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La jueza otorga la custodia de una niña a su padre, con visitas a la madre, en un divorcio contencioso
La Voz.7/12/2009
La titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ferrol ha dado la razón, en parte, al letrado Pablo Merino en un caso de divorcio contencioso en el que ambos cónyuges no se pusieron de acuerdo en la custodia de la hija fruto del matrimonio.
La magistrada Elvira Méndez Ibias, en la sentencia, declara disuelto por divorcio el matrimonio, si bien otorga la guardia y custodia de la pequeña al padre, compartiendo ambos la patria potestad.
Lo habitual es que, en casos parecidos, sea la madre la que quede a cargo de los niños.
La jueza establece que el conflicto se planteó al solicitar ambos la custodia de la pequeña.
El representante del Ministerio Fiscal se mostró partidario de que la niña permaneciese con su madre, sin alterar así lo previsto en el auto de medidas provisionales de marzo del 2008, del momento de la separación.
El informe elaborado por el equipo psicosocial de la forensía de Ferrol se mostró más partidario de una guardia y custodia compartida por ambos miembros de la pareja, siguiendo el principio de que lo prioritario en estos casos es atender los intereses del menor, de carácter superior, y no los de sus progenitores.
Aunque, dice también la sentencia, la compartida, con ser más equitativa, suele generar un mayor número de conflictos a la hora de llevarla a la práctica.
Solo suele funcionar bien cuando «la relación entre ambos progenitores es excelente», dice también. «Lamentablemente -añade luego- este no es el caso».
Por tanto, la jueza se adentra en resolver el fondo del asunto, que no parecía fácil porque el equipo psicosocial indicó que los progenitores son idóneos.
La menor nació en el 2004.
Los niños de corta edad suelen tener más vínculos afectivos con la madre, porque normalmente desde su nacimiento dedica más tiempo a su cuidado.
Sin embargo, la hija estuvo con su padre desde el 2007.
Desde entonces, de nuevo fue examinada por el equipo psicosocial que mostró una impresión muy favorable en relación a los cuidados que le presta el padre.
Sus profesores también respondieron en términos parecidos: una niña muy bien cuidada, que asiste regularmente al colegio, e, incluso, si él no puede llevarla a la escuela, lo hace la madre de un compañero suyo.
Sin cambiar
Al contrario, la madre, no acudió en ningún momento, desde que la pequeña fue escolarizada, a hablar con su tutora escolar.
Por ello, a la postre, la magistrada se inclina por mantener a la menor en manos de su padre, sin cambio alguno, incluso que puede acudir a vivir con él en Andalucía, y fija un régimen de visitas para la madre.
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