http://www.youtube. com/watch? v=Dxb3fRl5Mno
http://www.lasprovincias.es/valencia/multimedia/videos/187510.html
Imposible separarse tras el 'boom' inmobiliario
Los divorciados de la era de la vivienda más cara se hunden en la precariedad - Ni pueden comprar, ni alquilar, ni pedir piso social
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Imposible/separarse/boom/inmobiliario/elpepisoc/20080208elpepisoc_1/Tes
M. ANTONIA SÁNCHEZ-VALLEJO / El Pais 08/02/2008
Los separados de la era del boom inmobiliario están quedando en la ruina: si no hay un buen acuerdo y macrosueldo, la imposibilidad de encontrar vivienda ha convertido a muchos en ciudadanos sin techo. Sólo en País Vasco y Madrid comienzan a tomarse tímidas medidas para que puedan aspirar a pisos sociales.
- Quien deba pasar pensión puede ver mermados sus ingresos un 35%
- Mujeres juristas alertan de los intentos de impago de la manutención
- Euskadi y Madrid ofrecen viviendas sociales a los divorciados
- Los comedores de Cáritas atienden a algunos separados. No es algo nuevo
- Muchos varones reclaman custodia compartida de forma automática
- "No hay denuncias falsas para acelerar el proceso", afirman en Themis
El casado casa quiere, reza un refrán formulado cuando el matrimonio era para toda la vida. Pero, ¿y el separado?
Tras la disolución del vínculo, y el pago de la pensión alimenticia, a veces acompañada de otra compensatoria, muchos ex cónyuges se ven abocados a una economía de crisis, a la mera subsistencia.
La vivienda se convierte en problema, y en algunos casos contenedores, caravanas en cámpings o pensiones, son la primera opción; luego, la solución del piso compartido o la vuelta al hogar de los padres.
Sólo que el regreso se hace, entonces, con medio hogar a cuestas: con la compañía temporal y regular de unos hijos que se hacen presentes en fines de semana o vacaciones.
Un separado o divorciado destina alrededor de un 35% de sus ingresos líquidos al pago de la pensión de alimentos (en torno al 20%) y de la compensatoria (un 15% de promedio), si la hubiera, pero el porcentaje puede ser aún mayor, rondando en algunos casos el 50%.
La pensión compensatoria se decide si el otro cónyuge resulta perjudicado en su nivel de vida por el cese de la convivencia.
Pero otro desembolso, mucho más difícil de cuantificar, es el de la segunda vivienda, lo que en teoría debería ser el otro hogar resultante de la separación, ya que en el 95% de los casos el cónyuge que se queda con la custodia de los hijos lo hace en la casa común.
Si sobre esa primera vivienda pesa una hipoteca, los juzgados de familia suelen dictaminar que la carga se satisfaga por mitades; así, al debe de la ruptura el cónyuge que se va de casa ha de sumar el pago de la mitad de aquélla.
Bruno Murillo, de 41 años, lleva seis separado. Con un hijo de dos años y una casa recién estrenada, tras la demanda de separación presentada por su mujer se vio de pronto en una pensión "porque no podía afrontar un alquiler si quería pagar la manutención".
Pero la factura de la fonda también resultaba gravosa y, alguna noche, llegó a dormir en su coche, en la calle. "Entonces era viajante, y así me ahorraba las dietas, con las que podía pagar la pensión de alimentos y la mitad de la hipoteca".
Al año de dar tumbos se fue a casa de sus padres.
Una vida de okupa que a duras penas conseguía crear el ambiente de hogar indispensable para las convivencias con su hijo.
Por eso, su familia le paga desde hace meses el alquiler de un piso en Canet de Mar (Barcelona), donde residen su ex mujer y su hijo.
"Vivo de alquiler gracias a mi familia", afirma Murillo, que hoy trabaja como técnico teatral. "Mi sueldo es de 1.200 euros, paso a mi ex 600 entre pensión e hipoteca, y gasto 100 euros más al mes en transporte.
De los 500 euros limpios, se me irían 450 en alquiler, así que sin ayuda no podría. Una vivienda independiente hace que la relación con mi hijo sea más normal, más fluida", concluye. Y en cuanto a la custodia compartida, principal caballo de batalla de muchos divorciados, habría resultado impensable solicitarla "a 60 kilómetros de distancia del domicilio familiar, la distancia a la que viven mis padres, de ahí la necesidad del alquiler".
Otros corren peor suerte. Eufemiano de Céspedes tiene 69 años. Los últimos siete los ha pasado, divorciado, en un contenedor habilitado como casa en la madrileña sierra de Guadarrama.
"Si uno tiene la desgracia de separarse es la ruina total, y no sólo económicamente hablando. Tenía régimen de gananciales, mi mujer no ha trabajado nunca, pero como el patrimonio estaba a su nombre, me vi en la calle, con 13,30 euros para pasar el mes.
¿Cómo va a vivir alguien con ese dinero?".
Eufemiano tiene dos hijos, que eran ya mayores de edad cuando se separó.
Con la ley del divorcio de 1981 vigente, el juez sentenció que el padre debía pasar una pensión de 100.000 pesetas de la época al menor, a la sazón de 30 años de edad.
"Yo me reí en su cara. ¿A alguien de 30 años? No me tome el pelo, señor juez, le dije. Y me desalojaron de la sala".
"Me pusieron dos multas y recibí tres sentencias con errores, la Justicia me ha tratado muy mal", se queja.
Antes de ocupar el contenedor, rodó por unas cuantas pensiones.
"He pasado mucha hambre y frío estos últimos años", clama mientras aprovecha para atacar una ley, la del divorcio, que, dice, "está hecha en contra del hombre".
"Es una ley absolutamente indiscriminada", contraataca Altamira Gonzalo Valgañón, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, contraria a la custodia compartida y favorable a una responsable, correlato de la corresponsabilidad previa en el cuidado de los hijos.
"El problema es que no se habla claro: la mayoría de estos hombres lo que plantean es dejar de pagar la pensión a los hijos y que la madre no se quede con la casa, que ésta se venda o reparta. En el núcleo de su preocupación no está el cuidado filial".
El presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia, Isidro Niñerola, constata la merma de nivel de vida que acarrea una separación para uno de los cónyuges, sino para ambos. "Uno de ellos, el obligado al pago , que es en la mayoría de los casos el hombre, queda en situación de inferioridad económica, llegando a ser ésta a menudo penosa.
Las pensiones que se imponen [de alimentación y compensatoria] son elevadas, pueden llegar al 35% de los ingresos líquidos del progenitor obligado a pagarlas. En cualquier caso, ese debería ser el tope máximo", sostiene Niñerola.
En el material de agravios que esgrimen los padres separados -no sin recordar, algunos, que en su situación se hallan también muchas mujeres-, la fiscalidad ocupa también espacio en la diana. "Fiscalmente no pertenecemos a la unidad familiar, en nuestra declaración de la Renta no podemos deducir por los hijos, sólo quien tiene la custodia".
De nuevo la custodia como catalizador de todos los rencores.
"A la hora de cumplir con Hacienda, desaparecemos de la familia, pero a efectos reales somos sus principales sostenedores", apunta Paco Rodríguez, de 46 años, padre de una niña de 10.
"Yo mantengo dos unidades familiares: la de mi ex y mi hija, y la de mis padres, en cuya casa me he visto obligado a instalarme como si fuera un okupa, viviendo de prestado", dice;
"todas mis cosas están en un guardamuebles".
Pese a su condición de funcionario, afrontar el pago de la pensión de alimentos más la mitad de la hipoteca del piso que compró con su pareja se le hace cuesta arriba.
Su ex, cuenta, ha tenido un hijo con otro hombre, con el que convive en el hogar que Paco contribuye a pagar.
"El nuevo novio de mi ex no colabora en los gastos domésticos, así que pago yo, por imperativo legal", se queja.
Situaciones como ésta, denuncia el presidente de la Asociación de Abogados de Familia, "deberían ser motivo de la extinción del uso por parte del cónyuge custodio".
Similar petición hace la Confederación Estatal de Padres y Madres Separados Conpapaymamá a los partidos políticos: la modificación del artículo 96 del Código Civil, es decir, que se reconsidere el derecho al usufructo del domicilio familiar si el usufructuario convive en él con otra pareja. Cabe recordar, no obstante, que la vivienda no se adjudica a uno de los cónyuges, sino para servir de hogar a los hijos.
Paco Rodríguez, con su sueldo de funcionario de nivel medio, se ve excluido del mercado inmobiliario. "No tengo acceso a pisos de protección oficial, porque son para gente que gana 800 euros al mes, pero tampoco puedo recurrir al mercado libre. Por eso no es de extrañar que la mayoría de los divorciados acabe compartiendo piso", afirma.
El déficit de viviendas ha encontrado respuesta en un par de Gobiernos autonómicos.
El Ministerio de Vivienda, en su Plan Estatal, no destina ningún cupo de viviendas de protección oficial (VPO) a separados; el Gobierno Vasco o la Comunidad de Madrid, sí, aunque con cuentagotas.
La Federación de Euskadi de Padres y Madres Separados (Kidetza) suscribió en 2006 con el Gobierno de Vitoria unos acuerdos para facilitar el acceso a VPO de separados y divorciados. El principal logro consiste en eliminar el plazo de dos años que un separado debía aguardar para optar al sorteo de una de estas plazas.
Etxebide, el Instituto Vasco de la Vivienda, se convierte así en pionero de una medida que allana el camino a la equiparación, en términos inmobiliarios, entre los dos hogares resultantes del divorcio.
En la Comunidad de Madrid, la avanzadilla es una tímida promoción de 202 pisos de protección oficial en alquiler. Pero, como lamenta Paco Rodríguez, la desproporción en el reparto resulta discriminatoria.
"En el primer paquete, consistente en 40 viviendas, 38 han ido a parar a mujeres y sólo 2 a hombres", dice. Algo que, sostiene, no sucedería -ni se convertiría en un casus belli más- si, como proponen las asociaciones de divorciados, se disuelve automáticamente el régimen de gananciales -si ése fuera el del matrimonio- en el mismo acto del divorcio.
En los comedores sociales de las grandes ciudades no es infrecuente la figura del padre separado. "No es un fenómeno nuevo. Tampoco resultan extraños en la calle, entre las filas de los sin techo. Por decirlo de alguna manera, la situación que sigue a una ruptura familiar puede derivar en una transitoriedad precaria", explica Sergio Barciela, responsable del programa Personas sin Hogar de Cáritas. "Los hombres separados que acuden a nuestros comedores no son el perfil habitual del sin techo; la suya es una situación coyuntural", añade.
Last, but not least, la pugna por la custodia compartida, que las asociaciones de divorciados -imposible averiguar el número total de afiliados- reclaman como norma automática en todo proceso, salvo cuando uno de los cónyuges renuncie expresamente a ella o bien concurran "causas suficientes".
En el entrecomillado se agazapa otro de los puntos más peliagudos de la batalla por lograr las mejores condiciones posibles posdivorcio: las presuntas denuncias falsas por maltrato. Basta una sola para que la posibilidad de optar a la custodia compartida se volatilice para el progenitor acusado.
Bruno Murillo ha pasado por ello. "Mi ex interpuso contra mí denuncias falsas, que el juez desestimó. Pero, en lugar de probar la culpabilidad, lo que resulta más difícil en estos casos es demostrar la inocencia. Yo obtuve una sentencia absolutoria, pero la vista por la custodia compartida no se llegó a celebrar".
"Las denuncias por maltrato, sobre todo si son falsas, constituyen un tema gravísimo, que se hace eco de la alarma generada por la violencia doméstica", expone Isidro Niñerola.
"Los juzgados de violencia doméstica están viendo no sólo causas penales, sino también civiles: disputas en torno al régimen de visitas, etcétera. Denuncias que intentan propiciar la exclusión de la custodia compartida. Los juzgados [de violencia de género] están colapsados, y haría falta una profunda reforma para eliminar de ellos toda la jurisdicción civil que ven a diario".
Altamira Gonzalo, de Themis, niega la mayor: "Es mentira que se utilicen denuncias falsas para acelerar el proceso. Con nueve mujeres asesinadas en lo que va de año, resulta terrible oír eso. Un estudio de la Audiencia Provincial de Barcelona estima en un 4% el porcentaje de denuncias falsas, similar al de cualquier otro tipo de denuncias".
"Se está siguiendo una política de discriminación positiva hacia las mujeres, y es políticamente incorrecto no secundar ese discurso", replica Rodríguez, secretario de la Unión de Separad@s de Madrid. Rodríguez recalca que la asociación que representa "es mixta, de padres y madres". El símbolo de la arroba como una vuelta de tuerca más, en insondable espiral, a un drama cotidiano que se enquista en el tiempo y en el espacio.
http://www.20minutos.es/data/edicionimpresa/madrid/08/02/MADR_12_02_08.pdf
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
viernes, 8 de febrero de 2008
miércoles, 6 de febrero de 2008
Fondo de Pensiones en Euskadi,2008
1.- Separados vascos esperan que el fondo para impago de pensiones funcione para verano
http://www.diariovasco.com/20080205/al-dia-sociedad/separados-vascos-esperan-fondo-20080205.html
ANE URDANGARIN
SAN SEBASTIÁN.DV. Cuanto antes, mejor.
La Federación de Madres y Padres Separados de Euskadi, Kidetza, confía en que el fondo vasco de garantía social para el impago de pensiones alimenticias empiece a funcionar para el verano y contemple ayudas «dignas» que cubran las «necesidades reales» de los hijos, «quienes son los que verdaderamente hay que proteger».
Este fondo, que ya funciona a nivel estatal aunque con unas cantidades que consideran «indignas», vendrá a cubrir las necesidades de los hijos que no reciben la pensión alimenticia regulada tras la separación de sus progenitores.
El presidente de Kidetza y también de la confederación estatal Con Papa y Mamá, Justo Sáenz, se congratuló por el gran paso que ha dado esta reivindicación histórica de los separados vascos tras el pleno del Parlamento del pasado viernes, en el que todos los grupos acordaron una moción para instar al Ejecutivo autonómico a preparar la regulación de este fondo en un plazo de seis meses. Desde Kidetza, donde acogieron con «gran alegría» esta decisión, reclaman que el decreto que regule estas ayudas sea negociado y esté listo «cuanto antes».
La asociación de padres separados estima que el impago de pensiones afecta al 12% de los separados y divorciados del País Vasco. En 2006 se registraron en Gipuzkoa 1.719 rupturas matrimoniales, por lo que se calcula que cerca de 200 familias pueden recibir cada año la ayuda correspondiente.
Sáenz confía en que el fondo vasco tenga una cobertura mucho más amplia que la ayuda alimenticia de cien euros mensuales por hijo por impago de pensiones que concede el Gobierno central. «Además, son para un tiempo determinado y excluye a mayores de 18 años. Realmente, se trata de un fondo poco social, muy poco de izquierdas», criticó al ejecutivo de Rodríguez Zapatero, al tiempo que reclamó que las ayudas vascas cubran las necesidades reales por tiempo indeterminado y no se limiten sólo a los menores, «porque no podemos decirles con 18 años 'búscate la vida'».
Desde Kidetza también reclaman que este fondo vasco sea gestionado por las diputaciones forales, debido a que tienen una «relación directa» con las Haciendas, por lo que están en mejor situación para perseguir a quienes incumplen la responsabilidad con los menores.
Asimismo, las familias separadas subrayan la importancia de poner todos los medios para que los hijos estén bien atendidos, «y si en un momento dado un juzgado dice que el padre tiene que devolver el dinero, lo lógico es que lo devuelva».
Divorcios conflictivos.
Dada la cercanía de las próximas elecciones, la Confederación estatal de padres y madres separados ha recogido en un documento las medidas que consideran más urgentes:
1.-la creación de un Ministerio de la Familia, «como el que tienen en otros países vecinos»,
2.-la reforma de la ley del divorcio o
3.-la modificación de la ley de protección integral contra la violencia de género.
Sáenz argumenta estas peticiones en el incremento del número de separaciones y divorcios, y en que «su resolución por la vía contenciosa ha aumentado mucho».
A nivel estatal, en 2006, el 60% de las separaciones se resolvieron por mutuo acuerdo y el 40% por vía contenciosa.
En Gipuzkoa, el 70% de las rupturas se acordaron de forma amistosa (porcentaje que en 2005 era del 75%).
El presidente de Kidetza cita el aumento de peticiones de guardia y custodia compartida por los hombres, o la «utilización perversa» de la ley de violencia de género para «coaccionar a la otra parte o conseguir ventajas en el proceso de separación» como algunos de los motivos del aumento de la conflictividad familiar.
La obtención de beneficios económicos por parte del progenitor custodio, en perjuicio del no custodio, la falta de regulación y dotación económica de los puntos de encuentro familiares y la escasez de programas de mediación familiar son algunos de los puntos que deben mejorar a juicio de la asociación Con Papá y Mamá, desde donde reclaman la custodia compartida como modelo preferente tras la separación de los padres y una reforma «profunda» del Derecho de Familia, «una reforma moderna y progresista del código civil».
La confederación intentará entregar su programa de demandas a José Luis Rodríguez Zapatero el sábado en Donostia, donde participará en un acto de la precampaña electoral.
Sáenz espera que «lo reciba en mano y muestre más sensibilidad que el intento que realizaron nuestros compañeros de Valencia».
http://www.diariovasco.com/20080205/al-dia-sociedad/separados-vascos-esperan-fondo-20080205.html
ANE URDANGARIN
SAN SEBASTIÁN.DV. Cuanto antes, mejor.
La Federación de Madres y Padres Separados de Euskadi, Kidetza, confía en que el fondo vasco de garantía social para el impago de pensiones alimenticias empiece a funcionar para el verano y contemple ayudas «dignas» que cubran las «necesidades reales» de los hijos, «quienes son los que verdaderamente hay que proteger».
Este fondo, que ya funciona a nivel estatal aunque con unas cantidades que consideran «indignas», vendrá a cubrir las necesidades de los hijos que no reciben la pensión alimenticia regulada tras la separación de sus progenitores.
El presidente de Kidetza y también de la confederación estatal Con Papa y Mamá, Justo Sáenz, se congratuló por el gran paso que ha dado esta reivindicación histórica de los separados vascos tras el pleno del Parlamento del pasado viernes, en el que todos los grupos acordaron una moción para instar al Ejecutivo autonómico a preparar la regulación de este fondo en un plazo de seis meses. Desde Kidetza, donde acogieron con «gran alegría» esta decisión, reclaman que el decreto que regule estas ayudas sea negociado y esté listo «cuanto antes».
La asociación de padres separados estima que el impago de pensiones afecta al 12% de los separados y divorciados del País Vasco. En 2006 se registraron en Gipuzkoa 1.719 rupturas matrimoniales, por lo que se calcula que cerca de 200 familias pueden recibir cada año la ayuda correspondiente.
Sáenz confía en que el fondo vasco tenga una cobertura mucho más amplia que la ayuda alimenticia de cien euros mensuales por hijo por impago de pensiones que concede el Gobierno central. «Además, son para un tiempo determinado y excluye a mayores de 18 años. Realmente, se trata de un fondo poco social, muy poco de izquierdas», criticó al ejecutivo de Rodríguez Zapatero, al tiempo que reclamó que las ayudas vascas cubran las necesidades reales por tiempo indeterminado y no se limiten sólo a los menores, «porque no podemos decirles con 18 años 'búscate la vida'».
Desde Kidetza también reclaman que este fondo vasco sea gestionado por las diputaciones forales, debido a que tienen una «relación directa» con las Haciendas, por lo que están en mejor situación para perseguir a quienes incumplen la responsabilidad con los menores.
Asimismo, las familias separadas subrayan la importancia de poner todos los medios para que los hijos estén bien atendidos, «y si en un momento dado un juzgado dice que el padre tiene que devolver el dinero, lo lógico es que lo devuelva».
Divorcios conflictivos.
Dada la cercanía de las próximas elecciones, la Confederación estatal de padres y madres separados ha recogido en un documento las medidas que consideran más urgentes:
1.-la creación de un Ministerio de la Familia, «como el que tienen en otros países vecinos»,
2.-la reforma de la ley del divorcio o
3.-la modificación de la ley de protección integral contra la violencia de género.
Sáenz argumenta estas peticiones en el incremento del número de separaciones y divorcios, y en que «su resolución por la vía contenciosa ha aumentado mucho».
A nivel estatal, en 2006, el 60% de las separaciones se resolvieron por mutuo acuerdo y el 40% por vía contenciosa.
En Gipuzkoa, el 70% de las rupturas se acordaron de forma amistosa (porcentaje que en 2005 era del 75%).
El presidente de Kidetza cita el aumento de peticiones de guardia y custodia compartida por los hombres, o la «utilización perversa» de la ley de violencia de género para «coaccionar a la otra parte o conseguir ventajas en el proceso de separación» como algunos de los motivos del aumento de la conflictividad familiar.
La obtención de beneficios económicos por parte del progenitor custodio, en perjuicio del no custodio, la falta de regulación y dotación económica de los puntos de encuentro familiares y la escasez de programas de mediación familiar son algunos de los puntos que deben mejorar a juicio de la asociación Con Papá y Mamá, desde donde reclaman la custodia compartida como modelo preferente tras la separación de los padres y una reforma «profunda» del Derecho de Familia, «una reforma moderna y progresista del código civil».
La confederación intentará entregar su programa de demandas a José Luis Rodríguez Zapatero el sábado en Donostia, donde participará en un acto de la precampaña electoral.
Sáenz espera que «lo reciba en mano y muestre más sensibilidad que el intento que realizaron nuestros compañeros de Valencia».
Igualdad ó Discriminación Positiva: ¿ Hasta Cuando ?
"Discriminacion "positiva"
http://www.noticiaslocales.org/puerto/ampliar-ciudadano.php?control=1197
03 de Febrero de 2008
España aprobó en 1978 su nueva Constitución, que indica en su artículo 14 que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Discriminar es hacer una distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos varios (sexo, raza, religión, condición social...) cuyo propósito o resultado sea anular o disminuir el reconocimiento, preferencia o ejercicio, en iguales condiciones, de los derechos humanos y libertades fundamentales en la política, la economía, la sociedad, la cultura o cualquier otra esfera de la vida pública.
Tras haber expuesto la legislación actual y la definición de "discriminar", no entiendo como todavía en este país se siguen haciendo políticas de discriminación "positiva", creando leyes como "la ley de igualdad entre hombres y mujeres" y "la ley sobre medidas de protección integral contra la violencia de género", siendo que ambas leyes van dirigidas a discriminar al hombre, tanto en el ámbito judicial como en el ámbito social.
Dos claros ejemplos son, en primer lugar y acorde a "la ley sobre medidas de protección integral contra la violencia de genero", la diferencia existente en el trato que se da a un hombre y a una mujer cuando ambos riñen en el ámbito familiar, siendo cuando una pareja discute y la mujer agrede al marido propinándole una cachetada, acto seguido el hombre y de forma instintiva, sujeta a la mujer para que no le siga agrediendo, la mujer al considerarse agredida acude inmediatamente a la policía y denuncia que ha sido agredida por su pareja, inmediatamente las fuerzas y cuerpos de seguridad acuden al domicilio a detener al hombre e imputarle un delito de "violencia de genero", y aun cuando, la mujer ha manifestado que fue ella la que agredió primero a su marido, ha esto se le llama "discriminación positiva", es decir, proteger los derechos de la mujer discriminando los derechos del hombre.
En segundo lugar y acorde a "la ley de igualdad entre hombres y mujeres", tenemos el caso de la corresponsabilidad parental que se ejercen sobre menores habidos durante el matrimonio, existiendo una discriminación hacia el hombre en caso de separación o divorcio, un claro ejemplo es el siguiente: la pareja durante la vida matrimonial ejerce la guarda y custodia de los hijos menores de forma compartida, pero cuando se produce la ruptura de la pareja, ambos deben de llegar a un acuerdo sobre dicha guarda y custodia, siendo en el 64% de los casos de mutuo acuerdo, y a su vez, dentro de este porcentaje se suele acordar que en el 93% las guardas y custodias sean para las madres (la mayoría de las veces por recomendación de abogados y bajo coacciones), un 2% para los padres y un 5% guarda y custodia compartida.
Pero el problema viene cuando la ruptura es conflictiva y no se llega a un acuerdo mutuo, es decir, comienza un contencioso judicial que equivale al 36% de separaciones y divorcios, y donde a su vez, dentro de este porcentaje se suele adjudicar la guarda y custodia de los menores a las madres en un 95%, en un 2% a los padres y en un 3% a Organismos Públicos.
Como podemos observar en el segundo caso (36% separaciones conflictivas), la mayoría de las guardas y custodias se otorgan a las madres en un 95%, siendo que nos encontramos otra vez con una discriminación positiva, donde se protegen los derechos de la mujer discriminando los derechos del hombre, y aun mas todavía, se discriminan los derechos de los menores a crecer, educarse y relacionarse con ambos progenitores de una forma equitativa.
Es curioso, a su vez, ver como se otorgan estas guardas y custodias en casos de conflictividad entre la pareja, siendo que ante situaciones iguales, se toman decisiones diferentes, y me remito a ejemplos claros que se pueden ver en sentencias judiciales, tales como, si la mujer no trabaja dicen que ella tiene mas tiempo para dedicarse al cuidado y crianza del menor, sin embargo, si el hombre no trabaja dicen que es un irresponsable ya que si no tiene trabajo ¿como va a poder ser capaz de cuidar y mantener a su descendiente?
En resumen, aunque podamos ver que la discriminación esta contemplada como un delito tipificado en el articulo 510 del Código Penal, la discriminación "positiva" donde se discriminan los derechos de algunos ciudadanos en favor de los derechos de otros, no es un delito.
Adriano Moguel Bedek, Puerto Real (Cádiz)
APIF-CADIZ, EL MEJOR PADRE LOS DOS PADRES
CUSTODIA COMPARTIDA, SI
DENUNCIAS FALSAS, NO
MEDIACION FAMILIAR, SI
SINDROME DE ALIENACION PARENTAL, NO
Por el derecho de los niños/as a ser criados por ambos padres
http://apif-cadiz.iespana.es
consultas y contacto: apif-cadiz@hotmail.com
http://www.noticiaslocales.org/puerto/ampliar-ciudadano.php?control=1197
03 de Febrero de 2008
España aprobó en 1978 su nueva Constitución, que indica en su artículo 14 que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Discriminar es hacer una distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos varios (sexo, raza, religión, condición social...) cuyo propósito o resultado sea anular o disminuir el reconocimiento, preferencia o ejercicio, en iguales condiciones, de los derechos humanos y libertades fundamentales en la política, la economía, la sociedad, la cultura o cualquier otra esfera de la vida pública.
Tras haber expuesto la legislación actual y la definición de "discriminar", no entiendo como todavía en este país se siguen haciendo políticas de discriminación "positiva", creando leyes como "la ley de igualdad entre hombres y mujeres" y "la ley sobre medidas de protección integral contra la violencia de género", siendo que ambas leyes van dirigidas a discriminar al hombre, tanto en el ámbito judicial como en el ámbito social.
Dos claros ejemplos son, en primer lugar y acorde a "la ley sobre medidas de protección integral contra la violencia de genero", la diferencia existente en el trato que se da a un hombre y a una mujer cuando ambos riñen en el ámbito familiar, siendo cuando una pareja discute y la mujer agrede al marido propinándole una cachetada, acto seguido el hombre y de forma instintiva, sujeta a la mujer para que no le siga agrediendo, la mujer al considerarse agredida acude inmediatamente a la policía y denuncia que ha sido agredida por su pareja, inmediatamente las fuerzas y cuerpos de seguridad acuden al domicilio a detener al hombre e imputarle un delito de "violencia de genero", y aun cuando, la mujer ha manifestado que fue ella la que agredió primero a su marido, ha esto se le llama "discriminación positiva", es decir, proteger los derechos de la mujer discriminando los derechos del hombre.
En segundo lugar y acorde a "la ley de igualdad entre hombres y mujeres", tenemos el caso de la corresponsabilidad parental que se ejercen sobre menores habidos durante el matrimonio, existiendo una discriminación hacia el hombre en caso de separación o divorcio, un claro ejemplo es el siguiente: la pareja durante la vida matrimonial ejerce la guarda y custodia de los hijos menores de forma compartida, pero cuando se produce la ruptura de la pareja, ambos deben de llegar a un acuerdo sobre dicha guarda y custodia, siendo en el 64% de los casos de mutuo acuerdo, y a su vez, dentro de este porcentaje se suele acordar que en el 93% las guardas y custodias sean para las madres (la mayoría de las veces por recomendación de abogados y bajo coacciones), un 2% para los padres y un 5% guarda y custodia compartida.
Pero el problema viene cuando la ruptura es conflictiva y no se llega a un acuerdo mutuo, es decir, comienza un contencioso judicial que equivale al 36% de separaciones y divorcios, y donde a su vez, dentro de este porcentaje se suele adjudicar la guarda y custodia de los menores a las madres en un 95%, en un 2% a los padres y en un 3% a Organismos Públicos.
Como podemos observar en el segundo caso (36% separaciones conflictivas), la mayoría de las guardas y custodias se otorgan a las madres en un 95%, siendo que nos encontramos otra vez con una discriminación positiva, donde se protegen los derechos de la mujer discriminando los derechos del hombre, y aun mas todavía, se discriminan los derechos de los menores a crecer, educarse y relacionarse con ambos progenitores de una forma equitativa.
Es curioso, a su vez, ver como se otorgan estas guardas y custodias en casos de conflictividad entre la pareja, siendo que ante situaciones iguales, se toman decisiones diferentes, y me remito a ejemplos claros que se pueden ver en sentencias judiciales, tales como, si la mujer no trabaja dicen que ella tiene mas tiempo para dedicarse al cuidado y crianza del menor, sin embargo, si el hombre no trabaja dicen que es un irresponsable ya que si no tiene trabajo ¿como va a poder ser capaz de cuidar y mantener a su descendiente?
En resumen, aunque podamos ver que la discriminación esta contemplada como un delito tipificado en el articulo 510 del Código Penal, la discriminación "positiva" donde se discriminan los derechos de algunos ciudadanos en favor de los derechos de otros, no es un delito.
Adriano Moguel Bedek, Puerto Real (Cádiz)
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DENUNCIAS FALSAS, NO
MEDIACION FAMILIAR, SI
SINDROME DE ALIENACION PARENTAL, NO
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lunes, 4 de febrero de 2008
¿ Pulso a la Custodia Compartida ?
El pulso por la custodia compartida
http://www.lexfamily.es/
M.ª Dolores Azaustre Garrido
Abogada de Familia y Letrada rotal
Zarraluqui –Abogados de Familia en Córdoba.
Ante un divorcio, hombre y mujer temen porque no les sea arrebatada la custodia de los hijos.
Y al margen del cariño y verdadera voluntad de querer tener consigo a los hijos, hemos de ser realistas y no podemos obviar que subyace también un amplio abanico de intereses económicos (vivienda y pensiones) que hace que las pasiones se tornen desenfrenadas. Comienza así el denominado pulso por la custodia compartida.
Desde que se aprobó la nueva ley del divorcio (julio de 2005), señalan las estadísticas que, hasta el primer trimestre de 2.007, se produjeron en España más de 270.000 rupturas, en las que se han visto afectados más de 450.000 niños.
El divorcio es algo tan extendido en nuestros días que es urgente la divulgación de pautas conciliadoras que contribuyan a erradicar las guerras intrafamiliares que actúan como abono de una sociedad enfermiza en la que habrán de vivir nuestros pequeños.
Cada ser humano actúa de manera diferente ante las encrucijadas de la vida.
Las decisiones vitales suelen estar influenciadas por nuestra cultura, la educación recibida, el propio temperamento y otras muchas circunstancias que, acompañadas de la templanza y el raciocinio, la mayor parte de las veces nos llevan a la toma de decisiones, adoptadas al menos con la esperanza de que actuamos en el camino acertado.
Sin embargo, hay veces en que la pasión ciega la razón. Y eso es fácilmente constatable ante una de las decisiones más relevantes de cualquier persona, como es el divorcio.
Frente al anhelo de poner fin a una desgastada relación conyugal, asalta el miedo ante la incertidumbre de las consecuencias del cambio.
Hace años era casi impensable que la custodia de los hijos se otorgara al padre.
Entonces estaban bien diferenciados los miedos de los hombres y mujeres ante el divorcio; éstas se preguntaban:
¿llegaré a fin de mes?,
¿podrán mis hijos estudiar una carrera?,
¿se seguirá pagando la hipoteca?,
¿y qué hago si se da de baja en el trabajo? ...
y los hombres perdían el sueño ante interrogantes como
¿dónde viviré ahora?,
¿tendré suficiente para vivir?,
¿podré ver a mis hijos?, etc...
Sin embargo, los tiempos han cambiado y la ley también, y ahora todos esos miedos son comunes, y ya no son propios de hombres ni de mujeres.
Tras la nueva ley está abierta la posibilidad de ambos progenitores de solicitar la custodia de los hijos, no siendo automática la concesión de la custodia a la madre, que llevaba aparejada la atribución del uso de la vivienda familiar y la obligación del progenitor no custodio de abonar una pensión para los hijos.
Ahora, ante un divorcio, hombre y mujer temen porque no les sea arrebatada la custodia de los hijos.
Y al margen del cariño y verdadera voluntad de querer tener consigo a los hijos, hemos de ser realistas y no podemos obviar que subyace también un amplio abanico de intereses económicos (vivienda y pensiones) que hace que las pasiones se tornen desenfrenadas. Comienza así el denominado pulso por la custodia compartida.
Y uno de los efectos de la nueva regulación legal ha sido abrir un nuevo frente de batalla en los juzgados de familia, en el que, a modo de pulso devastador e hiriente, los progenitores emplean todas sus fuerzas por conseguir a los hijos, iniciándose una verdadera lucha de pasiones y sentimientos en la que con ímpetu se intenta desprestigiar al otro progenitor para ensalzar las virtudes propias.
Y aunque desde el punto de vista humano la lucha es entendible, su utilización es un gran error, pues uno de los requisitos que exige la ley para la custodia compartida es que exista buena relación entre los progenitores y que compartan similares pautas educativas.
Precisamente por la falta de este requisito, han sido muchas las sentencias que han denegado la custodia compartida.
Tras la entrada en vigor de la nueva ley del divorcio, parecieron verse pronto frustradas las expectativas de que fuese real la posibilidad de custodia compartida, pues sólo con la oposición de uno de los progenitores, los tribunales entendían que al no existir consenso en esta medida eran muy escasas las posibilidades de éxito en la práctica de una custodia compartida.
Ello suponía dejar al arbitrio de uno de los cónyuges la decisión, y estamos presenciando un cambio importante en la jurisprudencia, y así, son cada vez más las sentencias que, pese a la oposición de uno de los progenitores, otorgan la custodia compartida:
Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, de 31 de octubre de 2006, en la que a pesar de la oposición materna se demostró la capacidad de ambos progenitores para asumir la custodia, que habían venido realizando de manera conjunta mientras el grupo familiar estuvo unido.
Y en igual sentido, una Sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, pese a la oposición materna, también otorga la custodia compartida, al valorar que existe madurez personal y capacidad de los padres para separar el plano de la relación de pareja de sus roles como padres.
La custodia compartida no es pues cuestión de pulsos ni de campañas de desprestigio hacia el otro progenitor.
Las claves para su obtención residen en demostrar, desde la templanza y la razón, que la mejor opción para los hijos es que sigan siendo cuidados por ambos, siempre que sean igual de capaces y reúnan similares condiciones de idoneidad para desempeñar tan importante labor.
© LexFamily S. L.
http://www.lexfamily.es/
M.ª Dolores Azaustre Garrido
Abogada de Familia y Letrada rotal
Zarraluqui –Abogados de Familia en Córdoba.
Ante un divorcio, hombre y mujer temen porque no les sea arrebatada la custodia de los hijos.
Y al margen del cariño y verdadera voluntad de querer tener consigo a los hijos, hemos de ser realistas y no podemos obviar que subyace también un amplio abanico de intereses económicos (vivienda y pensiones) que hace que las pasiones se tornen desenfrenadas. Comienza así el denominado pulso por la custodia compartida.
Desde que se aprobó la nueva ley del divorcio (julio de 2005), señalan las estadísticas que, hasta el primer trimestre de 2.007, se produjeron en España más de 270.000 rupturas, en las que se han visto afectados más de 450.000 niños.
El divorcio es algo tan extendido en nuestros días que es urgente la divulgación de pautas conciliadoras que contribuyan a erradicar las guerras intrafamiliares que actúan como abono de una sociedad enfermiza en la que habrán de vivir nuestros pequeños.
Cada ser humano actúa de manera diferente ante las encrucijadas de la vida.
Las decisiones vitales suelen estar influenciadas por nuestra cultura, la educación recibida, el propio temperamento y otras muchas circunstancias que, acompañadas de la templanza y el raciocinio, la mayor parte de las veces nos llevan a la toma de decisiones, adoptadas al menos con la esperanza de que actuamos en el camino acertado.
Sin embargo, hay veces en que la pasión ciega la razón. Y eso es fácilmente constatable ante una de las decisiones más relevantes de cualquier persona, como es el divorcio.
Frente al anhelo de poner fin a una desgastada relación conyugal, asalta el miedo ante la incertidumbre de las consecuencias del cambio.
Hace años era casi impensable que la custodia de los hijos se otorgara al padre.
Entonces estaban bien diferenciados los miedos de los hombres y mujeres ante el divorcio; éstas se preguntaban:
¿llegaré a fin de mes?,
¿podrán mis hijos estudiar una carrera?,
¿se seguirá pagando la hipoteca?,
¿y qué hago si se da de baja en el trabajo? ...
y los hombres perdían el sueño ante interrogantes como
¿dónde viviré ahora?,
¿tendré suficiente para vivir?,
¿podré ver a mis hijos?, etc...
Sin embargo, los tiempos han cambiado y la ley también, y ahora todos esos miedos son comunes, y ya no son propios de hombres ni de mujeres.
Tras la nueva ley está abierta la posibilidad de ambos progenitores de solicitar la custodia de los hijos, no siendo automática la concesión de la custodia a la madre, que llevaba aparejada la atribución del uso de la vivienda familiar y la obligación del progenitor no custodio de abonar una pensión para los hijos.
Ahora, ante un divorcio, hombre y mujer temen porque no les sea arrebatada la custodia de los hijos.
Y al margen del cariño y verdadera voluntad de querer tener consigo a los hijos, hemos de ser realistas y no podemos obviar que subyace también un amplio abanico de intereses económicos (vivienda y pensiones) que hace que las pasiones se tornen desenfrenadas. Comienza así el denominado pulso por la custodia compartida.
Y uno de los efectos de la nueva regulación legal ha sido abrir un nuevo frente de batalla en los juzgados de familia, en el que, a modo de pulso devastador e hiriente, los progenitores emplean todas sus fuerzas por conseguir a los hijos, iniciándose una verdadera lucha de pasiones y sentimientos en la que con ímpetu se intenta desprestigiar al otro progenitor para ensalzar las virtudes propias.
Y aunque desde el punto de vista humano la lucha es entendible, su utilización es un gran error, pues uno de los requisitos que exige la ley para la custodia compartida es que exista buena relación entre los progenitores y que compartan similares pautas educativas.
Precisamente por la falta de este requisito, han sido muchas las sentencias que han denegado la custodia compartida.
Tras la entrada en vigor de la nueva ley del divorcio, parecieron verse pronto frustradas las expectativas de que fuese real la posibilidad de custodia compartida, pues sólo con la oposición de uno de los progenitores, los tribunales entendían que al no existir consenso en esta medida eran muy escasas las posibilidades de éxito en la práctica de una custodia compartida.
Ello suponía dejar al arbitrio de uno de los cónyuges la decisión, y estamos presenciando un cambio importante en la jurisprudencia, y así, son cada vez más las sentencias que, pese a la oposición de uno de los progenitores, otorgan la custodia compartida:
Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, de 31 de octubre de 2006, en la que a pesar de la oposición materna se demostró la capacidad de ambos progenitores para asumir la custodia, que habían venido realizando de manera conjunta mientras el grupo familiar estuvo unido.
Y en igual sentido, una Sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, pese a la oposición materna, también otorga la custodia compartida, al valorar que existe madurez personal y capacidad de los padres para separar el plano de la relación de pareja de sus roles como padres.
La custodia compartida no es pues cuestión de pulsos ni de campañas de desprestigio hacia el otro progenitor.
Las claves para su obtención residen en demostrar, desde la templanza y la razón, que la mejor opción para los hijos es que sigan siendo cuidados por ambos, siempre que sean igual de capaces y reúnan similares condiciones de idoneidad para desempeñar tan importante labor.
© LexFamily S. L.
Capitulaciones Matrimoniales, acabamos con el Negocio
Compañer@s,
El pasado 15 de Diciembre Pilar y yo nos casamos.
En la boda pasamos un video como pequeño homenaje a todos los que, de una manera u otra, estamos en el barco de conseguir un mundo más justo, sobretodo para unos niños que son los que más sufren la locura de la sociedad hipócrita en la que vivimos.
Hemos colgado en la web (www.catalunyapropos a.net) el video que aquel día reproducimos para que lo podáis utilizar como creáis conveniente.
Tres días antes de la boda firmamos capitulaciones matrimoniales y acta de manifestaciones acordando la custodia compartida de los hijos que tengamos en caso de separación y con renuncia expresa de Pilar a los privilegios que otorga el sistema judicial español por el hecho de ser mujer.
En breve colgaremos también en la web las capitulaciones por si os pueden ser de utilidad.
Un fuerte abrazo,
Pilar y Raimon
Nota: Un camino por andar en los próximos años, por el bien de los menores.......
El pasado 15 de Diciembre Pilar y yo nos casamos.
En la boda pasamos un video como pequeño homenaje a todos los que, de una manera u otra, estamos en el barco de conseguir un mundo más justo, sobretodo para unos niños que son los que más sufren la locura de la sociedad hipócrita en la que vivimos.
Hemos colgado en la web (www.catalunyapropos a.net) el video que aquel día reproducimos para que lo podáis utilizar como creáis conveniente.
Tres días antes de la boda firmamos capitulaciones matrimoniales y acta de manifestaciones acordando la custodia compartida de los hijos que tengamos en caso de separación y con renuncia expresa de Pilar a los privilegios que otorga el sistema judicial español por el hecho de ser mujer.
En breve colgaremos también en la web las capitulaciones por si os pueden ser de utilidad.
Un fuerte abrazo,
Pilar y Raimon
Nota: Un camino por andar en los próximos años, por el bien de los menores.......