http://www.elpais.com/articulo/sociedad/discriminacion/demasiado/positiva/elpepusoc/20080123elpepisoc_1/Tes
Una discriminación demasiado positiva
La propuesta del PP de reducir el IRPF a las mujeres choca con el principio que rige la fiscalidad - Y revive el debate de la igualdad
CARMEN MORÁN 23/01/2008
La discriminación que sufren las mujeres en diversos campos ha lanzado a muchos gobiernos a aprobar medidas que palien estas situaciones de desigualdad. Pero es tal la oferta, máxime en tiempo electoral, que cabe preguntarse si todas estas medidas constituyen acciones positivas hacia la mujer o algunas pueden, sencillamente, discriminar al hombre.
Parece beneficioso, pero a largo plazo no lo es
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La acción positiva es imprescindible para erradicar la desigualdad
"El PP trata a la mujer sólo como cuidadora", dicen en el Gobierno.
Las trabajadoras cobran alrededor de un 18% menos que los hombres.
"Con ingresos altos no hay razón para pagar menos", dice una constitucionalista.
¿Es una acción positiva hacia la mujer que en Francia se legisle a favor de la paridad en las listas electorales y a la vez se permita a los partidos pagar una multa por saltarse la ley (que es exactamente lo que están haciendo)?
El líder del PP, Mariano Rajoy, propone una rebaja fiscal para todas las trabajadoras de un máximo de 1.000 euros, da igual si su sueldo es millonario o apurado a fin de mes.
¿Qué opinarían los trabajadores que cobren lo mismo?.
"Las acciones positivas no sólo son necesarias, sino imprescindibles para ir erradicando las discriminaciones", empieza la directora del Instituto de la Mujer, Rosa Peris.
"Pero para que una medida pueda considerarse acción positiva debe partir de la constatación de una desigualdad y tratar de avanzar hacia la igualdad con mecanismos que serán transitorios, hasta que se haya solucionado", sigue Peris. Y no cree que ésta del PP ataque la base de la desigualdad de acceso y permanencia en el empleo.
"La incorporación al empleo está directamente relacionada con la renta, el salario neto es un elemento que influye y también para la permanencia en él", explica el diputado popular Vicente Martínez Pujalte.
Pero rebajar 1.000 euros a las mujeres trabajadoras de rentas altas, incluso millonarias, ¿no supone una discriminación hacia los hombres? "Se trata de una discriminación positiva, como hay otras, algo que está contemplado en la Constitución", defiende Pujalte.
Sin embargo, la catedrática de Derecho Constitucional Paloma Biglino responde con el artículo 31 de la Constitución: "Dice que todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica, por tanto, es la capacidad económica y no el género lo determinante en este caso. Hay mujeres que pueden tener ingresos muy altos y no hay razones objetivas para que paguen menos, en principio", explica.
La diputada del PP Susana Camarero opina que esta rebaja fiscal es una "acción positiva" que puede servir de ayuda a las mujeres que se plantean dejar el trabajo cuando tienen hijos porque no les llega para contratar a alguien, por ejemplo.
Y Martínez Pujalte abunda en esta idea: "Entre los 30 y los 40 años se produce un descenso en la tasa de ocupación de las mujeres".
Sin embargo, el PP tiene recurrida la Ley de Igualdad porque impone paridad en las listas electorales, otra acción positiva. "De nada sirve la imposición, esto es una cuestión de evolución, la mujer tiene que acceder por lo que vale", explica Camarero.
"Las acciones positivas del PP siempre tratan a la mujer exclusivamente como cuidadoras, y otros ámbitos, los del poder político, económico, ésos, se los reservan los hombres", contesta la secretaria general de Políticas de Igualdad, Soledad Murillo.
"En el PP se trabaja desde las excepciones y lo que hay que hacer es trabajar con reglas para que se homologuen los derechos", añade.
"Excluir a las mujeres del poder constituyente es profundamente anticonstitucional".
La Ley de Violencia de Género se aprobó por unanimidad, pero también ha llegado al Constitucional porque varios jueces han paralizado estos juicios y pedido que se revise. Consideran que la diferencia entre las penas que soportan los hombres y las mujeres por el mismo delito pueden ser inconstitucionales.
No lo ve así la delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Encarnación Orozco: "El artículo 9.2 de la Constitución nos obliga a remover los obstáculos que dificultan la igualdad real y en ese artículo se enmarca esta ley. En estos casos, no sólo se protege a la mujer, sino a otras personas, de cualquier sexo, que convivan con el agresor; y lo que se protege es una situación de desequilibrio en una relación que parte de una educación tradicional de sumisión".
En un Estado de derecho hay límites complejos y las discriminaciones hay que probarlas.
"Es obvio que la mujer está en inferioridad de condiciones, y hay discriminaciones hacia ellas directas e indirectas; las más preocupantes son las segundas, porque aparentemente la norma es neutral, pero su aplicación produce resultados adversos. Es en esos casos cuando se incorporan acciones positivas", recuerda la constitucionalista Paloma Biglino.
Efectivamente, aunque se da por hecho que a igual trabajo, igual salario, las estadísticas demuestran que no siempre se cumple.
"Los datos nos dicen que las mujeres perciben entre un 20% y un 30% menos en sus salarios. En algunos casos eso se puede entender, cuando se habla del salario medio del conjunto de las mujeres y del conjunto de los hombres, porque ellas se incorporaron más tarde y hasta hoy tenían menos formación, pero hay determinados casos donde la diferencia no encuentra explicación o se camufla: ésos son alrededor de un 18%", explica la directora del Instituto de la Mujer.
Se puede hacer el mismo trabajo pero tener menos categoría laboral "y eso se traduce en una discriminación salarial", sigue Rosa Peris.
Pero entiende que eso no se corrige con una rebaja fiscal, por ejemplo, sino con medidas que ataquen la base de la desigualdad.
En los estudios efectuados por la profesora de Economía Aplicada de la Universidad Complutense Paloma de Villota se demuestra cómo en los salarios más bajos se concentran las mujeres en mayor número, por tanto, entiende que rebajar la fiscalidad en esos tramos podría tener un efecto de género tendente a la igualdad.
"Hasta los 20.000 euros de sueldo las rebajas fiscales a la mujer serían positivas, pero en adelante podrían incluso resultar discriminatorias para los hombres", dice.
"El problema es la pérdida de recaudación que pueda producirse con esta rebaja de impuestos.
No tendría sentido que lo que ganamos por un lado se perdiera por otro, y esa escasez de recaudación acabara lastrando el presupuesto para sufragar otras medidas, como la Ley de Dependencia".
Las acciones positivas hacia las mujeres en el terreno laboral desembocan siempre en dos ángulos: la maternidad y los cuidados hacia los otros. Es por esas vías por las que puede colarse la discriminación a la hora de contratar, ascender o mantenerse en el puesto de trabajo.
"Muchas de las carreras que lideran los hombres se sustentan en un excedente de tiempo que proporcionan las mujeres, un tiempo y unas tareas que, adquiridas en el mercado laboral supondrían una merma importante del salario", afirma la secretaria de Igualdad, Soledad Murillo.
Respecto a la maternidad, la economista Paloma de Villota, considera que si se entiende que como valor social puede reconocerse sin vinculación alguna al ámbito laboral y, desde ese punto de vista "se entenderían los cheques bebé o la prestación o rebajas fiscales para las madres con independencia de lo que ganen", dice.
"Por eso, las rebajas fiscales y otras acciones positivas quizá sean buenas, pasos acertados, pero desenfocados porque no se han analizado primero desde un marco teórico adecuado", concluye.
La consejera del Estado y catedrática de Filosofía Moral y Política Amelia Valcárcel cree que la aspiración de las mujeres es la paridad: "Queremos lo que tienen los demás porque hacemos lo mismo y eso es lo justo. Pero si el mensaje del PP es que la que vale, vale, ahora ¿qué pasa, que además vale 1.000 euros?".
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