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La acusa de favorecer a la madre
Un juez denuncia a una psicóloga por un ''informe sesgado''
El Correo
Un juez de Familia de Sevilla ha denunciado ante el Colegio de Psicología a una profesional por una presunta “grave infracción” deontológica al realizar un informe “sesgado” y acorde con los intereses de su clienta sobre la idoneidad de un padre para hacerse cargo de su hija.
El juez de Familia Francisco Serrano ha acordado conceder a los 2 progenitores la tutela compartida de su hija de 7 años, y a la vez ha pedido al Colegio de Psicología de Andalucía Occidental que depure las posibles responsabilidades y “graves infracciones del Código Deontológico” presuntamente cometidas por la psicóloga de la madre.
En su informe, aportado al juzgado para modificar la tutela de la hija común, la psicóloga “ni siquiera intentó contactar con el padre” y pese a ello emitió “conclusiones contundentes” que recogían su supuesta falta de capacidad e idoneidad para hacerse cargo de la niña.
La psicóloga “se atreve a realizar recomendaciones, entre ellas, como suspender las pernoctas” de la menor con su padre hasta que, supuestamente, superase su “temor a dormir en casa de su padre”, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Efe.
Pese a que, como consecuencia de la separación, el juez había acordado un amplio régimen de visitas de padre e hija, la madre intentó “imponer un régimen restringido que no incluía la pernocta” y un “acercamiento escalonado” pese a que la niña ya tenía 6 años y “existía una precedente relación paterno-filial fluida, habitual, constante y beneficiosa para la niña”.
Esta actitud de la madre “encontró el refrendo de un informe psicológico que se limitaba a reproducir los intereses e intenciones de su cliente, y ello pese a contar tan sólo con una información sesgada”, denuncia el juez.
Frente a ello, el perito designado por el padre sí que solicitó, mediante burofax, entrevistarse con la madre, y al no conseguirlo no emitió “conclusiones y recomendaciones que enjuicien la capacidad de la no explorada”.
A la vista de estos antecedentes, el juez de Familia ha acordado la custodia compartida de la niña, con pernocta repartida entre los domicilios de los progenitores.
El juez felicita a los dos por el esfuerzo realizado “en el interés común de procurar la felicidad de su hija”.
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