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Una juez niega la custodia a un padre por ser cojo
El hombre es un nadador paralímpico con seis medallas .
PERE RÍOS - Barcelona - 08/11/2007
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Ser discapacitado es un obstáculo para ocuparse de los hijos. Eso es lo que expone una juez de Barcelona en una sentencia de divorcio en la que relata diversos motivos para negar a un padre la custodia compartida. Entre otros, que padece una ligera cojera por la poliomelitis sufrida al poco de nacer.
Texto íntegro de la sentencia
DOCUMENTO (PDF - 361,83Kb) - 08-11-2007
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La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Gavà señala textualmente que "la minusvalía del padre, aun suponiéndole simplemente un problema de movilidad que no le afecta para trabajar, lo cierto es que debe sentirse en la de por sí difícil tarea de cuidar a dos niños de esas edades".
Los hijos, tienen ahora cuatro y ocho años. Joan Carles Castañé, 46. Sufre esa discapacidad desde los 13 meses y nunca le impidió desempeñar una vida normal, ni para ejercer de padre.
Ni siquiera tras la ruptura matrimonial, ocurrida hace dos años, pues la pareja firmó un acuerdo privado, fechado el 1 de septiembre de 2005, en el que se comprometen a ejercer la guardia y custodia compartida por semanas alternas.
Y así sucedió durante diez meses, hasta que se dictó la sentencia de divorcio.
Castañé es uno de los deportistas paralímpicos españoles más laureados. Nadador internacional desde 1980, en los Juegos Paralímpicos de 1984, 1988 y 1992 obtuvo un total de seis medallas, dos de ellas de oro, y un récord del mundo en 200 metros estilos.
También fue seleccionador de natación de la delegación española que acudió a los Juegos Paralímpicos de 2000 y 2004.
Al plantear el divorcio no hubo acuerdo entre la pareja y la mujer presentó demanda reclamando la custodia de los hijos, entre otras medidas.
El abogado alude en esa demanda a la "penosa pero ineludible grave minusvalía física" del padre. Añade que "no se quería hacer leña del árbol caído" y que se limitaba a constatar "un hecho innegable" como era la discapacidad del hombre, "aunque éste pretenda minorar sus graves consecuencias limitativas".
En otro momento se detallan esas limitaciones físicas y se afirma el padre está impedido incluso para sostener a un niño en brazos.
Certificado médico.
Durante la tramitación del divorcio el hombre presentó un certificado médico en el que se concluye que tiene una "capacidad de superación y un espíritu de lucha que lo han hecho, y lo hacen actualmente, presentar una correcta capacidad funcional física y de vida independiente, tanto para su vida diaria como familiar y profesional".
Pero la juez dio la razón y la custodia a la madre, con los argumentos de que ella se puede ocupar mejor de los niños, que no es posible conceder la custodia compartida a padres no se llevan bien y que el interés del menor justifica la medida.
También decía la juez que si el hombre está tan interesado en ocuparse de los hijos, debería haber solicitado la custodia en exclusiva. "Yo lo que quiero es que los niños sigan estando con su padre y su madre", explica Castañé. "Por eso no quiero privarla a ella de lo que me está privando a mí".
Sobre el acuerdo de custodia compartida firmado en su día, la juez argumenta que era provisional y que no tenía "voluntad de permanencia" tras el divorcio.
La sentencia está fechada el 24 de julio de 2006 y en los próximos meses deberá ser confirmada o revocada por la Audiencia de Barcelona, porque el padre ha recurrido.
El tribunal todavía no ha fijado la fecha para deliberación y fallo y el caso ha estado unos meses dando vueltas porque faltaba el informe de fiscalía.
"Me parece intolerable y discriminatorio en un Estado de derecho que una juez argumente la discapacidad para negar la custodia a un padre que se quiere ocupar de sus hijos", explicó Castañé a EL PAÍS.
La abogada del padre argumenta en el recurso que la parte contraria actúa con "mala fe" y utiliza "argumentaciones falsas y humillantes".
En este sentido, recuerda que "ni la discapacidad física del hombre, que se ha demostrado que no le incapacita para cuidarlos, ni la edad de los menores ha sido impedimento alguno para el buen funcionamiento de la guardia y custodia compartida, ni para que fuese acordado por ellos".
La fiscalía no estuvo presente en el juicio del divorcio, pero ahora ha solicitado que se confirme aquella sentencia porque la considera la más apropiada para los niños.
En poco menos de un folio, el fiscal se refiere al interés del menor y a que resulta "más estable para ellos" que estén con la madre.
Pero no alude para nada a la discapacidad del padre, que trabaja de administrativo en el Consejo Catalán del Deporte.
Ella también trabaja de administrativa en un ayuntamiento. Ambos siguen residiendo en la localidad de Castelldefels y tienen ingresos y horarios laborales muy parecidos.
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