Cuando el bolsillo paterno se queja.
Los jueces de Familia reconocen que con la crisis estudian un 200% más de revisiones de las ayudas a la manutención.
07.12.11 -A. N. | MURCIA.
El ciclista Alejandro Valverde se topó el pasado mes con una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que desestimaba su recurso para rebajar la pensión alimentaria que un juez fijó para sus 2 hijos.
El deportista estaba obligado a pasarle cada mes 2.500 euros a su exmujer -pensión compensatoria- y 8.000 euros a sus 2 vástagos.
Una cantidad que Valverde recurrió alegando que sus ingresos habían disminuido últimamente a causa de la sanción que se le impuso para participar en competiciones deportivas.
El ciclista expuso, asimismo, que su situación no era tan boyante ahora que había cesado el contrato que mantenía con una empresa deportiva y que había iniciado una 2ª relación de pareja, de la que había nacido otro hijo.
La Audiencia Provincial no atendió a sus razones y confirmó las cantidades fijadas por el juez de Familia.
La Sala entendió que, pese al descenso de ingresos, «no se ha producido una modificación de su alto poder económico».
Aunque en situaciones muy diferentes a la de Valverde, cada día son más los murcianos -o, en menor medida, las murcianas- divorciados que acuden a los tribunales para pedir una rebaja de la pensión que conceden a sus hijos en aras a la crisis económica.
El año pasado los juzgados de Familia de la Región registraron 331 peticiones de modificación de medidas y, en lo que va de año, estos órganos ya han contabilizado 284 peticiones, según la estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
El magistrado Marcos de Alba, titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Murcia, es, no obstante, más preciso en su estimación y calcula que los casos en los que se solicita esta revisión porque el progenitor ha sufrido el azote de la crisis se han disparado un 200% en los últimos años.
«Este aumento se da y no solamente por el desempleo de larga duración en empleos de baja cualificación, sino también entre los autónomos y empresarios de todos los sectores, que o bien han reducido su actividad o han cesado en la misma».
A la hora de estudiar estos casos, los jueces de la Región deben ponderar 2 cuestiones básicas: 1.- las necesidades que tienen los niños y
2.- los recursos con los que cuenta el progenitor.
Por lo tanto para acordar una reducción de la pensión lo 1º que hay que acreditar es que verdaderamente se carece de recursos.
«Incluso si se acredita esa falta efectiva de recursos, se suele establecer un 'mínimo vital', siguiendo el criterio mayoritario de la A.P. de Murcia, que considera que la obligación alimenticia es siempre prioritaria a las propias necesidades personales del progenitor», explica De Alba.
Su fijación, por tanto, es casi ineludible, como su cumplimiento, porque los jueces entienden que la alimentación de los pequeños no debe quedar al albur de las vicisitudes diarias económicas y laborales.
Los padres, en todo caso, «deben hacer todo lo posible para su consecución».
La mayoría se desestima
Pese a esta avalancha de peticiones de revisión de las cuantías, los jueces de Familia sostienen que la mayoría se acaban desestimando.
La mayoría de las veces esta negativa se fundamenta:
a.- en que las pensiones impuestas son mínimas o
b.- en que no se considera acreditado el descenso económico que alega el progenitor.
Hay que tener en cuenta, recalcan los magistrados de esta jurisdicción, que no siempre es real la disminución de ingresos que alegan los padres.
En muchas ocasiones se trata simplemente de un 'enmascaramiento' de aquéllos, al pasar a desarrollar trabajos en la denominada economía sumergida.
Cada vez son más las resoluciones judiciales que contemplan este último aspecto.
Es el caso de una sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Murcia, confirmada ahora por la Audiencia Provincial, que condena a una mujer por impago de pensiones al entender que ésta contaba con más ingresos de los que declaraba porque recibía parte de éstos de sus trabajos en la economía sumergida.
Para justificar ese nivel económico, el juez recuerda que la procesada pidió un préstamo de 2.000 euros para volar a su Ecuador natal con motivo de la comunión de otra de sus hijas.
Los jueces recuerdan que «el impago determina, además de la posibilidad de que sus bienes sean embargados, una condena penal por el impago que, en casos de reincidencia, podría llevarle a prisión».
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