Diario ADN.Abril 2010
Ella "no puede atribuirse la facultad de expulsarle de la que aún era su vivienda"
Maria Peral. Madrid.
El magistrado de la Sala Penal del Supremo José Manuel Maza ha conformado el archivo del proceso abierto al senador del PP por Castellón Manuel Altava, denunciado por su ex mujer por haber entrado en el domicilio que ambos compartina antes de su separación y llevarse sus enseres.
Maza, instructor de las diligencias, ha rechazado el recurso interpuesto por la ex pareja de Altava contra el sobreseimiento del caso, acordado el pasado 22 de enero.
El recurso se basaba en que, según la denunciante, Altava habia abandonado de manera definitiva el domicilio conyugal cuando, el 15 de agosto de 2003, estando ella de vacaciones, se presentó en la casa para llevarse sus cosas.
Como la mujer habia cambiado la cerradura, Altava llamó a un cerrajero para que abriera la puerta y empezó a cargar u ncamión con libros y cuadros.
La versión de la denunciante "no es aceptable", subraya el instructor, que se apoya en la propia declaración judicial de la mujer, en la que afirmó que su pareja se habia marchado unas semanas antes a casa de sus padres "por sentirse agobiado, pero con la clara intención de volver con la manifestante", declaración confirmada por el hecho de que los efectos personales de Altava permanecieran en la vivienda conyugal.
La casa, además, habia sido adquirida por los 2 y en el momento en que él acude a retirar sus pertenencias no se habian iniciado los trámites para laatribución judicial del uso del domicilio.
"Quien hasta entonces habia sido su compañera carecia de capacidad para, por su sola decisión, expulsarle de esa vivienda que en aquel entonces también era la suya", afirma el instructor.
Él Llamó a un cerrrajero por que la mujer cambió la llave "sin acuerdo ni advertencia".
El hecho de que quien"es dueños de una vivienda, aunque fuere en participación con un tercero, y mantiene su derecho a regresar y morar en la misma cambie la cerradura de acceso para poder entrar cuando advierte que previamente la anterior cerradura tambien habia sido sustituida por otra por la copropietaria, sin acuerdo mutuo ni advertencia alguna al respecto, indudablemente no puede calificarse como un comportamiento delictivo", concluye.
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