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Francisco Serrano, Juez de Sevilla: “La mejor forma de ganar una guerra es evitándola”
Febrero 27, 2009 Por Redaccion
Con motivo de la próxima presentación de su libro “Un divorcio sin trumas”, Diario de la Sierra ha entrevistado al juez sevillano Francisco Serrano sobre temas de candente actualidad, tales como la violencia de género y la tenencia compartida.
Diario de la Sierra: ¿Cuál es su opinión en relación a la Violencia de Género en España?
Francisco Serrano: Considero que era necesaria una reforma estructural e integral para dar respuesta a la protección a las mujeres que han sufrido, sufren y siguen sufriendo situaciones de violencia machista en nuestro País, pero se han tergiversado y confundido los conceptos a la hora de redactar esa necesaria normativa pues se ha partido de un planteamiento de derecho penal de autor donde sanciona a la persona por estar encuadrada en un género, el masculino, y por mantener o haber mantenido una relación sentimental o de pareja con la víctima a la que se protege por el mero hecho de ser mujer.
Es necesaria una norma de discriminación positiva pero para elevar el grado de reproche contra el hombre maltratador y proteger eficazmente a las mujeres maltratadas, ello implica la necesidad de redefinir el maltrato, reservando la aplicación de esa Legislación especial para supuestos e los que realmente se aprecie discriminación, desigualdad, relación de poder, miedo, humillación y degradación física o moral en las mujeres que padecen a esa lacra, las que, insisto, no superan el 10 o 15% de las denuncias que se formulan.
El abuso y el fomento del abuso, por tanto, perjudica, ante todo, a las auténticas maltratadas que siguen desprotegidas tras denunciar y a las que no se atreven ante ese fracaso y desconfianza del sistema a denunciar su drama.
D.S.: ¿Cual es la diferencia con la Violencia Doméstica?
F.S.: En la violencia doméstica el marco de protección, en estrictos términos de igualdad, se extiende a todos los miembros de la familia, incluidos los cónyuges, hijos y abuelos.
El mismo Juzgado conocería de todo ese fenómeno de violencia familiar que se procuraría paliar, en tal caso, sí, realmente, de forma integral y no sectaria.
D.S.: ¿Qué opina en relación a las Ordenes de Alejamiento dictadas sin ninguna investigación previa?
F.S.: Que sobre todo vienen a dar protección al juez que las adopta o al fiscal que las solicita, lo que no es de reprochar pues, en principio, ante la presión de lo políticamente correcto, y ante las críticas sociales de determinados lobbys de poder, cada uno procura autoprotegerse.
D.S.: ¿Cual es su posición en relación a la Tenencia Compartida?
F.S.: Que es el modelo de responsabilidad parental al que la sociedad debe tender y evolucionar pues los niños no se divorcian de sus progenitores.
Es el modelo más favorable par los menores y para las madres a fin de hacer realidad el objetivo de conciliación de la vida laboral y familiar.
En principio tendría que concienciarse a los padres para que propiciaran esa forma de custodia, siempre que durante la convivencia familiar no se hubieran limitado a una papel periférico en la crianza de los hijos.
Lo paradójico es que el feminismo por la diferencia, al que denomino talibán, se empeña en negar esa conveniencia pues en definitiva lo que quieren preservar son privilegios desfasados y que también defendía el machismo cavernícola representado por la sección femenina de la Falange.
D.S.: ¿Existen antecedentes en otros países de leyes similares a las vigentes en España?
F.S.: No que yo conozca y sí conozco otros modelos como el francés donde son los Juzgados de Asuntos familiares los que asumen competencias en materia civil y penal de familia y leyes en Uruguay, México, Argentina , Perú, Guatemala… en donde existen normas de protección contra la violencia familiar doméstica.
El modelo de juzgado de violencia sobre la mujer, coexistiendo con los de familia, no existe en ninguna otra parte del mundo.
Aquí se nos hace creer que las mujeres españolas en sus relaciones de pareja son las que sufren mayor desigualdad y discriminación.
Afortunadamente, eso lo sabemos todos y todas, es hoy en día, radicalmente falso.
D.S.: ¿Sabe Ud. si existen hombres maltratados?
F.S.: Sí, mas en mucha menor proporción que las mujeres.
Es cuestión de relación de poder y fuerza, el fuerte abusa del débil, por lo que cuando la mujer es la que domina, ella es la podría convertirse en maltratadora.
Todos y todas también lo sabemos aunque se niegue y sea políticamente incorrecto decirlo.
El hombre maltratado, sin embargo, no es que solo no se le proteja es que se niega su existencia, al igual que se niega la existencia de las madres que sufren alienación parental de progenitores varones. La mala leche no tiene sexo.
D.S.: ¿Existe alguna institución de protección o apoyo similar al que tienen las mujeres maltratadas?
F.S.: No porque el hombre al encontrarse en una situación de poder no lo requiere.
Que se lo digan a muchos separados obligados a vivir de la caridad, en tiendas de campaña y privados de poder ver a sus hijos.
Sinceramente yo creo que la igualdad discurre por otros derroteros.
D.S.: ¿Es posible retirar una denuncia, tratándose de un fuero penal?. En caso afirmativo, ¿cuales serian las causales?
F.S.: Se puede por razones de acogimiento a la excepción del secreto familiar, las retiradas pueden obedecer a miedo, amenazas o falsa compasión con el maltratador, mas también al sentimiento innato de justicia de valoración de la desproporcionalidad entre lo denunciado y la pena y reproche que merece el denunciado, a quien se puede haber querido dar un escarmiento para obtener ventajas que cuando se visualiza además que a medio y corto plazo no se van a conseguir, se termina no manteniendo la acusación y reconociendo que ese denunciado puede ser un inmaduro, padre irresponsable o majadero pero no un maltratador.
D.S.: ¿Como explica, si es que existe, que se haya implementado un Registro de Maltratadores, pero no uno de pederastas?
F.S.: Un fruto más de ese discurso políticamente correcto.
En otros países también existen registros de progenitores alienadores de sus hijos, en Argentina por ejemplo.
D.S.: ¿Qué opinión le merecen los cursos obligatorios que se implementan para los maltratadores?
F.S.: Que son necesarios cuando nos encontramos ante auténticos maltratadores, pues se ha de procurar su rehabilitación social.
D.S.: Estos cursos tienen una duración de 9 meses con asistencia obligatoria semanal.
Dada la situación económica laboral actual…
¿cómo se pueden efectuar obligatoriamente si el obligado debe obtener un permiso de su empleador?.
F.S.: Que reconozco la dificultad, pero cuando son necesarios se ha hacer todo lo posible para asegurar esa asistencia.
La pregunta es si realmente lo son en todos los supuestos dado la defectuosa definición de maltrato.
D.S.: ¿Existen denuncias falsas?
F.S.: Casi todo el mundo sabe que es cierto que existen, mas se trata de un tema tabú.
Se abusa porque se utiliza la Ley como instrumento para materializar sentimientos de venganza, resentimiento y despecho, y por razones de interés pues con ello se consiguen evitar pretensiones de custodia compartida y se refuerzan actitudes y comportamientos de alienación y manipulación de los hijos, dirigidos a que se conviertan en huérfanos de padre.
Si los hombres dispusieran de un instrumento legal también lo utilizarían en su propio provecho.
D.S.: Ante hechos comprobados, ¿resulta esta acción punible?
F.S.: Es casi imposible, por no decir imposible, probar que una denuncia que no se ha probado, pueda, en negativo, acreditarse que se ha formulado con deliberada intención de falsedad, mas aun así, aun siendo punible, ese comportamiento nunca implicaría pena de privación de libertad.
Esa denuncia sale gratis, debiendo, al menos, tener consecuencias de cara a la custodia de los hijos, cuando se acredite que solo ha obedecido a la intención de apartar injustificadamente a un padre de su/s hijos.
D.S.: ¿Considera que desde el punto de vista legal, y en la praxis, los hombres son iguales a las mujeres?
F.S.: La auténtica igualdad es una abstracción, una entelequia.
Sólo somos iguales ante la ley, mas en sociedad somos diferentes.
Afortunadamente hombres y mujeres lo somos, por eso nos unimos en relación de pareja.
En todo caso ante situaciones de igualdad de condiciones, de mérito y capacidad, no se pueden admitir discriminaciones de ningún género.
D.S.: ¿El fuero especial de la violencia de género, no está ya contemplado en el articulado del Código Penal?
F.S.: En parte sí a través de las agravantes de parentesco y superioridad, mas lo cierto es que sí coincido en la necesidad de una norma especial de discriminación positiva, en tal sentido interpreto la sentencia del Tribunal Constitucional, para dar mayor protección a las mujeres que sufren ese maltrato indigno y castigar con mayor severidad a los cobardes maltratadores, al igual que es necesario una ley especial para castigar los delitos de terrorismo.
D.S.: Ha llegado a nuestro conocimiento lo que las organizaciones defensoras de los hombres maltratados, llaman la “bala de plata”, que son las denuncias falsas de violación por parte del hombre de los hijos de la pareja.
¿Tiene Ud. constancia o conocimiento de este tipo de situaciones?.
F.S.: Sí que he tenido, y resultan casos flagrantes de maltrato infantil que han de reportar consecuencias sancionadoras para quien utiliza consciente o inconscientemente esa estrategia, la principal la pérdida automática de la custodia del hijo.
En una ejecución conflictiva cuando se demanda por un progenitor no custodio que se impida que el custodio siga obstaculizando el régimen de visitas, relación y contacto, y en esa fase este último, normalmente la madre pero en ocasiones también los padres, presenta denuncia de abusos, por mi experiencia, avalada por los principales Institutos de Anatomía Forense, en el 90% de los casos la denuncia resulta falsa.
En la mayoría de las veces cuando se demuestra la falsedad ya es tarde para poder reestablecer una relación paternofilial truncada.
D.S.: ¿Qué opina Ud. de la violencia de los hijos contra los padres o contra sus mayores en general?
F.S.: Pues que resulta un fenómeno cada vez más extendido, fruto de la hipocresía que impide educar en valores y ni tan siquiera corregir a los hijos razonable o moderadamente, facultad que los padres y madres perdimos tras la reforma de la Ley de Adopción Internacional de 28 Dic de 2007.
Cuando son adolescentes ese defecto de corrección e imposición de límites y disciplina los convierte, en algunos casos, en bombas de relojería que les estallan en las manos, en primer lugar, a sus padres y luego a la sociedad en la que han de convivir.
D.S.: Tenemos conocimiento de que Ud. ha sido apercibido por el Consejo Superior. ¿Que puede decir al respecto?
F.S.: No es cierto que el Consejo General de Poder Judicial me haya apercibido, ni puede ni debe hacerlo por expresar mi opinión como autor del Libro "Un Divorcio sin Traumas" ni podría hacerlo en lo que respecta al ejercicio independiente de mi función jurisdiccional.
No voy yo a ser menos que el Juez Garzón.
El Consejo se ha limitado a desmarcarse, de hecho yo no pedí que se enmarcara, sobre mis opiniones en relación a los datos estadísticos ofrecidos del Laboratorio de Violencia Doméstica, datos que comuniqué sin valoraciones que reservo a la inteligencia de quien quiera contrastarlos, pues esos datos están en la propia pag Web del Consejo:
De más de 480.660 asuntos penales ingresados en los 3 primeros años de implantación de la Ley de Violencia, solo se han dictado por los juzgados penales y Audiencias Provinciales, menos de 32.000 sentencias condenatorias por delito de maltrato. Un 6.57 %.
Y eso sin considerar que esas condenas parten del concepto de maltrato que critico, y aunque reconozco que se habrán sobreseído y absuelto otros muchos asuntos en los que se haya retirado, como dije, la denuncia por miedo, amenazas o compasión mal entendida.
Ya es hora que nos dediquemos a proteger a quienes se ha de proteger, seleccionando, eliminando situaciones de abuso alentadas por convicción, ignorancia o puro y duro interés.
La mejor forma de ganar una guerra es evitándola.
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