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TRIBUNALES
Los jueces condenarán a los padres separados que no vayan a recoger a sus hijos
La Audiencia falla en un auto que el incumplimiento del régimen de visitas es una falta de desobediencia y rechaza que las denuncias sean archivadas
El auto ha sido resuelto recientemente por la sección VII de la Audiencia dando la razón a la tesis de la Fiscalía .
M. ALARCÓN. Los padres y madres separados que hasta ahora no acudían a recoger a sus hijos en cumplimiento del régimen de visitas acordado en su día por el juzgado de Familia tendrán que tener a partir de ahora un buen motivo para no seguir haciéndolo porque la sección VII de la Audiencia acaba de resolver que supone incurrir en una falta de desobediencia por lo que el denunciado tendrá que ser juzgado y, consecuentemente, podrá ser condenado.
Según fuentes judiciales consultadas por este diario, hasta ahora las denuncias que presentaba el otro progenitor tras ver cómo el niño se quedaba con la maleta hecha o tenía que ir a recogerlo al "punto de encuentro", porque nadie había ido a por él, caían casi siempre en saco roto porque se archivaban de plano en la mayoría de los juzgados de Instrucción al considerar sus titulares, por un simple principio legal de intervención mínima del derecho penal en la vida diaria, que estos incumplimientos no eran sancionables.
El curioso asunto ha llegado hasta la Audiencia porque la Fiscalía ha considerado que se tenía que fijar un criterio único para todas estas denuncias y no se podía seguir archivando o instruyendo hasta llegar a juicio en función del órgano judicial al que le tocara el asunto.
Código Penal.
El Ministerio Público consideraba que la conducta de los separados que no acudían a recoger a sus hijos era subsumible en el artículo 618.2 del Código Penal y lo han defendido en un extenso recurso de apelación.
Dicho artículo hace referencia a los familiares que incumplieren las obligaciones establecidas en los supuestos de separación legal, divorcio o declaración de nulidad.
La tesis de la Fiscalía que ha hecho suya la sección VII de la Audiencia considera que ejercer la patria potestad de los hijos no sólo es una facultad, sino que también encierra "deberes y uno de los deberes es precisamente el tenerlos (a los hijos) en su compañía".
La Fiscalía considera que aquellos progenitores que no acudan a recoger a sus hijos, en cumplimiento del régimen de visitas fijado, incurren en un delito de desobediencia, algo que se debe tener en cuenta desde la reforma 15/2003 con la cual se han cubierto lagunas legales en los casos de incumplimientos del régimen de visitas.
En el recurso de la Fiscalía, y para el caso concreto que ha sido estimado por la sección VII, se dice que "...el dejar de plano esta conducta supondría, en primer lugar, un perjuicio para la madre custodia, la cual tendría que cargar con la educación de la hija sin ayuda del padre y también un perjuicio al hijo el cual se podría ver privado de la ilusión de estar o pasar un determinado tiempo en compañía de su padre".
El fallo supone un avance jurisprudencial con respecto a otras resoluciones dictadas en la provincia pues en otra sección de la Audiencia de Alicante se resolvió en 2005 un caso similar y el ponente, pese a reconocer que los hechos eran típicos de esa falta del Código Penal procedió a desestimar el recurso.
Olé! A partir de ahora voy a abonarme a la comisaría.
ResponderEliminarFirme un regimen de visitas que con mi ex pareja que me esta suponiendo una condena que no me permite hacer una vida normal ni ser dueño de mi persona. La madre utiliza este acuerdo para controlarme, manipularme y obligarme a cumplirlo extrictamente. Para cumplirlo debo hacer 210 km una semana y 140 km la siguiente y asi sucesivamente. No puedo llegar a ningun acuerdo con ella para flexibilizar esta situación. Ademas todos los problemas y discursiones con mi ex me estan destrozando mi actual relación hasta el punto de que voy a perder a mi pareja y no puedo reacer mi vida ni buscarme un futuro para ser feliz. Yo no quiero perder el contacto con mi hija que ahora tiene 6 años. Pero me gustaria trasladarme y hacer mi vida en otro lugar viendo a mi hija en sus vacaciones escolares. Nunca va a aceptar eso, mi ex pareja a dejado claro que me quiere ver hundido y anular mi vida completamente. ¿como puedo hacer mi vida? ¿podria mudarme lejos sin tener que cumplir este extricto horario? martes y jueves desde la salida del colegio hasta las 20 horas y viernes de cada 15 dias desde la salida del colegio hasta las 20 horas del domingo, es el regimen de visitas que pactamos, pero acordamos verbalmente ser flexibles por mi trabajo o por otros motivos. A pesar de eso es imposible llegar a ningun entendimiento con mi ex. No tengo mas fuerzas para seguir luchando y estoy pensando en irme muy lejos hasta que entre en razón. ¿que me puede pasar? ¿podre volver a ser dueño de mi vida? puesto que ya estoy muy mal psicologicamente y no se cuanto tiempo mas podre aguantar esta situación.
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