viernes, 9 de septiembre de 2011

La Custodia Compartida en interes del menor

Tema: Tribunal Supremo y La GUARDA Y CUSTODIA.
Clase de resolución: Sentencia.
Fecha: 1 de octubre de 2010.Ponente: Excma. Sra. D.ª Encarnación Roca Trías

Resumen: La medida de la guarda y custodia compartida debe acordarse siempre en interés del menor, que es el criterio fundamental a tener en cuenta para tomar esta decisión, criterio que es independiente de las opiniones de quien deba adoptar dicha medida y que debe basarse en razones objetivas debiendo evitarse decisiones arbitrarias.

El Documento: http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/ts-y-la-cuco.pdf
La Sentencia: http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/ts-sala-ic2aa-custodia-compartida-1102010.pdf

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