http://www.elpais.com/articulo/espana/hombre/pasa/meses/carcel/denuncia/falsa/ex/pareja/le/puso/arrebato/rabia/elpepuesp/20100810elpepunac_13/Tes
Un hombre pasa 18 meses en la cárcel por una denuncia falsa que su ex pareja le puso "en un arrebato de rabia"
Antes de ingresar en prisión presentó una declaración de su mujer en la que ésta admitía que todo era una invención
JOSE ANTONIO HERNANDEZ - Madrid - 10/08/2010
Juan Antonio P. S. reclama al Ministerio de Justicia una indemnización de 300.000 euros por haber estado casi 18 meses preso debido a una denuncia falsa de su ex pareja sentimental.
La mujer se autolesionó y le culpó de las lesiones "en un arrebato de rabia" hacia él fruto de las desavenencias matrimoniales, que acabaron en divorcio.
Los gritos de inocencia de Juan Antonio diciendo que todo era mentira y que no había agredido a su esposa cayeron en saco roto.
Cuando pudo acreditarlo, ya había cumplido entre barrotes la injusta pena.
Justo antes de ingresar en prisión, fue al juzgado que le había condenado e informó de que en otro juzgado se seguía un procedimiento contra su ex pareja por denuncia falsa.
E incluso presentó una declaración de la mujer en la que ésta admitía que todo era una invención suya.
Juan Antonio fue condenado el 7 de marzo de 2005 en el Juzgado de lo Penal nº 1 de Plasencia (Cácares) por un delito de violencia de género contra su ex pareja.
Apeló la condena ante la Audiencia Provincial de Cáceres, insistiendo en que la denuncia era falsa.
El 9 de mayo de 2005, 2 meses después, el tribunal ratificó la pena impuesta por el Juzgado de lo Penal nº1 de Plasencia.
Una vez firme la condena, el Juzgado de lo Penal ordenó su ingreso en prisión.
Juan Antonio acudió al juzgado el 9 de junio de 2005 pidiendo que se dejase en suspenso la condena porque en ese momento existía una denuncia por falso testimonio contra su ex pareja que estaba siendo instruida en el Juzgado de Instrucción nº2 de Navalmoral de la Mata.
El juzgado de lo penal desestimó su petición y Juan Antonio tuvo que ingresar en prisión el 12 de febrero de 2006.
Antes de entrar en prisión, su ex pareja ya había reconocido en el juzgado de Navalmoral que su denuncia era mentira y que las lesiones se las había causado ella misma.
Desesperado, pidió al juzgado que reclamara los documentos al de Navalmoral.
No le hicieron caso y finalmente ingresó en prisión.
El juzgado de Navalmoral siguió con los trámites de la denuncia falsa y, concluida la instrucción, remitió las diligencias a Plasencia para que fuese juzgada la mujer por denuncia falsa.
El asunto recayó precisamente en el Juzgado de lo Penal nº1 de Plasencia, que sentó a la mujer en el banquillo.
Era el mismo juzgado que antes había juzgado y condenado a Juan Antonio y le había denegado la suspensión de la condena.
El juicio contra ella por denuncia falsa se celebró el 5 de diciembre de 2007 y el juzgado, el mismo que había ordenado el ingreso carcelario de Juan Antonio por malos tratos, dictó días después otra sentencia, pero en esta ocasión condenando a la ex esposa por la falsa denuncia.
El Juzgado declara en la sentencia que la denuncia falsa se produjo "en un arrebato de rabia y que las lesiones se las había producido ella misma".
Pero entonces, Juan Antonio ya había cumplido los 18 meses de cárcel que le había impuesto, curiosamente, el mismo juzgado.
Juan Antonio señala en la demanda que ha interpuesto ante el Ministerio de Justicia por responsabilidad patrimonial del Estado, en la que pide 300.000 euros de indemnización, que en su caso se ha producido un mal funcionamiento de la administración de justicia.
Asegura que el juzgado que ordenó su ingreso en prisión debió no ejecutar la condena a la vista de que ya entonces otro juzgado, el de Navalmoral de la Mata, investigaba a su ex pareja por denuncia falsa y, además, la supuesta víctima se había retractado de lo denunciado.
El asunto ha llegado al Consejo General del Poder Judicial, que obligatoriamente tiene que informar al ministerio sobre errores judiciales.
El Consejo tiene tasados los casos en que puede dictaminar que ha habido un mal funcionamiento de la Administración de Justicia.
Pero si un juez se equivoca, por ejemplo, no puede reprenderlo ni censurarle.
Para eso, el afectado tiene la vía del recurso ante un órgano judicial superior.
Aunque la opinión del Consejo no es vinculante y el ministerio puede acordar la indemnización si entiende que se ha cometido un error judicial, como en este caso, pues se ha condenado injustamente a alguien por una denuncia falsa, el Consejo entiende que en este caso no ha habido un mal funcionamiento de la Administración de Justicia "en los términos" que expone Juan Antonio en su demanda.
Señala que tiene derecho a que se le revise la condena que sufrió y quede liberado de esa losa, aunque en este asunto el Poder Judicial concluye que nada se pudo hacer para evitar que ingresase en prisión, ya que la condena a su ex pareja por denuncia falsa fue firme el 5 de diciembre de 2007, cuando él ya había cumplido los 18 meses de cárcel.
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