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Archivada otra querella contra el juez Serrano.
El abogado que le denunció por cambiar un régimen de visitas le acusó además de obstruir a la Justicia, pero el TSJA no ve delito.
Jorge Muñoz/ 12.02.2011
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha archivado una querella contra el juez de Familia Francisco Serrano, que fue denunciado por obstrucción a la Justicia en relación con el caso del cambio del régimen de vistiar a un niño para que pudiera salir de paje en una cofradía de la Madrugada sevillana.
La querella presentada por la madre del menor imputaba al magistrado un delito del artículo 464.1 del Código Penal por la supuesta "intimidación" a su abogado, después de que el magistrado le multara por el contenido y las expresiones incluidas en los escritos que remitía al juzgado. Esa sanción al letrado fue ratificada por el Alto Tribunal andaluz.
El TSJA ha dictado ahora un auto en el que ni siquiera admite esta querella, al considerar que los hechos denunciados no son constitutivos de "ningún delito", tal como había apreciado igualmente la Fiscalía en un informe previo.
"La Sala ha analizado con atención los detalles del auto dictado el 19 de octubre de 2010 por el querellado y ha concluido, como el Ministerio Fiscal, que no existe actuación alguna que pueda calificarse como prevaricadora, por lo que la tutela de los derechos que el querellante considera vulnerados dispone de otros cauces jurídicos diferentes al elegido con la interposición de esta querella", argumenta el tribunal.
Los magistrados recuerdan que este mismo asunto ya fue resuelto por la Sala de gobierno del Alto Tribunal andaluz cuando archivó un expediente de información previa incoado a instancias del abogado de la querellante.
En cualquier caso, el TSJA es tajante al afirmar, al igual que el Ministerio Público, que los hechos "nunca podrían ser constitutivos de un delito de obstrucción a la Justicia, previsto y penado en el artículo 464.1 del Código Penal, pues un juez, en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, no puede ser sujeto de dicha infracción" y todo ello conduce a la inadmisión de la querella "sin necesidad de diligencia alguna de investigación".
El TSJA mantiene abiertas otras 2 causas contra Serrano -que se han unificado en 1 sólo proceso- por el cambio del régimen de visitas del niño y por la supuesta destrucción de un Número de Identificación General (NIG) de un expediente, aunque el juez ha explicado que lo único que hizo fue cambiar un número erróneo para evitar equivocaciones posteriores.
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