejemplo, no serían suficientes.
Las agresiones van por la vía de la justicia criminal.
El marco desincentiva la denuncia.
No hay estamentos encargados de luchar contra la violencia doméstica.
Policías y jueces suelen desentenderse por considerarlo un tema privado.
Un viejo dicho asegura que «ni siquiera el juez más sabio puede meterse en asuntos familiares».
Y la víctima está obligada a recoger las evidencias de la agresión y demostrar en juicio la culpabilidad ajena.
La nueva ley establecerá obligaciones a jueces y policías.
Estos quedan señalados directamente. Deberán evitarla y recoger las evidencias.
La carga de la prueba en el juicio girará hacia el agresor.
Se esperan medidas cautelares como el alejamiento forzoso.
«Es una buena ley que aúna prevención y castigo. Es urgente porque solo con ella cambiará la mentalidad. La gente se dará cuenta de que es algo malo. Así pasó en Occidente», juzga Fan. Solo una cuarentena de países, casi todos desarrollados, cuentan con leyes de violencia doméstica. Pero también otros menos desarrollados de Asia, como Filipinas o Mongolia.
La armonía confuciana que vertebra el país descansa en la obediencia al padre, al marido y a la autoridad.
La ley es solo el primer paso hacia la resolución del problema, que aún es lejana también en Occidente.
Cada día hay más chinas que se atreven a airear los abusos.
«Los hombres han crecido viendo a sus padres y sus abuelos pegar a sus esposas. Llevará mucho tiempo, no bastará con una generación. Es imposible cambiar una mentalidad milenaria en dos días», pronostica Wang.
Cambios en Pekín: China pone a punto la primera ley contra la violencia doméstica.
El gigante asiático prepara una norma tras varios años de presiones de organizaciones feministas.
El problema es tan generalizado como invisible y choca con la realidad de un país en desarrollo.
Miércoles, 5 de octubre del 2011/ADRIÁN FONCILLAS/PEKÍN
Li Yang es una celebridad que ha enseñado inglés a 20 millones de chinos con libros, webs y giras en estadios abarrotados.
Su estilo evangélico-marcial exige que las masas griten sus famosas proclamas. «Conquistemos el inglés para hacer China más fuerte», por ejemplo.
Un tipo con imagen intachable.
Su mujer, estadounidense, colgó un texto recientemente en internet:
«Me tiraste, te sentaste en mi espalda, me estrangulaste con tus manos y me golpeaste la cabeza contra el suelo».
Añadía unas fotos con su cara amoratada, un chichón en la frente y una oreja sangrante.
Li la acusó de sabotear su carrera y reputación aireando un asunto privado.
Días después articuló algo más parecido a una disculpa. Su esposa le perdonó.
Wang Xingjuan, fundadora de la organización Maple Centre, en Pekín.
China se ha enchufado al culebrón, cuyos capítulos se sirven en internet.
La mayoría critica a Li pero tampoco faltan quienes afean la denuncia pública de su esposa.
El asunto sirve para que se hable abiertamente, quizá por 1ª vez, de la violencia doméstica en China. Y próximamente aprobará una ley al respecto después de años de presiones de organizaciones feministas.
El problema es generalizado, invisible y asumido.
Un estudio de la Federación de Mujeres de China denunciaba que más de 1/3 de mujeres lo habían sufrido y que tan solo un 5% consideraba su matrimonio infeliz por ello.
Las cifras son inexactas porque incluso se desconoce el concepto.
SIN DENUNCIAS /
«En algunos pueblos sabemos que pegan a todas las mujeres, pero cuando les preguntamos por la violencia doméstica lo niegan porque no saben qué es», asegura Wang Xingjuan, octogenaria pionera en la defensa de las mujeres en China.
30 años atrás comprobó que el paro y la frustración agravaban el problema y fundó Maple Centre, organización para víctimas y agresores que cuenta con una línea telefónica de asesoramiento conyugal.
De las 6.000 llamadas anuales, más de 300 están relacionadas con la violencia.
«En China el hombre siempre ha tenido derecho a pegar a la mujer. Esta se siente avergonzada o lo ve normal, así que no lo denuncia».
La solución choca ante la realidad de un país en desarrollo, sin coberturas sociales y contados refugios. Por ello la organización recomienda a la víctima salvar el matrimonio con más insistencia de la que sería razonable en Occidente.
Mao aprobó una ejemplar ley igualitaria tras comprender que no podría levantar el país con solo la mitad de la población.
Esa igualdad teórica ha impedido una ley de violencia doméstica dirigida a las mujeres.
El concepto se recogió por primera vez en 1995 y solo está presente en un apéndice de la ley matrimonial.
FRUSTRACIÓN /
Fan Zhang, abogada del sector, admite su frustración.
«Solo puedo recomendarlas que vayan a asociaciones, que comenten el tema con vecinos o amigos, que intenten convencer a su marido».
La policía puede encerrar preventivamente 15 días al agresor, pero solo en los casos más graves. Las heridas mostradas por la esposa de Li, por ejemplo, no serían suficientes.
Las agresiones van por la vía de la justicia criminal.
El marco desincentiva la denuncia.
No hay estamentos encargados de luchar contra la violencia doméstica.
Policías y jueces suelen desentenderse por considerarlo un tema privado.
Un viejo dicho asegura que «ni siquiera el juez más sabio puede meterse en asuntos familiares».
Y la víctima está obligada a recoger las evidencias de la agresión y demostrar en juicio la culpabilidad ajena.
La nueva ley establecerá obligaciones a jueces y policías.
Estos quedan señalados directamente. Deberán evitarla y recoger las evidencias.
La carga de la prueba en el juicio girará hacia el agresor.
Se esperan medidas cautelares como el alejamiento forzoso.
«Es una buena ley que aúna prevención y castigo. Es urgente porque solo con ella cambiará la mentalidad. La gente se dará cuenta de que es algo malo. Así pasó en Occidente», juzga Fan. Solo una cuarentena de países, casi todos desarrollados, cuentan con leyes de violencia doméstica. Pero también otros menos desarrollados de Asia, como Filipinas o Mongolia.
La armonía confuciana que vertebra el país descansa en la obediencia al padre, al marido y a la autoridad.
La ley es solo el primer paso hacia la resolución del problema, que aún es lejana también en Occidente.
Cada día hay más chinas que se atreven a airear los abusos.
«Los hombres han crecido viendo a sus padres y sus abuelos pegar a sus esposas. Llevará mucho tiempo, no bastará con una generación. Es imposible cambiar una mentalidad milenaria en dos días», pronostica Wang.
Es mejor vivir de alquiler...sobre todo si te divorcias
http://www.cincodias.com/articulo/economia/mejor-vivir-alquiler-ahora/20111005cdscdieco_7/
Estudio de Fotocasa.es y la empresa de estudios de opinión TNS.
Es mejor vivir de alquiler... por ahora.
La crisis fuerza al arrendamiento a más de la mitad de quien preferiría comprar.
Raquel Díaz Guijarro - Madrid - 05/10/2011
Después de más de 3 años de crisis económica parece que ha llegado el momento de conocer si la recesión y el estallido de la burbuja inmobiliaria han modificado o no los hábitos de los españoles en materia de vivienda.
Uno de los portales inmobiliarios líderes, Fotocasa.es, y la empresa de estudios de opinión TNS han elaborado un estudio a partir de 2.400 encuestas realizadas por todo el territorio y la conclusión que arroja es clara.
Poco o muy poco ha cambiado la percepción que tenían los españoles de la vivienda antes y durante la crisis.
Un 84,3% continúa estando a favor de la propiedad como forma de vida y apenas un 4% considera el alquiler como la mejor opción.
Solo entre los más jóvenes parece aumentar el gusto por ser inquilino, aunque de manera residual, ya que la mayoría sigue apostando por comprar a medio o largo plazo.
Así, uno de los aspectos que pone de relieve el informe es que aunque en la actualidad un 15,3% de los hogares reside en alquiler, más de la mitad de ellos, en concreto un 59%, lo hace por razones relacionadas con la crisis. Es decir, son inquilinos forzosos.
No contar con una situación financiera estable o carecer de un trabajo fijo son las razones que más llevan a los hogares a arrendar en lugar de comprar, "pero casi la mitad de este colectivo, el 49%, tiene decidido que en cuanto cambie su situación, comprará una vivienda", aseguró ayer el director de Fotocasa.es, Christian Palau.
Escasa movilidad laboral
Con todas estas cifras, los responsables del estudio aseguran que la crisis no está haciendo otra cosa que embalsar un porcentaje de demanda de casas nada desdeñable, que en cuanto mejore el acceso al crédito, volverá a comprar.
Además, para 1/3 de los ciudadanos consultados, los precios ya han tocado suelo, por lo que en cuanto se despeje el horizonte laboral, comenzará el proceso de búsqueda de vivienda, en opinión del citado portal inmobiliario.
"Pensemos en otra variable, si el ajuste acumulado en el mercado es del 26%, cualquier producto que ha perdido 1/4 de su valor se ha convertido en un chollo", recalcó Palau.
Otras cifras que dan idea de que existe margen para que el volumen de propietarios continúe aumentando es el hecho de que el 64,9% de los encuestados considera que la casa es la mejor herencia que se puede dejar.
El 46% de los españoles declara tener pagada en su totalidad la casa en la que reside y el 79% afirma haber solicitado en alguna ocasión una hipoteca para financiar la compra de un inmueble.
Por tanto, pese a la crisis, los españoles siguen prefiriendo comprar, pero y ante las cifras galopantes de paro, ¿están dispuestos los ciudadanos a variar su residencia por motivos laborales?
Pues lo cierto es que no mucho, o no al menos tal y como ocurre en otros países, aunque el informe no tenga datos estadísticos de lo que ocurre en Europa o EE UU.
Así, por ejemplo, el 61% de los españoles reside en la misma provincia que en la que trabaja y el 62,5% en el mismo municipio.
El 73% recorre menos de 50 kms (entre la ida y la vuelta) para ir a su lugar de trabajo y el 58,8% admite no haber cambiado nunca de residencia por motivos laborales.
Es más, preguntados por si cambiarían su lugar de residencia por motivos laborales, el 28% responde que no.
El 72% restante sí estaría dispuesto a hacerlo y un 29,4% incluso se plantearía salir fuera de España.
Y si tanto gusta tener casa en propiedad, ¿cómo es esa vivienda soñada?, ¿difiere mucho de la que tienen en la actualidad las familias?
A la hora de definir las características de su morada ideal, los españoles lo tienen claro: una casa de 120 m2 con parking, trastero y jardín.
Y mientras anhelan esa casa, el piso promedio es de 96 m2, con un baño y no cuenta ni con garaje ni con trastero por regla general.
La vivienda media de los españoles tiene 3 habitaciones, aunque una gran parte (el 42%) desearía contar con 4 dormitorios.
En cuanto al lugar, los españoles prefieren las ciudades pequeñas o medianas en el 39,8% de los casos y las urbanizaciones son la 2ª opción escogida (21,1%), seguidas de las zonas rurales (16,8%) y las urbes (16,4%).
El 62,5% de los españoles reside en el mismo municipio en el que trabaja y el 61% en la misma provincia.
Estudio de Fotocasa.es y la empresa de estudios de opinión TNS.
Es mejor vivir de alquiler... por ahora.
La crisis fuerza al arrendamiento a más de la mitad de quien preferiría comprar.
Raquel Díaz Guijarro - Madrid - 05/10/2011
Después de más de 3 años de crisis económica parece que ha llegado el momento de conocer si la recesión y el estallido de la burbuja inmobiliaria han modificado o no los hábitos de los españoles en materia de vivienda.
Uno de los portales inmobiliarios líderes, Fotocasa.es, y la empresa de estudios de opinión TNS han elaborado un estudio a partir de 2.400 encuestas realizadas por todo el territorio y la conclusión que arroja es clara.
Poco o muy poco ha cambiado la percepción que tenían los españoles de la vivienda antes y durante la crisis.
Un 84,3% continúa estando a favor de la propiedad como forma de vida y apenas un 4% considera el alquiler como la mejor opción.
Solo entre los más jóvenes parece aumentar el gusto por ser inquilino, aunque de manera residual, ya que la mayoría sigue apostando por comprar a medio o largo plazo.
Así, uno de los aspectos que pone de relieve el informe es que aunque en la actualidad un 15,3% de los hogares reside en alquiler, más de la mitad de ellos, en concreto un 59%, lo hace por razones relacionadas con la crisis. Es decir, son inquilinos forzosos.
No contar con una situación financiera estable o carecer de un trabajo fijo son las razones que más llevan a los hogares a arrendar en lugar de comprar, "pero casi la mitad de este colectivo, el 49%, tiene decidido que en cuanto cambie su situación, comprará una vivienda", aseguró ayer el director de Fotocasa.es, Christian Palau.
Escasa movilidad laboral
Con todas estas cifras, los responsables del estudio aseguran que la crisis no está haciendo otra cosa que embalsar un porcentaje de demanda de casas nada desdeñable, que en cuanto mejore el acceso al crédito, volverá a comprar.
Además, para 1/3 de los ciudadanos consultados, los precios ya han tocado suelo, por lo que en cuanto se despeje el horizonte laboral, comenzará el proceso de búsqueda de vivienda, en opinión del citado portal inmobiliario.
"Pensemos en otra variable, si el ajuste acumulado en el mercado es del 26%, cualquier producto que ha perdido 1/4 de su valor se ha convertido en un chollo", recalcó Palau.
Otras cifras que dan idea de que existe margen para que el volumen de propietarios continúe aumentando es el hecho de que el 64,9% de los encuestados considera que la casa es la mejor herencia que se puede dejar.
El 46% de los españoles declara tener pagada en su totalidad la casa en la que reside y el 79% afirma haber solicitado en alguna ocasión una hipoteca para financiar la compra de un inmueble.
Por tanto, pese a la crisis, los españoles siguen prefiriendo comprar, pero y ante las cifras galopantes de paro, ¿están dispuestos los ciudadanos a variar su residencia por motivos laborales?
Pues lo cierto es que no mucho, o no al menos tal y como ocurre en otros países, aunque el informe no tenga datos estadísticos de lo que ocurre en Europa o EE UU.
Así, por ejemplo, el 61% de los españoles reside en la misma provincia que en la que trabaja y el 62,5% en el mismo municipio.
El 73% recorre menos de 50 kms (entre la ida y la vuelta) para ir a su lugar de trabajo y el 58,8% admite no haber cambiado nunca de residencia por motivos laborales.
Es más, preguntados por si cambiarían su lugar de residencia por motivos laborales, el 28% responde que no.
El 72% restante sí estaría dispuesto a hacerlo y un 29,4% incluso se plantearía salir fuera de España.
Y si tanto gusta tener casa en propiedad, ¿cómo es esa vivienda soñada?, ¿difiere mucho de la que tienen en la actualidad las familias?
A la hora de definir las características de su morada ideal, los españoles lo tienen claro: una casa de 120 m2 con parking, trastero y jardín.
Y mientras anhelan esa casa, el piso promedio es de 96 m2, con un baño y no cuenta ni con garaje ni con trastero por regla general.
La vivienda media de los españoles tiene 3 habitaciones, aunque una gran parte (el 42%) desearía contar con 4 dormitorios.
En cuanto al lugar, los españoles prefieren las ciudades pequeñas o medianas en el 39,8% de los casos y las urbanizaciones son la 2ª opción escogida (21,1%), seguidas de las zonas rurales (16,8%) y las urbes (16,4%).
El 62,5% de los españoles reside en el mismo municipio en el que trabaja y el 61% en la misma provincia.
Luchar por la custodia compartida
http://www.eduardpunset.es/14463/apoyo-psicologico/luchar-por-la-custodia-compartida
Luchar por la custodia compartida
Autor: Apoyo online 4 octubre 2011
Soy argentino y vine hace 8 años a España a buscar trabajo y conocí a mi mujer.
Tuvimos una vida muy complicada por la distancia con mi país y todo lo que eso conlleva, más lo difícil de la vida hoy en día.
Hace 3 años decidimos tener 1 hijo y hace 2 meses ella quería tener otro, pero ahora, de repente, quiere separarse, y estoy pasando por un infierno.
Dice que no quiere verme más y no entiende que tenemos un hijo en común y que no somos nadie para prohibir a nuestro hijo disfrutar de sus 2 padres por igual.
Para ella es muy fácil decir “vete, no te quiero más”, porque tiene toda su familia y su vida aquí. Yo vivo en un país que no es el mío y tengo un hijo al cual amo con todo mi ser y me veo obligado a hacer lo que ella dice.
Sé que las leyes cambiaron desde el 1 de enero del 2011 en Catalunya y ahora mismo dependiendo del plan de vida y todas las circunstancias de cada uno, los jueces miran lo mejor para el niño, pero estoy sufriendo maltrato psicológico por su parte y el niño está comenzando a ver hostilidad y malas intenciones.
Al principio no quiso que fuéramos a un psicólogo de familia, pero ahora se lo han aconsejado y quiere ir para lograr lo que ella quiere.
Lo que ahora mismo está logrando es que me enferme y pierda a mi hijo.
Responde: Sandra Borro.
Tu desesperación viene dada porque no entiendes porqué tu mujer quiere separarse 2 meses después de haber querido tener otro hijo contigo.
En ocasiones se acumulan malos entendidos y desencuentros en las parejas que llevan a la desilusión y el desamor por alguna o ambas partes.
La idea de tener otro hijo pudo haber sido un intento desesperado por salvar un matrimonio en el que fallaban alguna de las bases como la confianza, la intimidad o la comunicación.
Dice J. Bucay que uno de los mitos que más daño ha hecho a las parejas es esa falsa creencia de que la llama del verdadero amor no se apaga nunca. Sin embargo, lamentable la llama se apaga y cuando eso ocurre nada puede hacerse al respecto.
Antes del divorcio siempre se aconseja intentar una terapia de familia o una mediación, y aunque tu mujer acuda con unos objetivos, los profesionales que os atenderán son personas neutrales que buscan el bienestar emocional de todas las partes implicadas, especialmente la de los hijos.
Para evitar los daños psicológicos ocasionados por el divorcio, los expertos utilizan técnicas que ayudan a disminuir la intensidad del conflicto y propician acuerdos entre las partes. Actualmente se considera que la mejor solución en relación con los hijos tras una ruptura de pareja, y siempre que sea posible, es la custodia compartida, por los múltiples beneficios que conlleva, no sólo para los niños, sino también por posibilitar que ambos progenitores tengan espacios para su vida personal y profesional.
En este momento solo piensas en el divorcio en términos de fracaso, de pérdida y frustración, ya que no te esperabas encontrarte en esta situación.
Pero no te divorcias de tu hijo, ni le pierdes; la relación con tu hijo no tiene porqué cambiar, él te necesita a ti tanto como a su madre.
No dudes en buscar ayuda terapéutica si ves que el dolor es tan grande que no puedes salir adelante sin ayuda.
Sin el apoyo de amigos y familiares es muy difícil atravesar un período de duelo como el que conlleva toda pérdida amorosa.
Luchar por la custodia compartida
Autor: Apoyo online 4 octubre 2011
Soy argentino y vine hace 8 años a España a buscar trabajo y conocí a mi mujer.
Tuvimos una vida muy complicada por la distancia con mi país y todo lo que eso conlleva, más lo difícil de la vida hoy en día.
Hace 3 años decidimos tener 1 hijo y hace 2 meses ella quería tener otro, pero ahora, de repente, quiere separarse, y estoy pasando por un infierno.
Dice que no quiere verme más y no entiende que tenemos un hijo en común y que no somos nadie para prohibir a nuestro hijo disfrutar de sus 2 padres por igual.
Para ella es muy fácil decir “vete, no te quiero más”, porque tiene toda su familia y su vida aquí. Yo vivo en un país que no es el mío y tengo un hijo al cual amo con todo mi ser y me veo obligado a hacer lo que ella dice.
Sé que las leyes cambiaron desde el 1 de enero del 2011 en Catalunya y ahora mismo dependiendo del plan de vida y todas las circunstancias de cada uno, los jueces miran lo mejor para el niño, pero estoy sufriendo maltrato psicológico por su parte y el niño está comenzando a ver hostilidad y malas intenciones.
Al principio no quiso que fuéramos a un psicólogo de familia, pero ahora se lo han aconsejado y quiere ir para lograr lo que ella quiere.
Lo que ahora mismo está logrando es que me enferme y pierda a mi hijo.
Responde: Sandra Borro.
Tu desesperación viene dada porque no entiendes porqué tu mujer quiere separarse 2 meses después de haber querido tener otro hijo contigo.
En ocasiones se acumulan malos entendidos y desencuentros en las parejas que llevan a la desilusión y el desamor por alguna o ambas partes.
La idea de tener otro hijo pudo haber sido un intento desesperado por salvar un matrimonio en el que fallaban alguna de las bases como la confianza, la intimidad o la comunicación.
Dice J. Bucay que uno de los mitos que más daño ha hecho a las parejas es esa falsa creencia de que la llama del verdadero amor no se apaga nunca. Sin embargo, lamentable la llama se apaga y cuando eso ocurre nada puede hacerse al respecto.
Antes del divorcio siempre se aconseja intentar una terapia de familia o una mediación, y aunque tu mujer acuda con unos objetivos, los profesionales que os atenderán son personas neutrales que buscan el bienestar emocional de todas las partes implicadas, especialmente la de los hijos.
Para evitar los daños psicológicos ocasionados por el divorcio, los expertos utilizan técnicas que ayudan a disminuir la intensidad del conflicto y propician acuerdos entre las partes. Actualmente se considera que la mejor solución en relación con los hijos tras una ruptura de pareja, y siempre que sea posible, es la custodia compartida, por los múltiples beneficios que conlleva, no sólo para los niños, sino también por posibilitar que ambos progenitores tengan espacios para su vida personal y profesional.
En este momento solo piensas en el divorcio en términos de fracaso, de pérdida y frustración, ya que no te esperabas encontrarte en esta situación.
Pero no te divorcias de tu hijo, ni le pierdes; la relación con tu hijo no tiene porqué cambiar, él te necesita a ti tanto como a su madre.
No dudes en buscar ayuda terapéutica si ves que el dolor es tan grande que no puedes salir adelante sin ayuda.
Sin el apoyo de amigos y familiares es muy difícil atravesar un período de duelo como el que conlleva toda pérdida amorosa.
El Tribunal Supremo avala el divorcio de una mujer en coma
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Supremo/avala/divorcio/mujer/coma/elpepusoc/20111005elpepusoc_16/Tes
El Supremo avala el divorcio de una mujer en coma.
La decisión se ha tomado tras comprobar que antes del accidente existía "un cierto desafecto entre los cónyuges".
Los padres son los solicitantes.
EFE - Madrid - 05/10/2011
El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la legitimidad de los padres de una mujer que quedó en coma a raíz de un accidente de tráfico a solicitar, como tutores suyos, el divorcio de su esposo, que le fue concedido al comprobar que antes del accidente existía "un cierto desafecto entre los cónyuges".
Tales como que ella había pedido asesoramiento a un abogado sobre el procedimiento de separación.
Así lo ha acordado la Sala de lo Civil del TS al confirmar la sentencia de divorcio dictada por la Audiencia Provincial de Álava el 5 de junio de 2008, en la que estableció que "los tutores están legitimados para ejercitar la acción".
Según la Audiencia, "no sería lógico que el esposo pudiera obtener el divorcio en cualquier momento y que no pueda solicitarlo la esposa a través de sus tutores".
El marido se opuso al divorcio alegando que los padres de su mujer carecían de poder para instar el procedimiento, aunque apoyó la disolución de la sociedad de gananciales matrimoniales, lo que le fue concedido.
Poco después, los padres solicitaron la separación de los cónyuges y su petición fue estimada por la Audiencia Provincial de Alava el 20 de diciembre de 2004, sentencia que adquirió firmeza en 2007 al no admitir el Supremo el recurso interpuesto por el marido.
La mujer, Raquel M.N., contrajo matrimonio con Miguel Angel S.G. el 16 de mayo de 1998 y no tuvieron hijos.
Casi 2 años después, el 11 de marzo de 2000, sufrió un accidente de tráfico que la dejó tetrapléjica y en estado de coma.
En un primer momento, le fue concedida la tutela a su marido, pero finalmente recayó en sus padres "por razón de su mayor disponiblidad para hacerse cargo" de ella.
Tras el accidente, el marido visitó a la esposa en muy pocas ocasiones, lo que, según la sentencia, indicaba "la existencia de un incumplimiento" de los deberes "de ayuda y socorro entre los cónyuges".
El Supremo ha dictaminado ahora que, a raíz de la modificación de la Ley del Divorcio en 2005, no es necesario alegar una causa que lo motive y, aunque "de ello no se deduce que los tutores puedan ejercer arbitrariamente esta acción", están legitimados a hacerlo cuando justifiquen "un interés del incapaz en obtener la disolución del matrimonio".
La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca, añade en este sentido que el derecho a la tutela judicial efectiva permite ejercer las acciones que corresponden a un incapacitado a su representante legal.
Esta última norma, prosigue la resolución, "no distingue la naturaleza de la acción que se está ejerciendo en nombre de la persona incapacitada, y así están también incluidas (...) las acciones para pedir el divorcio y la separación", conclusión que además encuentra apoyo en el llamado Convenio de Nueva York.
El Supremo avala el divorcio de una mujer en coma.
La decisión se ha tomado tras comprobar que antes del accidente existía "un cierto desafecto entre los cónyuges".
Los padres son los solicitantes.
EFE - Madrid - 05/10/2011
El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la legitimidad de los padres de una mujer que quedó en coma a raíz de un accidente de tráfico a solicitar, como tutores suyos, el divorcio de su esposo, que le fue concedido al comprobar que antes del accidente existía "un cierto desafecto entre los cónyuges".
Tales como que ella había pedido asesoramiento a un abogado sobre el procedimiento de separación.
Así lo ha acordado la Sala de lo Civil del TS al confirmar la sentencia de divorcio dictada por la Audiencia Provincial de Álava el 5 de junio de 2008, en la que estableció que "los tutores están legitimados para ejercitar la acción".
Según la Audiencia, "no sería lógico que el esposo pudiera obtener el divorcio en cualquier momento y que no pueda solicitarlo la esposa a través de sus tutores".
El marido se opuso al divorcio alegando que los padres de su mujer carecían de poder para instar el procedimiento, aunque apoyó la disolución de la sociedad de gananciales matrimoniales, lo que le fue concedido.
Poco después, los padres solicitaron la separación de los cónyuges y su petición fue estimada por la Audiencia Provincial de Alava el 20 de diciembre de 2004, sentencia que adquirió firmeza en 2007 al no admitir el Supremo el recurso interpuesto por el marido.
La mujer, Raquel M.N., contrajo matrimonio con Miguel Angel S.G. el 16 de mayo de 1998 y no tuvieron hijos.
Casi 2 años después, el 11 de marzo de 2000, sufrió un accidente de tráfico que la dejó tetrapléjica y en estado de coma.
En un primer momento, le fue concedida la tutela a su marido, pero finalmente recayó en sus padres "por razón de su mayor disponiblidad para hacerse cargo" de ella.
Tras el accidente, el marido visitó a la esposa en muy pocas ocasiones, lo que, según la sentencia, indicaba "la existencia de un incumplimiento" de los deberes "de ayuda y socorro entre los cónyuges".
El Supremo ha dictaminado ahora que, a raíz de la modificación de la Ley del Divorcio en 2005, no es necesario alegar una causa que lo motive y, aunque "de ello no se deduce que los tutores puedan ejercer arbitrariamente esta acción", están legitimados a hacerlo cuando justifiquen "un interés del incapaz en obtener la disolución del matrimonio".
La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca, añade en este sentido que el derecho a la tutela judicial efectiva permite ejercer las acciones que corresponden a un incapacitado a su representante legal.
Esta última norma, prosigue la resolución, "no distingue la naturaleza de la acción que se está ejerciendo en nombre de la persona incapacitada, y así están también incluidas (...) las acciones para pedir el divorcio y la separación", conclusión que además encuentra apoyo en el llamado Convenio de Nueva York.
La sala del juez Del Olmo revoca al menos 15 condenas por maltrato
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/sala/juez/Olmo/revoca/condenas/maltrato/elpepusoc/20111005elpepisoc_3/Tes
La sala del juez Del Olmo revoca al menos 15 condenas por maltrato.
Una agresión en la calle se saldó con multa de 90 euros;
una amenaza de muerte, con 20 euros.
El tribunal no vio pruebas de que hubiera dominación machista
JAVIER RUIZ - Murcia - 05/10/2011
Una agresión de un hombre a su pareja en la calle fue castigada con multa de 90 euros;
unas amenazas de muerte salieron más baratas: 20 euros.
Al menos una quincena de sentencias de la Sección IIIªde la Audiencia Provincial de Murcia han absuelto desde 2010 a presuntos maltratadores condenados en instancias inferiores, algunos de ellos con antecedentes por maltrato en el hogar.
Solo durante el mes de agosto del año pasado, los jueces ponentes de esta sala, entre los que se encuentra el magistrado Juan del Olmo, anularon una docena de penas en cuestión de semanas argumentando que "no toda agresión de un hombre a su esposa o compañera sentimental debe ser castigada mecánicamente como un delito de violencia de género".
El CGPJ "entiende las críticas"
Llamar "zorra" a la esposa no es un insulto, según la Audiencia de Murcia
Dormir en el suelo por miedo no indica maltrato, afirma el juez
El Constitucional validó que se traten desigualmente las agresiones
La última de estas sentencias que firma Del Olmo, conocida el lunes, anuló una condena por amenazas a un hombre que avisó a su hijo de que su mujer acabaría en una "caja de pino".
En esa sentencia, el juez sostiene que llamar "zorra" a la mujer, como hizo el acusado, no fue un insulto, sino que destacaba su astucia. Esa sentencia recibió ayer un aluvión de críticas.
Pero revisando las sentencias emitidas por este tribunal se encuentran otras muchas, más de una quincena, que aplican un criterio similar.
Los ponentes de estas sentencias absolutorias o revocatorias de condenas razonan sus fallos en que para que se aplique la Ley de Violencia de Género, que endurece las penas para el varón agresor, tiene que haber un componente machista probado, y en el resto de casos tiene que aplicarse el Código Penal.
La Audiencia Provincial se apoya en la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo, que en noviembre de 2009 decía que "no toda acción de violencia física en el seno de la pareja del que resulte lesión leve para la mujer debe considerarse necesaria y automáticamente como violencia de género".
Este argumento fue esgrimido por el Supremo en un caso concreto de agresiones mutuas dentro del matrimonio.
El Tribunal Constitucional validó la Ley de Violencia de Género en julio de 2010 y estableció que la desigualdad en el trato de las agresiones según el sexo estaba justificada en que se trata de combatir "una pauta cultural generadora de gravísimos daños a sus víctimas".
Durante el verano de 2010, una sentencia de la Audiencia murciana consideró que amenazar de muerte a una mujer por pedir el divorcio no era delito.
La Sala reconoció en la sentencia que "hubo una amenaza", pero la pena del acusado se quedó en una multa porque los jueces estimaron que "no aparece por ningún lado el necesario elemento machista de intento de dominación o subyugación por parte del hombre hacia la mujer".
Esta es la tesis principal defendida por el ponente Del Olmo en esta y otras sentencias como, por ejemplo, la que se utilizó para rebajar la pena impuesta a un hombre de Fortuna (Murcia) que abofeteó, tiró al suelo y propinó una patada a su pareja.
En este caso, la Audiencia tampoco vio "dominación machista" en esta actitud y pidió en su fallo que este tipo de casos no se juzgaran a través de la actual Ley contra la Violencia de Género sino que fueran juzgados a través del Código Penal como otras agresiones comunes.
El tribunal estimó que los hechos no eran constitutivos de un delito de maltrato familiar, sino de "una falta de lesiones". El acusado fue condenado a una multa de 90 euros.
En otra sentencia de la Audiencia Provincial, se redujo la pena a un hombre previamente condenado por una amenaza de muerte a su mujer.
Tuvo que pagar 2 euros durante 10 días a la denunciante.
La magistrada argumentó que la expresión "te voy a matar" no era una amenaza directa a la mujer ni manifestaba "dominación" hacia ella.
Para los magistrados de la Sección IIIª de la Audiencia Provincial murciana, dormir en el suelo por temor a la pareja tampoco constituye una prueba para contrastar un delito de maltrato.
La mujer que denunciaba había sido insultada por su marido que la había quemado con un cigarrillo.
Sin embargo, otra sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia de junio de este año tampoco veía pruebas de maltrato.
Además, se argumentó que "la decisión de la víctima de dormir en el suelo no es directamente imputable a la acción del acusado".
El presunto agresor fue absuelto porque, además, según los jueces de la Audiencia, "no hubo lesiones".
Los miembros actuales de la Sección Tercera son Juan del Olmo, que fue el instructor del 11-M en la Audiencia Nacional, María Jover Carrión y Augusto Morales Limia.
En los 2 últimos años otras 2 mujeres han estado en la sala como sustitutas: Beatriz L. Carrillo y Francisca I. Fernández.
La sala del juez Del Olmo revoca al menos 15 condenas por maltrato.
Una agresión en la calle se saldó con multa de 90 euros;
una amenaza de muerte, con 20 euros.
El tribunal no vio pruebas de que hubiera dominación machista
JAVIER RUIZ - Murcia - 05/10/2011
Una agresión de un hombre a su pareja en la calle fue castigada con multa de 90 euros;
unas amenazas de muerte salieron más baratas: 20 euros.
Al menos una quincena de sentencias de la Sección IIIªde la Audiencia Provincial de Murcia han absuelto desde 2010 a presuntos maltratadores condenados en instancias inferiores, algunos de ellos con antecedentes por maltrato en el hogar.
Solo durante el mes de agosto del año pasado, los jueces ponentes de esta sala, entre los que se encuentra el magistrado Juan del Olmo, anularon una docena de penas en cuestión de semanas argumentando que "no toda agresión de un hombre a su esposa o compañera sentimental debe ser castigada mecánicamente como un delito de violencia de género".
El CGPJ "entiende las críticas"
Llamar "zorra" a la esposa no es un insulto, según la Audiencia de Murcia
Dormir en el suelo por miedo no indica maltrato, afirma el juez
El Constitucional validó que se traten desigualmente las agresiones
La última de estas sentencias que firma Del Olmo, conocida el lunes, anuló una condena por amenazas a un hombre que avisó a su hijo de que su mujer acabaría en una "caja de pino".
En esa sentencia, el juez sostiene que llamar "zorra" a la mujer, como hizo el acusado, no fue un insulto, sino que destacaba su astucia. Esa sentencia recibió ayer un aluvión de críticas.
Pero revisando las sentencias emitidas por este tribunal se encuentran otras muchas, más de una quincena, que aplican un criterio similar.
Los ponentes de estas sentencias absolutorias o revocatorias de condenas razonan sus fallos en que para que se aplique la Ley de Violencia de Género, que endurece las penas para el varón agresor, tiene que haber un componente machista probado, y en el resto de casos tiene que aplicarse el Código Penal.
La Audiencia Provincial se apoya en la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo, que en noviembre de 2009 decía que "no toda acción de violencia física en el seno de la pareja del que resulte lesión leve para la mujer debe considerarse necesaria y automáticamente como violencia de género".
Este argumento fue esgrimido por el Supremo en un caso concreto de agresiones mutuas dentro del matrimonio.
El Tribunal Constitucional validó la Ley de Violencia de Género en julio de 2010 y estableció que la desigualdad en el trato de las agresiones según el sexo estaba justificada en que se trata de combatir "una pauta cultural generadora de gravísimos daños a sus víctimas".
Durante el verano de 2010, una sentencia de la Audiencia murciana consideró que amenazar de muerte a una mujer por pedir el divorcio no era delito.
La Sala reconoció en la sentencia que "hubo una amenaza", pero la pena del acusado se quedó en una multa porque los jueces estimaron que "no aparece por ningún lado el necesario elemento machista de intento de dominación o subyugación por parte del hombre hacia la mujer".
Esta es la tesis principal defendida por el ponente Del Olmo en esta y otras sentencias como, por ejemplo, la que se utilizó para rebajar la pena impuesta a un hombre de Fortuna (Murcia) que abofeteó, tiró al suelo y propinó una patada a su pareja.
En este caso, la Audiencia tampoco vio "dominación machista" en esta actitud y pidió en su fallo que este tipo de casos no se juzgaran a través de la actual Ley contra la Violencia de Género sino que fueran juzgados a través del Código Penal como otras agresiones comunes.
El tribunal estimó que los hechos no eran constitutivos de un delito de maltrato familiar, sino de "una falta de lesiones". El acusado fue condenado a una multa de 90 euros.
En otra sentencia de la Audiencia Provincial, se redujo la pena a un hombre previamente condenado por una amenaza de muerte a su mujer.
Tuvo que pagar 2 euros durante 10 días a la denunciante.
La magistrada argumentó que la expresión "te voy a matar" no era una amenaza directa a la mujer ni manifestaba "dominación" hacia ella.
Para los magistrados de la Sección IIIª de la Audiencia Provincial murciana, dormir en el suelo por temor a la pareja tampoco constituye una prueba para contrastar un delito de maltrato.
La mujer que denunciaba había sido insultada por su marido que la había quemado con un cigarrillo.
Sin embargo, otra sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia de junio de este año tampoco veía pruebas de maltrato.
Además, se argumentó que "la decisión de la víctima de dormir en el suelo no es directamente imputable a la acción del acusado".
El presunto agresor fue absuelto porque, además, según los jueces de la Audiencia, "no hubo lesiones".
Los miembros actuales de la Sección Tercera son Juan del Olmo, que fue el instructor del 11-M en la Audiencia Nacional, María Jover Carrión y Augusto Morales Limia.
En los 2 últimos años otras 2 mujeres han estado en la sala como sustitutas: Beatriz L. Carrillo y Francisca I. Fernández.
miércoles, 5 de octubre de 2011
La Justicia da el Expectáculo: Donde dije Monja digo Jamón
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/fiscal/retira/acusacion/prevaricacion/juez/Serrano/elpepusoc/20111005elpepusoc_3/Tes
El fiscal retira la acusación de prevaricación contra el juez Serrano.
Cambio radical en el juicio por la modificación del turno de custodia de un menor para salir en una procesión.
EL PAÍS - Granada - 05/10/2011
La Fiscalía ha modificado esta mañana sus conclusiones provisionales y ha pasado de pedir diez años de inhabilitación para el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por supuesta prevaricación a solicitar su libre absolución en el caso de la ampliación del turno de custodia de un menor para garantizar su salida en una cofradía de la Madrugá sevillana.
El juez defendió al inicio de la vista que su actuación no causó daño.
La mujer que acusa al juez Serrano dice que sintió "terror".
Cuando el "interés del menor" es salir en una procesión .
El juez Serrano y el TSJA en Granada, donde está siendo juzgado por supuesta prevaricación al cambiar el turno de visitas a un niño para que saliera de procesión.
Según ha señalado el representante del ministerio público en la última sesión del juicio que se sigue contra el magistrado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el titular del Juzgado de Familia nº 7 de Sevilla debería haber realizado pruebas antes de dictar su resolución.
Según el fiscal, el juez actuó de una manera "imprudente o negligente", toda vez que "obvió sin la suficiente consistencia la realización de algunos elementos de prueba como la audiencia del ministerio fiscal, de la madre e, incluso, del padre".
Sin embargo, la fiscalía no considera ninguno de los hechos como constitutivos de delito, por lo que ha dejado el caso en una situación totalmente distinta a la de su comienzo.
El fiscal cree ahora que si hubo un comportamiento reprobable fue por dolo, pero en ningún caso prevaricación.
La Audiencia de Sevilla ya se posicionó a favor del magistrado.
El fiscal retira la acusación de prevaricación contra el juez Serrano.
Cambio radical en el juicio por la modificación del turno de custodia de un menor para salir en una procesión.
EL PAÍS - Granada - 05/10/2011
La Fiscalía ha modificado esta mañana sus conclusiones provisionales y ha pasado de pedir diez años de inhabilitación para el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por supuesta prevaricación a solicitar su libre absolución en el caso de la ampliación del turno de custodia de un menor para garantizar su salida en una cofradía de la Madrugá sevillana.
El juez defendió al inicio de la vista que su actuación no causó daño.
La mujer que acusa al juez Serrano dice que sintió "terror".
Cuando el "interés del menor" es salir en una procesión .
El juez Serrano y el TSJA en Granada, donde está siendo juzgado por supuesta prevaricación al cambiar el turno de visitas a un niño para que saliera de procesión.
Según ha señalado el representante del ministerio público en la última sesión del juicio que se sigue contra el magistrado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el titular del Juzgado de Familia nº 7 de Sevilla debería haber realizado pruebas antes de dictar su resolución.
Según el fiscal, el juez actuó de una manera "imprudente o negligente", toda vez que "obvió sin la suficiente consistencia la realización de algunos elementos de prueba como la audiencia del ministerio fiscal, de la madre e, incluso, del padre".
Sin embargo, la fiscalía no considera ninguno de los hechos como constitutivos de delito, por lo que ha dejado el caso en una situación totalmente distinta a la de su comienzo.
El fiscal cree ahora que si hubo un comportamiento reprobable fue por dolo, pero en ningún caso prevaricación.
La Audiencia de Sevilla ya se posicionó a favor del magistrado.
PAMAC: Manual del buen divorciado
http://www.laprovincia.es/sociedad/2011/10/05/manual-buen-divorciado/405449.html
Manual del buen divorciado.
La Iª Feria del Divorcio nace como foro de debate en el 30º aniversario de la ley estatal
D. F. H. LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Un divorcio desde una perspectiva constructiva.
Con esta premisa arranca este fin de semana en la capital grancanaria la Iª Feria del Divorcio que se celebra en España.
El evento toma como modelo otras ferias similares que se han venido celebrando en distintos países europeos y adaptado a la realidad canaria, que no es otra que la segunda región española donde más rupturas se producen entre nulidades, separaciones y divorcios.
Con la frialdad de los números sobre la mesa, 5.760 rupturas en el último año, que no hacen más que rubricar lo que es una tendencia alcista en la última década en el Archipiélago, el Centro de Iniciativas de La Caja de Canarias (Cicca) abre sus puertas viernes y sábado a magistrados, abogados, expertos en redes sociales y protagonistas que en distintas charlas y mesas redondas hablarán en público de su experiencia.
Es el caso de Julia Ibars, la primera mujer que se divorció en España al amparo de una legislación que cumple en estos días su 30º aniversario;
el madrileño Paco Rodríguez, presidente de la organización Padres y Madres en Acción (Pamac);
o el barcelonés y experto en redes sociales Pedro Rojas, que aleccionará a los asistentes al encuentro de cómo reactivar la vida tras el divorcio a través de Facebook o Twitter.
"El encuentro se ajusta a la realidad que tenemos en Canarias, donde el número de divorcios sigue creciendo, y sobre todo porque existe una mayor aceptación suficiente, y somos conscientes de la necesidad que tienen muchísimas personas de toma de decisiones ligadas a una nueva vida, nueva casa, distinto trabajo", explica Teguise García, organizadora de la Feria del Divorcio, en colaboración con La Obra Social de La Caja de Canarias y el Ayuntamiento capitalino.
Según García, "la parte jurídica es muy importante en un proceso de divorcio, pero no queríamos que la feria se centrara en este tema en exclusiva".
Así, en las 2 jornada de la Feria, la del viernes 7, destinada a profesionales, y el sábado 8, abierta al público en general, se pondrán sobre la mesa cuestiones como:
A.- la necesidad de la mediación para lograr una separación satisfactoria y sin traumas para la pareja,
B.- hijos y demás familia; cómo comunicar a los hijos la ruptura del matrimonio mediante las recomendaciones de un psicólogo de familia;
C.- los nuevos modelos de familia en los que los hijos conviven con 2 padres/madres; y
D.- los problemas y oportunidades de la custodia compartida.
A estas charlas se unen otras como:
1.- la que ofrece Paco Rodríguez, de Pamac, con el título de 10 maneras de evitar ser padre de fin de semana; o
2.- la intervención de la abogada Nardy Barrios con Cómo evitar estar ante el juez una y otra vez. Errores más frecuentes al cerrar un convenio.
Manual del buen divorciado.
La Iª Feria del Divorcio nace como foro de debate en el 30º aniversario de la ley estatal
D. F. H. LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Un divorcio desde una perspectiva constructiva.
Con esta premisa arranca este fin de semana en la capital grancanaria la Iª Feria del Divorcio que se celebra en España.
El evento toma como modelo otras ferias similares que se han venido celebrando en distintos países europeos y adaptado a la realidad canaria, que no es otra que la segunda región española donde más rupturas se producen entre nulidades, separaciones y divorcios.
Con la frialdad de los números sobre la mesa, 5.760 rupturas en el último año, que no hacen más que rubricar lo que es una tendencia alcista en la última década en el Archipiélago, el Centro de Iniciativas de La Caja de Canarias (Cicca) abre sus puertas viernes y sábado a magistrados, abogados, expertos en redes sociales y protagonistas que en distintas charlas y mesas redondas hablarán en público de su experiencia.
Es el caso de Julia Ibars, la primera mujer que se divorció en España al amparo de una legislación que cumple en estos días su 30º aniversario;
el madrileño Paco Rodríguez, presidente de la organización Padres y Madres en Acción (Pamac);
o el barcelonés y experto en redes sociales Pedro Rojas, que aleccionará a los asistentes al encuentro de cómo reactivar la vida tras el divorcio a través de Facebook o Twitter.
"El encuentro se ajusta a la realidad que tenemos en Canarias, donde el número de divorcios sigue creciendo, y sobre todo porque existe una mayor aceptación suficiente, y somos conscientes de la necesidad que tienen muchísimas personas de toma de decisiones ligadas a una nueva vida, nueva casa, distinto trabajo", explica Teguise García, organizadora de la Feria del Divorcio, en colaboración con La Obra Social de La Caja de Canarias y el Ayuntamiento capitalino.
Según García, "la parte jurídica es muy importante en un proceso de divorcio, pero no queríamos que la feria se centrara en este tema en exclusiva".
Así, en las 2 jornada de la Feria, la del viernes 7, destinada a profesionales, y el sábado 8, abierta al público en general, se pondrán sobre la mesa cuestiones como:
A.- la necesidad de la mediación para lograr una separación satisfactoria y sin traumas para la pareja,
B.- hijos y demás familia; cómo comunicar a los hijos la ruptura del matrimonio mediante las recomendaciones de un psicólogo de familia;
C.- los nuevos modelos de familia en los que los hijos conviven con 2 padres/madres; y
D.- los problemas y oportunidades de la custodia compartida.
A estas charlas se unen otras como:
1.- la que ofrece Paco Rodríguez, de Pamac, con el título de 10 maneras de evitar ser padre de fin de semana; o
2.- la intervención de la abogada Nardy Barrios con Cómo evitar estar ante el juez una y otra vez. Errores más frecuentes al cerrar un convenio.
martes, 4 de octubre de 2011
Mal debe andar la Justicia cuando un juez se sienta en el banquillo
http://www.abcdesevilla.es/20111004/sevilla/sevi-juez-serrano-crimen-castigo-201110032237.html
Sevilla: Juez Serrano ¿crimen o castigo?
El juicio por presunta prevaricación a un magistrado por variar en 1 día la custodia de un menor abre un debate sobre la situación de la Justicia .
El niño que quería salir en una cofradía, origen del caso.
El juez Serrano: «Mi resolución no hizo daño a ninguna de las partes».
La Audiencia vuelve a dar la razón al juez Serrano en vísperas de su juicio.
Denuncian una «caza de brujas» al juez Serrano.
04/10/2011 - efe / miguel ángel molina /
El juez Serrano ve «injusta» y «perversa» la Ley de Violencia de Género.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía celebra desde ayer en Granada el juicio contra el juez de familia nº 7 de Sevilla, Francisco Serrano, acusado de presunta prevaricación.
El proceso puede acabar con su carrera si, como pide la acusación, se le inhabilita durante 20 años.
El asunto: modificar el turno de custodia de un menor en 1 día y medio para que saliera en una procesión de Semana Santa.
El juez de familia, aduciendo urgencia y defensa del derecho del menor, adoptó una decisión, que a juicio de la Fiscalía debería haber tomado el juzgado de Violencia contra la Mujer, que tramitó el divorcio de los padres del menor al mediar una demanda de malos tratos.
Por el momento, el juez Serrano está suspendido, pero reconoce públicamente que se siente condenado a la llamada «pena de banquillo» y «perseguido».
El juicio llega poco tiempo después de que este juez sevillano denunciara el «efecto perverso» de la Ley Integral de Violencia de Género, pues dice que permite situaciones de abuso. Frases como:
«En la dictadura del feminismo radical, miles de hombres son detenidos cada año por denuncias falsas de violencia machista», han convertido al juez en todo un símbolo nacional de las asociaciones de padres separados y de otras tantas que denuncian los abusos de una ley que, aseguran, fomenta la presentación de denuncias falsas para tramitar con ventaja divorcios en los juzgados de Violencia de Género.
Serrano es por tanto no sólo un experimentado juez de familia, sino también un reconocido disidente de lo políticamente correcto.
Sus manifestaciones contra la ley provocaron la inmediata reacción de numerosas organizaciones feministas que lo tacharon de defensor de los maltratadores y pidieron públicamente que el juez, ahora en el banquillo, fuera expulsado de la judicatura.
Serrano no sólo molestó a los movimientos feministas.
Desde el PSOE su secretaria de Política de Igualdad y diputada por Sevilla, Soledad Cabezón, tachó sus opiniones de «poco rigurosas», al igual que la presidenta del Observatorio de Violencia de Género, Inmaculada Moltalbán.
Entre otras voces críticas se alzó igualmente la de la fiscal jefe de la Audiencia de Sevilla, María José Segarra, que tomó partido, asegurando que el juez de Familia «desconoce el ciclo de la violencia de género».
Serrano se querelló por insultos y amenazas contra Moltalbán, que aseguró haber realizado sus declaraciones a título particular, a pesar de lo cual contó con el apoyo de la Fiscalía. Fue archivada.
La Audiencia Provincial dictó 2 autos asegurando la total legalidad de la actuación.
El permanente apoyo de la fiscal jefe a la acusación particular en todo el proceso ante la Audicencia Provincial primero, que ya resolvió a favor del juez en 2 autos, y de la Fiscalía del TSJA posteriormente ha sido interpretado por determinadas asociaciones contrarias a la Ley de Violencia de Género como «sospechosa» de un posicionamiento más político que jurídico.
La Fiscalía se ha alineado con las tesis de la acusación que trata el caso como «corrupción judicial» al considerar que tras la decisión del juez hay un encuentro de intereses con el abogado del padre del menor, enfrentado en un duro proceso de divorcio en otras instancias. La Audiencia Provincial ya ha dictado 2 autos asegurando la total legalidad de la actuación del juez que por el mismo asunto juzga ahora el TSJA.
Para los colectivos del ámbito judicial que la semana pasada firmaban un manifiesto de apoyo al juez Serrano, éste es un ejemplo del mal momento por el que atraviesa la Justicia.
Ayer, coincidiendo con el inicio del juicio en Granada, miembros de la Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva (Fadie) se concentraron a la puerta de la sede del TSJA ante lo que consideran «un juicio político orquestado por la Fiscal provincial de Sevilla, María José Segarra, que sigue las directrices amordazadoras de un Gobierno “de género” agonizante».
Para el colectivo, este juicio es un proceso de «persecución y linchamiento» del que culpan directamente a la Fiscalía, cuya actuación en el caso, dicen, «pone en entredicho la independencia de poderes, y la efectividad de la Fiscalía, que debiera emplear sus esfuerzos en perseguir las falsas denuncias por malos tratos».
Justicia y eficacia. Adriano.
Mal debe andar la Justicia cuando un juez se sienta en el banquillo.
Si además se juega la carrera por un asunto como es variar la custodia de un menor 1 solo día, incidente en un más que intrincado proceso de divorcio, lo normal es que los ciudadanos empiecen a desconfiar de la eficacia de los tribunales en cuanto a que impartan una justicia rápida y eficaz.
Hasta el niño, cuyo derecho defendió el juez, será llamado hoy a declarar por la acusación que representa a su madre.
Así es la Justicia y sus consecuencias.
Sevilla: Juez Serrano ¿crimen o castigo?
El juicio por presunta prevaricación a un magistrado por variar en 1 día la custodia de un menor abre un debate sobre la situación de la Justicia .
El niño que quería salir en una cofradía, origen del caso.
El juez Serrano: «Mi resolución no hizo daño a ninguna de las partes».
La Audiencia vuelve a dar la razón al juez Serrano en vísperas de su juicio.
Denuncian una «caza de brujas» al juez Serrano.
04/10/2011 - efe / miguel ángel molina /
El juez Serrano ve «injusta» y «perversa» la Ley de Violencia de Género.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía celebra desde ayer en Granada el juicio contra el juez de familia nº 7 de Sevilla, Francisco Serrano, acusado de presunta prevaricación.
El proceso puede acabar con su carrera si, como pide la acusación, se le inhabilita durante 20 años.
El asunto: modificar el turno de custodia de un menor en 1 día y medio para que saliera en una procesión de Semana Santa.
El juez de familia, aduciendo urgencia y defensa del derecho del menor, adoptó una decisión, que a juicio de la Fiscalía debería haber tomado el juzgado de Violencia contra la Mujer, que tramitó el divorcio de los padres del menor al mediar una demanda de malos tratos.
Por el momento, el juez Serrano está suspendido, pero reconoce públicamente que se siente condenado a la llamada «pena de banquillo» y «perseguido».
El juicio llega poco tiempo después de que este juez sevillano denunciara el «efecto perverso» de la Ley Integral de Violencia de Género, pues dice que permite situaciones de abuso. Frases como:
«En la dictadura del feminismo radical, miles de hombres son detenidos cada año por denuncias falsas de violencia machista», han convertido al juez en todo un símbolo nacional de las asociaciones de padres separados y de otras tantas que denuncian los abusos de una ley que, aseguran, fomenta la presentación de denuncias falsas para tramitar con ventaja divorcios en los juzgados de Violencia de Género.
Serrano es por tanto no sólo un experimentado juez de familia, sino también un reconocido disidente de lo políticamente correcto.
Sus manifestaciones contra la ley provocaron la inmediata reacción de numerosas organizaciones feministas que lo tacharon de defensor de los maltratadores y pidieron públicamente que el juez, ahora en el banquillo, fuera expulsado de la judicatura.
Serrano no sólo molestó a los movimientos feministas.
Desde el PSOE su secretaria de Política de Igualdad y diputada por Sevilla, Soledad Cabezón, tachó sus opiniones de «poco rigurosas», al igual que la presidenta del Observatorio de Violencia de Género, Inmaculada Moltalbán.
Entre otras voces críticas se alzó igualmente la de la fiscal jefe de la Audiencia de Sevilla, María José Segarra, que tomó partido, asegurando que el juez de Familia «desconoce el ciclo de la violencia de género».
Serrano se querelló por insultos y amenazas contra Moltalbán, que aseguró haber realizado sus declaraciones a título particular, a pesar de lo cual contó con el apoyo de la Fiscalía. Fue archivada.
La Audiencia Provincial dictó 2 autos asegurando la total legalidad de la actuación.
El permanente apoyo de la fiscal jefe a la acusación particular en todo el proceso ante la Audicencia Provincial primero, que ya resolvió a favor del juez en 2 autos, y de la Fiscalía del TSJA posteriormente ha sido interpretado por determinadas asociaciones contrarias a la Ley de Violencia de Género como «sospechosa» de un posicionamiento más político que jurídico.
La Fiscalía se ha alineado con las tesis de la acusación que trata el caso como «corrupción judicial» al considerar que tras la decisión del juez hay un encuentro de intereses con el abogado del padre del menor, enfrentado en un duro proceso de divorcio en otras instancias. La Audiencia Provincial ya ha dictado 2 autos asegurando la total legalidad de la actuación del juez que por el mismo asunto juzga ahora el TSJA.
Para los colectivos del ámbito judicial que la semana pasada firmaban un manifiesto de apoyo al juez Serrano, éste es un ejemplo del mal momento por el que atraviesa la Justicia.
Ayer, coincidiendo con el inicio del juicio en Granada, miembros de la Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva (Fadie) se concentraron a la puerta de la sede del TSJA ante lo que consideran «un juicio político orquestado por la Fiscal provincial de Sevilla, María José Segarra, que sigue las directrices amordazadoras de un Gobierno “de género” agonizante».
Para el colectivo, este juicio es un proceso de «persecución y linchamiento» del que culpan directamente a la Fiscalía, cuya actuación en el caso, dicen, «pone en entredicho la independencia de poderes, y la efectividad de la Fiscalía, que debiera emplear sus esfuerzos en perseguir las falsas denuncias por malos tratos».
Justicia y eficacia. Adriano.
Mal debe andar la Justicia cuando un juez se sienta en el banquillo.
Si además se juega la carrera por un asunto como es variar la custodia de un menor 1 solo día, incidente en un más que intrincado proceso de divorcio, lo normal es que los ciudadanos empiecen a desconfiar de la eficacia de los tribunales en cuanto a que impartan una justicia rápida y eficaz.
Hasta el niño, cuyo derecho defendió el juez, será llamado hoy a declarar por la acusación que representa a su madre.
Así es la Justicia y sus consecuencias.
TEDH:DERECHO A UN PROCESO EQUITATIVO Y EN TIEMPO RAZONABLE
http://cmiskp.echr.coe.int/tkp197/search.asp?sessionid=79437703&skin=hudoc-pr-en
TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
DERECHO A UN PROCESO EQUITATIVO Y EN TIEMPO RAZONABLE
El TEDH ha dictado sentencia no definitiva en el caso Ortuño Ortuño contra España (n° demanda 30350/07) en relación con la violación del artículo 6.1 (derecho a un proceso equitativo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El caso se refiere a un proceso de separación matrimonial y liquidación del régimen matrimonial de comunidad de bienes.
Dicho proceso fue declarado por el Juez de primera instancia de Orihuela en 1996 y la demandante solicitó en 1998 su ejecución con el fin de liquidar el régimen económico matrimonial.
La recurrente se quejó de la excesiva duración del procedimiento de ejecución, presentando varios recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, los cuales fueron inadmitidos. Tras agotar la vía nacional, la solicitante presentó demanda ante el TEDH argumentando la violación del artículo 6 del CEDH que establece el derecho a un proceso equitativo y a ser escuchado en un tiempo razonable.
El TEDH declara que se ha violado el artículo 6 del CEDH y sostiene que un período de más de 11 años desde la fecha de la decisión final de ejecución, no puede considerarse que cumple con los requisitos de “tiempo razonable” garantizado en el artículo 6.1 del CEDH, a pesar de la complejidad de la cuestión sobre la disolución de la comunidad de bienes y su valoración. Además establece una indemnización de 21.000€ por daños morales que deberá ser abonada a la demandante por el Estado español en un plazo de 3 meses desde que la sentencia sea declarada firme.
TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
DERECHO A UN PROCESO EQUITATIVO Y EN TIEMPO RAZONABLE
El TEDH ha dictado sentencia no definitiva en el caso Ortuño Ortuño contra España (n° demanda 30350/07) en relación con la violación del artículo 6.1 (derecho a un proceso equitativo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El caso se refiere a un proceso de separación matrimonial y liquidación del régimen matrimonial de comunidad de bienes.
Dicho proceso fue declarado por el Juez de primera instancia de Orihuela en 1996 y la demandante solicitó en 1998 su ejecución con el fin de liquidar el régimen económico matrimonial.
La recurrente se quejó de la excesiva duración del procedimiento de ejecución, presentando varios recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, los cuales fueron inadmitidos. Tras agotar la vía nacional, la solicitante presentó demanda ante el TEDH argumentando la violación del artículo 6 del CEDH que establece el derecho a un proceso equitativo y a ser escuchado en un tiempo razonable.
El TEDH declara que se ha violado el artículo 6 del CEDH y sostiene que un período de más de 11 años desde la fecha de la decisión final de ejecución, no puede considerarse que cumple con los requisitos de “tiempo razonable” garantizado en el artículo 6.1 del CEDH, a pesar de la complejidad de la cuestión sobre la disolución de la comunidad de bienes y su valoración. Además establece una indemnización de 21.000€ por daños morales que deberá ser abonada a la demandante por el Estado español en un plazo de 3 meses desde que la sentencia sea declarada firme.
TSJA juzgará en Granada al juez Serrano por prevaricación
http://www.nuevatribuna.es/articulo/espana/2011-10-03/tsja-juzgara-en-granada-al-juez-serrano-por-prevaricacion/2011100314010800546.html
TSJA juzgará en Granada al juez Serrano por prevaricación al modificar el turno de custodia de un niño.
La acusación particular que ejerce la madre del menor solicita 20 años de inhabilitación y 14.400 euros de multa.
nuevatribuna.es /03 Octubre 2011
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en Granada, juzga a partir de las 10,00 horas de este lunes y hasta el próximo 5 de octubre al juez de Sevilla Francisco Serrano por un supuesto delito de prevaricación al modificar el turno de custodia de un niño de 11 años ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado para garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana.
El juicio se celebrará después de que la acusación particular, que ejerce la madre del menor, pidiera la recusación de 2 magistrados de la Sala, el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, y Jerónimo Garvín, por entender que habían participado de algún modo en la instrucción de la causa, propuesta que fue sin embargo rechazada por el Alto Tribunal por "extemporánea".
A esto se suman las muestras de apoyo que Serrano ha recibido recientemente por parte de los profesionales del Derecho de Sevilla, que ha sido suspendido cautelarmente por el Consejo General del Poder Judicial como titular del Juzgado de Familia nº 7 de Sevilla.
En una nota, indicaron el pasado 27 de septiembre que las actuaciones del juez "no suponen motivo alguno para el drama personal que está sufriendo, pues se limitó a garantizar con eficacia el derecho fundamental a la libertad religiosa del niño de procesionar en la 'Madrugá' sevillana, máxime después de que su decisión fue avalada en todos sus términos por la Audiencia Provincial".
La Fiscalía considera, en su escrito de acusación provisional, que el magistrado tomó esta decisión sin escuchar a las partes y basándose para ello en un supuesto correo electrónico que habría enviado la madre al padre poniendo "obstáculos" a la salida como paje del menor.
Así, relata que en enero de 2010 el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 4 dictó un auto en el que acordaba que el menor permaneciera con su padre desde el Viernes de Dolores hasta el Miércoles Santo, mientras que desde el Miércoles Santo hasta el Domingo de Resurrección pasaría a estar con la madre.
Recuerda que, en 2009, el menor realizó la salida procesional "hallándose conformes ambos progenitores, y sin ningún tipo de dificultades ni incidencias".
Tras ello, indica el fiscal que el Viernes de Dolores de 2010, "y al parecer como respuesta a una solicitud efectuada por vía telefónica", la abogada de la madre dirigió un email al letrado del padre en el que se exigía que éste le informase "exacta, documental, formal y expresamente de una serie de datos relacionados con la salida procesional de su hijo en la Hermandad del Silencio".
El email "fue interpretado por el padre como indicativo de las dificultades que la madre va a poner a la salida procesional del menor, cuando no como negativa a la misma", por lo que "fue contestado en términos explicativos y un tanto irónicos mediante otro email" remitido el Lunes Santo.
En esta situación, y como el padre del menor "viera a su hijo preocupado porque su madre pudiese poner trabas para salir en la procesión, lo comentó con su letrado".
Así, en la mañana del Martes Santo se personó en el Juzgado del magistrado imputado el menor con su abuelo y un abogado con la intención de solicitar una medida de protección que garantizase el deseo del niño de salir en una procesión, "solicitando igualmente que el nieto fuera oído por el juez, presentando un escrito con dicha solicitud".
ENTREVISTA CON EL ABUELO Y EL MENOR
El letrado, prosigue el fiscal en su escrito, entró en el despacho del juez y mantuvo una entrevista con él "durante la cual le informó del motivo por el que se acudía a su despacho, lo que condujo al imputado a la decisión de adoptar una medida cautelar para impedir que el deseo del niño se viera frustrado", tras lo cual el juez llamó tanto al abuelo como al menor. "No se acompañó, sin embargo, ningún documento que pudiera adverar 'prima facie' las discrepancias de los padres en relación con la citada estación de penitencia, ni del cual se dedujeran los obstáculos o dificultades que la madre pudiera estar poniendo", apostilla.
Tras ello, el imputado acordó celebrar una comparecencia dando audiencia al niño, durante la cual le preguntó si tenía mucho interés en salir en la procesión, contestando el menor que sí, que estaba muy ilusionado y preocupado porque le impidieran salir, "denotando el imputado en las preguntas efectuadas al menor que era conocedor de la situación".
En dicha comparecencia, el menor relata que "no entiende cómo ahora una abogada de su madre le ha dirigido un escrito a su padre poniendo todo tipo de problemas y obstáculos para poder salir".
En esta comparecencia, no obstante, "no se exige por el magistrado a los solicitantes la exhibición del email en el que se supone constan los obstáculos opuestos por la madre para tal salida procesional, ni realiza ninguna gestión para conocer de primera mano el contenido del citado documento a fin de verificar su realidad y la exactitud de sus términos", agregando que el magistrado "decidió resolver la cuestión sin oír a ninguno de los padres del menor", a pesar de que el padre estaba en los aledaños del juzgado y la madre "podría haber sido citada de urgencia mediante una simple llamada telefónica, al menos para cerciorarse de la noticia argumentada por los solicitantes".
NO SE PUSO EN CONTACTO CON LA MADRE
Así, considera que se podía haber puesto en contacto con la madre del menor "para conocer con precisión el alcance de las dificultades y obstáculos que pudiera estar ofreciendo para la salida procesional de su hijo, para hacerle saber en su caso la obligación de respetar su voluntad al respecto, y finalmente para que tuviera conocimiento de la solicitud deducida y de la posibilidad de que se acordara alguna medida cautelar".
Al hilo, el fiscal dice que el juez decidió prolongar la estancia del menor con su padre y esta decisión no fue notificada a la madre el mismo día en que el niño debía haber sido retornado al domicilio materno, sino que esa mañana se le envió un correo no urgente certificado con acuse de recibo que llegó a casa de la madre el 7 de abril, "es decir, después de que el menor ya hubiera sido entregado a la madre".
De esta forma, la madre "no supo absolutamente nada de su hijo desde las 14,00 horas del 31 de marzo hasta las 11,00 horas del 2 de abril, y no conoció oficialmente las razones del retraso en la entrega hasta que retiró la copia del auto remitida por correo certificado".
La acusación particular entiende, no obstante, que "esta causa no es la causa de 'un niño y su procesión', sino la causa de 'un juez sorprendido in fraganti haciendo favores a un amigo con quien tiene lazos de cliente y mercantiles".
TSJA juzgará en Granada al juez Serrano por prevaricación al modificar el turno de custodia de un niño.
La acusación particular que ejerce la madre del menor solicita 20 años de inhabilitación y 14.400 euros de multa.
nuevatribuna.es /03 Octubre 2011
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en Granada, juzga a partir de las 10,00 horas de este lunes y hasta el próximo 5 de octubre al juez de Sevilla Francisco Serrano por un supuesto delito de prevaricación al modificar el turno de custodia de un niño de 11 años ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado para garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana.
El juicio se celebrará después de que la acusación particular, que ejerce la madre del menor, pidiera la recusación de 2 magistrados de la Sala, el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, y Jerónimo Garvín, por entender que habían participado de algún modo en la instrucción de la causa, propuesta que fue sin embargo rechazada por el Alto Tribunal por "extemporánea".
A esto se suman las muestras de apoyo que Serrano ha recibido recientemente por parte de los profesionales del Derecho de Sevilla, que ha sido suspendido cautelarmente por el Consejo General del Poder Judicial como titular del Juzgado de Familia nº 7 de Sevilla.
En una nota, indicaron el pasado 27 de septiembre que las actuaciones del juez "no suponen motivo alguno para el drama personal que está sufriendo, pues se limitó a garantizar con eficacia el derecho fundamental a la libertad religiosa del niño de procesionar en la 'Madrugá' sevillana, máxime después de que su decisión fue avalada en todos sus términos por la Audiencia Provincial".
La Fiscalía considera, en su escrito de acusación provisional, que el magistrado tomó esta decisión sin escuchar a las partes y basándose para ello en un supuesto correo electrónico que habría enviado la madre al padre poniendo "obstáculos" a la salida como paje del menor.
Así, relata que en enero de 2010 el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 4 dictó un auto en el que acordaba que el menor permaneciera con su padre desde el Viernes de Dolores hasta el Miércoles Santo, mientras que desde el Miércoles Santo hasta el Domingo de Resurrección pasaría a estar con la madre.
Recuerda que, en 2009, el menor realizó la salida procesional "hallándose conformes ambos progenitores, y sin ningún tipo de dificultades ni incidencias".
Tras ello, indica el fiscal que el Viernes de Dolores de 2010, "y al parecer como respuesta a una solicitud efectuada por vía telefónica", la abogada de la madre dirigió un email al letrado del padre en el que se exigía que éste le informase "exacta, documental, formal y expresamente de una serie de datos relacionados con la salida procesional de su hijo en la Hermandad del Silencio".
El email "fue interpretado por el padre como indicativo de las dificultades que la madre va a poner a la salida procesional del menor, cuando no como negativa a la misma", por lo que "fue contestado en términos explicativos y un tanto irónicos mediante otro email" remitido el Lunes Santo.
En esta situación, y como el padre del menor "viera a su hijo preocupado porque su madre pudiese poner trabas para salir en la procesión, lo comentó con su letrado".
Así, en la mañana del Martes Santo se personó en el Juzgado del magistrado imputado el menor con su abuelo y un abogado con la intención de solicitar una medida de protección que garantizase el deseo del niño de salir en una procesión, "solicitando igualmente que el nieto fuera oído por el juez, presentando un escrito con dicha solicitud".
ENTREVISTA CON EL ABUELO Y EL MENOR
El letrado, prosigue el fiscal en su escrito, entró en el despacho del juez y mantuvo una entrevista con él "durante la cual le informó del motivo por el que se acudía a su despacho, lo que condujo al imputado a la decisión de adoptar una medida cautelar para impedir que el deseo del niño se viera frustrado", tras lo cual el juez llamó tanto al abuelo como al menor. "No se acompañó, sin embargo, ningún documento que pudiera adverar 'prima facie' las discrepancias de los padres en relación con la citada estación de penitencia, ni del cual se dedujeran los obstáculos o dificultades que la madre pudiera estar poniendo", apostilla.
Tras ello, el imputado acordó celebrar una comparecencia dando audiencia al niño, durante la cual le preguntó si tenía mucho interés en salir en la procesión, contestando el menor que sí, que estaba muy ilusionado y preocupado porque le impidieran salir, "denotando el imputado en las preguntas efectuadas al menor que era conocedor de la situación".
En dicha comparecencia, el menor relata que "no entiende cómo ahora una abogada de su madre le ha dirigido un escrito a su padre poniendo todo tipo de problemas y obstáculos para poder salir".
En esta comparecencia, no obstante, "no se exige por el magistrado a los solicitantes la exhibición del email en el que se supone constan los obstáculos opuestos por la madre para tal salida procesional, ni realiza ninguna gestión para conocer de primera mano el contenido del citado documento a fin de verificar su realidad y la exactitud de sus términos", agregando que el magistrado "decidió resolver la cuestión sin oír a ninguno de los padres del menor", a pesar de que el padre estaba en los aledaños del juzgado y la madre "podría haber sido citada de urgencia mediante una simple llamada telefónica, al menos para cerciorarse de la noticia argumentada por los solicitantes".
NO SE PUSO EN CONTACTO CON LA MADRE
Así, considera que se podía haber puesto en contacto con la madre del menor "para conocer con precisión el alcance de las dificultades y obstáculos que pudiera estar ofreciendo para la salida procesional de su hijo, para hacerle saber en su caso la obligación de respetar su voluntad al respecto, y finalmente para que tuviera conocimiento de la solicitud deducida y de la posibilidad de que se acordara alguna medida cautelar".
Al hilo, el fiscal dice que el juez decidió prolongar la estancia del menor con su padre y esta decisión no fue notificada a la madre el mismo día en que el niño debía haber sido retornado al domicilio materno, sino que esa mañana se le envió un correo no urgente certificado con acuse de recibo que llegó a casa de la madre el 7 de abril, "es decir, después de que el menor ya hubiera sido entregado a la madre".
De esta forma, la madre "no supo absolutamente nada de su hijo desde las 14,00 horas del 31 de marzo hasta las 11,00 horas del 2 de abril, y no conoció oficialmente las razones del retraso en la entrega hasta que retiró la copia del auto remitida por correo certificado".
La acusación particular entiende, no obstante, que "esta causa no es la causa de 'un niño y su procesión', sino la causa de 'un juez sorprendido in fraganti haciendo favores a un amigo con quien tiene lazos de cliente y mercantiles".