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Catalunya apuesta por la custodia compartida y adapta la legislación a los nuevos modelos familiares
Redacción / Agencias 14/07/2010
El Parlamento catalán apuesta por la custodia compartida de los hijos en caso de separación y adapta la legislación a los nuevos modelos familiares.
Así se ha aprobado en el proyecto de ley del libro IIº del Código Civil de Catalunya, relativa a persona y familia.
La consellera de Justicia, Montserrat Tura, ha presentado el proyecto que, con los otros libros aprobados en esta legislatura, el de sucesiones y el de personas jurídicas, conforman un cuerpo de derecho civil propio de Catalunya "sin precedentes".
Tura ha querido subrayar que la ley apuesta por la guarda compartida de los hijos en caso de separación, sin perjuicio que, en algunos casos, por interés del menor, se pueda atribuir la custodia a uno de ellos.
"Hemos eliminado conscientemente el término visites, no queremos ganadores y perdedores, queremos niños atendidos por dos progenitores", ha apuntado.
Entre los aspectos más destacados, Tura ha mencionado la personalidad jurídica de los bebés desde el momento de su nacimiento, y la voluntad anticipada de personas que sufren enfermedades degenerativas, que podrán ordenar cómo quieren ser tutelados, sin necesidad de duras "autorizaciones judiciales por algunos tratamientos ".
También se regulan los derechos de las personas que han cuidado a los hijos de su pareja y les otorga facultades para participar en los asuntos de la vida diaria.
"Estamos ante una nueva cultura de la familia que garantiza el pleno desarrollo de todos sus componentes", ha matizado Tura, que ha manifestado que con su desarrollo se cumple con el Estatuto.
La oposición vota en contra
La diputada de CiU Núria Gispert ha destacado la falta "de criterio único del tripartito" que ha provocado "una sensación de caos", y ha criticado que se hayan mantenido algunos elementos "que conforman una grave intromisión en la vida privada de las personas".
A su parecer, se mezcla "todo" en el concepto de familia, y ha criticado varios aspectos, como que se regule las parejas estables como "un matrimonio de 2ª clase" y que se obligue a los padres a hacer saber al hijo adoptado que lo es, antes de que cumpla 12 años.
Sobre la custodia compartida, ha discrepado de la forma y la complejidad con que se ha regulado, y ha añadido que es el juez quien tiene que decidir atendiendo en cada caso "sin preferencias".
Desde el PP, el diputado Jordi Montanya ha criticado que el proyecto es "claramente intervencionista" y que, "una vez más", el poder público se atribuye competencias que vulneran los principios de libre elección y de respecto en la esfera privada.
La diputada de C's Carmen de Rivera ha criticado que, a pesar de que el proyecto está inspirado en la preferencia de la custodia compartida, no se recoge "de manera clara y determinante".
La diputada del PSC, Agnès Pardell, ha destacado la guarda compartida como "uno de los cambios más esperados socialmente";
mientras que desde ERC, el diputado Miquel Àngel Estrader ha destacado la trascendencia "y universalidad" del proyecto.
El diputado de ICV-EUiA, Salvador Milà, ha celebrado disponer de medidas para ayudar a superar situaciones "objetivas" de desigualdad que se dan en las relaciones de familia.
Una de las principales demandas de las decisiones de los jueces por parte de los colectivos de madres y padres separados era establecer una proporción en la responsabilidad.
En este sentido, la consellera de justicia, Montserrat Tura, ha dicho que la norma obliga a que los 2 se responsabilicen de manera adecuada a su situación personal, laboral y familiar.
En cuanto a la vivienda familiar, la custodia compartida indica que las estancias en el domicilio se pueden dividir por periodos de tiempos o se puede utilizar para compensar el pago por alimentos de los hijos.
La nueva ley también contempla que se pueda otorgar la casa al más necesitado aunque no tenga la custodia.
Por otro lado, la ley recoge el interés del menor a la hora de determinar la custodia así como:
a.- también la vinculación afectiva y
b.- la disposición de los padres a garantizar el bienestar de los hijos".
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