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Qué hacer ante un posible caso de maltrato infantil.
Si un niño o niña te relata una situación de abuso o maltrato.
Cuando un niño o niña decide contar a un adulto la experiencia de maltrato que ha vivido o está viviendo, es muy importante que este adulto se comporte de una manera adecuada, para facilitar tanto el relato como su recuperación.
Para ello hay que tener en cuenta las siguientes consideraciones ¿ Qué hacer?
a.- Hablar con el niño, niña, adolescente en privado, en un lugar tranquilo y confortable.
b.- Sentarse cerca del niño o niña, no tras una mesa, y a poder ser adaptándose a su mundo según la edad que tenga (Ej: sentándose en una silla pequeña)
c.- Tratar al niño o niña de forma cariñosa, manteniendo un contacto "no amenazante" si lo permite.
d.- Creer al niño o niña y tranquilizarle asegurando que confía en él. Expresiones como "siento que esto te haya sucedido" pueden ser adecuadas.
e.- Destacar al niño o niña que no es culpable del abuso, utilizando frases como "tú no tienes la culpa de lo ocurrido".
f.- Destacar su papel como figura de ayuda para todos los miembros de la familia.
g.- Ser honesto y sincero. Decir la verdad, no hacer promesas que luego no se puedan cumplir.
h.- Hablar con el niño o niña sobre posibles acciones futuras que pueda adoptadas por los Servicios de Protección Infantil.
I.- Ser positivo con el niño o niña, manifestando confianza en que todo irá bien.
¿Qué no hacer ?
Criticar, mostrar desaprobación o realizar juicios sobre el niño o niña o sobre su padre o madre.
Indagar o pedir insistentemente respuestas que la niña o el niño no está dispuesto a dar. Pedir que repita lo ocurrido ante otras personas.
Realizar entrevistas multitudinarias, lo deseable es un máximo de dos personas.
Sugerir respuestas al niño o a la niña.
Manifestar susto, horror o desaprobación ante lo que nos está contando.
Si TÚ conoces o sospechas de una situación de maltrato o abandono, NO LO SILENCIES y AYÚDALES ACUDIENDO A LOS SERVICIOS SOCIALES DE TU MUNICIPIO.
NO CIERRES LOS OJOS ANTE ESTAS SITUACIONES.
El art. 13 de la Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil señala que "toda persona o autoridad, y especialmente aquellos que por su profesión o función, detecten una situación de riesgo o posible desamparo de un menor, lo comunicarán a la autoridad o a sus agentes más próximos, sin perjuicio de prestarle el auxilio inmediato que precise".
LOGRAR EL BIENESTAR DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y ADOLESCENTES ES RESPONSABILIDAD DE TODOS
Los profesionales que trabajan en los Servicios Sociales de tu municipio son las personas que se encargan de recibir las notificaciones sobre situaciones de posible desprotección de un menor. ¡ACUDE A ELLOS/AS!.
Son los profesionales adecuados para ayudar a ese menor y a su familia.
En las situaciones de riesgo, son los servicios sociales básicos situados en los pueblos (UBAS: unidad basica de acción social), o en los barrios de tu ciudad (UTS: unidad de trabajo social) quienes deben valorar la situación y decidir el tipo de actuación preventiva aconsejable para el caso.
En cualquier caso de riesgo o sospecha se debe informar a los servicios sociales básicos. Cuando no sea posible informar a los servicios sociales básicos, informar del caso al servicio de atención a la infancia, adolescencia y familia (servicio especializado de protección infantil).
Para notificar un caso de sospecha no es necesaria la posesión de pruebas absolutas y contundentes. Los profesionales de los servicios sociales son quienes deberán evaluar, estudiar y determinar la veracidad de tales sospechas.
TU OBLIGACIÓN SE TERMINA NOTIFICANDO.
La fase de investigación, para verificar la situación del/de la menor, es obligación de los/as.
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