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El gobernador Luis Fortuño firma la ley de custodia compartida en Puerto Rico.
Por Agencia EFE – San Juan, 21 nov.2011
El gobernador Luis Fortuño firmó hoy la nueva Ley de Custodia Compartida de Puerto Rico que permitirá que ambos progenitores, tras separarse o divorciarse, compartan los deberes de crianza de los hijos.
Fortuño explicó a través de un comunicado que la nueva norma permitirá que los hijos puedan mantener relaciones estables y sólidas con el padre y la madre tras su separación.
El jefe del Ejecutivo aclaró que la custodia compartida no requiere que un menor tenga que pernoctar por igual espacio de tiempo en la residencia de ambos progenitores.
Fortuño apuntó que de ninguna manera se entenderá que la adjudicación de la custodia compartida significará que se obvie la imposición de una pensión alimentaria a favor de los menores o la disminución o aumento en la misma.
La pensión correspondiente se determinará caso a caso, dependiendo del arreglo de custodia compartida que se decrete y siempre a la luz de lo dispuesto en la Ley Número 5.
Fortuño indicó que los efectos negativos del divorcio o separación de los padres en la conducta de los niños han sido ampliamente documentados en diversos estudios realizados, tanto en Puerto Rico como a nivel mundial.
El jefe del Ejecutivo subrayó que el Gobierno de Puerto Rico promocionará la custodia compartida como primera alternativa en los casos que se ajuste al mejor bienestar del menor.
Dijo que el Estado debe promover que ambos progenitores compartan la custodia de sus hijos, a través de una integración responsable en el proceso de educación, crianza, disciplina y cuidado.
"Creemos en que la unidad familiar es la base que sostiene nuestra sociedad, y hay que hacer todo lo posible por proteger esa institución y asegurar que nuestros niños tengan el apoyo y la seguridad que les brinda la presencia de ambos padres en sus vidas", sostuvo.
En Puerto Rico por cada 100 parejas que contraen matrimonio más de 40 terminan en divorcio, separación tras la que en el 95 % de los casos se le concede a la madre la custodia de los hijos, según datos de la Alianza de Padres no Custodios de la isla caribeña.
Nota: ¿Que ocurre con la Liquidación de los Bienes Gananciales si la unión civil se ha disuelto? Las dos cosas deben de ir unidas en la misma normativa o sino sera un fracaso, como se ha demostrado en los paises que lo han aplicado.
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