martes, 24 de junio de 2008

Nueva relacion de pareja: Fin de la Pension Compensatoria

http://www.20minutos.es/noticia/232615/0/convivencia/pareja/sentencia/
Un juez retira la pensión alimenticia a una mujer por tener una nueva relación estable aunque no conviva con su novio.
EUROPA PRESS. 10.05.2007

La sentencia se adapta a las nuevas situaciones de pareja actuales.
Ella lo negó pero quedó demostrado que a pesar de no vivir juntos hacían vida de pareja.

La Audiencia de Barcelona ha retirado la pensión alimenticia a una mujer separada porque ella tiene una nueva pareja estable con la que ha convivido "al menos durante unos meses".
La sentencia equipara por primera vez la vida conyugal con "una relación sentimental con visos de cierta estabilidad, sin necesidad de convivir de forma permanente y menos en la misma vivienda".

La sentencia considera vida conyugal una relación sentimental estable a pesar de que la pareja no vivan juntos.
La decisión del alto tribunal ratifica el fallo de un juzgado de Granollers que en 2005 acordó la extinción de la pensión compensatoria que José Luis J.M. pasaba a su ex mujer desde que se separaron en 2003 porque ésta inició unos meses después una relación y aunque negaron que convivieran juntos, la juez lo consideró probado.

Cambios sociales .
La Audiencia de Barcelona ha tenido en cuenta la actual realidad social para refrendar la sentencia de Granollers.
Esta defiende que la convivencia conyugal a la que se refiere el Código de Familia catalán, que establece que la pensión se retirará cuando la persona que la recibe conviva maritalmente con otra, "debe entenderse como toda aquella en que se dé una relación sentimental de pareja con visos de cierta estabilidad, sin necesidad de convivir de forma permanente y, al menos, en la misma vivienda".

Para la Audiencia, lo que debe prevalecer a la hora de considerar marital una convivencia "no es el mero hecho de residir siempre juntos dos miembros de la pareja, sino la existencia de una relación afectiva y sentimental entre ambos, es decir, la voluntad de éstos de ser o de constituir una pareja estable".

Contrató detectives.
La mujer admitió su nueva relación pero aseguró que su pareja vivía de alquiler en otro domicilio situado en el mismo inmueble que el suyo, en Lloret de Mar (Barcelona).
Su ex marido, sin embargo, aportó un informe elaborado por detectives privados que tras un seguimiento de cinco días concluyó que la pareja compartían actos de vida social como ir a comer juntos o acudir en pareja al médico.

Francisca M.G. y su compañero sentimental, además, coincidían en los horarios de entrada y salida a la vivienda y según la sentencia ello significa que mantenían "una relación de pareja estable que convive en un mismo domicilio" y no "de mera amistad" tal y como ella mantenía.

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