http://www.diariovasco.com/20090523/al-dia-local/condenada-multa-falsa-denuncia-20090523.html
SUCESOS
Condenada a una multa por una falsa denuncia de malos tratos contra su marido en Zarautz
23.05.09 -
Una mujer que presentó ante la Ertzaintza una denuncia falsa, en la que acusaba a su marido de haberla agredido e insultado en presencia de sus dos hijos menores de edad, ha sido condenada por un juzgado de San Sebastián a pagar una multa de 1.080 euros.
Los hechos ocurrieron sobre las 16.00 horas del 13 de marzo de 2005, cuando la procesada acudió a la comisaría de Zarautz y denunció que el día anterior su esposo le había propinado un puñetazo en la cabeza, la había agarrado por el cuello y la había insultado ante sus hijos de 3 y 5 años.
A raíz de esta denuncia se incoaron unas diligencias en un juzgado de Azpeitia, pero al día siguiente la inculpada aseguró ante el titular de este órgano que había sido «ella misma» quien, «sin querer», se había golpeado «con la mano» y que sus hijos no llegaron a presenciar el altercado que supuestamente tuvo con su marido.
A pesar de este testimonio, el caso llegó a juicio, durante el que la acusada admitió que los hechos denunciados «eran mentira» y que actuó de esa manera por «acaloramiento».
En el procedimiento judicial, su esposo sostuvo que los hechos relatados en la denuncia eran falsos y que su mujer había actuado de este modo por razones «estrictamente económicas».
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
sábado, 23 de mayo de 2009
viernes, 22 de mayo de 2009
El Gobierno avalara el 50% de las Hipotecas de VPO
http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=614614&idseccio_PK=1009&h=090522
UNA INICIATIVA PARA FACILITAR UN DERECHO FUNDAMENTAL
El Gobierno avalará el 50% de las hipotecas para vivienda protegida
• El Ejecutivo garantizará la morosidad de la banca hasta el 3% de su cartera de nuevos préstamos
• El sector aplaude la medida pero duda de que se alcance al objetivo de ayudar a 100.000 familias
PABLO ALLENDE SALAZAR. MADRID.22/5/09
El Ministerio de Vivienda va a garantizar el 50% de los nuevos créditos para la adquisición de vivienda de protección oficial (VPO) que concedan bancos y cajas.
Una medida con la que, según sus cálculos, movilizará hipotecas por valor de 12.000 millones de euros, que permitirán que unas 100.000 familias puedan acceder a la compra de uno de estos pisos.
La línea entrará en funcionamiento en julio y estará vigente durante lo que reste del 2009 y en el 2010.
El Gobierno responde así a una petición de las entidades de crédito, que mantienen cerrado el grifo de la financiación de la VPO desde que estalló la crisis.
Los bancos y las cajas llevan tiempo reclamando al Estado que comparta el riesgo de estos préstamos, como ya hace con los avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) en medidas como la moratoria en el pago de las hipotecas de los parados.
Hasta ahora se han dado muchos casos de personas que reúnen los requisitos de la ley para acceder a una VPO, pero que la banca los considera insolventes, por lo que no les concede la hipoteca.
En respuesta, el departamento que dirige Beatriz Corredor va a garantizar la mitad de las nuevas hipotecas para VPO con cargo a su presupuesto.
El ICO será el organismo gestor de la medida. Pero con límites.
SOLO UNOS AÑOS.
El ministerio se hará cargo de los préstamos que entren en morosidad hasta un máximo del 3% del conjunto de nuevos créditos de cada entidad.
No se garantizará, además, toda la vida del préstamo.
El departamento estudia cubrir un plazo de entre 2 y 6 años.
La mora se suele concentrar en esa parte de la vida del préstamo.
Al contrario que en las líneas del ICO, Vivienda no va a tratar a todas las entidades por igual. Considerará "preferentes" a las que hayan concedido préstamos a VPO por encima de los 75 millones al año o las que aumenten el volumen anual de estas hipotecas en 20 millones o más.
Estas entidades --entre 9 y 12-- podrán usar un distintivo especial, participarán en la mesa de seguimiento del plan 2009-2012, y, lo más importante, tendrán más garantías en la nueva línea.
Así, el porcentaje de la cartera de créditos que cubrirá el Estado será variable según cada entidad y solo llegará al 3% en las más "comprometidas" con la vivienda protegida.
REACCIÓN.
El sector financiero acogió la medida de forma positiva, pero con matices.
"En términos generales, todo lo que sea compartir riesgo nos parece bien", apuntó un portavoz de la patronal bancaria AEB.
En una línea muy similar se pronunció su homóloga de las cajas, la CECA.
Otras fuentes del sector financiero, con todo, dudaron de que se puedan alcanzar los objetivos fijados.
La garantía, a su juicio, es demasiado baja para incentivar a las entidades.
Corredor, sin embargo, defendió que es suficiente.
La morosidad de las hipotecas de las familias, recordó, se sitúa en el 2,36% y es "bastante inferior" en el caso de los pisos protegidos, con lo que la barrera del 3% "cubre de sobra" el riesgo, al tiempo que permite no poner en riesgo las arcas públicas.
UNA INICIATIVA PARA FACILITAR UN DERECHO FUNDAMENTAL
El Gobierno avalará el 50% de las hipotecas para vivienda protegida
• El Ejecutivo garantizará la morosidad de la banca hasta el 3% de su cartera de nuevos préstamos
• El sector aplaude la medida pero duda de que se alcance al objetivo de ayudar a 100.000 familias
PABLO ALLENDE SALAZAR. MADRID.22/5/09
El Ministerio de Vivienda va a garantizar el 50% de los nuevos créditos para la adquisición de vivienda de protección oficial (VPO) que concedan bancos y cajas.
Una medida con la que, según sus cálculos, movilizará hipotecas por valor de 12.000 millones de euros, que permitirán que unas 100.000 familias puedan acceder a la compra de uno de estos pisos.
La línea entrará en funcionamiento en julio y estará vigente durante lo que reste del 2009 y en el 2010.
El Gobierno responde así a una petición de las entidades de crédito, que mantienen cerrado el grifo de la financiación de la VPO desde que estalló la crisis.
Los bancos y las cajas llevan tiempo reclamando al Estado que comparta el riesgo de estos préstamos, como ya hace con los avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) en medidas como la moratoria en el pago de las hipotecas de los parados.
Hasta ahora se han dado muchos casos de personas que reúnen los requisitos de la ley para acceder a una VPO, pero que la banca los considera insolventes, por lo que no les concede la hipoteca.
En respuesta, el departamento que dirige Beatriz Corredor va a garantizar la mitad de las nuevas hipotecas para VPO con cargo a su presupuesto.
El ICO será el organismo gestor de la medida. Pero con límites.
SOLO UNOS AÑOS.
El ministerio se hará cargo de los préstamos que entren en morosidad hasta un máximo del 3% del conjunto de nuevos créditos de cada entidad.
No se garantizará, además, toda la vida del préstamo.
El departamento estudia cubrir un plazo de entre 2 y 6 años.
La mora se suele concentrar en esa parte de la vida del préstamo.
Al contrario que en las líneas del ICO, Vivienda no va a tratar a todas las entidades por igual. Considerará "preferentes" a las que hayan concedido préstamos a VPO por encima de los 75 millones al año o las que aumenten el volumen anual de estas hipotecas en 20 millones o más.
Estas entidades --entre 9 y 12-- podrán usar un distintivo especial, participarán en la mesa de seguimiento del plan 2009-2012, y, lo más importante, tendrán más garantías en la nueva línea.
Así, el porcentaje de la cartera de créditos que cubrirá el Estado será variable según cada entidad y solo llegará al 3% en las más "comprometidas" con la vivienda protegida.
REACCIÓN.
El sector financiero acogió la medida de forma positiva, pero con matices.
"En términos generales, todo lo que sea compartir riesgo nos parece bien", apuntó un portavoz de la patronal bancaria AEB.
En una línea muy similar se pronunció su homóloga de las cajas, la CECA.
Otras fuentes del sector financiero, con todo, dudaron de que se puedan alcanzar los objetivos fijados.
La garantía, a su juicio, es demasiado baja para incentivar a las entidades.
Corredor, sin embargo, defendió que es suficiente.
La morosidad de las hipotecas de las familias, recordó, se sitúa en el 2,36% y es "bastante inferior" en el caso de los pisos protegidos, con lo que la barrera del 3% "cubre de sobra" el riesgo, al tiempo que permite no poner en riesgo las arcas públicas.
Trato preferencial para el Juez Decano de BCN
http://es.globedia.com/abogada-esposa-regadera-dice-juez-decano-recibio-trato-preferencial
La abogada de la esposa de Regadera dice que el juez decano recibió un "trato preferencial"
30-04-2009
La defensa de Maria Rosa I.M., esposa del juez decano de Barcelona, José Manuel Regadera, cree que el magistrado recibió un "trato preferencial y muy especial" por parte de los Mossos d'Esquadra y de la juez que asumió las denuncias cruzadas por violencia doméstica interpuestas por ambos miembros de la pareja tras una pelea conyugal el 2 de abril.
La abogada Cristina Cano consideró hoy en rueda de prensa que "lo normal hubiese sido que Regadera hubiera estado dentro de las dependencias policiales la noche de los hechos".
Además, reveló que la noche del 3 de abril, tras declarar en el juzgado, Maria Rosa I.M. recibió llamadas de magistrados para que quitara la denuncia.
La letrada explicó que Maria Rosa I.M. "fue reconocida" por unos médicos y trasladada a una conocida clínica de Barcelona la noche del 2 de abril. Regadera, en cambio, no "fue visitado" por ningún médico ni quiso hacer ninguna reclamación.
No obstante, se mostró sorprendida por la valoración que el forense hizo del juez decano, ya que éste, según ella, no aportó ninguna documentación pero el médico le reconoció unas lesiones muy similares a las de la mujer.
Ante los rumores que ponen en duda la agresión a la mujer, Cano reiteró que su clienta "sufrió un maltrato", y que los arañazos que presenta Regadera fueron "en defensa" de los ataques de que fue víctima la mujer, por lo que ella es "absolutamente inocente".
La defensa de la mujer aportó el parte médico del Sistema de Emergencias Médicas (SEM), el de la clínica y el informe forense, que detallan lesiones leves como hematomas y contusiones en la frente y el brazo, así como la declaración de la mujer ante el Juzgado de Violencia Doméstica número 3 de Barcelona el 3 de abril.
Maria Rosa I.M., según su abogada, "cree en la Justicia" y asegura que no ha interpuesto la denuncia como "venganza" por la demanda de divorcio que Regadera le comunicó el 24 de marzo y que ella también ha solicitado.
La Fiscalía pide 9 meses de prisión para Regadera y 7 meses y medio para la mujer.
El juicio será el 21 de septiembre en el Juzgado Penal número 16 de Barcelona y si Regadera es condenado a prisión podría perder su condición de juez.
La abogada de la esposa de Regadera dice que el juez decano recibió un "trato preferencial"
30-04-2009
La defensa de Maria Rosa I.M., esposa del juez decano de Barcelona, José Manuel Regadera, cree que el magistrado recibió un "trato preferencial y muy especial" por parte de los Mossos d'Esquadra y de la juez que asumió las denuncias cruzadas por violencia doméstica interpuestas por ambos miembros de la pareja tras una pelea conyugal el 2 de abril.
La abogada Cristina Cano consideró hoy en rueda de prensa que "lo normal hubiese sido que Regadera hubiera estado dentro de las dependencias policiales la noche de los hechos".
Además, reveló que la noche del 3 de abril, tras declarar en el juzgado, Maria Rosa I.M. recibió llamadas de magistrados para que quitara la denuncia.
La letrada explicó que Maria Rosa I.M. "fue reconocida" por unos médicos y trasladada a una conocida clínica de Barcelona la noche del 2 de abril. Regadera, en cambio, no "fue visitado" por ningún médico ni quiso hacer ninguna reclamación.
No obstante, se mostró sorprendida por la valoración que el forense hizo del juez decano, ya que éste, según ella, no aportó ninguna documentación pero el médico le reconoció unas lesiones muy similares a las de la mujer.
Ante los rumores que ponen en duda la agresión a la mujer, Cano reiteró que su clienta "sufrió un maltrato", y que los arañazos que presenta Regadera fueron "en defensa" de los ataques de que fue víctima la mujer, por lo que ella es "absolutamente inocente".
La defensa de la mujer aportó el parte médico del Sistema de Emergencias Médicas (SEM), el de la clínica y el informe forense, que detallan lesiones leves como hematomas y contusiones en la frente y el brazo, así como la declaración de la mujer ante el Juzgado de Violencia Doméstica número 3 de Barcelona el 3 de abril.
Maria Rosa I.M., según su abogada, "cree en la Justicia" y asegura que no ha interpuesto la denuncia como "venganza" por la demanda de divorcio que Regadera le comunicó el 24 de marzo y que ella también ha solicitado.
La Fiscalía pide 9 meses de prisión para Regadera y 7 meses y medio para la mujer.
El juicio será el 21 de septiembre en el Juzgado Penal número 16 de Barcelona y si Regadera es condenado a prisión podría perder su condición de juez.
Igualar la deduccion fiscal por la compra y el alquiler de la vivienda
http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=614615&idseccio_PK=1009&h=090522
22/5/2009 UNA INICIATIVA PARA FACILITAR UN DERECHO FUNDAMENTAL DESGRAVACIÓN FISCAL
Propuesta para equiparar la compra y el alquiler
EL PERIÓDICO.MADRID
La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, insistió ayer en que el Gobierno quiere igualar la deducción fiscal de la compra y el alquiler y garantizar la libertad de elección en las familias.
En una entrevista en Antena 3, Corredor relativizó el alcance que tendrá la medida anunciada por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, para eliminar la deducción por compra de vivienda para contribuyentes con bases imponibles superiores a 24.000 euros y para las viviendas adquiridas a partir de enero del 2011 (respetando los derechos adquiridos hasta entonces).
Este es el mismo límite que rige para la actual deducción por alquiler.
Corredor recalcó que el límite de los 24.000 euros es por declarante, y no por unidad familiar. La ministra dijo que por debajo de este tope se sitúa el 75% de los declarantes del IRPF.
Según lo anunciado por Zapatero, la actual desgravación (del 15%, con un límite de 9.015 euros) se mantendrá íntegra para los contribuyentes con una base imponible inferior a 17.000 euros, aunque compren la vivienda en el 2011.
El incentivo se irá reduciendo, a través de una fórmula matemática, hasta llegar a cero para una base imponible de 24.000 euros.
Así es como funciona la actual desgravación por alquiler, para bases entre 12.000 y 24.000 euros.
Sobre la posible ampliación del límite de renta que demandan algunos grupos parlamentarios, la ministra dijo que se verá en el trámite parlamentario.
MÁS INFORMACIÓN
El Gobierno avalará el 50% de las hipotecas para vivienda protegida
22/5/2009 UNA INICIATIVA PARA FACILITAR UN DERECHO FUNDAMENTAL DESGRAVACIÓN FISCAL
Propuesta para equiparar la compra y el alquiler
EL PERIÓDICO.MADRID
La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, insistió ayer en que el Gobierno quiere igualar la deducción fiscal de la compra y el alquiler y garantizar la libertad de elección en las familias.
En una entrevista en Antena 3, Corredor relativizó el alcance que tendrá la medida anunciada por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, para eliminar la deducción por compra de vivienda para contribuyentes con bases imponibles superiores a 24.000 euros y para las viviendas adquiridas a partir de enero del 2011 (respetando los derechos adquiridos hasta entonces).
Este es el mismo límite que rige para la actual deducción por alquiler.
Corredor recalcó que el límite de los 24.000 euros es por declarante, y no por unidad familiar. La ministra dijo que por debajo de este tope se sitúa el 75% de los declarantes del IRPF.
Según lo anunciado por Zapatero, la actual desgravación (del 15%, con un límite de 9.015 euros) se mantendrá íntegra para los contribuyentes con una base imponible inferior a 17.000 euros, aunque compren la vivienda en el 2011.
El incentivo se irá reduciendo, a través de una fórmula matemática, hasta llegar a cero para una base imponible de 24.000 euros.
Así es como funciona la actual desgravación por alquiler, para bases entre 12.000 y 24.000 euros.
Sobre la posible ampliación del límite de renta que demandan algunos grupos parlamentarios, la ministra dijo que se verá en el trámite parlamentario.
MÁS INFORMACIÓN
El Gobierno avalará el 50% de las hipotecas para vivienda protegida
Un grupo de Jueces exige la dimisión del decano de BCN
22/5/2009 JUSTICIA
Un grupo de jueces exige la dimisión del decano de BCN.
J. G. ALBALAT.BARCELONA.
La mitad de los jueces de instrucción de Barcelona exigieron ayer la "inmediata" dimisión del juez decano, José Manuel Regadera, al que la fiscalía acusa de haber agredido a su esposa el pasado 2 de abril durante una discusión en el domicilio conyugal.
En un escueto escrito de 8 líneas, 18 de los 33 magistrados que trabajan en esta jurisdicción sostienen que, desde "el más profundo respeto a la presunción de inocencia", la situación procesal de Regadera --está imputado-- y la "amplia trascendencia mediática habida comprometen gravemente su función representativa".
La carta incide en que, "después de haber esperado un tiempo prudencial" a que el juez decano tomara la decisión de cesar por iniciativa propia, "se ven obligados" a pedir su dimisión "en aras de la defensa del principio de transparencia que la sociedad demanda".
Fuentes cercanas a los jueces que han firmado la misiva explicaron el problema que supone que Regadera presida juntas de jueces, como la de lo penal, en la que participa el compañero que deberá juzgarlo por el presunto maltrato a su mujer y por el que el fiscal pide 9 meses y 1 día de prisión.
La acusación solicita, a la vez, 7 meses y 15 días de arresto para la esposa.
REFLEXIÓN
El juez decano siempre se ha resistido a dimitir, al estimar que el proceso es producto de una situación de su vida privada.
Regadera aseguró ayer que entra en un periodo de reflexión, ya que la opinión reflejada por los jueces, a pesar de que no son mayoría, "sí que es importante".
Un grupo de jueces exige la dimisión del decano de BCN.
J. G. ALBALAT.BARCELONA.
La mitad de los jueces de instrucción de Barcelona exigieron ayer la "inmediata" dimisión del juez decano, José Manuel Regadera, al que la fiscalía acusa de haber agredido a su esposa el pasado 2 de abril durante una discusión en el domicilio conyugal.
En un escueto escrito de 8 líneas, 18 de los 33 magistrados que trabajan en esta jurisdicción sostienen que, desde "el más profundo respeto a la presunción de inocencia", la situación procesal de Regadera --está imputado-- y la "amplia trascendencia mediática habida comprometen gravemente su función representativa".
La carta incide en que, "después de haber esperado un tiempo prudencial" a que el juez decano tomara la decisión de cesar por iniciativa propia, "se ven obligados" a pedir su dimisión "en aras de la defensa del principio de transparencia que la sociedad demanda".
Fuentes cercanas a los jueces que han firmado la misiva explicaron el problema que supone que Regadera presida juntas de jueces, como la de lo penal, en la que participa el compañero que deberá juzgarlo por el presunto maltrato a su mujer y por el que el fiscal pide 9 meses y 1 día de prisión.
La acusación solicita, a la vez, 7 meses y 15 días de arresto para la esposa.
REFLEXIÓN
El juez decano siempre se ha resistido a dimitir, al estimar que el proceso es producto de una situación de su vida privada.
Regadera aseguró ayer que entra en un periodo de reflexión, ya que la opinión reflejada por los jueces, a pesar de que no son mayoría, "sí que es importante".
jueves, 21 de mayo de 2009
El Defensor del Pueblo y los Equipos Psicosociales
Hola, aqui teneis la Respuesta del Defensor del Pueblo sobre la Queja realizada sobre el funcionamiento de los Equipos Psicosociales en temas de Familia:
Está en nuestra web: Archivo/Documentos/Psicosociales.
http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/defen-del-pueblo-y-psicosocial.pdf
Da la casualidad de que las Asociaciones Feministas han denunciado tambien en el Defensor del Pueblo el quehacer diario de estos equipos Psicosociales en temas de Familia sobre la Guarda y Custodia de los hijos.
¿Para cuando la Responsabilidad Parental ?
¿Para cuando la liquidación de Bienes Gananciales ?
Tras la Ruptura de la Pareja como en Europa.
Seguimos en la brecha tercermundista..........
Teixo
Está en nuestra web: Archivo/Documentos/Psicosociales.
http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/defen-del-pueblo-y-psicosocial.pdf
Da la casualidad de que las Asociaciones Feministas han denunciado tambien en el Defensor del Pueblo el quehacer diario de estos equipos Psicosociales en temas de Familia sobre la Guarda y Custodia de los hijos.
¿Para cuando la Responsabilidad Parental ?
¿Para cuando la liquidación de Bienes Gananciales ?
Tras la Ruptura de la Pareja como en Europa.
Seguimos en la brecha tercermundista..........
Teixo
ERC y las Familias Monoparentales con 2 hijos
DE:m.carme c.h.:karmakar45@hotmail
Responder a: padres-de-la-plaza@googlegroups
Para: Padres de la Plaza
fecha: 21 de mayo de 2009
ERC Responde
Hola:
A raíz de la noticia de que las familias monoparentales con dos hijos serían consideradas familias numerosas, mandé una queja al Sr. Jordi Portabella de ERC, reclamando que se considerar también la posibilidad de crear ayudas para los papis, los cuales se hallan en precaria situación económica (y todos sabemos porqué).
Me ha parecido "graciosa" la respuesta que me han dado y que no tiene nada que ver con lo que yo les exponía, por lo cual, os adjunto, en sentido ascendente, mi carta, la respuesta de ellos y la nueva carta que yo les he remitido agradeciéndoles la respuesta.
Vaya cara que tienen!
A l'atenció d'En Jordi Portabella.
Apreciat Sr. Portabella:
Acabo de llegir la notícia: La Generalitat preveu aprovar entre abril i maig un decret que crearà el títol de família monoparental per equiparar aquesta tipologia de famílies amb les nombroses i poder gaudir així dels mateixos avantatges.
Tots estem veïent que tots els ajuts i els esforços van dirigits única i exclusivament a les dones i jo li pregunto: no som dones també totes aquestes que, per sort o per desgràcia, hem escollit una parella separada o divorciada amb fills?.
Li parlo desde la meva condició de dona separada amb dos fills i es molt descoratjador veure que tots els meus esforços laborals darrerament només estàn encaminats a ajudar económicament a la meva nova parella ja que, degut a les elevades pensions d'aliments pels fills i de fer-se càrrec de la meitat de l'hipoteca de la vivenda familiar, no te prous recursos per fer front a les seves pròpies necesitats.
Diners que reben les ex-esposes per l'alimentació dels seus fills que, en la majoría dels casos, superen amb escreig el TOTAL de les necessitats dels menor i que es molt discutible que aquests diners siguin emprats només per la canalla, estalviant l'excés, ja que no han de rendir comptes a ningú.
Fins quan les segones esposes haurem de fer-nos càrrec a mes a mes de les ortodoncies, ulleres i tots els extres que elles decideixin en detriment dels nostres propis fills?
Els agraïría que adoptesin mesures per evitar aquest desequilibri economic en els pares separats. Les ALTRES dones els ho agrairem eternament.
http://www.esquerrabcn.cat/index.php?id=1271
Date: Tue, 19 May 2009
From: barcelona@esquerra.org
To: karmakar45@hotmail
Subject: ERC RESPON
Benvolguda senyora,
Primer de tot, demanar-li disculpes pel retard en la resposta a la seva consulta.
Respecte el seu escrit, en el qual planteja diferents aspectes de la seva situació familiar, li podem manifestar que tanmateix, en les famílies reconstituïdes com la seva es presenten situacions particulars que no és fàcil recollir i regular sota sistema administratiu.
Tenint en compte la informació que ens ha transmès entenem que es tracta d'un cas susceptible de ser reconeguda com a família nombrosa, llevat que per edat ja estiguin fora de l'edat d'estudis universitaris. En aquest sentit, l'animem a valorar si compleix els requisits de família nombrosa i en cas afirmatiu, a sol·licitar el títol per tal de poder gaudir de la borsa d'avantatges tant de institucions públiques com establiments privats.
Respecte la quantia de les pensions, hem de constatar que es tracta d'una qüestió que s'ha de resoldre dintre del mateix àmbit judicial mitjançant els mecanismes establerts.
I en aquest sentit lamentem no poder donar-li cap altra resposta des de l'àmbit administratiu.
Finalment volem recordar-li que des de la Secretaria de Polítiques Familiars i Drets de Ciutadania del Departament d'Acció Social i Ciutadania, treballem per tal d'oferir majors i millors recursos per a les famílies, tals com la formació per a mares i pares mitjançant els programes "Créixer amb tu" i "Aprendre amb tu" i la possibilitat de gaudir del programa de "Vacances en familia". També donem suport amb els ajuts i prestacions per a famílies amb infants a càrrec de 0 a 3 anys o fins als 6 anys si són nombroses o monoparentals. Trobarà tota la informació a
http://www.gencat.cat/benestar%3C
http://www.gencat.cat/benestar a la pestanya de "famílies".
Ben cordialment,
Josep Farreny
Responsable de la gestió del Programa en marxa
From: karmakar45@hotmail
To: barcelona@esquerra.org
Subject: ERC RESPON
Date: Tue, 19 May 2009
Apreciat Sr. Josep Farreny:
Agraïda per la seva resposta "políticament correcte", pero crec que abans hauría de aclarir determinats punts.
No estic parlant de la meva situació personal, doncs tot i que soc mare separada i tinc dos fills, els dos ja son grans i, amb la separació, varem decidir, a diferència del reste de mares, que, per motius laborals, els nens romandríen sota la guada i custòdia del seu pare i que jo satisfaría determinada quantitat com a pensió d'aliments dels meus fills.
I, evidentment, varem liquidar la vivenda conjugal. Per tant, no es el cas, ni puc ni vull solicitar ser considerada familia nombrosa, en primer lloc, els meus fills son grans i, en segon lloc, malgrat i tenir parella actualment, ni visc amb ell ni ell te la custòdia dels seus fills.
La meva queixa i extensivament amb mi la de les Associacions de Dones i d'Avies per la Custòdia Compartida, es que valorin la possibilitat de concedir ajuts a tots aquells pares que no s'els hi permet tenir la custòdia compartida, però si fer front a totes les despeses dels seus fills i de la vivenda que ocupen juntament amb la mare, mentres ells no tenen ni el més bàsic per subsistir.
Em sembla que, a la inmensa majoría dels casos, i dic em sembla per no afirmar-ho rotundament, la mare no aporta res per la manutenció dels seus propis fills, i, a canvi s'els desgrava de la declració de renda i totes les beques, ajuts, etc, van única i exclusivament dirigits a elles. Haurían de contemplar la possibilitat de que, en els temps en que vivim en que la majoría de dones treballen i guanyen el seu propi sou, hi hagi ajuts que vagin dirigits als mes desfavorits.
Per tant, ni tinc el perfil per acollir-me a cap curs dels que vostè m'indica ni acollir-me a cap de les vacances en familia que existeixen. Per sort jo sempre he tingut clar que es el millor pels meus fills i ho he portat a la pràctica. Llàstima que moltes no ho entenguin així.
I, insisteixo, per poder accedir a qualsevol ajut es precís tenir la custòdia dels nens. D'aquesta manera i tal com estàn les Lleis que, sembla ser que tant costen de que siguin justes, tots els ajuts aniràn dirigits única i exclusivament a les dones, tot i que desprès a tothom s'els hi omple la boca de que estàn discriminades.
Molt atentament,
Responder a: padres-de-la-plaza@googlegroups
Para: Padres de la Plaza
fecha: 21 de mayo de 2009
ERC Responde
Hola:
A raíz de la noticia de que las familias monoparentales con dos hijos serían consideradas familias numerosas, mandé una queja al Sr. Jordi Portabella de ERC, reclamando que se considerar también la posibilidad de crear ayudas para los papis, los cuales se hallan en precaria situación económica (y todos sabemos porqué).
Me ha parecido "graciosa" la respuesta que me han dado y que no tiene nada que ver con lo que yo les exponía, por lo cual, os adjunto, en sentido ascendente, mi carta, la respuesta de ellos y la nueva carta que yo les he remitido agradeciéndoles la respuesta.
Vaya cara que tienen!
A l'atenció d'En Jordi Portabella.
Apreciat Sr. Portabella:
Acabo de llegir la notícia: La Generalitat preveu aprovar entre abril i maig un decret que crearà el títol de família monoparental per equiparar aquesta tipologia de famílies amb les nombroses i poder gaudir així dels mateixos avantatges.
Tots estem veïent que tots els ajuts i els esforços van dirigits única i exclusivament a les dones i jo li pregunto: no som dones també totes aquestes que, per sort o per desgràcia, hem escollit una parella separada o divorciada amb fills?.
Li parlo desde la meva condició de dona separada amb dos fills i es molt descoratjador veure que tots els meus esforços laborals darrerament només estàn encaminats a ajudar económicament a la meva nova parella ja que, degut a les elevades pensions d'aliments pels fills i de fer-se càrrec de la meitat de l'hipoteca de la vivenda familiar, no te prous recursos per fer front a les seves pròpies necesitats.
Diners que reben les ex-esposes per l'alimentació dels seus fills que, en la majoría dels casos, superen amb escreig el TOTAL de les necessitats dels menor i que es molt discutible que aquests diners siguin emprats només per la canalla, estalviant l'excés, ja que no han de rendir comptes a ningú.
Fins quan les segones esposes haurem de fer-nos càrrec a mes a mes de les ortodoncies, ulleres i tots els extres que elles decideixin en detriment dels nostres propis fills?
Els agraïría que adoptesin mesures per evitar aquest desequilibri economic en els pares separats. Les ALTRES dones els ho agrairem eternament.
http://www.esquerrabcn.cat/index.php?id=1271
Date: Tue, 19 May 2009
From: barcelona@esquerra.org
To: karmakar45@hotmail
Subject: ERC RESPON
Benvolguda senyora,
Primer de tot, demanar-li disculpes pel retard en la resposta a la seva consulta.
Respecte el seu escrit, en el qual planteja diferents aspectes de la seva situació familiar, li podem manifestar que tanmateix, en les famílies reconstituïdes com la seva es presenten situacions particulars que no és fàcil recollir i regular sota sistema administratiu.
Tenint en compte la informació que ens ha transmès entenem que es tracta d'un cas susceptible de ser reconeguda com a família nombrosa, llevat que per edat ja estiguin fora de l'edat d'estudis universitaris. En aquest sentit, l'animem a valorar si compleix els requisits de família nombrosa i en cas afirmatiu, a sol·licitar el títol per tal de poder gaudir de la borsa d'avantatges tant de institucions públiques com establiments privats.
Respecte la quantia de les pensions, hem de constatar que es tracta d'una qüestió que s'ha de resoldre dintre del mateix àmbit judicial mitjançant els mecanismes establerts.
I en aquest sentit lamentem no poder donar-li cap altra resposta des de l'àmbit administratiu.
Finalment volem recordar-li que des de la Secretaria de Polítiques Familiars i Drets de Ciutadania del Departament d'Acció Social i Ciutadania, treballem per tal d'oferir majors i millors recursos per a les famílies, tals com la formació per a mares i pares mitjançant els programes "Créixer amb tu" i "Aprendre amb tu" i la possibilitat de gaudir del programa de "Vacances en familia". També donem suport amb els ajuts i prestacions per a famílies amb infants a càrrec de 0 a 3 anys o fins als 6 anys si són nombroses o monoparentals. Trobarà tota la informació a
http://www.gencat.cat/benestar%3C
http://www.gencat.cat/benestar a la pestanya de "famílies".
Ben cordialment,
Josep Farreny
Responsable de la gestió del Programa en marxa
From: karmakar45@hotmail
To: barcelona@esquerra.org
Subject: ERC RESPON
Date: Tue, 19 May 2009
Apreciat Sr. Josep Farreny:
Agraïda per la seva resposta "políticament correcte", pero crec que abans hauría de aclarir determinats punts.
No estic parlant de la meva situació personal, doncs tot i que soc mare separada i tinc dos fills, els dos ja son grans i, amb la separació, varem decidir, a diferència del reste de mares, que, per motius laborals, els nens romandríen sota la guada i custòdia del seu pare i que jo satisfaría determinada quantitat com a pensió d'aliments dels meus fills.
I, evidentment, varem liquidar la vivenda conjugal. Per tant, no es el cas, ni puc ni vull solicitar ser considerada familia nombrosa, en primer lloc, els meus fills son grans i, en segon lloc, malgrat i tenir parella actualment, ni visc amb ell ni ell te la custòdia dels seus fills.
La meva queixa i extensivament amb mi la de les Associacions de Dones i d'Avies per la Custòdia Compartida, es que valorin la possibilitat de concedir ajuts a tots aquells pares que no s'els hi permet tenir la custòdia compartida, però si fer front a totes les despeses dels seus fills i de la vivenda que ocupen juntament amb la mare, mentres ells no tenen ni el més bàsic per subsistir.
Em sembla que, a la inmensa majoría dels casos, i dic em sembla per no afirmar-ho rotundament, la mare no aporta res per la manutenció dels seus propis fills, i, a canvi s'els desgrava de la declració de renda i totes les beques, ajuts, etc, van única i exclusivament dirigits a elles. Haurían de contemplar la possibilitat de que, en els temps en que vivim en que la majoría de dones treballen i guanyen el seu propi sou, hi hagi ajuts que vagin dirigits als mes desfavorits.
Per tant, ni tinc el perfil per acollir-me a cap curs dels que vostè m'indica ni acollir-me a cap de les vacances en familia que existeixen. Per sort jo sempre he tingut clar que es el millor pels meus fills i ho he portat a la pràctica. Llàstima que moltes no ho entenguin així.
I, insisteixo, per poder accedir a qualsevol ajut es precís tenir la custòdia dels nens. D'aquesta manera i tal com estàn les Lleis que, sembla ser que tant costen de que siguin justes, tots els ajuts aniràn dirigits única i exclusivament a les dones, tot i que desprès a tothom s'els hi omple la boca de que estàn discriminades.
Molt atentament,
miércoles, 20 de mayo de 2009
Proceso para Inscribir a los menores en el Colegio
Hola Papás:
Hoy me he enterado por internet que mi hijo había sido inscrito en un colegio por su madre sin mi firma ni consentimiento y la Administración dio por válido este acto, totalmente ilegítimo por ejercer yo la patria potestad de mi hijo de forma compartida con la madre.
Hablé con la secretaria responsable que me contestó que es legal la inscripción de mi hijo sin mi consentimiento por formar la madre con mi hijo una “unidad familiar”.
Como quiera que me pareció este concepto difuso y de poca fuerza como para anular el ejercicio de la patria potestad, redacté impugnación con los fundamentos que transcribo, quitando aquellos que son de mi caso particular, por si le llega a servir a otro papá.
Es una impugnación contra el acto de inscripción en las listas provisionales, con lo cual nada quita que la Administración requiera nuestra firma para las listas definitivas o en un período extraordinario y así se subsane la omisión que de la figura paterna provoca sistemáticamente la Administración, inscribiendo o escolarizando a nuestro hijo correctamente.
En Madrid y otras comunidades, hay tiempo para impugnar hasta este viernes.
Hay que moverse papás, un saludo!
El Modelo de Instancia estaen el siguiente enlace, el ultimo documento que aparece de la lista.
http://www.padresdivorciados.es/?page_id=759
Saludos
Hoy me he enterado por internet que mi hijo había sido inscrito en un colegio por su madre sin mi firma ni consentimiento y la Administración dio por válido este acto, totalmente ilegítimo por ejercer yo la patria potestad de mi hijo de forma compartida con la madre.
Hablé con la secretaria responsable que me contestó que es legal la inscripción de mi hijo sin mi consentimiento por formar la madre con mi hijo una “unidad familiar”.
Como quiera que me pareció este concepto difuso y de poca fuerza como para anular el ejercicio de la patria potestad, redacté impugnación con los fundamentos que transcribo, quitando aquellos que son de mi caso particular, por si le llega a servir a otro papá.
Es una impugnación contra el acto de inscripción en las listas provisionales, con lo cual nada quita que la Administración requiera nuestra firma para las listas definitivas o en un período extraordinario y así se subsane la omisión que de la figura paterna provoca sistemáticamente la Administración, inscribiendo o escolarizando a nuestro hijo correctamente.
En Madrid y otras comunidades, hay tiempo para impugnar hasta este viernes.
Hay que moverse papás, un saludo!
El Modelo de Instancia estaen el siguiente enlace, el ultimo documento que aparece de la lista.
http://www.padresdivorciados.es/?page_id=759
Saludos
Sentencia sobre Patria Potestad y elección de Psicólogo
http://www.copmadrid.org/webcopm/resource.do
Sentencia sobre patria potestad y elección de psicólogo, marzo 2009
Necesidad de mutuo acuerdo.
La Comisión Deontológica del Colegio pone en conocimiento de los colegiados esta sentencia por entender que es de interés y que invita a la reflexión.
"En Madrid a 5 de febrero de 2008"
"Juzgado de Primera Instancia Nº 75 de Madrid en RAZONAMIENTOS JURÍDICOS:"
"[dado que] la patria potestad corresponde a ambos progenitores, (cuestiones relativas a educación, formación, salud, etc.) y siendo que el hijo menor, precisa la asistencia de profesionales médicos y psicólogos, tratamientos, etc., será necesario que la progenitora que tiene la guardia y custodia del hijo menor, en virtud de ese ejercicio conjunto de la patria potestad, cuando considere o le pongan en conocimiento dicha necesidad, de que el menor debe ser sometido a examen por algún profesional, (y consta que el menor precisa ser valorado por un psicólogo infantil) lo comunique al padre y de común acuerdo decidan a qué profesional acuden o tratamientos a aplicar o los que sean precisos, o en su defecto y si estos no llegan a un acuerdo acudan la vía judicial y ser el juez el que determine cuál deba elegir, y lo hará después de oír a ambos progenitores y al hijo menor si fuera mayor de 12 años o si tuviese suficiente juicio.
En cualquier caso, la elección de un profesional para el menor no puede decidirse de forma unilateral, por uno de los progenitores, dado dicha cuestión entra en el ámbito del ejercicio de la patria potestad y no puede considerarse como una mera cuestión a desarrollar en el ámbito de la guarda y custodia."
La Juez es: Dª Alicia Risueño Arcas, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 75 de Madrid.
Autos de Ejecución del Título Judicial Nº 866/07.
Sentencia sobre patria potestad y elección de psicólogo, marzo 2009
Necesidad de mutuo acuerdo.
La Comisión Deontológica del Colegio pone en conocimiento de los colegiados esta sentencia por entender que es de interés y que invita a la reflexión.
"En Madrid a 5 de febrero de 2008"
"Juzgado de Primera Instancia Nº 75 de Madrid en RAZONAMIENTOS JURÍDICOS:"
"[dado que] la patria potestad corresponde a ambos progenitores, (cuestiones relativas a educación, formación, salud, etc.) y siendo que el hijo menor, precisa la asistencia de profesionales médicos y psicólogos, tratamientos, etc., será necesario que la progenitora que tiene la guardia y custodia del hijo menor, en virtud de ese ejercicio conjunto de la patria potestad, cuando considere o le pongan en conocimiento dicha necesidad, de que el menor debe ser sometido a examen por algún profesional, (y consta que el menor precisa ser valorado por un psicólogo infantil) lo comunique al padre y de común acuerdo decidan a qué profesional acuden o tratamientos a aplicar o los que sean precisos, o en su defecto y si estos no llegan a un acuerdo acudan la vía judicial y ser el juez el que determine cuál deba elegir, y lo hará después de oír a ambos progenitores y al hijo menor si fuera mayor de 12 años o si tuviese suficiente juicio.
En cualquier caso, la elección de un profesional para el menor no puede decidirse de forma unilateral, por uno de los progenitores, dado dicha cuestión entra en el ámbito del ejercicio de la patria potestad y no puede considerarse como una mera cuestión a desarrollar en el ámbito de la guarda y custodia."
La Juez es: Dª Alicia Risueño Arcas, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 75 de Madrid.
Autos de Ejecución del Título Judicial Nº 866/07.
Una misma realidad vista desde distintos objetivos
http://denuncias-plataformaluna.blogspot.com/
Navegando por la RED, te encuentras información de todo tipo.
En este caso, 2 colectivos sociales optan por la misma solución, pero defendiendo interes distintos: Unos personales otros colectivos.
Aqui esta el articulo de marras:
Si no estas de acuerdo con el Informe Psicosocial que se ha presentado en el Juzgado de Familia, te recomendamos que si:
Código deontológico de los psicólog@s ¿Crees que lo han incumplido?
Primero.-Si el psicólog@ está colegiado en el COP, presentas la denuncia ante el COP de tu CC.AA.
Si no estuviese colegiad@ ( a veces los que trabajan para la administración no lo están) pues presentas una denuncia vía administrativa ante la consejería que la haya contratado, normalmente suelen pertenecer a justicia o a política social.
Segundo.-Busca el Código Deontológico del Colegio de Psicólogos de tu comunidad, puedes verlo en este enlace:http://www.cop.es/
El contenido del artículo no varía, pero si lo hace el nº del mismo dependiendo de la comunidad autónoma a la que pertenezcas.
Tercero.-Para presentar la denuncia no necesitas abogado, tu sola puedes hacerlo,....
Cuarto.-Si crees que puede haber incurrido en delito, por injurías, calumnias, etc, puedes elaborar una denuncia penal, tampoco necesitas abogad@.
Si crees que tu psicolog@ ha incumplido cualquier artículo que rige su código deontológico, no esperes más.
NO TE CALLES, ¡DENUNCIA!
Es la única forma de salir del SAP
Navegando por la RED, te encuentras información de todo tipo.
En este caso, 2 colectivos sociales optan por la misma solución, pero defendiendo interes distintos: Unos personales otros colectivos.
Aqui esta el articulo de marras:
Si no estas de acuerdo con el Informe Psicosocial que se ha presentado en el Juzgado de Familia, te recomendamos que si:
Código deontológico de los psicólog@s ¿Crees que lo han incumplido?
Primero.-Si el psicólog@ está colegiado en el COP, presentas la denuncia ante el COP de tu CC.AA.
Si no estuviese colegiad@ ( a veces los que trabajan para la administración no lo están) pues presentas una denuncia vía administrativa ante la consejería que la haya contratado, normalmente suelen pertenecer a justicia o a política social.
Segundo.-Busca el Código Deontológico del Colegio de Psicólogos de tu comunidad, puedes verlo en este enlace:http://www.cop.es/
El contenido del artículo no varía, pero si lo hace el nº del mismo dependiendo de la comunidad autónoma a la que pertenezcas.
Tercero.-Para presentar la denuncia no necesitas abogado, tu sola puedes hacerlo,....
Cuarto.-Si crees que puede haber incurrido en delito, por injurías, calumnias, etc, puedes elaborar una denuncia penal, tampoco necesitas abogad@.
Si crees que tu psicolog@ ha incumplido cualquier artículo que rige su código deontológico, no esperes más.
NO TE CALLES, ¡DENUNCIA!
Es la única forma de salir del SAP
El CGPJ y los Certificados de Sentencias de Divorcio
Atención al Ciudadano:atencionciudadana@cgpj.es
Para: usedimad@gmail.com
fecha: 19 de mayo de 2009
asunto: Reclamacion OnLine
enviado por: www.cgpj.es
Estimado Sr. Rodríguez:
Acusamos recibo a su nuevo correo electrónico que unimos al expediente abierto en esta Unidad con su primera comunicación 25832/09, a la que hace referencia.
En respuesta a su nueva petición le informamos de que no podemos valorar la resolución adoptada por la Secretaria Judicial del Juzgado de Iª Instancia número 66 sobre:"que es requisito formal solicitar mediante procurador copia de una sentencia de divorcio ", dado que forma parte del ámbito de interpretación de las normas legales que corresponde al Secretario Judicial.
En todo caso, le podemos facilitar información general sobre la materia mediante la trascripción del artículo del Reglamento 1/2005 de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales que regula la expedición de certificaciones a instancia de los interesados:
Artículo 4.1. Corresponde a los Secretarios de la Oficina judicial facilitar a los interesados el acceso a los documentos judiciales a que se refieren los dos artículos anteriores.
2. Quienes estén interesados en acceder a los documentos a que hacen referencia los dos artículos anteriores, presentarán la solicitud por escrito en la Secretaría del órgano judicial, precisando el documento o documentos cuyo conocimiento se solicita y exponiendo la causa que justifica su interés.
La solicitud será resuelta en el plazo de 2 días mediante acuerdo del Secretario de la unidad de la Oficina judicial en que se encuentre la documentación interesada, quien deberá valorar si el solicitante justifica su interés, la existencia de derechos fundamentales en juego, y la necesidad de tratar los documentos a exhibir o de omitir datos de carácter personal en los testimonios o certificaciones a expedir, en caso de que el solicitante no justifique un interés personal y directo, de manera que se salvaguarde el derecho a la intimidad personal y familiar, al honor y a la propia imagen de los afectados por la resolución judicial.
Si accediere a lo solicitado expedirá el testimonio o la certificación que proceda o exhibirá la documentación de que se trate, previo tratamiento de datos de carácter personal, en su caso.
3. Sin perjuicio de lo establecido en las leyes de procedimiento, el acuerdo denegatorio del Secretario judicial será revisable por el Juez o Presidente a petición del interesado, que lo deberá solicitar en el plazo de 3 días desde la correspondiente notificación.
Si, transcurridos 2 días desde la solicitud, no hubiere recaído acuerdo expreso del Secretario, ni se hubiere expedido el testimonio o certificación solicitados, ni realizada tampoco la exhibición de que se trate, se entenderá que la petición ha sido denegada y, en su consecuencia, el interesado podrá ejercitar ante el Juez o Presidente el derecho de revisión mencionado anteriormente.
Contra el acuerdo del Juez o Presidente se podrán interponer los recursos establecidos en el Reglamento número 1/2000, de 26 de julio, de los órganos de Gobierno de Tribunales.
4. Respecto del acceso a las actuaciones judiciales de las que se desprendan datos con trascendencia tributaria, se estará además a lo establecido en el artículo 94.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En todo caso, puede dirigirse por escrito al Juzgado solicitando la certificación o copia de actuaciones que como interesado precise para presentar ante otro organismo y formular el recurso a que se refiere el citado artículo si su petición es denegada.
De otra parte, como le indicamos en la anterior comunicación nos hemos dirigido al Secretario General Coordinador del Ministerio de Justicia para la valoración de su petición anterior y abordar una solución que permita subsanar las deficiencias que se observen con vigencia al conjunto de los Secretarios Judiciales.
Quedando a su disposición, reciba un cordial saludo,
Juan Carlos Reguera cardiel
Jefe de UnidadUnidad de Atención Ciudadana
Para: usedimad@gmail.com
fecha: 19 de mayo de 2009
asunto: Reclamacion OnLine
enviado por: www.cgpj.es
Estimado Sr. Rodríguez:
Acusamos recibo a su nuevo correo electrónico que unimos al expediente abierto en esta Unidad con su primera comunicación 25832/09, a la que hace referencia.
En respuesta a su nueva petición le informamos de que no podemos valorar la resolución adoptada por la Secretaria Judicial del Juzgado de Iª Instancia número 66 sobre:"que es requisito formal solicitar mediante procurador copia de una sentencia de divorcio ", dado que forma parte del ámbito de interpretación de las normas legales que corresponde al Secretario Judicial.
En todo caso, le podemos facilitar información general sobre la materia mediante la trascripción del artículo del Reglamento 1/2005 de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales que regula la expedición de certificaciones a instancia de los interesados:
Artículo 4.1. Corresponde a los Secretarios de la Oficina judicial facilitar a los interesados el acceso a los documentos judiciales a que se refieren los dos artículos anteriores.
2. Quienes estén interesados en acceder a los documentos a que hacen referencia los dos artículos anteriores, presentarán la solicitud por escrito en la Secretaría del órgano judicial, precisando el documento o documentos cuyo conocimiento se solicita y exponiendo la causa que justifica su interés.
La solicitud será resuelta en el plazo de 2 días mediante acuerdo del Secretario de la unidad de la Oficina judicial en que se encuentre la documentación interesada, quien deberá valorar si el solicitante justifica su interés, la existencia de derechos fundamentales en juego, y la necesidad de tratar los documentos a exhibir o de omitir datos de carácter personal en los testimonios o certificaciones a expedir, en caso de que el solicitante no justifique un interés personal y directo, de manera que se salvaguarde el derecho a la intimidad personal y familiar, al honor y a la propia imagen de los afectados por la resolución judicial.
Si accediere a lo solicitado expedirá el testimonio o la certificación que proceda o exhibirá la documentación de que se trate, previo tratamiento de datos de carácter personal, en su caso.
3. Sin perjuicio de lo establecido en las leyes de procedimiento, el acuerdo denegatorio del Secretario judicial será revisable por el Juez o Presidente a petición del interesado, que lo deberá solicitar en el plazo de 3 días desde la correspondiente notificación.
Si, transcurridos 2 días desde la solicitud, no hubiere recaído acuerdo expreso del Secretario, ni se hubiere expedido el testimonio o certificación solicitados, ni realizada tampoco la exhibición de que se trate, se entenderá que la petición ha sido denegada y, en su consecuencia, el interesado podrá ejercitar ante el Juez o Presidente el derecho de revisión mencionado anteriormente.
Contra el acuerdo del Juez o Presidente se podrán interponer los recursos establecidos en el Reglamento número 1/2000, de 26 de julio, de los órganos de Gobierno de Tribunales.
4. Respecto del acceso a las actuaciones judiciales de las que se desprendan datos con trascendencia tributaria, se estará además a lo establecido en el artículo 94.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En todo caso, puede dirigirse por escrito al Juzgado solicitando la certificación o copia de actuaciones que como interesado precise para presentar ante otro organismo y formular el recurso a que se refiere el citado artículo si su petición es denegada.
De otra parte, como le indicamos en la anterior comunicación nos hemos dirigido al Secretario General Coordinador del Ministerio de Justicia para la valoración de su petición anterior y abordar una solución que permita subsanar las deficiencias que se observen con vigencia al conjunto de los Secretarios Judiciales.
Quedando a su disposición, reciba un cordial saludo,
Juan Carlos Reguera cardiel
Jefe de UnidadUnidad de Atención Ciudadana
¿Como tributa el Divorcio para Hacienda?
http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/1234960/05/09/Divorciarse-de-forma-amistosa-tributa-menos-que-por-las-malas-terminara-pagando-mas-impuestos.html
Divorciarse de forma amistosa tributa menos que 'por las malas': terminará pagando más impuestos.
Xavier Gil Pecharromán.11/05/2009
Cuando una pareja se separa o divorcia en forma amistosa, las partes redactan un convenio regulador en el cual, por ley, se abordan temas tan vitales como:
1.- quien se queda con la patria potestad,
2.- quien con el uso de la vivienda familiar,
3.- que pensión alimentaria se tiene que pasar,
4.- si corresponde una pensión compensatoria de un cónyuge a otro.
5.- Y, posteriormente, si procede, la disolución de la sociedad de gananciales.
Si los cónyuges se separan o divorcian de común acuerdo deben elaborar un convenio y presentar una demanda de separación amistosa ante un tribunal.
Si el juez considera que el convenio se ajusta a lo estipulado en el Código Civil citará a ambos cónyuges para que se ratifiquen en lo que han firmado de mutuo acuerdo y a partir de ese momento se regirán por ese convenio regulador.
Por el contrario, si el divorcio se alcanza sin posibilidad de acuerdo previo, será el juez el que establezca el convenio en lugar de hacerlo los propios cónyuges.
Pensión compensatoria
Cuando un matrimonio se separa o se divorcia, el régimen económico con el que se han regido mientras han estado casados (separación de bienes o gananciales) puede afectar a la liquidación de la sociedad de gananciales, pero no a la fiscalidad de la pensión compensatoria o a la de alimentos.
La pensión compensatoria para el cónyuge que la paga sirve para disminuir su base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en la totalidad de lo abonado en el año.
Para el cónyuge que lo recibe pasa a ser un ingreso, que se contabiliza como rendimiento del trabajo.
"Aunque suene muy feo - señala el abogado matrimonialista y vicepresidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) Rodolfo Molina-, se trata de un rendimiento del trabajo para el cónyuge separado con mayor desequilibrio de rentas. El beneficio que tiene esta calificación es que puede acogerse a la deducción por trabajo".
Además, también se pueden suscribir fondos de pensiones a nombre del cónyuge, que están sometidos a un límite cuantitativo y a un porcentaje sobre la suma de los rendimientos de trabajo y del rendimiento de actividad profesional y empresarial.
Pensión por alimentos
La pensión por alimentos es la que se pasa a los hijos y el Código Civil obliga a mantenerla en proporción con los ingresos que cada progenitor obtiene.
La persona que pasa esa pensión a los hijos, y por lo tanto ha abandonado el domicilio familiar, no puede disminuir la base imponible por este concepto.
En el caso del cónyuge que paga la pensión, tiene que separar de una parte la cantidad que paga de pensión y, de otra, los ingresos restantes para aplicarles la tarifa del Impuesto.
"De esta forma se extrema la progresividad, ya que al desdoblarse la renta es más difícil alcanzar los tramos más altos de la tarifa. No se paga por lo mismo, por ejemplo por 10.000 euros y por 40.000 que por 50.000", reflexiona Molina.
"Un dato muy importante a tener en cuenta -indica Molina-, es que cuando se habla jurídicamente de la pensión por alimentos, no se refiere sólo a la comida, sino que el Código Civil incluye, vestidos, colegios, casa, etc."
El cónyuge que recibe la pensión, mientras tanto, no tributa por este ingreso, la tributación es nula.
La deducción por hijos se la puede realizar el padre que tiene la custodia, pero si la custodia es compartida y vive la mitad del año con cada cónyuge ambos podrán desgravarse los gastos.
Importantes diferencias
En las sentencias de procesos de separación y divorcio amistosos, los gastos extraordinarios se suelen incluir en la pensión alimenticia, sin embargo los jueces en la sentencias por separación o divorcio sin acuerdos los señalan en un epígrafe separado, lo que supone que Hacienda no los reconoce como pensión alimenticia y no pueden beneficiarse de esa mejora en la tributación.
Molina explica que "esta es una de las ideas que los abogados debemos inculcar a nuestros clientes, porque aunque tengan una enemistad irreconciliable los cónyuges, ya que del amor al odio hay nada más que un paso, el ahorro que se consigue con un acuerdo amistoso de divorcio es sustancial. Es preferible que se peleen los abogados, porque al final lograrán un acuerdo lo más satisfactorio posible".
Entre estos gastos se encuentran conceptos tan generales como el pago de una sociedad médica, de un profesor de refuerzo para las asignaturas en las que flojea, un campamento de verano, un curso de inglés, por lo que depende de en que lugar de la sentencia esté recogido en la sentencia, se ajustará o no a la legislación tributaria.
Esto beneficia a los hijos, porque no sólo se libera de tributación para el cónyuge que recibe la pensión por alimentos los conceptos fijos, sino también los gastos extraordinarios.
A este respecto, es necesario tener en cuenta que la pensión alimenticia no sólo se mantiene hasta los 18 años, fecha de la mayoría de edad de los hijos, sino hasta que el juez considere que han conseguido alcanzar la independencia, normalmente cuando acaban los estudios, entre los 24 y los 25 años. Muchos años para no poderse desgravar ni un solo céntimo de euro.
Dejar rastro de los pagos
Hacienda exige, que no sólo el convenio esté dictado por un juez, sino que, además información sobre los medios de pago utilizados para aceptar el gasto.
En ocasiones se da el caso del cónyuge que paga la pensión compensatoria en dinero contante y sonante, en estos casos tendrá que justificar de donde ha sacado el dinero.
Por ello, Molina recomienda que se deje el mayor rastro posible de la operación.
Lo más recomendable es la transferencia bancaria de esta forma se asegura el cónyuge que paga, no sólo que Hacienda lo aceptará sino que habrá un control de los pagos para que el otro cónyuge no pueda denunciar con mala fe la falta de pago.
Además, es preciso solicitar las facturas de los gastos realizados, porque Hacienda exigirá el soporte contable de los mismos.
Dos viviendas habituales
Otro asunto importante es el de la vivienda habitual, ya que no se permite, salvo en casos muy contados y especiales, que un núcleo familiar pueda tener dos viviendas habituales y desgravarse por ellas.
Como el uso de la vivienda se concede a quien tiene la guardia y custodia de los hijos hasta alcanzar la independencia económica, el otro cónyuge, normalmente el marido, durante años ha venido pagando su 50% de hipoteca, pero no se lo podía deducir porque ya no era su vivienda habitual, pues no vivía más de 183 días al año en ella.
La Ley se ha rectificado y ahora se permite que si por sentencia está obligado a pagar las cargas de lo que hasta la separación ha sido su vivienda habitual, el cónyuge que ya no utiliza la vivienda habitual, en tanto que no se desgrave por una que el se compre nueva, podrá seguir deduciéndosela, siempre que siga siendo el domicilio de sus hijos y que acredite la legalidad de todo ello.
Por ejemplo, si un matrimonio está pagando una casa que les costará 300.000 euros y el cónyuge que se ha ido fuera de la vivienda familiar se ha deducido ya por la mitad, si compra otra de 400.000 euros, podrá deducirse desde los 150.000 euros hasta los 400.000 por la nueva vivienda.
Si el matrimonio decide vender, por lo que sea, la vivienda conyugal, tendrá derecho a comprar una nueva vivienda por la diferencia entre el coste de la plusvalía generada por la primera y el coste de la segunda.
Si esta venta se realiza al cabo de los años, cuando los hijos se independizan, el cónyuge que más ha pasado podría suponer que le corresponde un porcentaje superior de la titularidad de la vivienda, pero esto no es así, sino que el cónyuge que menos ha pagado tendrá una deuda por el dinero que ha pagado de menos, pero la casa será al 50 por ciento de cada uno de ellos.
Simples motivos económicos
Una vez que se produce el divorcio los bienes que se traspasen unos a otros se consideran donaciones y tributan como tales.
A efectos de la pensión de viudedad se divide el patrimonio por los años de convivencia que se han tenido.
Se dan casos en que hay separaciones y divorcios por motivos económicos, como por ejemplo para comprar una segunda casa y desgravarse.
También hay peticiones de modificación de los convenios a causa del paro y de la crisis económica.
El juez, previo argumento de uno de los cónyuges puede decidir la rebaja de las cantidades pactadas, pero sólo por razones objetivas, que sean claramente demostrables
Divorciarse de forma amistosa tributa menos que 'por las malas': terminará pagando más impuestos.
Xavier Gil Pecharromán.11/05/2009
Cuando una pareja se separa o divorcia en forma amistosa, las partes redactan un convenio regulador en el cual, por ley, se abordan temas tan vitales como:
1.- quien se queda con la patria potestad,
2.- quien con el uso de la vivienda familiar,
3.- que pensión alimentaria se tiene que pasar,
4.- si corresponde una pensión compensatoria de un cónyuge a otro.
5.- Y, posteriormente, si procede, la disolución de la sociedad de gananciales.
Si los cónyuges se separan o divorcian de común acuerdo deben elaborar un convenio y presentar una demanda de separación amistosa ante un tribunal.
Si el juez considera que el convenio se ajusta a lo estipulado en el Código Civil citará a ambos cónyuges para que se ratifiquen en lo que han firmado de mutuo acuerdo y a partir de ese momento se regirán por ese convenio regulador.
Por el contrario, si el divorcio se alcanza sin posibilidad de acuerdo previo, será el juez el que establezca el convenio en lugar de hacerlo los propios cónyuges.
Pensión compensatoria
Cuando un matrimonio se separa o se divorcia, el régimen económico con el que se han regido mientras han estado casados (separación de bienes o gananciales) puede afectar a la liquidación de la sociedad de gananciales, pero no a la fiscalidad de la pensión compensatoria o a la de alimentos.
La pensión compensatoria para el cónyuge que la paga sirve para disminuir su base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en la totalidad de lo abonado en el año.
Para el cónyuge que lo recibe pasa a ser un ingreso, que se contabiliza como rendimiento del trabajo.
"Aunque suene muy feo - señala el abogado matrimonialista y vicepresidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) Rodolfo Molina-, se trata de un rendimiento del trabajo para el cónyuge separado con mayor desequilibrio de rentas. El beneficio que tiene esta calificación es que puede acogerse a la deducción por trabajo".
Además, también se pueden suscribir fondos de pensiones a nombre del cónyuge, que están sometidos a un límite cuantitativo y a un porcentaje sobre la suma de los rendimientos de trabajo y del rendimiento de actividad profesional y empresarial.
Pensión por alimentos
La pensión por alimentos es la que se pasa a los hijos y el Código Civil obliga a mantenerla en proporción con los ingresos que cada progenitor obtiene.
La persona que pasa esa pensión a los hijos, y por lo tanto ha abandonado el domicilio familiar, no puede disminuir la base imponible por este concepto.
En el caso del cónyuge que paga la pensión, tiene que separar de una parte la cantidad que paga de pensión y, de otra, los ingresos restantes para aplicarles la tarifa del Impuesto.
"De esta forma se extrema la progresividad, ya que al desdoblarse la renta es más difícil alcanzar los tramos más altos de la tarifa. No se paga por lo mismo, por ejemplo por 10.000 euros y por 40.000 que por 50.000", reflexiona Molina.
"Un dato muy importante a tener en cuenta -indica Molina-, es que cuando se habla jurídicamente de la pensión por alimentos, no se refiere sólo a la comida, sino que el Código Civil incluye, vestidos, colegios, casa, etc."
El cónyuge que recibe la pensión, mientras tanto, no tributa por este ingreso, la tributación es nula.
La deducción por hijos se la puede realizar el padre que tiene la custodia, pero si la custodia es compartida y vive la mitad del año con cada cónyuge ambos podrán desgravarse los gastos.
Importantes diferencias
En las sentencias de procesos de separación y divorcio amistosos, los gastos extraordinarios se suelen incluir en la pensión alimenticia, sin embargo los jueces en la sentencias por separación o divorcio sin acuerdos los señalan en un epígrafe separado, lo que supone que Hacienda no los reconoce como pensión alimenticia y no pueden beneficiarse de esa mejora en la tributación.
Molina explica que "esta es una de las ideas que los abogados debemos inculcar a nuestros clientes, porque aunque tengan una enemistad irreconciliable los cónyuges, ya que del amor al odio hay nada más que un paso, el ahorro que se consigue con un acuerdo amistoso de divorcio es sustancial. Es preferible que se peleen los abogados, porque al final lograrán un acuerdo lo más satisfactorio posible".
Entre estos gastos se encuentran conceptos tan generales como el pago de una sociedad médica, de un profesor de refuerzo para las asignaturas en las que flojea, un campamento de verano, un curso de inglés, por lo que depende de en que lugar de la sentencia esté recogido en la sentencia, se ajustará o no a la legislación tributaria.
Esto beneficia a los hijos, porque no sólo se libera de tributación para el cónyuge que recibe la pensión por alimentos los conceptos fijos, sino también los gastos extraordinarios.
A este respecto, es necesario tener en cuenta que la pensión alimenticia no sólo se mantiene hasta los 18 años, fecha de la mayoría de edad de los hijos, sino hasta que el juez considere que han conseguido alcanzar la independencia, normalmente cuando acaban los estudios, entre los 24 y los 25 años. Muchos años para no poderse desgravar ni un solo céntimo de euro.
Dejar rastro de los pagos
Hacienda exige, que no sólo el convenio esté dictado por un juez, sino que, además información sobre los medios de pago utilizados para aceptar el gasto.
En ocasiones se da el caso del cónyuge que paga la pensión compensatoria en dinero contante y sonante, en estos casos tendrá que justificar de donde ha sacado el dinero.
Por ello, Molina recomienda que se deje el mayor rastro posible de la operación.
Lo más recomendable es la transferencia bancaria de esta forma se asegura el cónyuge que paga, no sólo que Hacienda lo aceptará sino que habrá un control de los pagos para que el otro cónyuge no pueda denunciar con mala fe la falta de pago.
Además, es preciso solicitar las facturas de los gastos realizados, porque Hacienda exigirá el soporte contable de los mismos.
Dos viviendas habituales
Otro asunto importante es el de la vivienda habitual, ya que no se permite, salvo en casos muy contados y especiales, que un núcleo familiar pueda tener dos viviendas habituales y desgravarse por ellas.
Como el uso de la vivienda se concede a quien tiene la guardia y custodia de los hijos hasta alcanzar la independencia económica, el otro cónyuge, normalmente el marido, durante años ha venido pagando su 50% de hipoteca, pero no se lo podía deducir porque ya no era su vivienda habitual, pues no vivía más de 183 días al año en ella.
La Ley se ha rectificado y ahora se permite que si por sentencia está obligado a pagar las cargas de lo que hasta la separación ha sido su vivienda habitual, el cónyuge que ya no utiliza la vivienda habitual, en tanto que no se desgrave por una que el se compre nueva, podrá seguir deduciéndosela, siempre que siga siendo el domicilio de sus hijos y que acredite la legalidad de todo ello.
Por ejemplo, si un matrimonio está pagando una casa que les costará 300.000 euros y el cónyuge que se ha ido fuera de la vivienda familiar se ha deducido ya por la mitad, si compra otra de 400.000 euros, podrá deducirse desde los 150.000 euros hasta los 400.000 por la nueva vivienda.
Si el matrimonio decide vender, por lo que sea, la vivienda conyugal, tendrá derecho a comprar una nueva vivienda por la diferencia entre el coste de la plusvalía generada por la primera y el coste de la segunda.
Si esta venta se realiza al cabo de los años, cuando los hijos se independizan, el cónyuge que más ha pasado podría suponer que le corresponde un porcentaje superior de la titularidad de la vivienda, pero esto no es así, sino que el cónyuge que menos ha pagado tendrá una deuda por el dinero que ha pagado de menos, pero la casa será al 50 por ciento de cada uno de ellos.
Simples motivos económicos
Una vez que se produce el divorcio los bienes que se traspasen unos a otros se consideran donaciones y tributan como tales.
A efectos de la pensión de viudedad se divide el patrimonio por los años de convivencia que se han tenido.
Se dan casos en que hay separaciones y divorcios por motivos económicos, como por ejemplo para comprar una segunda casa y desgravarse.
También hay peticiones de modificación de los convenios a causa del paro y de la crisis económica.
El juez, previo argumento de uno de los cónyuges puede decidir la rebaja de las cantidades pactadas, pero sólo por razones objetivas, que sean claramente demostrables
¿Padres solteros ?, el reto de cuidar a los hijos solos
http://www.tvbus.tv/portal/index.php?op=noticias&seccion=mochila&id=5055
¿Padres solteros?, el reto de cuidar solo a los hijos.
Es un fenómeno sociocultural cada vez más frecuente debido a los divorcios y separaciones.
Los hombres que deciden asumir el cuidado de sus hijos.
Si tu pareja está en esta situación ayúdalo para que su tarea sea más fácil y puedan compartir más tiempo juntos.
www.cosmopolitan.com
12/05/2009
Una nueva realidad se impone.
Las familias monoparentales, que siempre se salieron de lo convencional o de lo que la sociedad estableció como tal, son cada vez más frecuentes.
El concepto de madre soltera y el modelo familiar que implicaba es común desde hace tiempo, pero ¿y el de padre soltero?.
Ahora descubrimos este fenómeno poco comprendido y minoritario.
Hombres que consiguen la custodia de sus hijos tras un divorcio, o que quedan viudos, o a los que su ex mujer hace responsable de los niños, o incluso que deciden tener un hijo a pesar de no tener pareja.
En Estados Unidos, por ejemplo, hace ya casi 9 años, los padres solteros eran según la oficina de censos de este país, 2,1 millones.
Estos hombres, que siguen siendo un porcentaje mucho menor al de las madres solteras, deben enfrentarse por un lado a las dificultades siempre sujetas a criar a un niño, más al hecho de no compartir esta labor con nadie y, además, a una especie de prueba que les plantea la sociedad, que no espera o no cree que un hombre pueda realizar esta tarea satisfactoriamente.
Esta realidad se ve en la calle y también en los juzgados.
Son ya muchos los padres que piden la custodia compartida para poder disfrutar y cuidar de sus hijos a diario, y no sólo cuando lo estipula el régimen de visitas, pero desgraciadamente son pocos los que logran satisfacer sus reivindicaciones con este reconocimiento judicial.
Tradicionalmente es cierto que las mujeres solían ser amas de casa y se dedicaban casi en exclusiva, y sin gran apoyo del marido, al cuidado de los hijos.
Pero ahora las madres también trabajan mayoritariamente fuera de casa y ellos no siguen siempre el patrón de padre ausente y poco involucrado en la educación de los niños.
Paciencia y mucha dedicación.
Aceptar la responsabilidad total de los hijos no es tarea fácil, hay que conjugar muchas obligaciones, desde el trabajo fuera de casa, a preparar la comida, arreglar el hogar, lavar la ropa, ayudar a los niños en las tareas escolares.
Es conveniente evitar las presiones sociales externas, pero sin caer en la soledad, se debe buscar ayuda.
El tiempo corre en contra, parece que nunca es suficiente para cumplir con todo.
Para ello es bueno mantener una rutina: establecer las horas de las comidas, actividades por la tardes, el tiempo que sus hijos deben dedicar al estudio.
Estas situaciones también pueden ser difíciles para los niños, por eso es conveniente hablar con ellos, explicarles los cambios que se han producido en la familia, compartir los sentimientos y opiniones al respecto, pero sin transmitirles sus frustraciones.
A pesar de la carga familiar y las múltiples obligaciones diarias, debe sacar tiempo para sí mismo, para estar con sus amigos y llevar a cabo aquellas actividades que le gustan.
No por esta nueva situación debe abandonar el deporte, la lectura o cualquier otra afición que tuviese antes.
Aunque esté estresado, si usted enfrenta la vida con optimismo el ambiente familiar será mucho más positivo.
Mantener una buena relación con los hijos es fundamental, eso sí, sin caer en un compañerismo excesivo.
Los roles deben estar claros, el padre es ante todo la autoridad, a quien se debe obedecer.
No dude en pedir ayuda a su familia o a los amigos, ellos comprenderán sus necesidades y el hecho de que no le de tiempo a cumplir solo con tantas obligaciones.
Búsquese alterativas para tener más tiempo, como que el padre de unos compañeros de sus hijos les lleve al colegio.
Usted se merece un descanso.
Destacamos:
-- Los hombres deben enfrentarse por un lado a criar a los hijos en solitario y por otro, a una especie de prueba que les plantea la sociedad, que no espera que un hombre pueda realizar esta tarea satisfactoriamente.
-- Establecer una rutina y tratar con los hijos la nueva situación familiar son algunos de los consejos a seguir.
-- Es conveniente pedir ayuda, porque el padre también necesita tiempo para sí mismo.
¿Padres solteros?, el reto de cuidar solo a los hijos.
Es un fenómeno sociocultural cada vez más frecuente debido a los divorcios y separaciones.
Los hombres que deciden asumir el cuidado de sus hijos.
Si tu pareja está en esta situación ayúdalo para que su tarea sea más fácil y puedan compartir más tiempo juntos.
www.cosmopolitan.com
12/05/2009
Una nueva realidad se impone.
Las familias monoparentales, que siempre se salieron de lo convencional o de lo que la sociedad estableció como tal, son cada vez más frecuentes.
El concepto de madre soltera y el modelo familiar que implicaba es común desde hace tiempo, pero ¿y el de padre soltero?.
Ahora descubrimos este fenómeno poco comprendido y minoritario.
Hombres que consiguen la custodia de sus hijos tras un divorcio, o que quedan viudos, o a los que su ex mujer hace responsable de los niños, o incluso que deciden tener un hijo a pesar de no tener pareja.
En Estados Unidos, por ejemplo, hace ya casi 9 años, los padres solteros eran según la oficina de censos de este país, 2,1 millones.
Estos hombres, que siguen siendo un porcentaje mucho menor al de las madres solteras, deben enfrentarse por un lado a las dificultades siempre sujetas a criar a un niño, más al hecho de no compartir esta labor con nadie y, además, a una especie de prueba que les plantea la sociedad, que no espera o no cree que un hombre pueda realizar esta tarea satisfactoriamente.
Esta realidad se ve en la calle y también en los juzgados.
Son ya muchos los padres que piden la custodia compartida para poder disfrutar y cuidar de sus hijos a diario, y no sólo cuando lo estipula el régimen de visitas, pero desgraciadamente son pocos los que logran satisfacer sus reivindicaciones con este reconocimiento judicial.
Tradicionalmente es cierto que las mujeres solían ser amas de casa y se dedicaban casi en exclusiva, y sin gran apoyo del marido, al cuidado de los hijos.
Pero ahora las madres también trabajan mayoritariamente fuera de casa y ellos no siguen siempre el patrón de padre ausente y poco involucrado en la educación de los niños.
Paciencia y mucha dedicación.
Aceptar la responsabilidad total de los hijos no es tarea fácil, hay que conjugar muchas obligaciones, desde el trabajo fuera de casa, a preparar la comida, arreglar el hogar, lavar la ropa, ayudar a los niños en las tareas escolares.
Es conveniente evitar las presiones sociales externas, pero sin caer en la soledad, se debe buscar ayuda.
El tiempo corre en contra, parece que nunca es suficiente para cumplir con todo.
Para ello es bueno mantener una rutina: establecer las horas de las comidas, actividades por la tardes, el tiempo que sus hijos deben dedicar al estudio.
Estas situaciones también pueden ser difíciles para los niños, por eso es conveniente hablar con ellos, explicarles los cambios que se han producido en la familia, compartir los sentimientos y opiniones al respecto, pero sin transmitirles sus frustraciones.
A pesar de la carga familiar y las múltiples obligaciones diarias, debe sacar tiempo para sí mismo, para estar con sus amigos y llevar a cabo aquellas actividades que le gustan.
No por esta nueva situación debe abandonar el deporte, la lectura o cualquier otra afición que tuviese antes.
Aunque esté estresado, si usted enfrenta la vida con optimismo el ambiente familiar será mucho más positivo.
Mantener una buena relación con los hijos es fundamental, eso sí, sin caer en un compañerismo excesivo.
Los roles deben estar claros, el padre es ante todo la autoridad, a quien se debe obedecer.
No dude en pedir ayuda a su familia o a los amigos, ellos comprenderán sus necesidades y el hecho de que no le de tiempo a cumplir solo con tantas obligaciones.
Búsquese alterativas para tener más tiempo, como que el padre de unos compañeros de sus hijos les lleve al colegio.
Usted se merece un descanso.
Destacamos:
-- Los hombres deben enfrentarse por un lado a criar a los hijos en solitario y por otro, a una especie de prueba que les plantea la sociedad, que no espera que un hombre pueda realizar esta tarea satisfactoriamente.
-- Establecer una rutina y tratar con los hijos la nueva situación familiar son algunos de los consejos a seguir.
-- Es conveniente pedir ayuda, porque el padre también necesita tiempo para sí mismo.
Lydia Bosch:¿En defensa de los Hijos ? Tras la ruptura de la Pareja
http://www.abc.es/20090519/gente-famosos-latidos/lydia-bosch-defensa-hija-20090519.html
Lydia Bosch, en defensa de su hija
BEATRIZ CORTÁZAR. 19-05-09.
A través de un comunicado firmado por su abogada es como la actriz Lydia Bosch anuncia que tomará medidas legales contra la revista «Interviú» por haber publicado «documentos extremadamente sensibles del procedimiento penal abierto tras la denuncia de su hija menor de edad».
En ese texto, la actriz catalana avisa que tomará las mismas medidas contra aquellos medios que se hagan eco de esas «dolorosas filtraciones» donde se da detallada cuenta de los presuntos abusos sexuales que denuncia la menor y donde también se reproduce el informe que acompaña a esa denuncia y en el que esta vez es la actriz la que relata las «humillaciones y vejaciones» que, según ella, sufría por parte de su marido.
Sin duda las cosas cada día están más lejos de solucionarse en esta familia.
El próximo día 22 se celebra la vista por las medidas cautelares de su divorcio y será el juez quien diga la última palabra.
Aparte de la cuantía económica que puede ser cuestionable o no según qué parte hable, el punto más complicado será la custodia de los hijos de 6 años habidos de la pareja.
El padre quiere que sea compartida y la madre se niega desde que estuvo al corriente de la denuncia de su hija a quien acompañó ante la comisaría para exponer los hechos.
En lo único que coinciden Bosch y su marido, el arquitecto Alberto Martín Caballero, es en la preocupación que tienen por los menores de su familia a raíz de la publicación de esos documentos.
Lydia lo ha hecho saber mediante un comunicado y su marido a través de su gabinete de comunicación, desde donde me dicen que está consternado por el daño que pueden hacerle a los menores.
Más Información al respecto:
Lydia Bosch y su marido duermen en casa
El marido de Lydia Bosch lo niega todo
Comunicado íntegro del marido de Lydia Bosch, Alberto Martín Caballero
Lydia Bosch anuncia su separación de Alberto Martín
El comunicado de Micky Molina
El marido de Lydia Bosch, en libertad
Lydia Bosch vive el momento más amargo de su vida
Pese a todo, la vida continúa
Lydia Bosch, en defensa de su hija
BEATRIZ CORTÁZAR. 19-05-09.
A través de un comunicado firmado por su abogada es como la actriz Lydia Bosch anuncia que tomará medidas legales contra la revista «Interviú» por haber publicado «documentos extremadamente sensibles del procedimiento penal abierto tras la denuncia de su hija menor de edad».
En ese texto, la actriz catalana avisa que tomará las mismas medidas contra aquellos medios que se hagan eco de esas «dolorosas filtraciones» donde se da detallada cuenta de los presuntos abusos sexuales que denuncia la menor y donde también se reproduce el informe que acompaña a esa denuncia y en el que esta vez es la actriz la que relata las «humillaciones y vejaciones» que, según ella, sufría por parte de su marido.
Sin duda las cosas cada día están más lejos de solucionarse en esta familia.
El próximo día 22 se celebra la vista por las medidas cautelares de su divorcio y será el juez quien diga la última palabra.
Aparte de la cuantía económica que puede ser cuestionable o no según qué parte hable, el punto más complicado será la custodia de los hijos de 6 años habidos de la pareja.
El padre quiere que sea compartida y la madre se niega desde que estuvo al corriente de la denuncia de su hija a quien acompañó ante la comisaría para exponer los hechos.
En lo único que coinciden Bosch y su marido, el arquitecto Alberto Martín Caballero, es en la preocupación que tienen por los menores de su familia a raíz de la publicación de esos documentos.
Lydia lo ha hecho saber mediante un comunicado y su marido a través de su gabinete de comunicación, desde donde me dicen que está consternado por el daño que pueden hacerle a los menores.
Más Información al respecto:
Lydia Bosch y su marido duermen en casa
El marido de Lydia Bosch lo niega todo
Comunicado íntegro del marido de Lydia Bosch, Alberto Martín Caballero
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El comunicado de Micky Molina
El marido de Lydia Bosch, en libertad
Lydia Bosch vive el momento más amargo de su vida
Pese a todo, la vida continúa
martes, 19 de mayo de 2009
la Vivienda, la Clase Media y los Divorciad@s: Un sin vivir
http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=613840&idseccio_PK=&h=090519
EL 75% DE LOS CONTRIBUYENTES DECLARA MENOS DE 24.000 EUROS
Corredor afirma que la supresión de la deducción por vivienda para rentas altas es "necesaria y oportuna".
La ministra afirma que que la bonificación actual no ha favorecido a la clase media
EFE.MADRID.19/5/2009
La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, ha asegurado hoy que la medida de suprimir en el 2011 la deducción por compra de vivienda para rentas superiores a los 24.000 euros es "necesaria y oportuna", y ha afirmado que la actual desgravación no benefició a la clase media porque sirvió para duplicar los precios.
El PSOE ha conseguido el apoyo suficiente en el Congreso para aprobar su propuesta, aunque en la iniciativa no se especifica cuál será el umbral de renta en el que finalice este beneficio fiscal.
Así, en la propuesta de resolución aprobada hoy no se ha detallado si dicho umbral serán los 24.000 euros que cifró el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, en el debate sobre el estado de la nación.
En una entrevista en RNE, Corredor ha señalado que el umbral de 24.000 euros fijado por el Ejecutivo es "equilibrado".
En este sentido, la ministra ha señalado que el 75% de los contribuyentes declara ganar menos de 24.000 euros, un porcentaje que en el caso de los que pagan una hipoteca se reduce al 63%.
Las deducciones actuales no variaránLa ministra ha añadido que todos los que actualmente están pagando hipotecas o se compren una casa antes de 2011, seguirán desgravando por vivienda como hasta ahora.
Ha apuntado que la supresión de la deducción no es una medida aislada, sino que se acompaña de otras como las ayudas directas a la compra y la equiparación entre deducción por alquiler y adquisición de vivienda, para que los ciudadanos puedan elegir la opción que mejor se ajusta a sus necesidades.
La ministra cree que, a corto plazo, la medida conllevará una "importante" movilización del stock de viviendas vacías, mientras que, a medio plazo, permitirá que el sector de la construcción se equilibre y redimensione para que sólo se construyan las viviendas que se necesitan, lo que redundará en la moderación de los precios.
En este sentido, considera que el actual sistema de deducciones sirvió para que los promotores duplicaran los precios de las viviendas en los últimos años, por lo que no benefició a la clase media.
MÁS INFORMACIÓN
El PSOE logra aprobar su propuesta sobre vivienda aunque no especifica cifras
EL 75% DE LOS CONTRIBUYENTES DECLARA MENOS DE 24.000 EUROS
Corredor afirma que la supresión de la deducción por vivienda para rentas altas es "necesaria y oportuna".
La ministra afirma que que la bonificación actual no ha favorecido a la clase media
EFE.MADRID.19/5/2009
La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, ha asegurado hoy que la medida de suprimir en el 2011 la deducción por compra de vivienda para rentas superiores a los 24.000 euros es "necesaria y oportuna", y ha afirmado que la actual desgravación no benefició a la clase media porque sirvió para duplicar los precios.
El PSOE ha conseguido el apoyo suficiente en el Congreso para aprobar su propuesta, aunque en la iniciativa no se especifica cuál será el umbral de renta en el que finalice este beneficio fiscal.
Así, en la propuesta de resolución aprobada hoy no se ha detallado si dicho umbral serán los 24.000 euros que cifró el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, en el debate sobre el estado de la nación.
En una entrevista en RNE, Corredor ha señalado que el umbral de 24.000 euros fijado por el Ejecutivo es "equilibrado".
En este sentido, la ministra ha señalado que el 75% de los contribuyentes declara ganar menos de 24.000 euros, un porcentaje que en el caso de los que pagan una hipoteca se reduce al 63%.
Las deducciones actuales no variaránLa ministra ha añadido que todos los que actualmente están pagando hipotecas o se compren una casa antes de 2011, seguirán desgravando por vivienda como hasta ahora.
Ha apuntado que la supresión de la deducción no es una medida aislada, sino que se acompaña de otras como las ayudas directas a la compra y la equiparación entre deducción por alquiler y adquisición de vivienda, para que los ciudadanos puedan elegir la opción que mejor se ajusta a sus necesidades.
La ministra cree que, a corto plazo, la medida conllevará una "importante" movilización del stock de viviendas vacías, mientras que, a medio plazo, permitirá que el sector de la construcción se equilibre y redimensione para que sólo se construyan las viviendas que se necesitan, lo que redundará en la moderación de los precios.
En este sentido, considera que el actual sistema de deducciones sirvió para que los promotores duplicaran los precios de las viviendas en los últimos años, por lo que no benefició a la clase media.
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Sabado,16 de Julio de 2005: Error de Votación en el Congreso
http://www.elmundo.es/papel/2005/07/16/espana/1832881_impresora.html
Sábado, 16 de julio de 2005. Año XVII. Número: 5.695.
López Aguilar promete corregir la votación de la Ley del Divorcio.
El ministro, que se dio cuenta en el Pleno y pasó la noche sin dormir por el error, afirma que lo hará en cuanto «resulte congruente»
FERNANDO GAREA / MANUEL SANCHEZMADRID.-
El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, anunció ayer su intención de modificar de nuevo la Ley del Divorcio para ampliar las garantías en el caso de que el juez acuerde la custodia compartida de los hijos cuando no exista acuerdo entre los padres.
López Aguilar admitió que esta cuestión no fue incorporada en la reciente reforma de la ley debido a un «error de instrucción de voto parlamentario» del Grupo Socialista el pasado 30 de junio, y desmintió tajantemente que hubiera sido intencionado.
«Estamos en disposición de incorporar la enmienda en la primera ocasión en que resulte congruente con la materia», subrayó López Aguilar, tras ser preguntado por los periodistas.
En este sentido, el ministro recordó que el Gobierno está obligado a publicar la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en los términos en los que fue aprobada por el Congreso, a pesar de que la enmienda no se aprobara por un error y en contra de la voluntad mayoritaria de la Cámara Baja.
«Nadie puede pedirle al Gobierno que cambie la letra de la ley que se va a publicar en el BOE, porque tiene que ser exactamente la que ha resultado del procedimiento parlamentario, tal y como ha quedado formalmente expresada por la representación de la soberanía popular», insistió.
No obstante, López Aguilar recalcó en varias ocasiones que «el Gobierno está en disposición de incorporar» esta cuestión a la ley, con el objetivo de garantizar la estabilidad domiciliaria del menor.
«Lo hará en la primera ocasión en que resulte congruente con la materia y cumpliremos así el compromiso de dar mayor seguridad jurídica a todos los intereses y derechos en la disolución del matrimonio», apuntó.
En cualquier caso, el ministro entiende que «el objeto principal de la ley (acortar los plazos y eliminar la necesidad de alegar causas para obtener el divorcio) está cumplido», además de ser «garantista con todas las posiciones» y proteger al menor.
Según fuentes consultadas, el ministro de Justicia ha sido quien más ha sufrido personalmente el error en la votación, y uno de los pocos que se dieron cuenta de lo que estaba ocurriendo en el mismo instante.
Incluso salió indignado del Pleno por lo ocurrido, y no tuvo reparos en expresar su malestar al final del mismo. Llegó a casi no dormir esa noche.
Al parecer, según algunas fuentes, fue el propio portavoz de Justicia, Julio Villarrubia, quien provocó el error, confundiendo a la diputada Mamen Sánchez, que es la encargada de dirigir las votaciones.
López Aguilar hizo un último intento en el Pleno para evitar el error, pero, curiosamente, la propia vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, le aconsejó que no liara más a la diputada porque había muchas votaciones.
Además, el hecho de que faltara Rubalcaba ese día también influyó en la equivocación.
El hecho, a nivel interno del grupo parlamentario, ha puesto en cuestión la posición de Julio Villarrubia, cuya labor en torno a las leyes de Justicia que se han tramitado en este Iº año suscita una cierta disparidad de criterios.
Por su parte, el PP se mostró ayer «perplejo» ante lo ocurrido con la nueva norma.
Para Inmaculada España, la senadora popular designada para la ponencia encargada de informar sobre el proyecto de Ley del Divorcio, el «error» no sólo es un revés a los trabajos que se han realizado durante semanas en la Cámara Alta, sino que, además, «deja la custodia compartida sin las mínimas garantías para proteger al menor».
Inmaculada España aclaró a Servimedia que su grupo no compartía la enmienda que votó el resto de los grupos en el Senado para dar la potestad de la custodia compartida al juez «con limitaciones», pero reconoció que dicha enmienda mejoraba la ley llegada del Congreso.
Las que guardaron un sorprendente silencio ayer fueron las asociaciones de mujeres. Ni un comunicado, ni una sola declaración pública salió de los colectivos feministas, mayoritariamente a favor de que la custodia compartida sólo pueda darse por acuerdo de las partes.
Sábado, 16 de julio de 2005. Año XVII. Número: 5.695.
López Aguilar promete corregir la votación de la Ley del Divorcio.
El ministro, que se dio cuenta en el Pleno y pasó la noche sin dormir por el error, afirma que lo hará en cuanto «resulte congruente»
FERNANDO GAREA / MANUEL SANCHEZMADRID.-
El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, anunció ayer su intención de modificar de nuevo la Ley del Divorcio para ampliar las garantías en el caso de que el juez acuerde la custodia compartida de los hijos cuando no exista acuerdo entre los padres.
López Aguilar admitió que esta cuestión no fue incorporada en la reciente reforma de la ley debido a un «error de instrucción de voto parlamentario» del Grupo Socialista el pasado 30 de junio, y desmintió tajantemente que hubiera sido intencionado.
«Estamos en disposición de incorporar la enmienda en la primera ocasión en que resulte congruente con la materia», subrayó López Aguilar, tras ser preguntado por los periodistas.
En este sentido, el ministro recordó que el Gobierno está obligado a publicar la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en los términos en los que fue aprobada por el Congreso, a pesar de que la enmienda no se aprobara por un error y en contra de la voluntad mayoritaria de la Cámara Baja.
«Nadie puede pedirle al Gobierno que cambie la letra de la ley que se va a publicar en el BOE, porque tiene que ser exactamente la que ha resultado del procedimiento parlamentario, tal y como ha quedado formalmente expresada por la representación de la soberanía popular», insistió.
No obstante, López Aguilar recalcó en varias ocasiones que «el Gobierno está en disposición de incorporar» esta cuestión a la ley, con el objetivo de garantizar la estabilidad domiciliaria del menor.
«Lo hará en la primera ocasión en que resulte congruente con la materia y cumpliremos así el compromiso de dar mayor seguridad jurídica a todos los intereses y derechos en la disolución del matrimonio», apuntó.
En cualquier caso, el ministro entiende que «el objeto principal de la ley (acortar los plazos y eliminar la necesidad de alegar causas para obtener el divorcio) está cumplido», además de ser «garantista con todas las posiciones» y proteger al menor.
Según fuentes consultadas, el ministro de Justicia ha sido quien más ha sufrido personalmente el error en la votación, y uno de los pocos que se dieron cuenta de lo que estaba ocurriendo en el mismo instante.
Incluso salió indignado del Pleno por lo ocurrido, y no tuvo reparos en expresar su malestar al final del mismo. Llegó a casi no dormir esa noche.
Al parecer, según algunas fuentes, fue el propio portavoz de Justicia, Julio Villarrubia, quien provocó el error, confundiendo a la diputada Mamen Sánchez, que es la encargada de dirigir las votaciones.
López Aguilar hizo un último intento en el Pleno para evitar el error, pero, curiosamente, la propia vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, le aconsejó que no liara más a la diputada porque había muchas votaciones.
Además, el hecho de que faltara Rubalcaba ese día también influyó en la equivocación.
El hecho, a nivel interno del grupo parlamentario, ha puesto en cuestión la posición de Julio Villarrubia, cuya labor en torno a las leyes de Justicia que se han tramitado en este Iº año suscita una cierta disparidad de criterios.
Por su parte, el PP se mostró ayer «perplejo» ante lo ocurrido con la nueva norma.
Para Inmaculada España, la senadora popular designada para la ponencia encargada de informar sobre el proyecto de Ley del Divorcio, el «error» no sólo es un revés a los trabajos que se han realizado durante semanas en la Cámara Alta, sino que, además, «deja la custodia compartida sin las mínimas garantías para proteger al menor».
Inmaculada España aclaró a Servimedia que su grupo no compartía la enmienda que votó el resto de los grupos en el Senado para dar la potestad de la custodia compartida al juez «con limitaciones», pero reconoció que dicha enmienda mejoraba la ley llegada del Congreso.
Las que guardaron un sorprendente silencio ayer fueron las asociaciones de mujeres. Ni un comunicado, ni una sola declaración pública salió de los colectivos feministas, mayoritariamente a favor de que la custodia compartida sólo pueda darse por acuerdo de las partes.
lunes, 18 de mayo de 2009
Información sobre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
De: Gabriel Araújo
Fecha: 14/05/2009
Asunto: información sobre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
De todas formas, me sorprende que de tantas condenas injustas no haya ningún afectado que haya acudido aún al tribunal de derechos humanos de Estrasburgo.
Tal parece que hay mucha desinformación, pues para denunciar cualquier vulneración no hace falta abogado ni procurador, tan sólo rellenar un formulario explicando la situación y enviarlo por correo o por mail y además en español.
Tampoco hace falta esperar a agotar los recursos cuando se demanda protección a Estrasburgo contra una sentencia condenatoria que es injusta.
Es importante aclararle a la gente que no hace falta abogado ni procurador para iniciar la demanda y que tiene 6 meses desde su última resolución para acudir ante el TEDH.
También se puede hacer una petición al Parlamento europeo para que investigue la persecución anti-papás.
Llevamos más de 5 años sufriendo esta represión y nadie se ha quejado en Europa, que es en el único sitio donde se puede cambiar esta situación.
Evidentemente un pronunciamiento del TEDH contra España es lo único que podrá parar esta barbarie de género que hace ya casi 6 años está instalada en España y todo parece indicar que seguirá así unos cuantos años más con esta confabulación anti-papás.
Hay que oponerse de manera más firme, yo ya lo estoy haciendo.
Destaco algunos puntos importantes:
1) NO HACE FALTA ABOGADO NI PROCURADOR PARA PONER UNA DEMANDA ANTE EL TEDH.
Si el tribunal la admite y considera necesaria la intervención de abogado, designa al interesado posteriormente, uno de oficio si no tiene recursos suficientes (asist jurídica gratuita)
2)Todo el procedimiento es GRATUITO.
3)Hay que haber agotado los recursos en España, incluido el Tribunal Constitucional, salvo que se demuestre que el recurso hubiera sido inútil.
Esto es especialmente útil ante condenas por violencia de género (como la de José Sánchez), donde recurrir al TC es inútil por haber amparado en la Ley de violencia de género el derecho penal de autor, al contrario de la doctrina del TEDH.
4)Cualquier persona o asociación puede representar al interesado ante el TEDH, firmando éste el poder correspondiente.
Ya por último es recomendable la lectura de alguno de los varios libros y guías disponibles, a destacar:
1. El procedimiento ante el TEDH y los requisitos de admisibilidad de la demanda. (39€)
2. Las grandes decisiones del TEDH. (29€)
Un saludo,
Gabriel
Fecha: 14/05/2009
Asunto: información sobre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
De todas formas, me sorprende que de tantas condenas injustas no haya ningún afectado que haya acudido aún al tribunal de derechos humanos de Estrasburgo.
Tal parece que hay mucha desinformación, pues para denunciar cualquier vulneración no hace falta abogado ni procurador, tan sólo rellenar un formulario explicando la situación y enviarlo por correo o por mail y además en español.
Tampoco hace falta esperar a agotar los recursos cuando se demanda protección a Estrasburgo contra una sentencia condenatoria que es injusta.
Es importante aclararle a la gente que no hace falta abogado ni procurador para iniciar la demanda y que tiene 6 meses desde su última resolución para acudir ante el TEDH.
También se puede hacer una petición al Parlamento europeo para que investigue la persecución anti-papás.
Llevamos más de 5 años sufriendo esta represión y nadie se ha quejado en Europa, que es en el único sitio donde se puede cambiar esta situación.
Evidentemente un pronunciamiento del TEDH contra España es lo único que podrá parar esta barbarie de género que hace ya casi 6 años está instalada en España y todo parece indicar que seguirá así unos cuantos años más con esta confabulación anti-papás.
Hay que oponerse de manera más firme, yo ya lo estoy haciendo.
Destaco algunos puntos importantes:
1) NO HACE FALTA ABOGADO NI PROCURADOR PARA PONER UNA DEMANDA ANTE EL TEDH.
Si el tribunal la admite y considera necesaria la intervención de abogado, designa al interesado posteriormente, uno de oficio si no tiene recursos suficientes (asist jurídica gratuita)
2)Todo el procedimiento es GRATUITO.
3)Hay que haber agotado los recursos en España, incluido el Tribunal Constitucional, salvo que se demuestre que el recurso hubiera sido inútil.
Esto es especialmente útil ante condenas por violencia de género (como la de José Sánchez), donde recurrir al TC es inútil por haber amparado en la Ley de violencia de género el derecho penal de autor, al contrario de la doctrina del TEDH.
4)Cualquier persona o asociación puede representar al interesado ante el TEDH, firmando éste el poder correspondiente.
Ya por último es recomendable la lectura de alguno de los varios libros y guías disponibles, a destacar:
1. El procedimiento ante el TEDH y los requisitos de admisibilidad de la demanda. (39€)
2. Las grandes decisiones del TEDH. (29€)
Un saludo,
Gabriel
La Ley Integral contra la Violencia de genero en entredicho
http://www.deia.com/es/impresa/2009/05/08/bizkaia/gizartea/558432.php
Francisco Serrano juez de familia y autor del libro 'un divorcio sin traumas':
"Si hay infidelidad, el sentimiento de venganza es tan profundo que se va a hacer daño por hacer daño"
"Cuando se emplea una denuncia para apartar a un padre de sus hijos se está generando una situación de riesgo de violencia donde antes no la había, además de privar a esos niños de su derecho a relacionarse con uno de sus progenitores", advierte este magistrado
A. RODRÍGUEZ.Bilbao
22 de Diciembre. Un padre viaja a Sevilla para recoger a sus hijos. La madre se opone, alegando que están enfermos.
Lejos de instarle a presentar un escrito que se habría resuelto pasadas las vacaciones, Francisco Serrano le recibe.
"Dejo que me llore en el hombro, consulto a un médico forense, que dice que los niños pueden viajar, y llamo a la madre, a la que convenzo de que es bueno para sus hijos que vayan con su padre. Con dos diligencias y un folio se arregló", pone como ejemplo de lo que debe hacer un "juez terapéutico".
Su libro se titula 'Un divorcio sin traumas'. ¿No es una utopía?
Es una utopía, pero también hay parejas, aunque sean minoría, que entienden el divorcio como un remedio, porque llevarse mal puede degenerar incluso en violencia.
Tienen claro que se puede fracasar como pareja y poder seguir siendo felices y rehacer su vida.
A otros, en cambio, el luto de la separación les dura toda la vida.
Puede haber duelo, porque se pasa mal, pero el luto no debe durar demasiado.
¿Por qué una pareja civilizada actúa de manera irracional al separarse?
Cuando nos unimos en pareja lo hacemos con expectativas de que sea para toda la vida.
Cuando esto fracasa, no sabemos cuál va a ser nuestra reacción porque hay emociones en juego. Podemos parecer personas muy sensatas, pero cuando está afectado un sentimiento, no sabemos cómo va a salir el asunto.
¿Cuáles son las armas que más se utilizan para hacer daño al otro?
Los hijos, por ambas partes, aunque el que puede ahora mismo hacer más daño con los hijos, porque se cree que tiene más derecho por el hecho de ser mujer y ser madre, es la mujer. Cuando se llegue a la auténtica igualdad y ser padre o madre suponga igualdad, estaremos en una igualdad de armas, pero lo suyo sería que no se emplearan nunca los hijos como armas arrojadizas de unos frente a otros.
Hay padres que pelean con uñas y dientes por la custodia y luego dejan a sus hijos plantados en las visitas, no pagan la pensión...
Estaríamos ante un padre negligente. Muchas veces detrás de esa pelea por los hijos lo que hay son intereses egoístas, como el uso de la vivienda y la obtención de pensiones. La avaricia -yo no quiero pagar y yo quiero vivir a tu costa toda la vida- hay que dejarla de lado. Los niños son lo más importante y hay que anteponer sus intereses.
También hay divorciados que se sienten discriminados y piden poder pasar más tiempo con sus hijos.
Hay muchos padres que son padres comprometidos, responsables, que han compartido la función de crianza de los hijos conjuntamente con las madres. A esos padres hay que darles el mismo tratamiento y la medida más adecuada siempre va a ser la custodia compartida.
Dice que no hay que buscar "vencedores ni vencidos" pero, custodias aparte, hay bienes que repartir, pensiones que fijar... Es imposible que las dos partes queden igualmente satisfechas.
Por eso en la mediación lo importante es que para que ambas partes queden satisfechas ellas sean las que autogestionen el conflicto.
El mediador se limita a abrirles un escenario donde puedan sentarse a dialogar porque quienes saben realmente cuál es la mejor medida para repartir los bienes o lo que es mejor para sus hijos son ellos. En las parejas que se divorcian muchas veces el problema principal es la falta de comunicación, que están en distinta frecuencia de onda, y la labor del mediador es ponerles en la misma sintonía para que, por encima de sus diferencias, busquen la solución más satisfactoria para todos.
¿Cuál es la mayor causa de fricción que impide llegar a un acuerdo?
El aspecto económico y la infidelidad. Los cuernos duelen mucho. En esas situaciones el rencor y el deseo de venganza es tan profundo que no se va a una guerra de vencedores y vencidos, sino a la obtención de victorias pírricas, a hacer daño por hacer daño. En esos casos es muy difícil llegar al diálogo.
El proceso de divorcio de una famosa, con una denuncia de supuestos abusos a una menor de por medio, se está aireando en la televisión.
Lo lamentable es que la sociedad al final se va a dar cuenta de la realidad a través de la prensa del corazón, pero son situaciones que vivimos los profesionales a diario. No sé en este caso, pero las denuncias a veces crean situaciones injustas.
¿Puede poner un ejemplo?
Un padre que le dice a una señora que no le deja ver a sus hijos: Pendeja, déjame ver a los niños, que te vas a enterar, según la literalidad de la ley, es un maltratador, porque la ha insultado y amenazado.
Aunque se pueda decir que para que no se cumpla esa amenaza lo mejor es meterle en la cárcel, cuando salga, ahí sí estamos creando una situación de riesgo que antes no había.
No la estaba insultando ni se estaba metiendo con ella en una posición de desigualdad, ni se lo estaba diciendo para humillarla como mujer.
A lo mejor lo que quería era simplemente ver a sus hijos. Habría que distinguir esas situaciones.
¿Ahora no se hace?
Esa distinción no se hace, no nos la permiten.
Es más, se critica cuando alguien se atreve a denunciar que se están produciendo estas situaciones injustas y eso sí que es un disparate, un error visceral que habría que corregir por los aplicadores y por el propio legislador a la hora de redefinir el maltrato.
Aboga por endurecer las penas cuando las denuncias son falsas.
Las denuncias falsas quedan impunes porque para el feminismo integrista cuando un hombre es absuelto, no es que sea inocente, sino que no se ha podido probar su culpabilidad.
¿Cómo se puede probar en negativo que una denuncia que no has podido probar resulta que es falsa? Es casi imposible.
Además, si se probara la falsedad, nunca supondría la misma condena que implicaba el hecho por el que se denunciaba al hombre.
Si queremos igualdad de condiciones, vamos a agravar esas situaciones para que las denuncias falsas no salgan gratis.
sus frases
"La avaricia -yo no quiero pagar y yo quiero vivir a tu costa- hay que dejarla de lado"
"Uno que dice: Pendeja, déjame ver a los niños, que te vas a enterar, es por ley un maltratador"
"Si queremos igualdad de condiciones, las denuncias falsas no pueden salir gratis"
Francisco Serrano juez de familia y autor del libro 'un divorcio sin traumas':
"Si hay infidelidad, el sentimiento de venganza es tan profundo que se va a hacer daño por hacer daño"
"Cuando se emplea una denuncia para apartar a un padre de sus hijos se está generando una situación de riesgo de violencia donde antes no la había, además de privar a esos niños de su derecho a relacionarse con uno de sus progenitores", advierte este magistrado
A. RODRÍGUEZ.Bilbao
22 de Diciembre. Un padre viaja a Sevilla para recoger a sus hijos. La madre se opone, alegando que están enfermos.
Lejos de instarle a presentar un escrito que se habría resuelto pasadas las vacaciones, Francisco Serrano le recibe.
"Dejo que me llore en el hombro, consulto a un médico forense, que dice que los niños pueden viajar, y llamo a la madre, a la que convenzo de que es bueno para sus hijos que vayan con su padre. Con dos diligencias y un folio se arregló", pone como ejemplo de lo que debe hacer un "juez terapéutico".
Su libro se titula 'Un divorcio sin traumas'. ¿No es una utopía?
Es una utopía, pero también hay parejas, aunque sean minoría, que entienden el divorcio como un remedio, porque llevarse mal puede degenerar incluso en violencia.
Tienen claro que se puede fracasar como pareja y poder seguir siendo felices y rehacer su vida.
A otros, en cambio, el luto de la separación les dura toda la vida.
Puede haber duelo, porque se pasa mal, pero el luto no debe durar demasiado.
¿Por qué una pareja civilizada actúa de manera irracional al separarse?
Cuando nos unimos en pareja lo hacemos con expectativas de que sea para toda la vida.
Cuando esto fracasa, no sabemos cuál va a ser nuestra reacción porque hay emociones en juego. Podemos parecer personas muy sensatas, pero cuando está afectado un sentimiento, no sabemos cómo va a salir el asunto.
¿Cuáles son las armas que más se utilizan para hacer daño al otro?
Los hijos, por ambas partes, aunque el que puede ahora mismo hacer más daño con los hijos, porque se cree que tiene más derecho por el hecho de ser mujer y ser madre, es la mujer. Cuando se llegue a la auténtica igualdad y ser padre o madre suponga igualdad, estaremos en una igualdad de armas, pero lo suyo sería que no se emplearan nunca los hijos como armas arrojadizas de unos frente a otros.
Hay padres que pelean con uñas y dientes por la custodia y luego dejan a sus hijos plantados en las visitas, no pagan la pensión...
Estaríamos ante un padre negligente. Muchas veces detrás de esa pelea por los hijos lo que hay son intereses egoístas, como el uso de la vivienda y la obtención de pensiones. La avaricia -yo no quiero pagar y yo quiero vivir a tu costa toda la vida- hay que dejarla de lado. Los niños son lo más importante y hay que anteponer sus intereses.
También hay divorciados que se sienten discriminados y piden poder pasar más tiempo con sus hijos.
Hay muchos padres que son padres comprometidos, responsables, que han compartido la función de crianza de los hijos conjuntamente con las madres. A esos padres hay que darles el mismo tratamiento y la medida más adecuada siempre va a ser la custodia compartida.
Dice que no hay que buscar "vencedores ni vencidos" pero, custodias aparte, hay bienes que repartir, pensiones que fijar... Es imposible que las dos partes queden igualmente satisfechas.
Por eso en la mediación lo importante es que para que ambas partes queden satisfechas ellas sean las que autogestionen el conflicto.
El mediador se limita a abrirles un escenario donde puedan sentarse a dialogar porque quienes saben realmente cuál es la mejor medida para repartir los bienes o lo que es mejor para sus hijos son ellos. En las parejas que se divorcian muchas veces el problema principal es la falta de comunicación, que están en distinta frecuencia de onda, y la labor del mediador es ponerles en la misma sintonía para que, por encima de sus diferencias, busquen la solución más satisfactoria para todos.
¿Cuál es la mayor causa de fricción que impide llegar a un acuerdo?
El aspecto económico y la infidelidad. Los cuernos duelen mucho. En esas situaciones el rencor y el deseo de venganza es tan profundo que no se va a una guerra de vencedores y vencidos, sino a la obtención de victorias pírricas, a hacer daño por hacer daño. En esos casos es muy difícil llegar al diálogo.
El proceso de divorcio de una famosa, con una denuncia de supuestos abusos a una menor de por medio, se está aireando en la televisión.
Lo lamentable es que la sociedad al final se va a dar cuenta de la realidad a través de la prensa del corazón, pero son situaciones que vivimos los profesionales a diario. No sé en este caso, pero las denuncias a veces crean situaciones injustas.
¿Puede poner un ejemplo?
Un padre que le dice a una señora que no le deja ver a sus hijos: Pendeja, déjame ver a los niños, que te vas a enterar, según la literalidad de la ley, es un maltratador, porque la ha insultado y amenazado.
Aunque se pueda decir que para que no se cumpla esa amenaza lo mejor es meterle en la cárcel, cuando salga, ahí sí estamos creando una situación de riesgo que antes no había.
No la estaba insultando ni se estaba metiendo con ella en una posición de desigualdad, ni se lo estaba diciendo para humillarla como mujer.
A lo mejor lo que quería era simplemente ver a sus hijos. Habría que distinguir esas situaciones.
¿Ahora no se hace?
Esa distinción no se hace, no nos la permiten.
Es más, se critica cuando alguien se atreve a denunciar que se están produciendo estas situaciones injustas y eso sí que es un disparate, un error visceral que habría que corregir por los aplicadores y por el propio legislador a la hora de redefinir el maltrato.
Aboga por endurecer las penas cuando las denuncias son falsas.
Las denuncias falsas quedan impunes porque para el feminismo integrista cuando un hombre es absuelto, no es que sea inocente, sino que no se ha podido probar su culpabilidad.
¿Cómo se puede probar en negativo que una denuncia que no has podido probar resulta que es falsa? Es casi imposible.
Además, si se probara la falsedad, nunca supondría la misma condena que implicaba el hecho por el que se denunciaba al hombre.
Si queremos igualdad de condiciones, vamos a agravar esas situaciones para que las denuncias falsas no salgan gratis.
sus frases
"La avaricia -yo no quiero pagar y yo quiero vivir a tu costa- hay que dejarla de lado"
"Uno que dice: Pendeja, déjame ver a los niños, que te vas a enterar, es por ley un maltratador"
"Si queremos igualdad de condiciones, las denuncias falsas no pueden salir gratis"
Hacia la Mediación Familiar en las rupturas de pareja
http://www.deia.com/es/impresa/2009/05/08/bizkaia/gizartea/558404.php
Los divorcios de mutuo acuerdo duplican a los no consensuados en la CAV.
Muchos abogados ven la mediación como "enemigo" en vez de como una herramienta.
Crítico con la Ley de Violencia de Género, el juez de familia Francisco Serrano aboga por redefinir el maltrato.
ARANTZA RODRÍGUEZ. BILBAO.
Utilizar el diálogo, en vez de fomentar el conflicto, no presionar a los hijos en busca de información, ni criticar delante de ellos al otro progenitor, son algunas de las recomendaciones que se les dan, en los juzgados de familia vascos, a las parejas que van a poner fin a su relación. La mayoría, a juzgar por las estadísticas, toma buena nota de estos consejos.
De hecho, el año pasado las separaciones y divorcios de mutuo acuerdo registrados en la CAV -más de 3.200- duplicaron a las rupturas no consensuadas.
A pesar de que en buena parte de los casos triunfa el sentido común y los progenitores intentan llegar de forma civilizada a un acuerdo, no siempre se opta por la solución más razonable.
En esos casos, según explicó ayer en Bilbao el juez de familia sevillano Francisco Serrano, la obligación de los abogados es "apaciguar los ánimos, no caldearlos diciendo: Vamos a hundir al otro. Algunos falsos profesionales, que van a degüello, lo están haciendo rematadamente mal porque esa actitud perjudica a todo el mundo. Al final se crean situaciones de tensión e injusticia, que pueden llegar a producir violencia e incluso la muerte, que es lo que estamos conociendo y lo que tenemos que evitar", advirtió el juez, autor de sentencias pioneras a nivel estatal en procesos de separación y divorcio.
"feminismo integrista" .
El magistrado, que presentó su libro Un divorcio sin traumas, invitado por las asociaciones vizcainas de madres y padres separados Abipase y La Terraza, abogó por la mediación conciliadora y las soluciones extrajudiciales para resolver los conflictos de pareja.
Según argumentó, "a la sociedad le interesa que los conflictos de familia -que, aparte del coste emocional, también llevan un coste económico importantísimo- se resuelvan de esta manera, pero a ese negocio que vive de la guerra de género y familiar, me estoy refiriendo al feminismo integrista, no le interesa que se resuelva de esa forma, le interesa la criminalización".
En opinión del juez, quien consideró esa postura "un error gravísimo", los profesionales que trabajan en esta materia "han de imbuirse de esa cultura del acuerdo y de la mediación, de la evitación de la guerra como mejor forma de que aquí nadie salga ganando ni perdiendo".
Crítico con la Ley de Violencia de Género, Serrano abogó por "redefinir el maltrato, que debería aplicarse a los casos donde se aprecie discriminación, relación de poder, miedo, humillación y degradación física o moral.
Si redujéramos los casos de maltrato a su número real, podríamos combatirlo mejor y dar mucha más protección a las mujeres", señaló.
"como un ciclón".
También la abogada de familia Jasone Iraragorri, quien prologó la intervención del magistrado, defendió la mediación.
"Si los conflictos a nivel internacional se deben de solucionar con la negociación y el diálogo, qué más que aplicar esos principios también a los problemas personales, con lo que ello conlleva, porque un divorcio irrumpe como un ciclón que desbarata a todos los integrantes de la familia", atestiguó.
Por su parte, el también abogado de familia Gonzalo Pueyo reconoció, tal y como pone el juez de manifiesto en su obra, el recelo de algunos letrados ante la mediación. "
Se nos señala como opositores a la implantación de la mediación porque lo vemos como un enemigo, en vez de como una herramienta supletoria a nuestro trabajo que puede dar lugar a la solución de no pocos conflictos.
Es verdad que hay un sentir muy generalizado en la abogacía de que la mediación es un competente, porque no sólo la podrían ejercer los abogados, sino también los trabajadores sociales o psicólogos", admitió.
Los divorcios de mutuo acuerdo duplican a los no consensuados en la CAV.
Muchos abogados ven la mediación como "enemigo" en vez de como una herramienta.
Crítico con la Ley de Violencia de Género, el juez de familia Francisco Serrano aboga por redefinir el maltrato.
ARANTZA RODRÍGUEZ. BILBAO.
Utilizar el diálogo, en vez de fomentar el conflicto, no presionar a los hijos en busca de información, ni criticar delante de ellos al otro progenitor, son algunas de las recomendaciones que se les dan, en los juzgados de familia vascos, a las parejas que van a poner fin a su relación. La mayoría, a juzgar por las estadísticas, toma buena nota de estos consejos.
De hecho, el año pasado las separaciones y divorcios de mutuo acuerdo registrados en la CAV -más de 3.200- duplicaron a las rupturas no consensuadas.
A pesar de que en buena parte de los casos triunfa el sentido común y los progenitores intentan llegar de forma civilizada a un acuerdo, no siempre se opta por la solución más razonable.
En esos casos, según explicó ayer en Bilbao el juez de familia sevillano Francisco Serrano, la obligación de los abogados es "apaciguar los ánimos, no caldearlos diciendo: Vamos a hundir al otro. Algunos falsos profesionales, que van a degüello, lo están haciendo rematadamente mal porque esa actitud perjudica a todo el mundo. Al final se crean situaciones de tensión e injusticia, que pueden llegar a producir violencia e incluso la muerte, que es lo que estamos conociendo y lo que tenemos que evitar", advirtió el juez, autor de sentencias pioneras a nivel estatal en procesos de separación y divorcio.
"feminismo integrista" .
El magistrado, que presentó su libro Un divorcio sin traumas, invitado por las asociaciones vizcainas de madres y padres separados Abipase y La Terraza, abogó por la mediación conciliadora y las soluciones extrajudiciales para resolver los conflictos de pareja.
Según argumentó, "a la sociedad le interesa que los conflictos de familia -que, aparte del coste emocional, también llevan un coste económico importantísimo- se resuelvan de esta manera, pero a ese negocio que vive de la guerra de género y familiar, me estoy refiriendo al feminismo integrista, no le interesa que se resuelva de esa forma, le interesa la criminalización".
En opinión del juez, quien consideró esa postura "un error gravísimo", los profesionales que trabajan en esta materia "han de imbuirse de esa cultura del acuerdo y de la mediación, de la evitación de la guerra como mejor forma de que aquí nadie salga ganando ni perdiendo".
Crítico con la Ley de Violencia de Género, Serrano abogó por "redefinir el maltrato, que debería aplicarse a los casos donde se aprecie discriminación, relación de poder, miedo, humillación y degradación física o moral.
Si redujéramos los casos de maltrato a su número real, podríamos combatirlo mejor y dar mucha más protección a las mujeres", señaló.
"como un ciclón".
También la abogada de familia Jasone Iraragorri, quien prologó la intervención del magistrado, defendió la mediación.
"Si los conflictos a nivel internacional se deben de solucionar con la negociación y el diálogo, qué más que aplicar esos principios también a los problemas personales, con lo que ello conlleva, porque un divorcio irrumpe como un ciclón que desbarata a todos los integrantes de la familia", atestiguó.
Por su parte, el también abogado de familia Gonzalo Pueyo reconoció, tal y como pone el juez de manifiesto en su obra, el recelo de algunos letrados ante la mediación. "
Se nos señala como opositores a la implantación de la mediación porque lo vemos como un enemigo, en vez de como una herramienta supletoria a nuestro trabajo que puede dar lugar a la solución de no pocos conflictos.
Es verdad que hay un sentir muy generalizado en la abogacía de que la mediación es un competente, porque no sólo la podrían ejercer los abogados, sino también los trabajadores sociales o psicólogos", admitió.