miércoles, 20 de octubre de 2010

El Supremo promueve la custodia compartida

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El Supremo promueve la custodia compartida

JOSÉ MARÍA BRUNET - Madrid - 20/10/2010
La sala civil del Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia que marca una línea evolutiva de respaldo a la custodia compartida de los hijos, en caso de separación o divorcio.
El fallo resuelve el recurso de un padre de familia al que se reconoció dicho derecho en una 1ª resolución, pero se le denegó después, al ser apelada.

El Supremo, a su vez, ha estimado que en el tiempo transcurrido entre la 1ª y la 2ª sentencia el hijo menor permaneció bajo custodia compartida de los cónyuges 1º separados y luego divorciados, sin que la instancia encargada del caso, la Audiencia de Valencia, valorara las pruebas existentes sobre la buena marcha de dicho régimen de convivencia.

En una resolución de la que ha sido ponente la magistrada Encarna Roca, el Supremo considera ahora que la guarda y custodia compartida que había sido atribuida en 1ª instancia era más favorable para el interés del menor, atendiendo a la prueba pericial practicada antes de la 2ª resolución.
De dicha prueba se desprendía que la medida acordada se estaba ejecutando correctamente y con el respaldo de la Fiscalía - cuyo informe es preceptivo en estos casos-,sin que existieran razones para que se acordara su revocación.

El Supremo subraya, en este sentido, que su doctrina en cuanto a la guarda y custodia compartida permite al juez acordarla en 2 supuestos:
En primer lugar, cuando sea pedida por ambos progenitores o cuando, a pesar de no existir esta circunstancia, se acuerde para proteger el interés del menor de forma más eficaz, siempre que cuente con el informe favorable del fiscal. ...

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