viernes, 25 de febrero de 2011

Navarra: Aprobado el dictamen de la ley foral sobre custodia de los hijos.

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Aprobado el dictamen de la ley foral sobre custodia, enmendada por UPN y PSN(Navarra)

Pamplona, 24 feb 2011(EFE).-
La Comisión de Presidencia, Justicia e Interior del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy el dictamen de la proposición de ley foral sobre custodia de los hijos en los casos de ruptura de la convivencia de los padres, que había sido presentada por IUN-NEB y que ha sido ampliamente enmendada por UPN y PSN.


Tras las modificaciones introducidas a partir de las enmiendas aprobadas a iniciativa de UPN y PSN, el objeto de la proposición de ley se reduce a "regular el régimen de la guarda y custodia de los hijos menores de edad", señala el Parlamento de Navarra en un comunicado.

A tal fin, para que la decisión que se tome sobre la custodia atienda al interés superior de los hijos menores y a la "igualdad" de los progenitores, "se adoptarán las medidas necesarias y se facilitará el acuerdo de aquellos a través de la mediación familiar".

Con esta nueva redacción se pretende "corregir la problemática" que actualmente se plantea ante la "excepcionalidad" que supone asistir a la custodia compartida en los casos en que "no existe acuerdo" entre los padres, señala el Parlamento de Navarra.


Por el contrario, no se considera "procedente ni necesario" abordar una "regulación completa de las relaciones familiares y de todo el Derecho de Familia", tal y como se planteaba a juicio de UPN y PSN en siete de los nueve artículos restantes del texto original.

Estos artículos han sido eliminados a través de una enmienda de supresión de regionalistas y socialistas a la que se han opuesto NaBai, CDN e IUN-NEB.



En lo concerniente a la mediación familiar y tras las variaciones introducidas por una enmienda de modificación de UPN y PSN, se dispone que los padres podrán someter "voluntariamente" sus discrepancias a dicho arbitraje e igualmente el juez podrá proponer una solución de mediación en caso de "demanda judicial".

Para ello, el Gobierno de Navarra facilitará un servicio de mediación familiar "público e imparcial", de modo que quede garantizado dicho servicio en la Comunidad Foral.



A su vez, la ley introduce una mínima regulación tendente a considerar las custodias compartida e individual en un plano de "igualdad", dejando que sea el juez el encargado de decidir cuál es la más idónea en cada caso concreto, aunque dando prioridad al interés de los hijos menores o incapacitados y conciliando, cuando sea posible, los deseos de los padres.

La ley estipula que, si se decide la custodia individual, el otro progenitor deberá tener garantizado el ejercicio de las facultades y deberes propios de la patria potestad que tenga atribuidos conforme a la Ley de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra.

 
No obstante, no procederá la atribución de la guarda y custodia, ni individual ni compartida, cuando se esté incurso en un proceso penal o existan "indicios fundados de criminalidad o violencia doméstica o de género".

Las medidas adoptadas en estos 2 supuestos serán revisables una vez que la resolución adquiera firmeza.

Tampoco procede la revisión judicial de los convenios reguladores y de las medidas judiciales adoptadas con anterioridad, tal y como postulaba el texto original, salvo en el modo y la forma que contemple la legislación en vigor.



Finalmente, la ley señala que en el plazo de 1 año desde su entrada en vigor, y previo informe del Consejo Asesor de Derecho Civil Foral, el Ejecutivo Foral presentará ante el Parlamento un proyecto de Ley de modificación del Fuero Nuevo de Navarra en materia de Derecho de Familia.

Se entiende que la custodia de los hijos y otras cuestiones conexas deben estar integradas en el Fuero Nuevo, que a su vez necesita adaptar la regulación del Derecho de Familia "a los nuevos tiempos".

Además, en el plazo de 6 meses el Gobierno de Navarra deberá aprobar un decreto foral para regular la "organización, funcionamiento, competencias y atribuciones de los servicios de mediación familiar".
En todo lo no previsto en la presente Ley, se aplicará lo dispuesto al respecto en el Código Civil.

Durante el debate efectuado en comisión se han discutido 55 enmiendas, 30 de ellas de NaBai y 14 de CDN, que han sido rechazadas, y se han aprobado 11, todas ellas de UPN y PSN.

Las enmiendas presentadas por NaBai y CDN iban en la línea planteada por IUN-NEB en el sentido de reconocer la custodia compartida como modelo preferente.

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