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PREGUNTAS MÁS FRECUENTES: VIVIENDA
¿Seguirá desgravando la compra de vivienda?
¿Los separados y divorciados podrán desgravarse por la que era su vivienda habitual?
¿Cómo tributarán las ganancias obtenidas por la venta de un inmueble?
¿Seguirá desgravando la compra de vivienda?
Podrá deducirse el 15% de las cantidades satisfechas para la adquisición de vivienda habitual.
La base máxima de esta deducción será de 9.015 euros anuales.
Los Presupuestos Generales del Estado establecerán una compensación para los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual antes del 20 enero de 2006 y resulten perjudicados con este nuevo sistema.
¿Los separados y divorciados podrán desgravarse por la que era su vivienda habitual?
Efectivamente, por primera vez todos los separados y divorciados judicialmente podrán seguir desgravándose la que fuera su vivienda habitual durante su matrimonio siempre que continúen residiendo en ella sus hijos y el otro progenitor.
La deducción será del 15% de las cantidades satisfechas en la compra de la vivienda habitual, sobre una base máxima anual de 9.015 euros.
¿Cómo tributarán las ganancias obtenidas por la venta de un inmueble?
Como en el resto de productos del ahorro, en el caso de la generación de una plusvalía por la venta de un inmueble, ésta tributará al 18%.
La plusvalía quedará exenta si el contribuyente la reinvierte en la adquisición de su vivienda habitual.
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