martes, 19 de agosto de 2008

Seguro de Divorcio Iª Parte

http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/familia/2007/03/13/160729.php

Una nueva póliza ofrece cobertura al impago de la manutención de los hijos por fallecimiento, invalidez o desempleo del progenitor.
La nueva Ley del Divorcio de 2005 ha permitido agilizar los trámites de este proceso.
Tras su puesta en marcha, el incremento del número de rupturas legales ha sido tan evidente (casi un 10% en el primer año), que en la actualidad se rompe una pareja cada tres minutos y se estima que en 2010 por cada unión se producirá una separación.

Pero las rupturas no sólo llenan estadísticas, sino que tienen más de una consecuencia.
En el plano económico, cuando los cónyuges rompen llega el momento de otorgar la custodia de los hijos y determinar la pensión alimenticia que uno de los progenitores pasará al otro.
Las asociaciones de padres y madres separadas advierten sobre el incumplimiento en el pago de esta manutención, mientras aparece en el mercado una nueva póliza que pretende hacer frente a este coste en los casos de fallecimiento, invalidez o desempleo del pagador.
Autor: Por AZUCENA GARCÍA
Fecha de publicación: 13 de marzo de 2007

Condiciones de la póliza.
Cada vez se rompen más parejas. Según datos del Instituto de Política Familiar (IPF), una cada tres minutos.
La nueva Ley 15/2005, que simplifica los trámites para la obtención del divorcio, ha venido acompañada de un incremento de las rupturas en el último año y, si la tendencia continúa, "en 2010 por cada matrimonio que se produzca, se romperá otro", advierte el IPF.

En este contexto, no parece descabellada la aparición de un nuevo producto, el seguro de divorcio, que pretende garantizar el pago de la pensión a los hijos e hijas hasta que estos se independicen.
La Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas asegura que el 80% de los cónyuges que ejercen una profesión liberal y están obligados a pagar la pensión no lo hacen, mientras que el 67% de los separados que trabajan por cuenta ajena tienen embargadas sus cuentas bancarias por la misma causa.

Por ahora, esta nueva póliza es ofertada por la aseguradora madrileña Óptima Servicios Financieros, aunque puede ser contratada "desde cualquier punto de España", confirma Fernanda Escardó, una de las socias de la compañía.
Según explica, "la idea es que la póliza dé cobertura al cónyuge obligado al pago de las pensiones, tanto si son alimenticias como compensatorias, hasta la fecha de obligado cumplimiento, es decir, hasta que los hijos se independicen".

La cobertura se extiende a situaciones de fallecimiento, invalidez temporal o permanente y desempleo, aunque en este último caso hay un límite de un año y "no siempre por la totalidad de las pensiones, sino en función de los ingresos del padre obligado al pago".
"Sería una ayuda complementaria a la prestación por desempleo para que durante un año pudiera pagar las pensiones de alimentos o compensatoria", precisa Escardó.

En cuanto al coste, varía en función de la edad de los hijos y de las pensiones que se paguen, pero oscila entre 300 y 800 euros anuales.
"Se espera que los clientes sean sobre todo hombres, ya que la custodia se concede casi siempre a las mujeres, pero ahora este panorama en España está cambiando mucho gracias a la custodia compartida y los datos pueden variar", añade.

Para Ignacio Bermúdez de Castro, abogado especializado en derecho de familia y asesor jurídico de la Asociación gallega de Madres y Padres separados, "es una póliza muy atinada porque el incumplimiento del pago de pensiones es muy habitual, mucho más de lo que se debería esperar", pero cree que su contratación no debe ser obligatoria porque significaría un excesivo intervencionismo por parte del Estado.

"Es como decir a una persona que se desconfía de que vaya a pagar.
En todo caso, se podría imponer en caso de impagadores reincidentes", aclara. Insiste en que los incumplimientos son "muy frecuentes, mucho más de lo que pueda parecer", y señala que se deben a las excesivas cuantías, que la gente no puede afrontar.
"También muchas veces se dejan de pagar las pensiones porque los hijos se convierten en auténticas armas arrojadizas: 'yo no te dejo ver al hijo, pues yo no te pago la pensión'. Alrededor del 20% de las pensiones no se pagan por voluntad propia", asevera.

Por su parte, el presidente de la Federación Andaluza de Madres y Padres Separados (FASE), Antonio Pino, coincide con el letrado en que esta póliza no debe ser obligatoria "porque igual no está al alcance de todas las personas", pero sí la cree positiva.
Considera "raro" que no se produzcan problemas en el momento de la separación y justifica que muchos surgen cuando una de las dos partes no cumple.
"La mujer -explica- obtiene la custodia de los hijos en el 95% de los casos, mientras que el padre tiene que pasar la pensión. Los problemas surgen cuando ella no le deja ver a los hijos o él deja de pagar la pensión".

El presidente de la Federación de Euskadi de Padres y Madres separados (Kidetza), Justo Sáenz, reconoce que si el progenitor obligado a pagar la pensión ya anda "ajustado" para hacerlo, difícilmente va a contratar una póliza", aunque subraya que "el fin es loable".
A su entender, este nuevo producto no se diferencia demasiado de una póliza de seguro normal, por ejemplo, de vida, y recuerda que ya hay otros productos en el caso de que fallezca el progenitor, custodio o no custodio.
"Hay que analizar qué cantidades concretas va a dar esta nueva póliza, hasta cuándo y en qué condiciones para ver si es competitivo", resalta.

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