miércoles, 14 de septiembre de 2011

El Gobierno debería modificar el Código Civil para priorizar la custodia compartida

http://www.laopinioncoruna.es/sociedad/2011/09/14/domingo-bello-janeiro-gobierno-deberia-modificar-codigo-civil-priorizar-custodia-compartida/532060.html
"La separación de bienes sólo se aplicará a las parejas que se casen tras la aprobación de la nueva ley gallega".
Domingo Bello Janeiro, Catedrático de Derecho Civil de la Universidade da Coruña:
´El Gobierno debería modificar el Código Civil para priorizar la custodia compartida´

Defiende la custodia compartida porque, "salvo excepciones, es más beneficiosa tanto para los niños como para los propios progenitores" y anima a las comunidades a instar al Gobierno a modificar el Código Civil para establecer esta modalidad como opción preferente.
"En Galicia sólo se otorga cuando hay un acuerdo previo entre los padres", lamenta el catedrático de Derecho Civil de la Universidade da Coruña Domingo Bello Janeiro, quien también respalda otros cambios en el ámbito del derecho de familia, como la sustitución del régimen matrimonial de gananciales por la separación de bienes, pues "hará más fáciles y baratos los divorcios" .

MARÍA DE LA HUERTA.A CORUÑA. Miércoles 14 de septiembre de 2011   
El catedrático de Derecho Civil de la Universidade da Coruña (UDC) Domingo Bello Janeiro forma parte de la Comisión superior para el desarrollo del derecho civil de Galicia, órgano consultivo de la Xunta que, entre otras cuestiones, apuesta por:
1.- regular las parejas de hecho,
2.- establecer la custodia compartida como opción preferente en los casos de divorcio y
3.-sustituir el régimen matrimonial de gananciales por la separación de bienes.

"En los juzgados gallegos hay 6 mil casos derivados de liquidación de sociedades de gananciales por divorcio. Y algunos se complican porque no hay acuerdo de la pareja para repartir bienes", advierte Bello Janeiro, quien ayer impartió una conferencia sobre estos temas en las Jornadas Internacionales sobre el Régimen Jurídico de la Igualdad, que dirige estos días en A Coruña.

-¿Cuál es la situación jurídica en Galicia con respecto a la aplicación de la custodia compartida?
-En la comunidad autónoma gallega se aplica la custodia compartida regulada en el Código Civil, es decir, que se otorga cuando hay un acuerdo previo entre los padres y, de no ser así, sólo se concede si el fiscal emite un informe favorable, algo que, por desgracia, es bastante excepcional.
De hecho, en más del 85% de los casos los jueces dan la custodia, en exclusiva, a las madres. Una situación claramente discriminatoria e incomprensible puesto que la custodia compartida, salvo excepciones, no tiene más que beneficios tanto para los progenitores, que pueden compartir el peso de la formación de sus hijos, como para los propios menores, que ven reducida la tristeza derivada de la separación.

- Si los beneficios de la custodia compartida son incuestionables, ¿por qué aún no se ha establecido como opción preferente en Galicia? Desde el punto de vista del derecho civil, ¿qué alternativas habría para hacerlo?
-Hay 3 opciones: crear una ley autonómica propia, introducir artículos que regulen esta cuestión en la Lei de Dereito Civil de Galicia o instar al Gobierno central a modificar el Código Civil, que, desde mi punto de vista, sería la más conveniente, puesto que evitaría conflictos por posibles desigualdades entre comunidades autónomas.

-En el ámbito de la familia, otro de los cambios que apoya la Comisión del derecho civil de Galicia, y que también cuenta con el respaldo de la Xunta, es la reforma de la Lei de Dereito Civil de Galicia para sustituir el régimen matrimonial de gananciales por la separación de bienes...
-Así es. En la actualidad, la mitad de los matrimonios acaba en divorcio y éste siempre es más fácil y barato si, previamente, se ha establecido la separación de bienes.

-¿Qué excepciones contemplará esa reforma?
-En primer lugar, hay que especificar que la separación de bienes se establecerá como regla general, pero las parejas podrán seguir casándose en régimen de gananciales y éste es su deseo. Además, habrá unas compensaciones en caso de que uno de los cónyuges, de forma voluntaria o involuntaria, se hubiese dedicado en exclusiva al cuidado de los hijos y el hogar.
- ¿Cuál es la situación en otras comunidades autónomas?
-El derecho tradicional de Baleares y Cataluña, por ejemplo, ya recogía la separación de bienes como norma general en caso de matrimonio y la Comunidad Valenciana estableció éste régimen hace un par de años.
La tendencia general es pasar del régimen de gananciales a la separación de bienes.
En Galicia, no obstante, no va se va a producir un cambio brusco porque la reforma sólo afectará a los matrimonios que se formalicen tras la aprobación de la ley.

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