La sentencia de la Audiencia Provincial, sección 1.ª, de Ourense, de 20 febrero 2009, mantuvo la guarda materna, por las razones que se resumen a continuación:
a) las malas relaciones entre los progenitores, "indiscutibles e indiscutidas hasta el punto de que la comunicación entre ellos se limita al intercambio de notas [...]";
b) el resultado del informe pericial, que desaconsejó abiertamente la custodia compartida por ser incompatible con la situación actual;
c) la inestabilidad de los menores resultante de estas diferencias, "especialmente de la pernocta en días laborables en diferentes domicilios, como vienen haciendo en la actualidad", como se pone de relieve en el propio informe;
d) la inestabilidad puesta de relieve por la cuidadora de los menores que manifestó que "los niños se encuentran desubicados, que las normas son distintas en cada casa, que en una obedecen y en otra no y que los niños no se acaban de estabilizar".
Añade la sentencia que " no se trata de determinar en abstracto cuál de los sistemas posibles es el más idóneo, como parece entender el recurrente aludiendo a las ventajas del que propugna (sin duda el mejor desde un punto de vista ideal cuando su adopción sea factible), sino de determinar el más favorable valorando las circunstancias concurrentes".
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