viernes, 30 de julio de 2010

Condenan a una Mujer a 3 años y 3 meses de Cárcel

http://www.diariosur.es/20100620/local/marbellaestepona/condenan-mujer-meses-carcel-201006201340.html

Condenan a una mujer a 21 meses de cárcel por agredir a su marido en Marbella

La acusada le provocó varios cortes en el cuello a su esposo, al que no podrá acercarse durante 3 años y tendrá que indemnizar con 6.000 euros

20.06.10 EUROPA PRESS
La Audiencia de Málaga ha condenado a una mujer a 21 meses de prisión por un delito de lesiones, al producirle varios cortes en el cuello a su esposo tras una discusión en su domicilio de la localidad malagueña de Marbella.
Además, no podrá acercarse al hombre durante 3 años y le indemnizará con 6.000 euros.

Los hechos se produjeron en marzo de 2008, cuando la mujer, marroquí y con 46 años en ese momento, fue a la casa en la que vivía con su esposo "en un estado de gran embriaguez" y tras haber consumido sustancias "que le disminuían sus normales facultades de forma relevante", señala la sentencia.

Según se declara probado en la resolución, comenzó una discusión con su esposo en la que tomó un objeto cortante y punzante, no localizado, con hoja de un solo filo, con el que le atacó, produciéndole 3 cortes en el cuello, tras lo que se marchó del lugar.
La mujer fue detenida media hora después a 3 kilómetros de la casa, en el centro comercial de Marbella donde trabajaba.
Todavíase encontraba bajo los efectos del alcohol, según los agentes que la detuvieron, y presentaba erosiones superficiales en la mejilla, apunta la sentencia.

La Sala señala que la relación sentimental era "complicada, con enfrentamientos y discusiones frecuentes entre la víctima y la acusada", que reconoció la agresión por su parte y que alegó que las heridas que ella presentaba provenían de una acción previa de la víctima, lo que a juicio del Tribunal no se ha acreditado suficientemente.

Así, se le condena por un delito de lesiones al señalar la sentencia que sólo efectuó ese ataque y no hubo "nuevos intentos de agresión", sino que se fue del lugar; además de que "las heridas no eran numerosas y son de escasa profundidad".
La Sala estima la agravante de parentesco y la atenuante de embriaguez

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