martes, 21 de junio de 2011

La UE establece nuevas normas sobre Pensiones de alimentos

http://europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=IP/11/763&format=HTML&aged=0&language=ES&guiLanguage=fr
Comisión Europea: Los menores y las familias se beneficiarán de las nuevas normas de la UE sobre pensiones de alimentos
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Bruselas, 21 de junio de 2011 –
Con arreglo a las nuevas normas que se aplicarán a partir de esta semana a escala de la UE, los menores de toda la UE podrán cobrar más rápidamente las pensiones de alimentos cuando las familias se dividan.
Se calcula:
1.- que hay en la UE unos 16 millones de parejas internacionales y
2.- que se produce un 1 millón de divorcios al año, y
3.- cada vez es mayor el número de familias que necesitan cobrar las pensiones de alimentos cuando uno de los progenitores vive en el extranjero y se niega a suministrar ayuda financiera.
Las nuevas normas establecen un sistema a escala europea para facilitar el cobro de las pensiones de alimentos, de modo que los padres ausentes no puedan seguir eludiendo sus obligaciones.


La Vicepresidenta Viviane Reding, Comisaria de Justicia de la UE, ha dicho lo siguiente: «Siempre se debe dar prioridad a los intereses de los menores. Estas normas garantizarán que sigan recibiendo apoyo financiero si uno de los progenitores vive lejos de ellos en otro país de la UE».

Actualmente, los europeos pueden tener problemas al tratar de cobrar las pensiones de alimentos para menores y otros tipos de pensiones que alguien no ha pagado desde otro país de la UE, como ocurre cuando una pareja se divorcia y uno de los progenitores se va a vivir al extranjero.
Ello puede suponer muchos costes para los padres y los menores, tanto desde el punto de vista financiero como psicológico.
Por otra parte, los Gobiernos tienen que compensar a menudo los impagos de los deudores.


Las nuevas normas permitirán cobrar de manera efectiva las deudas por alimentos en situaciones transfronterizas.
En la mayoría de los casos, una decisión sobre obligaciones de alimentos en un país de la UE será aplicable en otro sin necesidad de seguir ningún procedimiento especial.
Ello acelerará los procedimientos y permitirá ahorrar dinero a los padres.
El Reglamento también establece normas sobre cooperación entre las autoridades centrales para suministrar asistencia en relación con las solicitudes de alimentos.

Contexto

El Reglamento (CE) nº 4/2009 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos fue adoptado el 18 de diciembre de 2008.
El Reglamento se aplica entre los Estados miembros a partir del 18 de junio de 2011.


A nivel mundial, el Convenio de la Haya sobre las Obligaciones Alimenticias respecto a Menores de 2007 establece un sistema mundial para cobrar las pensiones destinadas a los menores y otras pensiones de alimentos familiares.
La UE firmó el Convenio el 6 de abril de 2011 (IP/11/441).
El Convenio crea un marco jurídico común entre los países de la UE y de fuera de la UE, para que sus autoridades cooperen en el cobro de las deudas por alimentos y los deudores ya no puedan seguir eludiendo sus obligaciones abandonando la UE.


La Comisión supervisa estrechamente la aplicación del Reglamento por los Estados miembros individuales para garantizar que se cumplan los requisitos del Reglamento.
La Comisión, en caso necesario, podrá tomar entonces todas las medidas apropiadas.


Para más información

Sala de prensa de la Dirección General de Justicia:

http://ec.europa.eu/justice/news/intro/news_intro_en.htm
Página web de la Vicepresidenta Viviane Reding, Comisaria de Justicia de la UE:
http://ec.europa.eu/reding

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