http://www.lasprovincias.es/valencia/20081108/valenciana/fiscal-denia-acusado-malos-20081108.html
El fiscal de Dénia acusado de malos tratos dice que todo es "falso" y apela a la presunción de inocencia
El juicio se celebrará el miércoles 17 de diciembre en los juzgados de Gandia.
08.11.08 -
CONCHA PASTOR DÉNIA
El coordinador de los 7 fiscales de Dénia, Vicente López, denunciado por su ex mujer por malos tratos, comentó ayer a LAS PROVINCIAS que todo es "falso, la denuncia es falsa y yo soy inocente".
López manifestó que en ningún momento provocó una caída por las escaleras a su ex mujer durante una discusión que ambos mantuvieron, "no hubo el más mínimo contacto físico, ella se autolesionó. Empezó a gritar socorro cuando bajaba en el ascensor" .
El fiscal, que apuntó que no iba a hacer ninguna declaración más sobre este asunto, se encontraba sereno y tranquilo y pidió que se respetase la presunción de inocencia.
López desveló que el juicio por este tema ha sido señalado para el próximo 17 de diciembre en los juzgados de Gandia.
De hecho, el funcionario está a la espera de esta vista tras la denuncia que hace 1 año le interpuso su ex mujer y en la que le acusaba de haberle provocado una caída por las escaleras de su domicilio en Gandia durante una discusión entre ambos, cuando López se dirigía a visitar a los 3 niños que tiene en común la pareja.
La comunicación entre el matrimonio para decidir la custodia de los pequeños se lleva a cabo a través del Punto de Encuentro Común (PEC) de Gandia, población donde residen ambos.
La acusación particular ya ha solicitado 1 año de prisión y la inhabilitación de Vicente López como fiscal, aunque sea por una temporada.
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
sábado, 8 de noviembre de 2008
viernes, 7 de noviembre de 2008
Se manipula a los hijos en los Procesos de Divorcio
http://www.laopinion.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2008110700_9_180517__Sociedad-divorcios-manipulado-hijos
´En un 20% de los divorcios se ha manipulado a los hijos´
El psicólogo Manuel Aguilar dice que la mediación devuelve a los padres su responsabilidad
06-11-2008
MIGUEL ÁNGEL AUTERO SANTA CRUZ DE TENERIFE
El psicólogo clínico y forense José Manuel Aguilar ha publicado recientemente el libro Tenemos que hablar, un manual que ofrece herramientas a aquellas parejas que han decidido iniciar un proceso de divorcio.
Experto en el Síndrome de Alienación Parental, más conocido por sus iniciales SAP, ofrecerá hoy en Tenerife una ponencia en la que expondrá, entre otros asuntos, las distintas formas en que las parejas ponen fin a su relación y cómo esta ruptura puede afectar a los hijos.
De hecho, Aguilar afirma que "en un 20 por ciento de las separaciones por lo contencioso se detecta algún tipo de manipulación de los hijos por parte de los progenitores, es decir, alguna forma de alienación de los menores que suele ser utilizada como arma arrojadiza contra el otro cónyuge".
Para el especialista, la ruptura de una pareja "supone una crisis, un proyecto frustrado que puede llevar, incluso, al rencor, pero esa decisión de poner fin a la relación sentimental no tiene por qué ser experimentada desde un punto de vista negativo, un divorcio puede implicar nuevas oportunidades para intentar ser feliz, abrirse a esperanzas renovadas y el inicio de proyectos de futuro diferentes".
Falsos mitos y SAP.
El autor de Tenemos que hablar, que hoy por la tarde intervendrá en el simposio La guarda y custodia de los hijos que se celebra en el Centro de Familia de Santa Cruz de Tenerife, presta una especial atención a:
1.- los niños implicados en el proceso y los errores que cometen las parejas cuando rompen,
2.- la manipulación que hacen de los menores o
3.- las excusas que se dan las parejas para no poner término a una relación ya viciada y negativa para la convivencia de la unidad familiar.
Aguilar, además, aleja los mitos que rodean al proceso de separación.
Su intervención en el simposio tratará sobre el SAP "cómo se usa a los hijos, cómo se les puede llegar a maltratar cuando el proceso de divorcio no se lleva de forma correcta".
Se trata de una "utilización de los menores que es muy frecuente en un contexto legal actual en el que nos dirigimos hacia un nuevo modelo de separación donde, por ejemplo, se está abogando por la mediación familiar, un mecanismo para conciliar a las partes sin que se llegue a los tribunales".
De esta forma se llega a acuerdos entre los cónyuges como fórmula alternativa, así se establecen acuerdos sobre custodias, las pensiones alimenticias por los hijos o llegar más allá de las meras disposiciones legales.
Aguilar señala que "esta fórmula, la de la mediación, no es otra cosa que, en definitiva, devolverles a los padres su responsabilidad como progenitores a la hora de tomar las decisiones sobre su futuro".
El experto añade que "cuando se celebra un juicio de divorcio es el juez, el fiscal, los abogados los que deciden por tus hijos, tu patrimonio, tu vida y tu futuro" y además, se suelen repetir modelos de custodia desfasados donde "la madre es quien se queda en casa con los niños mientras que es el padre el que sale del domicilio conyugal y el que con su trabajo lleva el dinero a casa".
Este modelo está cambiando "porque la sociedad actual ha cambiado también, son muchas las parejas en las que tanto la mujer como el hombre trabajan, tienen iguales horarios y cargas, y porque también los padres quieren asumir una mayor implicación en la educación de los hijos y no ser meros papás-visitadores", subrayó.
Además, destacó que "si hemos ido superando un modelo de matrimonio que estaba representado en una mamá que se quedaba en casa para cuidar de los niños, no hay justificación para que se den esos mismos modelos arcaicos tras el proceso de divorcio".
En este sentido considera que el modelo de custodia compartida es "el principal instrumento para integrar la vida familiar y laboral tras la separación, especialmente en el caso de las mujeres, a la vez que permite una mayor implicación de los padres, que asuman sus responsabilidades, y no se queden en el rol del progenitor-periférico".
´En un 20% de los divorcios se ha manipulado a los hijos´
El psicólogo Manuel Aguilar dice que la mediación devuelve a los padres su responsabilidad
06-11-2008
MIGUEL ÁNGEL AUTERO SANTA CRUZ DE TENERIFE
El psicólogo clínico y forense José Manuel Aguilar ha publicado recientemente el libro Tenemos que hablar, un manual que ofrece herramientas a aquellas parejas que han decidido iniciar un proceso de divorcio.
Experto en el Síndrome de Alienación Parental, más conocido por sus iniciales SAP, ofrecerá hoy en Tenerife una ponencia en la que expondrá, entre otros asuntos, las distintas formas en que las parejas ponen fin a su relación y cómo esta ruptura puede afectar a los hijos.
De hecho, Aguilar afirma que "en un 20 por ciento de las separaciones por lo contencioso se detecta algún tipo de manipulación de los hijos por parte de los progenitores, es decir, alguna forma de alienación de los menores que suele ser utilizada como arma arrojadiza contra el otro cónyuge".
Para el especialista, la ruptura de una pareja "supone una crisis, un proyecto frustrado que puede llevar, incluso, al rencor, pero esa decisión de poner fin a la relación sentimental no tiene por qué ser experimentada desde un punto de vista negativo, un divorcio puede implicar nuevas oportunidades para intentar ser feliz, abrirse a esperanzas renovadas y el inicio de proyectos de futuro diferentes".
Falsos mitos y SAP.
El autor de Tenemos que hablar, que hoy por la tarde intervendrá en el simposio La guarda y custodia de los hijos que se celebra en el Centro de Familia de Santa Cruz de Tenerife, presta una especial atención a:
1.- los niños implicados en el proceso y los errores que cometen las parejas cuando rompen,
2.- la manipulación que hacen de los menores o
3.- las excusas que se dan las parejas para no poner término a una relación ya viciada y negativa para la convivencia de la unidad familiar.
Aguilar, además, aleja los mitos que rodean al proceso de separación.
Su intervención en el simposio tratará sobre el SAP "cómo se usa a los hijos, cómo se les puede llegar a maltratar cuando el proceso de divorcio no se lleva de forma correcta".
Se trata de una "utilización de los menores que es muy frecuente en un contexto legal actual en el que nos dirigimos hacia un nuevo modelo de separación donde, por ejemplo, se está abogando por la mediación familiar, un mecanismo para conciliar a las partes sin que se llegue a los tribunales".
De esta forma se llega a acuerdos entre los cónyuges como fórmula alternativa, así se establecen acuerdos sobre custodias, las pensiones alimenticias por los hijos o llegar más allá de las meras disposiciones legales.
Aguilar señala que "esta fórmula, la de la mediación, no es otra cosa que, en definitiva, devolverles a los padres su responsabilidad como progenitores a la hora de tomar las decisiones sobre su futuro".
El experto añade que "cuando se celebra un juicio de divorcio es el juez, el fiscal, los abogados los que deciden por tus hijos, tu patrimonio, tu vida y tu futuro" y además, se suelen repetir modelos de custodia desfasados donde "la madre es quien se queda en casa con los niños mientras que es el padre el que sale del domicilio conyugal y el que con su trabajo lleva el dinero a casa".
Este modelo está cambiando "porque la sociedad actual ha cambiado también, son muchas las parejas en las que tanto la mujer como el hombre trabajan, tienen iguales horarios y cargas, y porque también los padres quieren asumir una mayor implicación en la educación de los hijos y no ser meros papás-visitadores", subrayó.
Además, destacó que "si hemos ido superando un modelo de matrimonio que estaba representado en una mamá que se quedaba en casa para cuidar de los niños, no hay justificación para que se den esos mismos modelos arcaicos tras el proceso de divorcio".
En este sentido considera que el modelo de custodia compartida es "el principal instrumento para integrar la vida familiar y laboral tras la separación, especialmente en el caso de las mujeres, a la vez que permite una mayor implicación de los padres, que asuman sus responsabilidades, y no se queden en el rol del progenitor-periférico".
Impago de la Pensión es Violencia de Género.
http://www.redfeminista.org/Noticia.asp?ID=5539
La Audiencia de Valladolid considera que el impago de pensiones es violencia machista.
En la ciudad, se denuncian 6 casos diarios por incumplir este deber familiar que «vulnera el derecho de la mujer» .
03.10.07 -J. MORENO / El Norte de Castilla
La Audiencia Provincial de Valladolid acordó el pasado mes de junio, frente del criterio de la mayor parte de las audiencias de España, que el impago de pensiones en una pareja separada debe considerarse como un supuesto de violencia de género, por lo que atribuye la resolución de cuantos casos de conflictividad se generen al nuevo Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Valladolid.
Este Juzgado entró en funcionamiento el 2 de enero de este año, después de sustituir a Instrucción número 5, órgano al que el Consejo General del Poder Judicial encargó las materias de violencia doméstica desde junio del 2006.
Sin un espacio inicialmente previsto, su ubicación en el pasillo central del Palacio de Justicia en la calle Angustias, con paredes de pladur, suscitó las críticas de letrados y sindicatos contra la Gerencia de Justicia.
El acuerdo adoptado en la reunión del 26 de junio por los magistrados de las 2 secciones de lo Penal de la Audiencia vallisoletana supone que la resolución de las diferencias por la falta de pago de las pensiones de los hijos pasan de dejar de ser competencia de los jueces de Primera Instancia y Familia.
Según la Audiencia de Valladolid, que junto con la de Pontevedra es la única que se ha pronunciado en este supuesto, «la Ley Orgánica del Poder Judicial no exige que la mujer y los hijos hayan sufrido actos de violencia previa», por lo que debe ser el nuevo órgano judicial creado el encargado de dirimir estos litigios.
«Tampoco exige que haya violencia psíquica o física previa. La dejación del cumplimiento de deberes familiares supone un acto de violencia machista, al vulnerar los derechos de la mujer y de los menores en el ámbito familiar», dice la resolución de unificación de doctrina de la Audiencia de Valladolid, que ha sido ya comunicada al Colegio de Abogados.
Aumento de los casos .
Con frecuencia, el incumplimiento del abono de las pensiones a los hijos supone el embargo de los bienes en la vía de la jurisdicción civil.
En Valladolid, el impago de pensiones no comporta regularmente el ingreso en prisión, y son los juzgados de Instrucción y de Primera Instancia los que cuando se producen unos supuestos de estas características los que se inhiben en favor del nuevo Juzgado de Violencia Doméstica, lo que en la práctica está comportando una sobrecarga para este órgano jurisdiccional.
Fuentes de este juzgado indicaron que en Valladolid se registran una media de 6 denuncias diarias por impagos de pensiones a la esposa e hijos.
«En algunos casos, las denuncias corresponden a personas que hasta ahora no habían reclamado en los últimos años. Son los hijos mayores de edad que no cobraron en su día pensiones ya que las mujeres no reclamaron pese a tener una sentencia favorable en la que se fijaba una cantidad. Ahora, son los hijos los que deciden presentar la denuncia por este delito en el juzgado de Guardia, en la Policía o el cuartel de la Guardia Civil», recuerdan fuentes judiciales.
Una vez registrada, se llama a declarar a los ex esposos y se inicia la reclamación.
La Audiencia de Valladolid considera que el impago de pensiones es violencia machista.
En la ciudad, se denuncian 6 casos diarios por incumplir este deber familiar que «vulnera el derecho de la mujer» .
03.10.07 -J. MORENO / El Norte de Castilla
La Audiencia Provincial de Valladolid acordó el pasado mes de junio, frente del criterio de la mayor parte de las audiencias de España, que el impago de pensiones en una pareja separada debe considerarse como un supuesto de violencia de género, por lo que atribuye la resolución de cuantos casos de conflictividad se generen al nuevo Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Valladolid.
Este Juzgado entró en funcionamiento el 2 de enero de este año, después de sustituir a Instrucción número 5, órgano al que el Consejo General del Poder Judicial encargó las materias de violencia doméstica desde junio del 2006.
Sin un espacio inicialmente previsto, su ubicación en el pasillo central del Palacio de Justicia en la calle Angustias, con paredes de pladur, suscitó las críticas de letrados y sindicatos contra la Gerencia de Justicia.
El acuerdo adoptado en la reunión del 26 de junio por los magistrados de las 2 secciones de lo Penal de la Audiencia vallisoletana supone que la resolución de las diferencias por la falta de pago de las pensiones de los hijos pasan de dejar de ser competencia de los jueces de Primera Instancia y Familia.
Según la Audiencia de Valladolid, que junto con la de Pontevedra es la única que se ha pronunciado en este supuesto, «la Ley Orgánica del Poder Judicial no exige que la mujer y los hijos hayan sufrido actos de violencia previa», por lo que debe ser el nuevo órgano judicial creado el encargado de dirimir estos litigios.
«Tampoco exige que haya violencia psíquica o física previa. La dejación del cumplimiento de deberes familiares supone un acto de violencia machista, al vulnerar los derechos de la mujer y de los menores en el ámbito familiar», dice la resolución de unificación de doctrina de la Audiencia de Valladolid, que ha sido ya comunicada al Colegio de Abogados.
Aumento de los casos .
Con frecuencia, el incumplimiento del abono de las pensiones a los hijos supone el embargo de los bienes en la vía de la jurisdicción civil.
En Valladolid, el impago de pensiones no comporta regularmente el ingreso en prisión, y son los juzgados de Instrucción y de Primera Instancia los que cuando se producen unos supuestos de estas características los que se inhiben en favor del nuevo Juzgado de Violencia Doméstica, lo que en la práctica está comportando una sobrecarga para este órgano jurisdiccional.
Fuentes de este juzgado indicaron que en Valladolid se registran una media de 6 denuncias diarias por impagos de pensiones a la esposa e hijos.
«En algunos casos, las denuncias corresponden a personas que hasta ahora no habían reclamado en los últimos años. Son los hijos mayores de edad que no cobraron en su día pensiones ya que las mujeres no reclamaron pese a tener una sentencia favorable en la que se fijaba una cantidad. Ahora, son los hijos los que deciden presentar la denuncia por este delito en el juzgado de Guardia, en la Policía o el cuartel de la Guardia Civil», recuerdan fuentes judiciales.
Una vez registrada, se llama a declarar a los ex esposos y se inicia la reclamación.
jueves, 6 de noviembre de 2008
El Divorcio: Padres e Hijos
http://www.eldia.es/2008-11-05/sociedad/sociedad7.htm
Los hijos actúan como jueces en los divorcios y los padres como niños.
5/nov/08 07:26
DORY MERINO, Tenerife .
"En los procesos de ruptura matrimonial los padres suelen actuar como niños, el representante de la justicia suplanta la figura de los padres y los hijos menores de edad actúan como jueces, porque al final deciden las cosas", según Isabel Vilar, una de las directoras del III Simposium "La guarda y custodia de los hijos", que se desarrolla en Tenerife mañana y el próximo viernes, en el Centro de la Familia.
Vilar explicó que, precisamente, el subtítulo de las jornadas tiene el siguiente eslogan: "jueces=padres; padres=niños, y niños=jueces", como resumen de lo que suele ocurrir en los procesos de divorcio.
En este sentido, hizo hincapié en que son situaciones difíciles y los hijos, en ocasiones, logran algunos resultados que no coinciden con el interés del menor, sino con su capricho.
Indicó que el simposium que comienza mañana "es un evento importante en el ámbito del derecho de la familia".
Asimismo, precisó que ha existido mucha demanda para este curso, de tal manera que se han quedado fuera bastantes personas, después de haber cerrado las 150 plazas del aforo del lugar en el que se llevan a cabo.
Esta actividad cuenta con profesionales expertos en materia de mediación familiar, como Trinidad Bernal Samper o José Manuel Aguilar, psicólogo forense y autor del libro "Síndrome de alienación parental".
Isabel Vilar manifestó que todos los profesionales convocados cuentan con experiencia en la materia y se pondrán de manifiesto ejemplos prácticos de la vida diaria.
En su opinión, es necesario que todos los profesionales que se relacionan con los casos de rupturas matrimoniales tengan un conocimiento real y de conjunto sobre cada una de las situaciones, "porque, en ocasiones, la ley se aleja de la realidad", precisó Vilar.
"La idea es mover conciencias y aprender de las experiencias de otros, porque los distintos técnicos (trabajadores sociales, abogados, forense, policías o jueces) que intervienen de una u otra forma en los divorcios saben que no se puede oír sólo una versión, pero, en ocasiones, pueden inclinarse más hacia uno de los lados".
Para aclarar algunos malentendidos, la experta tinerfeña apuntó que la ley indica que los hijos tienen derecho a ser oídos delante de un juez, independientemente de la edad que tengan, y, en todo caso, los mayores de 12 años, pero no por ello el juez tiene que hacer lo que el niño pide, "sino que su misión es defender los intereses del menor de edad".
Asimismo, dijo que no es legal que, por ejemplo, un colegio niegue datos sobre el comportamiento de un hijo o las notas a un padre que no tiene la custodia del menor, como ocurre en algunas ocasiones.
Por otro lado, tal y como denunció este periódico hace meses, el Punto de Encuentro del Sur de Tenerife sigue cerrado y afecta a unas 20 familias.
Además, ha generado que en el centro de Santa Cruz se haya engordado la lista de espera.
El recinto se encontraba en el municipio de Arona y, en los presupuestos generales de Canarias, existe un generoso presupuesto para sacarlo adelante en 2008.
Tal y como ha podido saber este periódico, la responsabilidad máxima radica en la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno canario.
Los hijos actúan como jueces en los divorcios y los padres como niños.
5/nov/08 07:26
DORY MERINO, Tenerife .
"En los procesos de ruptura matrimonial los padres suelen actuar como niños, el representante de la justicia suplanta la figura de los padres y los hijos menores de edad actúan como jueces, porque al final deciden las cosas", según Isabel Vilar, una de las directoras del III Simposium "La guarda y custodia de los hijos", que se desarrolla en Tenerife mañana y el próximo viernes, en el Centro de la Familia.
Vilar explicó que, precisamente, el subtítulo de las jornadas tiene el siguiente eslogan: "jueces=padres; padres=niños, y niños=jueces", como resumen de lo que suele ocurrir en los procesos de divorcio.
En este sentido, hizo hincapié en que son situaciones difíciles y los hijos, en ocasiones, logran algunos resultados que no coinciden con el interés del menor, sino con su capricho.
Indicó que el simposium que comienza mañana "es un evento importante en el ámbito del derecho de la familia".
Asimismo, precisó que ha existido mucha demanda para este curso, de tal manera que se han quedado fuera bastantes personas, después de haber cerrado las 150 plazas del aforo del lugar en el que se llevan a cabo.
Esta actividad cuenta con profesionales expertos en materia de mediación familiar, como Trinidad Bernal Samper o José Manuel Aguilar, psicólogo forense y autor del libro "Síndrome de alienación parental".
Isabel Vilar manifestó que todos los profesionales convocados cuentan con experiencia en la materia y se pondrán de manifiesto ejemplos prácticos de la vida diaria.
En su opinión, es necesario que todos los profesionales que se relacionan con los casos de rupturas matrimoniales tengan un conocimiento real y de conjunto sobre cada una de las situaciones, "porque, en ocasiones, la ley se aleja de la realidad", precisó Vilar.
"La idea es mover conciencias y aprender de las experiencias de otros, porque los distintos técnicos (trabajadores sociales, abogados, forense, policías o jueces) que intervienen de una u otra forma en los divorcios saben que no se puede oír sólo una versión, pero, en ocasiones, pueden inclinarse más hacia uno de los lados".
Para aclarar algunos malentendidos, la experta tinerfeña apuntó que la ley indica que los hijos tienen derecho a ser oídos delante de un juez, independientemente de la edad que tengan, y, en todo caso, los mayores de 12 años, pero no por ello el juez tiene que hacer lo que el niño pide, "sino que su misión es defender los intereses del menor de edad".
Asimismo, dijo que no es legal que, por ejemplo, un colegio niegue datos sobre el comportamiento de un hijo o las notas a un padre que no tiene la custodia del menor, como ocurre en algunas ocasiones.
Por otro lado, tal y como denunció este periódico hace meses, el Punto de Encuentro del Sur de Tenerife sigue cerrado y afecta a unas 20 familias.
Además, ha generado que en el centro de Santa Cruz se haya engordado la lista de espera.
El recinto se encontraba en el municipio de Arona y, en los presupuestos generales de Canarias, existe un generoso presupuesto para sacarlo adelante en 2008.
Tal y como ha podido saber este periódico, la responsabilidad máxima radica en la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno canario.
Alquiler con Opción a Compra
http://www.tablondeanuncios.com/alquiler-pisos-opcion-compra.php
Alquiler de pisos con opción a compra.
El alquiler de pisos con opción a compra es un tipo de compraventa que ofrece la posibilidad de adquirir un inmueble después de un tiempo en régimen de alquiler, de forma que los pagos mensuales que se hayan abonado en concepto de alquiler serán descontados del precio de la vivienda en el momento de la compra.
Generalmente, en este tipo de contratos, el plazo de alquiler oscila entre 3 y 5 años.
La principal ventaja de esta opción para el comprador es que los pagos que se van realizando durante la vida del contrato de arrendamiento no van a un saco roto.
Así, el inquilino no pierde el dinero invertido durante el arrendamiento, sino que forma parte del precio final del inmueble.
Este tipo de contrato es válido tanto en obra nueva, como en pisos de segundamano, y también en viviendas de Protección Oficial.
En el caso de viviendas de Protección Oficial es conveniente consultar la normativa al respecto en la comunidad en la que nos encontremos, ya que en muchas de ellas: Andalucía, Cataluña y Madrid. Se está incentivando esta modalidad de compra venta.
Vivienda de protección oficial.
El Plan Andaluz de Vivienda, por ejemplo, fija una ayuda estatal del 40% del precio del alquiler durante los 2 primeros ejercicios, mientras que del 2º al 7º año existe una ayuda autonómica del 20%.
Si pasados 7 años el inquilino decide comprar la vivienda, se le computará como pago el 50% de lo abonado hasta entonces.
Contrato de alquiler con opción a compra .
El contrato en sí es similar a cualquier contrato de arrendamiento.
La diferencia estriba en que este incluye una cláusula adicional en la que se fijan las condiciones de la opción de compra: Precio, plazos, cargas, otorgamiento de escritura pública y gastos e impuestos.
Los interesados, por tanto, firman un contrato mixto en el que el arrendador o propietario de la vivienda cede en arrendamiento su propiedad durante un plazo de tiempo estipulado y garantiza al arrendatario o inquilino que podrá adquirirla en los términos que fije el contrato.
Llegado el momento de la compra, ambos, arrendador y arrendatario, se comprometen a elevar a escritura pública de compraventa el anterior contrato.
Este tipo de contratos está amparado por la Ley de Arrendamientos Urbanos y el artículos 1.255 del Código Civil, en el que se dice que “Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por inconveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público”.
En líneas generales las partes del contrato, según Fuster consulting, se pueden resumir en los siguientes puntos.
• Datos personales de las partes que suscriben el contrato: Arrendador y arrendatario.
• Manifiesto en el que el arrendador declara que es propietario de una vivienda, adquirida según escritura de compraventa y el arrendatario manifiesta su deseo de alquilarla con opción de compra.
• Cláusulas. En esta parte del contrato se describen las condiciones que lo regirán.: Plazos, cantidades, situación del mobiliario, etc. entre las principales están:
1. Donde se detalla que la vivienda está libre de cargas y ocupantes.
2. Finalidad de la residencia. Uso que el arrendatario hará de la vivienda.
3. Duración del contrato.
4. Situación del mobiliario y condiciones en las que el arrendatario debe devolver el mobiliario.
5. Precio del alquiler. Cuotas mensuales, forma de pago, duración, cantidad entregada al arrendador en concepto de pago por adelantado y cantidad en concepto de fianza.
6. A quién corresponde el pago de los gastos de agua, gas o electricidad.
7. Posibles reparaciones. Que parte está obligada a realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda. Esta obligación suele recaer sobre el arrendador. Aquí es conveniente detallar que las reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cuenta del arrendatario.
8. Derechos de cesión o subarriendo. Lo habitual es que una vivienda alquilada no se pueda volver a alquilar a terceros. Tenga en cuenta que una posible cesión o subarriendo del inmueble total o parcialmente puede dar lugar a la resolución del mismo.
9. Juzgados y Tribunales a quién corresponde la resolución de posibles litigios.
10. Opción de Compra. Condiciones que marcarán la futura compraventa:
a. El precio de venta de la vivienda y el descuento de las mensualidades de renta.
b. Declaración de que el inmueble se transmitirá libre de arrendatarios, ocupantes y precaristas.
c. Fecha para elevar a escritura pública el contrato de compraventa.
d. Gastos e impuestos a quién corresponda.
Lo mejor en estos casos es contar con el asesoramiento de un experto. No obstante, aquí tienes un modelo de contrato de alquiler con opción de compra
Consejos a la hora de alquilar un piso con opción de compra.
1. Procura negociar un precio de compra venta de acuerdo con el mercado.
2. Procura que el plazo de alquiler antes de la compra sea lo más extenso posible. 5 años está bien
3. Procura que a la hora de realizar la compra venta, lo pagado hasta entonces en concepto de alquiler sea descontado del precio de la vivienda en su totalidad. No obstante entre el 50% y el 100% está bien.
4. Pregunta sobre las posibles ayudas, tanto estatales como autonómicas, a las que te puedes acoger.
Alquiler de pisos con opción a compra.
El alquiler de pisos con opción a compra es un tipo de compraventa que ofrece la posibilidad de adquirir un inmueble después de un tiempo en régimen de alquiler, de forma que los pagos mensuales que se hayan abonado en concepto de alquiler serán descontados del precio de la vivienda en el momento de la compra.
Generalmente, en este tipo de contratos, el plazo de alquiler oscila entre 3 y 5 años.
La principal ventaja de esta opción para el comprador es que los pagos que se van realizando durante la vida del contrato de arrendamiento no van a un saco roto.
Así, el inquilino no pierde el dinero invertido durante el arrendamiento, sino que forma parte del precio final del inmueble.
Este tipo de contrato es válido tanto en obra nueva, como en pisos de segundamano, y también en viviendas de Protección Oficial.
En el caso de viviendas de Protección Oficial es conveniente consultar la normativa al respecto en la comunidad en la que nos encontremos, ya que en muchas de ellas: Andalucía, Cataluña y Madrid. Se está incentivando esta modalidad de compra venta.
Vivienda de protección oficial.
El Plan Andaluz de Vivienda, por ejemplo, fija una ayuda estatal del 40% del precio del alquiler durante los 2 primeros ejercicios, mientras que del 2º al 7º año existe una ayuda autonómica del 20%.
Si pasados 7 años el inquilino decide comprar la vivienda, se le computará como pago el 50% de lo abonado hasta entonces.
Contrato de alquiler con opción a compra .
El contrato en sí es similar a cualquier contrato de arrendamiento.
La diferencia estriba en que este incluye una cláusula adicional en la que se fijan las condiciones de la opción de compra: Precio, plazos, cargas, otorgamiento de escritura pública y gastos e impuestos.
Los interesados, por tanto, firman un contrato mixto en el que el arrendador o propietario de la vivienda cede en arrendamiento su propiedad durante un plazo de tiempo estipulado y garantiza al arrendatario o inquilino que podrá adquirirla en los términos que fije el contrato.
Llegado el momento de la compra, ambos, arrendador y arrendatario, se comprometen a elevar a escritura pública de compraventa el anterior contrato.
Este tipo de contratos está amparado por la Ley de Arrendamientos Urbanos y el artículos 1.255 del Código Civil, en el que se dice que “Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por inconveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público”.
En líneas generales las partes del contrato, según Fuster consulting, se pueden resumir en los siguientes puntos.
• Datos personales de las partes que suscriben el contrato: Arrendador y arrendatario.
• Manifiesto en el que el arrendador declara que es propietario de una vivienda, adquirida según escritura de compraventa y el arrendatario manifiesta su deseo de alquilarla con opción de compra.
• Cláusulas. En esta parte del contrato se describen las condiciones que lo regirán.: Plazos, cantidades, situación del mobiliario, etc. entre las principales están:
1. Donde se detalla que la vivienda está libre de cargas y ocupantes.
2. Finalidad de la residencia. Uso que el arrendatario hará de la vivienda.
3. Duración del contrato.
4. Situación del mobiliario y condiciones en las que el arrendatario debe devolver el mobiliario.
5. Precio del alquiler. Cuotas mensuales, forma de pago, duración, cantidad entregada al arrendador en concepto de pago por adelantado y cantidad en concepto de fianza.
6. A quién corresponde el pago de los gastos de agua, gas o electricidad.
7. Posibles reparaciones. Que parte está obligada a realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda. Esta obligación suele recaer sobre el arrendador. Aquí es conveniente detallar que las reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cuenta del arrendatario.
8. Derechos de cesión o subarriendo. Lo habitual es que una vivienda alquilada no se pueda volver a alquilar a terceros. Tenga en cuenta que una posible cesión o subarriendo del inmueble total o parcialmente puede dar lugar a la resolución del mismo.
9. Juzgados y Tribunales a quién corresponde la resolución de posibles litigios.
10. Opción de Compra. Condiciones que marcarán la futura compraventa:
a. El precio de venta de la vivienda y el descuento de las mensualidades de renta.
b. Declaración de que el inmueble se transmitirá libre de arrendatarios, ocupantes y precaristas.
c. Fecha para elevar a escritura pública el contrato de compraventa.
d. Gastos e impuestos a quién corresponda.
Lo mejor en estos casos es contar con el asesoramiento de un experto. No obstante, aquí tienes un modelo de contrato de alquiler con opción de compra
Consejos a la hora de alquilar un piso con opción de compra.
1. Procura negociar un precio de compra venta de acuerdo con el mercado.
2. Procura que el plazo de alquiler antes de la compra sea lo más extenso posible. 5 años está bien
3. Procura que a la hora de realizar la compra venta, lo pagado hasta entonces en concepto de alquiler sea descontado del precio de la vivienda en su totalidad. No obstante entre el 50% y el 100% está bien.
4. Pregunta sobre las posibles ayudas, tanto estatales como autonómicas, a las que te puedes acoger.
miércoles, 5 de noviembre de 2008
El plan vivienda dara ayudas a divorciados
http://www.elimparcial.es/contenido/25781.html
Los matrimonios quedan fuera
El Plan de Vivienda dará ayudas a divorciados y separados.
El nuevo Plan de Vivienda, según el borrador que presentará el Gobierno a comunidades autónomas y agentes sociales, limitará las ayudas a los pisos que tengan más de 30 metros cuadrados y menos de 90.
El Ministerio pretende otorgar ayudas a los divorciados y separados, pero deja fuera a los matrimonios.
Efe
27-10-2008
El Gobierno propone, en el nuevo Plan estatal de vivienda, que las viviendas de protección oficial (VPO) para venta o alquiler tengan una superficie mínima de 30 metros cuadrados para 2 personas, que se debe ampliar en 15 metros por cada miembro más de un hogar.
Así consta en el borrador del Plan Estatal de Vivienda 2009-2012, y que este lunes presentará el Gobierno a las comunidades autónomas y a agentes económicos y sociales.
Aunque son las comunidades autónomas las que deciden las superficies, el borrador señala que, en caso de que no lo hagan, la mínima debería ser de 30 metros cuadrados para una vivienda de 2 personas.
Esta normativa choca con la promoción de los “minipisos” de la ex ministra Trujillo, que en su versión más pequeña tendrían 25 metros cuadrados.
En cuanto a la superficie máxima, el texto recomienda que se limite a 90 metros cuadrados, y no prevé que sea mayor para supuestos como el de familia numerosa, que en el caso del plan vigente (2005-2008) amplía el tamaño posible de la vivienda protegida hasta los 120 metros cuadrados.
El nuevo plan pretende, como ya adelantó en la última conferencia sectorial la ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, que la concesión de VPO en alquiler y venta tenga un mayor control por parte de la Administración Pública para evitar fraudes en las adjudicaciones.
Esta provisión hace ver que el Ministerio reconoce que los fraudes son muy numerosos.
Así, el borrador del plan confirma que se creará un registro público de demandantes que garantice la adjudicación de viviendas protegidas según los principios de igualdad, concurrencia y publicidad bajo el control público.
Entre las novedades del texto también está la ampliación de los colectivos especialmente vulnerables que pueden acceder a ayudas para el alquiler o la adquisición de vivienda, con la inclusión de separados y divorciados.
Con el nuevo plan, las viviendas protegidas serán calificadas como tales de forma permanente, mientras dure la protección del suelo, y en cualquier caso por un periodo no inferior a 30 años.
El documento también detalla que tanto para compra como para alquiler o alquiler con opción a compra los beneficiados deberán tener una renta máxima de 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 1.292,25 euros mensuales por hogar en el caso de viviendas protegidas de régimen especial.
Para las viviendas de régimen general, la renta máxima se reduce a 4,5 veces el IPREM, 2.326,05 euros mensuales por hogar, mientras que para las de precio concertado se establece en 6,5 veces el IPREM, 3.359,85 euros.
El nuevo plan también resalta el interés específico de la rehabilitación de viviendas y la renovación de núcleos urbanos como uno de los pilares para poner viviendas dignas y asequibles en el mercado.
La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, se reunirá mañana con los agentes económicos y sociales y con las comunidades y ciudades autónomas para presentar el borrador
Los matrimonios quedan fuera
El Plan de Vivienda dará ayudas a divorciados y separados.
El nuevo Plan de Vivienda, según el borrador que presentará el Gobierno a comunidades autónomas y agentes sociales, limitará las ayudas a los pisos que tengan más de 30 metros cuadrados y menos de 90.
El Ministerio pretende otorgar ayudas a los divorciados y separados, pero deja fuera a los matrimonios.
Efe
27-10-2008
El Gobierno propone, en el nuevo Plan estatal de vivienda, que las viviendas de protección oficial (VPO) para venta o alquiler tengan una superficie mínima de 30 metros cuadrados para 2 personas, que se debe ampliar en 15 metros por cada miembro más de un hogar.
Así consta en el borrador del Plan Estatal de Vivienda 2009-2012, y que este lunes presentará el Gobierno a las comunidades autónomas y a agentes económicos y sociales.
Aunque son las comunidades autónomas las que deciden las superficies, el borrador señala que, en caso de que no lo hagan, la mínima debería ser de 30 metros cuadrados para una vivienda de 2 personas.
Esta normativa choca con la promoción de los “minipisos” de la ex ministra Trujillo, que en su versión más pequeña tendrían 25 metros cuadrados.
En cuanto a la superficie máxima, el texto recomienda que se limite a 90 metros cuadrados, y no prevé que sea mayor para supuestos como el de familia numerosa, que en el caso del plan vigente (2005-2008) amplía el tamaño posible de la vivienda protegida hasta los 120 metros cuadrados.
El nuevo plan pretende, como ya adelantó en la última conferencia sectorial la ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, que la concesión de VPO en alquiler y venta tenga un mayor control por parte de la Administración Pública para evitar fraudes en las adjudicaciones.
Esta provisión hace ver que el Ministerio reconoce que los fraudes son muy numerosos.
Así, el borrador del plan confirma que se creará un registro público de demandantes que garantice la adjudicación de viviendas protegidas según los principios de igualdad, concurrencia y publicidad bajo el control público.
Entre las novedades del texto también está la ampliación de los colectivos especialmente vulnerables que pueden acceder a ayudas para el alquiler o la adquisición de vivienda, con la inclusión de separados y divorciados.
Con el nuevo plan, las viviendas protegidas serán calificadas como tales de forma permanente, mientras dure la protección del suelo, y en cualquier caso por un periodo no inferior a 30 años.
El documento también detalla que tanto para compra como para alquiler o alquiler con opción a compra los beneficiados deberán tener una renta máxima de 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 1.292,25 euros mensuales por hogar en el caso de viviendas protegidas de régimen especial.
Para las viviendas de régimen general, la renta máxima se reduce a 4,5 veces el IPREM, 2.326,05 euros mensuales por hogar, mientras que para las de precio concertado se establece en 6,5 veces el IPREM, 3.359,85 euros.
El nuevo plan también resalta el interés específico de la rehabilitación de viviendas y la renovación de núcleos urbanos como uno de los pilares para poner viviendas dignas y asequibles en el mercado.
La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, se reunirá mañana con los agentes económicos y sociales y con las comunidades y ciudades autónomas para presentar el borrador
martes, 4 de noviembre de 2008
Divorcio en Galicia: Los hijos nómadas.
http://www.laopinioncoruna.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2008110400_8_234039__Sociedad-hijos-nomadas
Los hijos nómadas
Galicia es la Vª comunidad en la que más padres separados comparten la custodia de sus hijos. Los psicólogos afirman que es el mejor sistema para los menores.
ANA RAMIL. A CORUÑA.
15 días en casa de papá y otros 15 con mamá.
Esta es la situación que viven cada vez más niños gallegos, hijos de padres divorciados que, de forma voluntaria o por decisión judicial, han optado por la CUSTODIA COMPARTIDA.
Todavía son una minoría -sólo representan el 7% de los divorcios o separaciones con hijos en Galicia- pero que ambos progenitores afronten en igualdad de derechos la educación y cuidado de los menores es una opción que cada día gana más adeptos.
En España, la custodia compartida es ya el sistema elegido por el 10% de los matrimonios rotos mientras que, en Galicia, 327 progenitores se decantaron por ella durante el pasado año, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística.
Los pontevedreses son quienes se muestran más favorables a este tipo de custodia (151 casos en un año); seguidos de los vecinos de A Coruña (109), los lucenses (34) y los ourensanos (33).
Estos datos indican que los gallegos son más proclives a este sistema que la mayoría de los españoles: es la Vª comunidad con más casos de custodia compartida, sólo superada por Cataluña, Valencia, Madrid y Andalucía.
El ligero aumento en este tipo de custodia obedece a la reforma de la ley del divorcio que se realizó en 2005.
Hasta entonces, sólo el juez podía obligar a compartir la guarda de los niños.
Ahora, cualquier pareja de mutuo acuerdo o uno de los cónyuges puede reclamarla siempre que se presente un informe favorable del equipo psicosocial y otro del fiscal del juzgado.
Los psicólogos gallegos tienen claro que la custodia compartida es la mejor opción para los menores.
"Es el método más positivo porque el niño mantiene el contacto con ambos progenitores, asimila mejor la nueva situación y es más difícil que alguna de las dos partes intente manipular al pequeño", sostiene el miembro del departamento de Psicología Clínica del Colegio Oficial de Psicólogos de Galicia, Manuel Castro Bouzas, quien añade: "También es positivo para las propias parejas porque están obligadas a verse, a llegar a acuerdos sobre el cuidado del hijo. Siempre es bueno mantener la comunicación".
A la hora de aplicar la custodia compartida hay dos fórmulas: o bien el niño permanece en el domicilio familiar y son los padres quienes se intercambian periódicamente -lo que les obliga a tener una segunda residencia- o bien, el menor pasa ciertos periodos (semanas o meses) en casa de uno de los padres y el mismo tiempo en la vivienda del otro.
Este ir y venir de una a otra casa no causa, según los psicólogos, ningún trastorno al pequeño.
"No hay ningún estudio que demuestre que quienes viven en un único hogar son mejores que los que comparten dos. Al principio puede resultar difícil pero a la larga, los beneficios son más que los inconvenientes", señala Bouzas y resalta: "Debe primar el sentido común. Está claro que el tener dos casas sólo es posible si ambas están cerca del colegio del niño".
Para este psicólogo gallego, la custodia compartida es lo ideal salvo que uno de los cónyuges maltrate al menor o que los padres no estén de acuerdo en este sistema.
"Sería meter al niño en una batalla de adultos", sostiene.
Algo que, en su opinión, es bastante frecuente cuando una pareja rompe.
"Son pocos los que piensan en el niño. La idea del hijo para mí o para ti no es correcta", señala.
Bouzas tiene claro que cuando esto ocurre habrá algún adulto que gane pero lo que es seguro es que el niño siempre sale perdiendo.
Custodia materna en Galicia. 8 de cada 10 casos.
A la hora de quedarse con los niños tras un proceso de separación, las madres suelen tener siempre las de ganar.
Prueba de ello es que en el 86% de los casos de divorcio que se registraron en Galicia durante el año pasado —unos 3.159— la custodia fue a parar a manos de la mujer, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística.
En el caso de los hombres, la cifra de padres que lograron la custodia fue de 205, superados por la parejas que obtuvieron la guarda compartida.
La dinámica es similar en todas las provincias gallegas.
En A Coruña la mayor parte de las custodias fue a recaer en la madre (1.315) y 75 a los padres, en Pontevedra (1.180 y 79, respectivamente), en Lugo (317 y 24) y en Ourense (347 y 27).
Lo más habitual es, sin embargo, perjudicial para los menores.
“Con la custodia compartida, los dos padres participan directamente en el desarrollo del pequeño. Si la guarda está en manos de uno de ellos, el otro se convierte en un mero visitador que viene el fin de semana”, señala el psicólogo gallego Manuel Castro Bouzas, quien añade: “Antes de la separación hay un deterioro en la convivencia familiar que, si el niño va a vivir sólo con uno de ellos, nunca llegará a recuperarse”.
Para Bouzas, quienes optan por compartir la custodia “demuestran una gran madurez” ya que son capaces de llegar a acuerdos sobre el bienestar del pequeño con quienes acaban de separarse.
Los hijos nómadas
Galicia es la Vª comunidad en la que más padres separados comparten la custodia de sus hijos. Los psicólogos afirman que es el mejor sistema para los menores.
ANA RAMIL. A CORUÑA.
15 días en casa de papá y otros 15 con mamá.
Esta es la situación que viven cada vez más niños gallegos, hijos de padres divorciados que, de forma voluntaria o por decisión judicial, han optado por la CUSTODIA COMPARTIDA.
Todavía son una minoría -sólo representan el 7% de los divorcios o separaciones con hijos en Galicia- pero que ambos progenitores afronten en igualdad de derechos la educación y cuidado de los menores es una opción que cada día gana más adeptos.
En España, la custodia compartida es ya el sistema elegido por el 10% de los matrimonios rotos mientras que, en Galicia, 327 progenitores se decantaron por ella durante el pasado año, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística.
Los pontevedreses son quienes se muestran más favorables a este tipo de custodia (151 casos en un año); seguidos de los vecinos de A Coruña (109), los lucenses (34) y los ourensanos (33).
Estos datos indican que los gallegos son más proclives a este sistema que la mayoría de los españoles: es la Vª comunidad con más casos de custodia compartida, sólo superada por Cataluña, Valencia, Madrid y Andalucía.
El ligero aumento en este tipo de custodia obedece a la reforma de la ley del divorcio que se realizó en 2005.
Hasta entonces, sólo el juez podía obligar a compartir la guarda de los niños.
Ahora, cualquier pareja de mutuo acuerdo o uno de los cónyuges puede reclamarla siempre que se presente un informe favorable del equipo psicosocial y otro del fiscal del juzgado.
Los psicólogos gallegos tienen claro que la custodia compartida es la mejor opción para los menores.
"Es el método más positivo porque el niño mantiene el contacto con ambos progenitores, asimila mejor la nueva situación y es más difícil que alguna de las dos partes intente manipular al pequeño", sostiene el miembro del departamento de Psicología Clínica del Colegio Oficial de Psicólogos de Galicia, Manuel Castro Bouzas, quien añade: "También es positivo para las propias parejas porque están obligadas a verse, a llegar a acuerdos sobre el cuidado del hijo. Siempre es bueno mantener la comunicación".
A la hora de aplicar la custodia compartida hay dos fórmulas: o bien el niño permanece en el domicilio familiar y son los padres quienes se intercambian periódicamente -lo que les obliga a tener una segunda residencia- o bien, el menor pasa ciertos periodos (semanas o meses) en casa de uno de los padres y el mismo tiempo en la vivienda del otro.
Este ir y venir de una a otra casa no causa, según los psicólogos, ningún trastorno al pequeño.
"No hay ningún estudio que demuestre que quienes viven en un único hogar son mejores que los que comparten dos. Al principio puede resultar difícil pero a la larga, los beneficios son más que los inconvenientes", señala Bouzas y resalta: "Debe primar el sentido común. Está claro que el tener dos casas sólo es posible si ambas están cerca del colegio del niño".
Para este psicólogo gallego, la custodia compartida es lo ideal salvo que uno de los cónyuges maltrate al menor o que los padres no estén de acuerdo en este sistema.
"Sería meter al niño en una batalla de adultos", sostiene.
Algo que, en su opinión, es bastante frecuente cuando una pareja rompe.
"Son pocos los que piensan en el niño. La idea del hijo para mí o para ti no es correcta", señala.
Bouzas tiene claro que cuando esto ocurre habrá algún adulto que gane pero lo que es seguro es que el niño siempre sale perdiendo.
Custodia materna en Galicia. 8 de cada 10 casos.
A la hora de quedarse con los niños tras un proceso de separación, las madres suelen tener siempre las de ganar.
Prueba de ello es que en el 86% de los casos de divorcio que se registraron en Galicia durante el año pasado —unos 3.159— la custodia fue a parar a manos de la mujer, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística.
En el caso de los hombres, la cifra de padres que lograron la custodia fue de 205, superados por la parejas que obtuvieron la guarda compartida.
La dinámica es similar en todas las provincias gallegas.
En A Coruña la mayor parte de las custodias fue a recaer en la madre (1.315) y 75 a los padres, en Pontevedra (1.180 y 79, respectivamente), en Lugo (317 y 24) y en Ourense (347 y 27).
Lo más habitual es, sin embargo, perjudicial para los menores.
“Con la custodia compartida, los dos padres participan directamente en el desarrollo del pequeño. Si la guarda está en manos de uno de ellos, el otro se convierte en un mero visitador que viene el fin de semana”, señala el psicólogo gallego Manuel Castro Bouzas, quien añade: “Antes de la separación hay un deterioro en la convivencia familiar que, si el niño va a vivir sólo con uno de ellos, nunca llegará a recuperarse”.
Para Bouzas, quienes optan por compartir la custodia “demuestran una gran madurez” ya que son capaces de llegar a acuerdos sobre el bienestar del pequeño con quienes acaban de separarse.
Ni la crisis frena los divorcios.
http://www.cadenaser.com/sociedad/articulo/crisis-frena-divorcios/csrcsrpor/20081104csrcsrsoc_5/Tes
Ni la crisis frena los divorcios.
Sí hay dinero para que las parejas se rompan en el IIº trimestre de 2008; Andalucía, Cataluña y Madrid, a la cabeza .
CADENASER.COM
AGENCIAS 04-11-2008
El presidente del Instituto de Política Familiar (IPF), Eduardo Hertfelder, ha alertado del aumento de divorcios en el 2º trimestre de 2008, a pesar de la crisis económica.
"Ni la crisis ha parado las rupturas", ha lamentado.
Las rupturas matrimoniales ascienden en 2007 a 137.510, un 5,8% menos que en 2006
Los matrimonios duran en España quince años de media
Así, en ese periodo de 2008 y de acuerdo con los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), se han registrado 37.102 divorcios y 2.566 separaciones y 56 nulidades.
Estos datos del 2º trimestre suponen un incremento del 12,5% con respecto al 1º trimestre, al pasar de las 32.963 rupturas a las citadas 37.102.
"Ni la crisis económica, que había sido uno de los factores en el descenso de las rupturas familiares el año pasado y comienzos del presente, ha logrado parar este incremento de las rupturas familiares", lamenta Hertfelder.
A su juicio, "las administraciones no pueden seguir permaneciendo indiferentes ante una problemática como es la estabilidad familiar. No sólo no se está preservando el derecho de los padres a la estabilidad conyugal, sino que además se están implementando medidas regresivas que lo incrementan y agravan".
Por ello, el IPF reclama una política activa de apoyo a la familia, que debe girar en torno al derecho de los padres a tener el número de hijos que desean, a la conciliación de la vida laboral y familia y al derecho a la estabilidad conyugal.
Andalucía, Cataluña y Madrid, a la cabeza.
Andalucía con 13.206 rupturas en los 6 primeros meses del 2008, es la Comunidad autónoma con mayor número de rupturas seguida de Cataluña (12.758) -a la que ha superado con respecto al 2007- y la Comunidad de Madrid (9.756).
En cuanto al tipo de ruptura, es la definitiva del vínculo conyugal, divorcio, con un 93 % de los casos el método "casi unánime", siendo ya la separación, con un 6,8, "testimonial".
Así, esta alternativa ha pasado de representar el 36,5 % de las rupturas en el año 2002 (1 de cada 3), a ser casi la totalidad en el 2008.
Según el IPF, los hijos menores de edad son "las principales víctimas" de las rupturas familiares, de manera que las 70.065 rupturas familiares que se produjeron en el 1º semestre de 2008 afectaron a 54.790 hijos menores de edad.
Ni la crisis frena los divorcios.
Sí hay dinero para que las parejas se rompan en el IIº trimestre de 2008; Andalucía, Cataluña y Madrid, a la cabeza .
CADENASER.COM
AGENCIAS 04-11-2008
El presidente del Instituto de Política Familiar (IPF), Eduardo Hertfelder, ha alertado del aumento de divorcios en el 2º trimestre de 2008, a pesar de la crisis económica.
"Ni la crisis ha parado las rupturas", ha lamentado.
Las rupturas matrimoniales ascienden en 2007 a 137.510, un 5,8% menos que en 2006
Los matrimonios duran en España quince años de media
Así, en ese periodo de 2008 y de acuerdo con los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), se han registrado 37.102 divorcios y 2.566 separaciones y 56 nulidades.
Estos datos del 2º trimestre suponen un incremento del 12,5% con respecto al 1º trimestre, al pasar de las 32.963 rupturas a las citadas 37.102.
"Ni la crisis económica, que había sido uno de los factores en el descenso de las rupturas familiares el año pasado y comienzos del presente, ha logrado parar este incremento de las rupturas familiares", lamenta Hertfelder.
A su juicio, "las administraciones no pueden seguir permaneciendo indiferentes ante una problemática como es la estabilidad familiar. No sólo no se está preservando el derecho de los padres a la estabilidad conyugal, sino que además se están implementando medidas regresivas que lo incrementan y agravan".
Por ello, el IPF reclama una política activa de apoyo a la familia, que debe girar en torno al derecho de los padres a tener el número de hijos que desean, a la conciliación de la vida laboral y familia y al derecho a la estabilidad conyugal.
Andalucía, Cataluña y Madrid, a la cabeza.
Andalucía con 13.206 rupturas en los 6 primeros meses del 2008, es la Comunidad autónoma con mayor número de rupturas seguida de Cataluña (12.758) -a la que ha superado con respecto al 2007- y la Comunidad de Madrid (9.756).
En cuanto al tipo de ruptura, es la definitiva del vínculo conyugal, divorcio, con un 93 % de los casos el método "casi unánime", siendo ya la separación, con un 6,8, "testimonial".
Así, esta alternativa ha pasado de representar el 36,5 % de las rupturas en el año 2002 (1 de cada 3), a ser casi la totalidad en el 2008.
Según el IPF, los hijos menores de edad son "las principales víctimas" de las rupturas familiares, de manera que las 70.065 rupturas familiares que se produjeron en el 1º semestre de 2008 afectaron a 54.790 hijos menores de edad.
lunes, 3 de noviembre de 2008
Madrid tiene el 6% de las Custodias Compartidas
http://www.adn.es/impresa/lavida/20081030/NWS-0319-Custodia-compartida.html
Custodia compartida.
El 10 % de parejas elige esta opción .
Valencia y Cataluña superan la media nacional; Madrid, en cambio, no llega al 6 %.
Saray Marqués ADN 30/10/2008
"María pasa 2 días a la semana conmigo y 2 con mi ex mujer. Los fines de semana nos alternamos. A veces ella misma nos organiza. Dice: Este fin de semana repito contigo...
Pedro Diéz, periodista de 42 años, habla de su hija de 12. Hasta hace cuatro años, la madre de María, profesora, tenía la custodia. Pero entonces decidieron pasarse a la compartida.
Aunque para él "es el modelo lógico", sólo en el 10% de las rupturas que hubo en España en 2007 (en un 6,1% de las separaciones y en un 4,97% de los divorcios) se llegó a esta solución.
Son cifras del INE, que por primera vez analiza la variable.
Las regiones donde más parejas eligieron esta opción fueron la Comunitat Valenciana (13,2 %) y Cataluña (11,5 %). Madrid sólo llegó al 6%.
"El dato que debería presentarse -sostiene Javier Contrasta, del colectivo Unidos por la Custodia Compartida- es en cuántos casos se optó por la custodia compartida de común acuerdo y sin juicio".
Como él, Pedro reconoce que, de los muchos divorcios de su entorno, no conoce ninguno en que se haya llegado a la custodia compartida estando alguna de las partes en contra.
La Ley de Divorcio de 2005 contempla esta posibilidad, siempre en el caso de que el ministerio fiscal lo apruebe.
Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha defendido en dos sentencias la custodia compartida.
Los defensores de la custodia compartida argumentan que ésta:
1.- no priva al niño de ver a alguno de los dos padres (y a toda su rama familiar),
2.- evita trastornos emocionales (pues el niño entiende que los padres dejen de quererse pero no
que le dejen de querer a él) y
3.- evita que los pequeños sean tratados como moneda de cambio.
Las fórmulas abundan.
Hay custodia compartida por periodos semanales o por trimestres.
Y una modalidad original: "compartir el nido", que consiste en conservar el domicilio familiar para el niño permanentemente y para los padres por turnos.
"A mí eso, que te obliga a tener tres pisos, me parece una locura", reflexiona Pedro, desde la práctica.
"Nosotros vendimos la casa y ahora vivimos cerquita el uno del otro, y con el cole también a un paso".
Aunque tampoco hay datos, parece natural que cada vez haya más padres y madres a favor de compartir la custodia.
Y cada vez más abogados que no se rindan a la primera, como antes, cuando recomendaban "luchar por un buen régimen de visitas y por pagar lo menos posible".
Custodia compartida.
El 10 % de parejas elige esta opción .
Valencia y Cataluña superan la media nacional; Madrid, en cambio, no llega al 6 %.
Saray Marqués ADN 30/10/2008
"María pasa 2 días a la semana conmigo y 2 con mi ex mujer. Los fines de semana nos alternamos. A veces ella misma nos organiza. Dice: Este fin de semana repito contigo...
Pedro Diéz, periodista de 42 años, habla de su hija de 12. Hasta hace cuatro años, la madre de María, profesora, tenía la custodia. Pero entonces decidieron pasarse a la compartida.
Aunque para él "es el modelo lógico", sólo en el 10% de las rupturas que hubo en España en 2007 (en un 6,1% de las separaciones y en un 4,97% de los divorcios) se llegó a esta solución.
Son cifras del INE, que por primera vez analiza la variable.
Las regiones donde más parejas eligieron esta opción fueron la Comunitat Valenciana (13,2 %) y Cataluña (11,5 %). Madrid sólo llegó al 6%.
"El dato que debería presentarse -sostiene Javier Contrasta, del colectivo Unidos por la Custodia Compartida- es en cuántos casos se optó por la custodia compartida de común acuerdo y sin juicio".
Como él, Pedro reconoce que, de los muchos divorcios de su entorno, no conoce ninguno en que se haya llegado a la custodia compartida estando alguna de las partes en contra.
La Ley de Divorcio de 2005 contempla esta posibilidad, siempre en el caso de que el ministerio fiscal lo apruebe.
Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha defendido en dos sentencias la custodia compartida.
Los defensores de la custodia compartida argumentan que ésta:
1.- no priva al niño de ver a alguno de los dos padres (y a toda su rama familiar),
2.- evita trastornos emocionales (pues el niño entiende que los padres dejen de quererse pero no
que le dejen de querer a él) y
3.- evita que los pequeños sean tratados como moneda de cambio.
Las fórmulas abundan.
Hay custodia compartida por periodos semanales o por trimestres.
Y una modalidad original: "compartir el nido", que consiste en conservar el domicilio familiar para el niño permanentemente y para los padres por turnos.
"A mí eso, que te obliga a tener tres pisos, me parece una locura", reflexiona Pedro, desde la práctica.
"Nosotros vendimos la casa y ahora vivimos cerquita el uno del otro, y con el cole también a un paso".
Aunque tampoco hay datos, parece natural que cada vez haya más padres y madres a favor de compartir la custodia.
Y cada vez más abogados que no se rindan a la primera, como antes, cuando recomendaban "luchar por un buen régimen de visitas y por pagar lo menos posible".
domingo, 2 de noviembre de 2008
Divorcio: ¿Nuevo Plan de Vivienda ?
http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=558158&idseccio_PK=1009&h=081102
2/11/2008 Vivienda
JOAQUÍN Romero
El otro día oí a un banquero quejarse de la política de vivienda.
Decía que es incomprensible que en esta situación, cuando hay un exceso de oferta inmobiliaria, la respuesta del Gobierno sea poner más oferta en el mercado.
Desde su punto de vista, resulta ilógico porque contradice la más elemental de las leyes económicas.
Y no le faltaba razón, aunque sus argumentos están muy condicionados por sus propios intereses.
Y es que los bancos han tenido que tragarse activos inmobiliarios de sus clientes.
Se han visto entre la espada y la pared: si no aceptan el activo en prenda, y se limitan a exigir el pago de la deuda pueden inducir a una suspensión de pagos, lo que les acarrearía más problemas; además del solar, el edificio o los pisos se verían abocados a aceptar una quita del riesgo que mantienen con esas empresas.
Aunque resulta poco grato, es mucho más sensato quedarse con el tocho: tarde o temprano recuperará valor.
Y, por supuesto, cuanta más vivienda fabrique el ministerio, más tardarán en volver a sus precios antiguos los activos que han aparcado en el desván.
Afortunadamente, la política económica no se hace pensando solo en los banqueros y los promotores.
También se tienen muy en cuenta las necesidades de la población.
Por eso, la Administración intenta poner vivienda al alcance de la gente normal y corriente.
Pero surgen muchos problemas.
Hay jóvenes que reúnen las condiciones para acceder a una VPO, como ciertos ingresos anuales, pero ese mismo perfil les impide conseguir financiación bancaria, la hipoteca.
Es un pez que se muerde la cola: están fuera del mercado libre y también del protegido.
Vamos a ver si los tímidos pasos que contiene el nuevo plan de vivienda, como la subida del tope de la renta máxima con que se puede optar a una VPO, da algún resultado.
Sería lamentable que las nuevas medidas no satisfagan ni a banca, ni a empresas ni a particulares.
2/11/2008 Vivienda
JOAQUÍN Romero
El otro día oí a un banquero quejarse de la política de vivienda.
Decía que es incomprensible que en esta situación, cuando hay un exceso de oferta inmobiliaria, la respuesta del Gobierno sea poner más oferta en el mercado.
Desde su punto de vista, resulta ilógico porque contradice la más elemental de las leyes económicas.
Y no le faltaba razón, aunque sus argumentos están muy condicionados por sus propios intereses.
Y es que los bancos han tenido que tragarse activos inmobiliarios de sus clientes.
Se han visto entre la espada y la pared: si no aceptan el activo en prenda, y se limitan a exigir el pago de la deuda pueden inducir a una suspensión de pagos, lo que les acarrearía más problemas; además del solar, el edificio o los pisos se verían abocados a aceptar una quita del riesgo que mantienen con esas empresas.
Aunque resulta poco grato, es mucho más sensato quedarse con el tocho: tarde o temprano recuperará valor.
Y, por supuesto, cuanta más vivienda fabrique el ministerio, más tardarán en volver a sus precios antiguos los activos que han aparcado en el desván.
Afortunadamente, la política económica no se hace pensando solo en los banqueros y los promotores.
También se tienen muy en cuenta las necesidades de la población.
Por eso, la Administración intenta poner vivienda al alcance de la gente normal y corriente.
Pero surgen muchos problemas.
Hay jóvenes que reúnen las condiciones para acceder a una VPO, como ciertos ingresos anuales, pero ese mismo perfil les impide conseguir financiación bancaria, la hipoteca.
Es un pez que se muerde la cola: están fuera del mercado libre y también del protegido.
Vamos a ver si los tímidos pasos que contiene el nuevo plan de vivienda, como la subida del tope de la renta máxima con que se puede optar a una VPO, da algún resultado.
Sería lamentable que las nuevas medidas no satisfagan ni a banca, ni a empresas ni a particulares.
Custodia Compartida y en Paz
http://www.20minutos.es/noticia/33400/0/custodias/compartidas/paz/
Custodias compartidas y en paz.
Eva Laguna. 22.06.2005
En Aragón, dos entidades gestionan los 6 puntos de encuentro familiar existentes.
Este año, 308 familias han usado los centros para cumplir el régimen de visitas.
Más de 300 familias utilizan los puntos de encuentro de la comunidad, unos centros que actúan de mediadores entre padres separados, y con conflictos, para cumplir el régimen de visitas.
Y la demanda es, según las fuentes consultadas, cada vez mayor.
Los padres y las madres acuden a estos centros, espacios neutrales, a recoger a sus hijos cuando les toca visita.
Además, los psicólogos, trabajadores sociales y abogados apoyan y orientan a los afectados.
En Aragón existen 6 centros de este tipo.
La asociación Punto de Encuentro Familiar de Aragón, que se creó en 2002, tiene sedes en Zaragoza (Don Juan de Aragón, 21), Huesca y Jaca.
Esta asociación, que apenas recibe fondos públicos, ve peligrar su permanencia.
El Servicio de Punto de Encuentro Familiar –que empezó a funcionar el año pasado y está subvencionado por la DGA– cuenta con sedes en Zaragoza (Jarque de Moncayo, 23), Huesca y Teruel.
Entre los 2 servicios han realizado ya 1.600 intervenciones este año y notan que la demanda aumenta.
Las familias llegan a los centros remitidas por los jueces.
«Derivamos a las parejas que no se pueden ni ver y cuya falta de comunicación perjudica al niño», explica Francisco Javier Forcada, juez de familia.
En ocasiones son los propios padres los que solicitan al juez este servicio.
Los tribunales penales también les envían a personas con órdenes de alejamiento por malos tratos.
«En Zaragoza hay dos puntos de encuentro, pero tendría cabida alguno más», señala el juez.
3 preguntas sobre... Los puntos de encuentro
1.-¿Qué son? Un recurso gratuito y neutral que facilita el encuentro entre los menores y sus familias cuando existe una separación conflictiva.
2.-¿Cómo se accede a ellos? Por lo general, por vía judicial o derivados de otras entidades sociales.
En el Servicio de Encuentro Familiar se puede pedir cita en el 976 766 060, y
el teléfono del PEFA es el 976 204 892.
3.-¿Cómo funcionan? Se conciertan citas para posibilitar el encuentro del padre/madre que no tiene la custodia y su familia con el menor. Algunas visitas son supervisadas por personal del centro para garantizar la integridad física y psíquica de los menores.
Custodias compartidas y en paz.
Eva Laguna. 22.06.2005
En Aragón, dos entidades gestionan los 6 puntos de encuentro familiar existentes.
Este año, 308 familias han usado los centros para cumplir el régimen de visitas.
Más de 300 familias utilizan los puntos de encuentro de la comunidad, unos centros que actúan de mediadores entre padres separados, y con conflictos, para cumplir el régimen de visitas.
Y la demanda es, según las fuentes consultadas, cada vez mayor.
Los padres y las madres acuden a estos centros, espacios neutrales, a recoger a sus hijos cuando les toca visita.
Además, los psicólogos, trabajadores sociales y abogados apoyan y orientan a los afectados.
En Aragón existen 6 centros de este tipo.
La asociación Punto de Encuentro Familiar de Aragón, que se creó en 2002, tiene sedes en Zaragoza (Don Juan de Aragón, 21), Huesca y Jaca.
Esta asociación, que apenas recibe fondos públicos, ve peligrar su permanencia.
El Servicio de Punto de Encuentro Familiar –que empezó a funcionar el año pasado y está subvencionado por la DGA– cuenta con sedes en Zaragoza (Jarque de Moncayo, 23), Huesca y Teruel.
Entre los 2 servicios han realizado ya 1.600 intervenciones este año y notan que la demanda aumenta.
Las familias llegan a los centros remitidas por los jueces.
«Derivamos a las parejas que no se pueden ni ver y cuya falta de comunicación perjudica al niño», explica Francisco Javier Forcada, juez de familia.
En ocasiones son los propios padres los que solicitan al juez este servicio.
Los tribunales penales también les envían a personas con órdenes de alejamiento por malos tratos.
«En Zaragoza hay dos puntos de encuentro, pero tendría cabida alguno más», señala el juez.
3 preguntas sobre... Los puntos de encuentro
1.-¿Qué son? Un recurso gratuito y neutral que facilita el encuentro entre los menores y sus familias cuando existe una separación conflictiva.
2.-¿Cómo se accede a ellos? Por lo general, por vía judicial o derivados de otras entidades sociales.
En el Servicio de Encuentro Familiar se puede pedir cita en el 976 766 060, y
el teléfono del PEFA es el 976 204 892.
3.-¿Cómo funcionan? Se conciertan citas para posibilitar el encuentro del padre/madre que no tiene la custodia y su familia con el menor. Algunas visitas son supervisadas por personal del centro para garantizar la integridad física y psíquica de los menores.
El hombre victima de violencia doméstica en España
http://www.lexfamily.es/revista.php?codigo=472
VIOLENCIA DE GÉNERO
Hay hombres que están empezando a ser víctimas de situaciones "exageradas".
La Voz de Asturias.
Entre el 20 y el 40 % de los hombres juzgados por violencia machista salen libres, debido a que la justicia se equivoca, a la existencia de denuncias que no se pueden probar o porque las mujeres, en algunos casos aconsejadas por sus abogados, utilizan la Ley de "forma abusiva" para obtener beneficios.
Así de contundente se mostró hoy el psiquiatra Juan Carlos Jiménez, presidente del Comité Organizador del XVII Congreso Nacional de Psiquiatría Legal, que se celebra hasta mañana en Zaragoza con el lema "Maltrato, Psiquiatría y Ley", en una rueda de prensa en la que señaló que hay hombres que están empezando a ser víctimas de situaciones "exageradas".
Por ejemplo, explicó Jiménez, se ven bastantes casos de personas paranoides que denuncian malos tratos y, sin embargo, es ella la que los está produciendo.
El presidente de la Sociedad Española de Psiquiatría Legal (SEPL), Iñaki Madariaga, señaló que han constatado que la violencia psicológica se utiliza como "herramienta para sacar beneficios", ya que se presta más a que se pervierta un poco y a la simulación, con el consejo de los abogados, a diferencia del maltrato físico que es más detectable.
Los cuadros psiquiátricos más ligados al maltrato son los ansioso depresivos y los de estrés postraumático, dijo.
Para detectar la violencia en la pareja existen criterios, signos y momentos de riesgo en los que, aunque son difíciles de limitar, se pueden prever determinadas conductas, entre otros:
1.- cuando la mujer establece una nueva relación y el hombre lo vive como algo personal o
2.- cuando salen las sentencias judiciales vinculadas al cuidado de los hijos o
3.- a las condiciones de la separación, explicó.
Según Jiménez, hay factores que dependen del agresor, de la víctima o del entorno.
Así, informó, existen perfiles de personas agresoras, en casos psicopáticas, y de víctimas, aquellas que tienden a "victimizarse" y que han sufrido o vivido situaciones similares en la infancia.
También hay momentos especiales en los que el entorno desencadena o reactiva determinados hechos, por ejemplo cuando se está en el momento procesal, señaló Jiménez, quien destacó que a veces la lentitud de la justicia condiciona el agotamiento de la mujer víctima que acaba abandonando.
El maltrato ha existido siempre, pero se quedaba en el diván de los psiquiatras, dijo.
Sin embargo, ahora los psiquiatras sacan del diván a los juzgados situaciones que observan que son derivadas de la infancia y que se conocían dentro de la familia, de la que antes no salían a la sociedad, agregó, al tiempo que afirmó que ese "acoso psicológico" que se nota a largo plazo es difícil de objetivar.
En ese caso, según Jiménez, los psiquiatras tienen que constatar lo que les cuentan estas personas con lo que están viendo, para luego declarar en los juzgados, algo "realmente muy complicado".
Según explicó Madariaga, en España no existen índices de maltrato a las mujeres superiores a los de otros países europeos, y su legislación, aunque es "más avanzada" desde un punto de vista operativo, no tiene una correlación práctica ya que la ciudadanía no se beneficia de la misma, dijo.
VIOLENCIA DE GÉNERO
Hay hombres que están empezando a ser víctimas de situaciones "exageradas".
La Voz de Asturias.
Entre el 20 y el 40 % de los hombres juzgados por violencia machista salen libres, debido a que la justicia se equivoca, a la existencia de denuncias que no se pueden probar o porque las mujeres, en algunos casos aconsejadas por sus abogados, utilizan la Ley de "forma abusiva" para obtener beneficios.
Así de contundente se mostró hoy el psiquiatra Juan Carlos Jiménez, presidente del Comité Organizador del XVII Congreso Nacional de Psiquiatría Legal, que se celebra hasta mañana en Zaragoza con el lema "Maltrato, Psiquiatría y Ley", en una rueda de prensa en la que señaló que hay hombres que están empezando a ser víctimas de situaciones "exageradas".
Por ejemplo, explicó Jiménez, se ven bastantes casos de personas paranoides que denuncian malos tratos y, sin embargo, es ella la que los está produciendo.
El presidente de la Sociedad Española de Psiquiatría Legal (SEPL), Iñaki Madariaga, señaló que han constatado que la violencia psicológica se utiliza como "herramienta para sacar beneficios", ya que se presta más a que se pervierta un poco y a la simulación, con el consejo de los abogados, a diferencia del maltrato físico que es más detectable.
Los cuadros psiquiátricos más ligados al maltrato son los ansioso depresivos y los de estrés postraumático, dijo.
Para detectar la violencia en la pareja existen criterios, signos y momentos de riesgo en los que, aunque son difíciles de limitar, se pueden prever determinadas conductas, entre otros:
1.- cuando la mujer establece una nueva relación y el hombre lo vive como algo personal o
2.- cuando salen las sentencias judiciales vinculadas al cuidado de los hijos o
3.- a las condiciones de la separación, explicó.
Según Jiménez, hay factores que dependen del agresor, de la víctima o del entorno.
Así, informó, existen perfiles de personas agresoras, en casos psicopáticas, y de víctimas, aquellas que tienden a "victimizarse" y que han sufrido o vivido situaciones similares en la infancia.
También hay momentos especiales en los que el entorno desencadena o reactiva determinados hechos, por ejemplo cuando se está en el momento procesal, señaló Jiménez, quien destacó que a veces la lentitud de la justicia condiciona el agotamiento de la mujer víctima que acaba abandonando.
El maltrato ha existido siempre, pero se quedaba en el diván de los psiquiatras, dijo.
Sin embargo, ahora los psiquiatras sacan del diván a los juzgados situaciones que observan que son derivadas de la infancia y que se conocían dentro de la familia, de la que antes no salían a la sociedad, agregó, al tiempo que afirmó que ese "acoso psicológico" que se nota a largo plazo es difícil de objetivar.
En ese caso, según Jiménez, los psiquiatras tienen que constatar lo que les cuentan estas personas con lo que están viendo, para luego declarar en los juzgados, algo "realmente muy complicado".
Según explicó Madariaga, en España no existen índices de maltrato a las mujeres superiores a los de otros países europeos, y su legislación, aunque es "más avanzada" desde un punto de vista operativo, no tiene una correlación práctica ya que la ciudadanía no se beneficia de la misma, dijo.
Los Puntos de Encuentro Familiar de Tenerife
http://www.laopinion.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2008110200_9_179463__Sociedad-Puntos-Encuentro-Familiar-Isla-saturados
Los dos Puntos de Encuentro Familiar de la Isla, saturados.
Los únicos centros en funcionamiento de Tenerife atienden 8.000 visitas al año.
01-11-2008
MIGUEL ÁNGEL AUTERO
SANTA CRUZ DE TENERIFE
Los 2 únicos Puntos de Encuentro Familiar (PEF) que existen en Tenerife reciben una media de 8.000 visitas al año, y en la actualidad mantienen en activo algo más de 170 expedientes, de los que 130 son atendidos por 4 educadores en el centro que está ubicado en El Sobradillo (Santa Cruz de Tenerife) y el resto en el de Puerto de la Cruz).
Según señala Raimundo Moreno, director de la Fundación Canaria Centro de Atención a la Familia -que se encarga de la gestión de ambos centros desde hace 7 años- "en la actualidad, y al sólo contar con dos PEF en Tenerife, la situación es de saturación".
El de Santa Cruz atiende la mayor parte de los casos, los del área metropolitana y los del sur de la Isla y "esto provoca que en este PEF hayamos duplicado la ratio de expedientes por educador aconsejada a nivel nacional, que es de 15. En Santa Cruz ésta es de más de 30 casos".
Pero la situación es más grave si cabe, denuncia Moreno "porque tenemos una lista de espera muy extensa, casos que hoy por hoy no podemos atender".
El PEF de la capital tinerfeña cuenta con 6 técnicos "1 psicóloga, 1 trabajadora social y 4 educadores, además de 2 administrativas, mientras que el de Puerto de la Cruz lo atienden 3 educadores" que llevan entre 35 y 40 expedientes.
Sólo 6 centros en las Islas.
En la actualidad, Canarias cuenta sólo con 6 PEF: 2 en Tenerife, 3 en Gran Canaria y 1 en Lanzarote. Según ha anunciado la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, se preveía abrir otros 2 antes de 2009, en La Palma y Fuerteventura. Sin embargo, parece estar más próximo el cierre de 1 de los PEF de Gran Canaria, si tal y como mantiene el Cabildo de esa Isla "el Gobierno regional no afronta la cofinanciación suficiente del mismo".
Los PEF son centros donde se favorece el derecho fundamental del niño a mantener las relaciones con sus familias, después de haberse producido una interrupción de la convivencia familiar (separaciones, divorcios), y el derecho de visita se ve interrumpido, es de difícil cumplimiento o se producen situaciones conflictivas entre el progenitor con la custodia y la otra parte.
Pero también pretenden establecer en esas familias rotas los vínculos necesarios para un buen desarrollo psíquico, afectivo y emocional del menor, así como garantizar que el cumplimiento del régimen de visitas no suponga una amenaza para la seguridad del menor y prevenir casos de violencia doméstica.
Según manifestó Moreno a La Opinión de Tenerife "los PEF que gestionamos funcionan a través de un reglamento elaborado por la propia fundación porque no existe ningún decreto, ninguna normativa, ni ley alguna que los regula".
A pesar de que quienes son usuarios de los servicios que ofrece el Punto de Encuentro lo hacen por orden judicial, no hay supervisión por parte de algún funcionario, sea de la Consejería de Bienestar Social o de la de Justicia, o del propio Ministerio de Justicia.
Reglamentación interna.
Sin embargo, los técnicos que trabajan en estos centros mantienen informados permanentemente a los juzgados ya que se encargan de elaborar "informes objetivos de todos los casos que les llegan, anotando cualquier incidencia que se observe, tanto las que se puedan producir en las propias instalaciones del punto de encuentro como posibles signos de maltrato que muestre el menor, aunque éstos se produzcan fuera del centro", señala Moreno.
En abril de 2007, se abría un PEF en el barrio aronero de El Fraile, con lo que Tenerife pasaba a contar con 3 centros.
Sin embargo, este centro abierto por el Ayuntamiento de Arona, fue cerrado el pasado mes de enero después de que se produjera el incendio de un vehículo aparcado en el exterior de la instalación y causara algunos desperfectos en la fachada del mismo.
Esta circunstancia, que se hubiera podido arreglar con apenas una mano de pintura, hizo que se clausurara el PEF y más de 22 familias del sur de la Isla se tuvieran que ver afectadas desde entonces y obligadas a trasladarse a Santa Cruz para cumplir con una resolución judicial.
Los dos Puntos de Encuentro Familiar de la Isla, saturados.
Los únicos centros en funcionamiento de Tenerife atienden 8.000 visitas al año.
01-11-2008
MIGUEL ÁNGEL AUTERO
SANTA CRUZ DE TENERIFE
Los 2 únicos Puntos de Encuentro Familiar (PEF) que existen en Tenerife reciben una media de 8.000 visitas al año, y en la actualidad mantienen en activo algo más de 170 expedientes, de los que 130 son atendidos por 4 educadores en el centro que está ubicado en El Sobradillo (Santa Cruz de Tenerife) y el resto en el de Puerto de la Cruz).
Según señala Raimundo Moreno, director de la Fundación Canaria Centro de Atención a la Familia -que se encarga de la gestión de ambos centros desde hace 7 años- "en la actualidad, y al sólo contar con dos PEF en Tenerife, la situación es de saturación".
El de Santa Cruz atiende la mayor parte de los casos, los del área metropolitana y los del sur de la Isla y "esto provoca que en este PEF hayamos duplicado la ratio de expedientes por educador aconsejada a nivel nacional, que es de 15. En Santa Cruz ésta es de más de 30 casos".
Pero la situación es más grave si cabe, denuncia Moreno "porque tenemos una lista de espera muy extensa, casos que hoy por hoy no podemos atender".
El PEF de la capital tinerfeña cuenta con 6 técnicos "1 psicóloga, 1 trabajadora social y 4 educadores, además de 2 administrativas, mientras que el de Puerto de la Cruz lo atienden 3 educadores" que llevan entre 35 y 40 expedientes.
Sólo 6 centros en las Islas.
En la actualidad, Canarias cuenta sólo con 6 PEF: 2 en Tenerife, 3 en Gran Canaria y 1 en Lanzarote. Según ha anunciado la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, se preveía abrir otros 2 antes de 2009, en La Palma y Fuerteventura. Sin embargo, parece estar más próximo el cierre de 1 de los PEF de Gran Canaria, si tal y como mantiene el Cabildo de esa Isla "el Gobierno regional no afronta la cofinanciación suficiente del mismo".
Los PEF son centros donde se favorece el derecho fundamental del niño a mantener las relaciones con sus familias, después de haberse producido una interrupción de la convivencia familiar (separaciones, divorcios), y el derecho de visita se ve interrumpido, es de difícil cumplimiento o se producen situaciones conflictivas entre el progenitor con la custodia y la otra parte.
Pero también pretenden establecer en esas familias rotas los vínculos necesarios para un buen desarrollo psíquico, afectivo y emocional del menor, así como garantizar que el cumplimiento del régimen de visitas no suponga una amenaza para la seguridad del menor y prevenir casos de violencia doméstica.
Según manifestó Moreno a La Opinión de Tenerife "los PEF que gestionamos funcionan a través de un reglamento elaborado por la propia fundación porque no existe ningún decreto, ninguna normativa, ni ley alguna que los regula".
A pesar de que quienes son usuarios de los servicios que ofrece el Punto de Encuentro lo hacen por orden judicial, no hay supervisión por parte de algún funcionario, sea de la Consejería de Bienestar Social o de la de Justicia, o del propio Ministerio de Justicia.
Reglamentación interna.
Sin embargo, los técnicos que trabajan en estos centros mantienen informados permanentemente a los juzgados ya que se encargan de elaborar "informes objetivos de todos los casos que les llegan, anotando cualquier incidencia que se observe, tanto las que se puedan producir en las propias instalaciones del punto de encuentro como posibles signos de maltrato que muestre el menor, aunque éstos se produzcan fuera del centro", señala Moreno.
En abril de 2007, se abría un PEF en el barrio aronero de El Fraile, con lo que Tenerife pasaba a contar con 3 centros.
Sin embargo, este centro abierto por el Ayuntamiento de Arona, fue cerrado el pasado mes de enero después de que se produjera el incendio de un vehículo aparcado en el exterior de la instalación y causara algunos desperfectos en la fachada del mismo.
Esta circunstancia, que se hubiera podido arreglar con apenas una mano de pintura, hizo que se clausurara el PEF y más de 22 familias del sur de la Isla se tuvieran que ver afectadas desde entonces y obligadas a trasladarse a Santa Cruz para cumplir con una resolución judicial.
La fiscal de violencia de género cuestiona el alejamiento forzoso de los maltratadores
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/fiscal/violencia/genero/cuestiona/alejamiento/forzoso/maltratadores/elpepisoc/20081101elpepisoc_5/Tes
La fiscal de violencia de género cuestiona el alejamiento forzoso de los maltratadores
CARMEN MORÁN - Madrid - 01/11/2008
3 años después de la entrada en vigor de la ley contra la violencia machista el alejamiento obligatorio del agresor cuando ha sido condenado sigue revelándose como uno de los puntos de posible modificación.
La fiscal para la violencia de género, Soledad Cazorla, criticó ayer que, en algunos casos, esta medida resulta "inoperante" y pidió que les concedan "un poco de margen" para que no siempre haya que recurrir a ello.
"No estoy en contra de la medida, pero sí de que siempre sea obligatorio".
De modo parecido se expresó la magistrada de la Audiencia Provincial de Madrid María Tardón, quien dijo haberse encontrado en varias ocasiones episodios esporádicos de violencia que luego se superan para los que sería más eficaz "emitir sentencias con ciertas condiciones que permitan a la pareja reanudar su convivencia".
Violencia contra las mujeres
Pero este asunto permanece atascado porque no se logra un acuerdo general.
Altamira Gonzalo, la presidenta de la Fundación Themis, de mujeres juristas, no cree que sea el momento de rebajar la protección de las víctimas aun cuando ellas mismas consideren que están fuera de riesgo.
El alejamiento forzoso ha sido uno de los puntos centrales del debate generado durante 2 días en Madrid en unas jornadas de reflexión organizadas por la Fundación Themis para analizar el funcionamiento de esta ley. Reflexiones se han escuchado muchas.
En ellas, y de forma reiterada, sobre otro asunto polémico en los tribunales que juzgan las agresiones machistas: la dispensa a la que pueden acogerse las mujeres para no declarar contra su pareja a la que denunciaron días antes.
Cuando eso ocurre, el proceso pierde una prueba fundamental, que a veces es la única porque la agresión ha ocurrido en la intimidad, sin testigos.
A Soledad Cazorla le resulta "incomprensible" que en estos delitos pueda utilizarse esta dispensa, porque la mujer es también la víctima.
En este punto tampoco hay unanimidad.
Todas coincidieron, sin embargo, en que siguen faltando medios para aplicar esta ley.
La fiscal afirmó que siguen teniendo "los mismos problemas jurídicos que tenían hace 3 años" e insistió en la incidencia superior de esta violencia en la población inmigrante, la falta de formación de las distintas personas que intervienen en estos procesos y la necesidad de evaluar con precisión el riesgo que corre la víctima para protegerla adecuadamente.
Gonzalo se empleó para desmontar la idea de que las mujeres presentan falsas denuncias.
El 72% de las resoluciones han sido condenatorias y eso no significa que el resto fueran denuncias falsas, sino que no hubo suficientes pruebas.
La fiscal de violencia de género cuestiona el alejamiento forzoso de los maltratadores
CARMEN MORÁN - Madrid - 01/11/2008
3 años después de la entrada en vigor de la ley contra la violencia machista el alejamiento obligatorio del agresor cuando ha sido condenado sigue revelándose como uno de los puntos de posible modificación.
La fiscal para la violencia de género, Soledad Cazorla, criticó ayer que, en algunos casos, esta medida resulta "inoperante" y pidió que les concedan "un poco de margen" para que no siempre haya que recurrir a ello.
"No estoy en contra de la medida, pero sí de que siempre sea obligatorio".
De modo parecido se expresó la magistrada de la Audiencia Provincial de Madrid María Tardón, quien dijo haberse encontrado en varias ocasiones episodios esporádicos de violencia que luego se superan para los que sería más eficaz "emitir sentencias con ciertas condiciones que permitan a la pareja reanudar su convivencia".
Violencia contra las mujeres
Pero este asunto permanece atascado porque no se logra un acuerdo general.
Altamira Gonzalo, la presidenta de la Fundación Themis, de mujeres juristas, no cree que sea el momento de rebajar la protección de las víctimas aun cuando ellas mismas consideren que están fuera de riesgo.
El alejamiento forzoso ha sido uno de los puntos centrales del debate generado durante 2 días en Madrid en unas jornadas de reflexión organizadas por la Fundación Themis para analizar el funcionamiento de esta ley. Reflexiones se han escuchado muchas.
En ellas, y de forma reiterada, sobre otro asunto polémico en los tribunales que juzgan las agresiones machistas: la dispensa a la que pueden acogerse las mujeres para no declarar contra su pareja a la que denunciaron días antes.
Cuando eso ocurre, el proceso pierde una prueba fundamental, que a veces es la única porque la agresión ha ocurrido en la intimidad, sin testigos.
A Soledad Cazorla le resulta "incomprensible" que en estos delitos pueda utilizarse esta dispensa, porque la mujer es también la víctima.
En este punto tampoco hay unanimidad.
Todas coincidieron, sin embargo, en que siguen faltando medios para aplicar esta ley.
La fiscal afirmó que siguen teniendo "los mismos problemas jurídicos que tenían hace 3 años" e insistió en la incidencia superior de esta violencia en la población inmigrante, la falta de formación de las distintas personas que intervienen en estos procesos y la necesidad de evaluar con precisión el riesgo que corre la víctima para protegerla adecuadamente.
Gonzalo se empleó para desmontar la idea de que las mujeres presentan falsas denuncias.
El 72% de las resoluciones han sido condenatorias y eso no significa que el resto fueran denuncias falsas, sino que no hubo suficientes pruebas.
Declaraciones de Dª Sofia II
http://www.elpais.com/articulo/espana/suicidio/asistido/buscar/complices/homicidio/elpepiesp/20081102elpepinac_7/Tes
"El suicidio asistido es buscar cómplices para un homicidio"
E. G. - Madrid - 02/11/2008
Sofía de Grecia. Reina de España
Nacimiento: 02-11-1938
Lugar: Atenas
"Pueden estar en su derecho o no de casarse [los gays], pero que no le llamen matrimonio"
"No me gustan las cuotas [para mujeres] en los cargos de dirección o de gobierno".
- Homosexualidad. "Puedo comprender, aceptar y respetar que haya personas con otra tendencia sexual, pero ¿que se sientan orgullosos por ser gays? ¿Qué se suban a una carroza y salgan en manifestaciones?
Si todos los que no somos gays saliéramos en manifestación... colapsaríamos el tráfico.
Si esas personas quieren vivir juntas, vestirse de novios y casarse, pueden estar en su derecho, o no, según las leyes de su país: pero que a eso no lo llamen matrimonio, porque no lo es. Hay muchos nombres posibles: contrato social, contrato de unión".
- Aborto y eutanasia. La periodista pregunta:
-¿Está a favor del aborto?
-En absoluto
-¿Y de la eutanasia?
-No soy partidaria. La vida y la muerte no están en nuestras manos.
-¿Muerte digna?
Totalmente de acuerdo. (...) El suicidio asistido es otra forma de presentarlo [la eutanasia], pero... ni en el nombre están acertados.
¿De qué se trata? De conseguir unos cómplices para un homicidio.
- Violencia de género. "Violencia doméstica, palizas, incluso parricidios... han ocurrido siempre. Ahora se informa más y con todo detalle. En cierto modo, se provoca un contagio, se dan ideas que otros imitan. Los propensos tienen un filón en esas noticias".
- Feminismo e igualdad. "Fisiológicamente y psíquicamente, somos diferentes. (...)
Sí, igualdad de derecho y derecho a la diferencia. Las leyes civiles no pueden ignorar las leyes naturales. (...)
No soy feminista ni machista. No me gustan las cuotas en los cargos de dirección o de Gobierno".
- Familia. "La inmensa mayoría de las familias son normales, como ha sido siempre la familia natural: marido, mujer, hijos, nietos... No una comuna de gente en aluvión, o trozos de familia, los hijos de él con la primera mujer, los de ella con el marido anterior, que se pretenden juntar de un modo artificial... Por muy potente que sea una moda, por mucha propaganda que le echen, hay cosas que no cambian, el hombre y la mujer, como pareja inicial, es una ley congénita con nuestra naturaleza. Y no es una ley de animales, es exclusivamente humana".
- Caza y maltrato animal. [La caza es una de las grandes aficiones del Rey] "Si yo me pierdo en un bosque, y pasan los días y no tengo qué comer, cazo. Pero cazo para sobrevivir. Pero ¿cazar como diversión? Que hagan lo que quieran, pero yo no lo comparto".
- El Rey no abdicará. "A un rey sólo debe jubilarle la muerte. (...)
Que muera en su cama y se diga: 'el Rey ha muerto'. (...)
No es urgente reformar la Constitución (...)
Ni el Rey está cansado ni el Príncipe está impaciente. (...)
¿Abdicar? ¡Nunca! El rey no abdicará jamás. Ni lo hablamos nunca.
Se da por sobrentendido que reinará hasta la muerte".
Y volvemos a lo de siempre: libertad de expresión, ¡sagrada libertad de expresión!".
"El suicidio asistido es buscar cómplices para un homicidio"
E. G. - Madrid - 02/11/2008
Sofía de Grecia. Reina de España
Nacimiento: 02-11-1938
Lugar: Atenas
"Pueden estar en su derecho o no de casarse [los gays], pero que no le llamen matrimonio"
"No me gustan las cuotas [para mujeres] en los cargos de dirección o de gobierno".
- Homosexualidad. "Puedo comprender, aceptar y respetar que haya personas con otra tendencia sexual, pero ¿que se sientan orgullosos por ser gays? ¿Qué se suban a una carroza y salgan en manifestaciones?
Si todos los que no somos gays saliéramos en manifestación... colapsaríamos el tráfico.
Si esas personas quieren vivir juntas, vestirse de novios y casarse, pueden estar en su derecho, o no, según las leyes de su país: pero que a eso no lo llamen matrimonio, porque no lo es. Hay muchos nombres posibles: contrato social, contrato de unión".
- Aborto y eutanasia. La periodista pregunta:
-¿Está a favor del aborto?
-En absoluto
-¿Y de la eutanasia?
-No soy partidaria. La vida y la muerte no están en nuestras manos.
-¿Muerte digna?
Totalmente de acuerdo. (...) El suicidio asistido es otra forma de presentarlo [la eutanasia], pero... ni en el nombre están acertados.
¿De qué se trata? De conseguir unos cómplices para un homicidio.
- Violencia de género. "Violencia doméstica, palizas, incluso parricidios... han ocurrido siempre. Ahora se informa más y con todo detalle. En cierto modo, se provoca un contagio, se dan ideas que otros imitan. Los propensos tienen un filón en esas noticias".
- Feminismo e igualdad. "Fisiológicamente y psíquicamente, somos diferentes. (...)
Sí, igualdad de derecho y derecho a la diferencia. Las leyes civiles no pueden ignorar las leyes naturales. (...)
No soy feminista ni machista. No me gustan las cuotas en los cargos de dirección o de Gobierno".
- Familia. "La inmensa mayoría de las familias son normales, como ha sido siempre la familia natural: marido, mujer, hijos, nietos... No una comuna de gente en aluvión, o trozos de familia, los hijos de él con la primera mujer, los de ella con el marido anterior, que se pretenden juntar de un modo artificial... Por muy potente que sea una moda, por mucha propaganda que le echen, hay cosas que no cambian, el hombre y la mujer, como pareja inicial, es una ley congénita con nuestra naturaleza. Y no es una ley de animales, es exclusivamente humana".
- Caza y maltrato animal. [La caza es una de las grandes aficiones del Rey] "Si yo me pierdo en un bosque, y pasan los días y no tengo qué comer, cazo. Pero cazo para sobrevivir. Pero ¿cazar como diversión? Que hagan lo que quieran, pero yo no lo comparto".
- El Rey no abdicará. "A un rey sólo debe jubilarle la muerte. (...)
Que muera en su cama y se diga: 'el Rey ha muerto'. (...)
No es urgente reformar la Constitución (...)
Ni el Rey está cansado ni el Príncipe está impaciente. (...)
¿Abdicar? ¡Nunca! El rey no abdicará jamás. Ni lo hablamos nunca.
Se da por sobrentendido que reinará hasta la muerte".
Y volvemos a lo de siempre: libertad de expresión, ¡sagrada libertad de expresión!".