domingo, 3 de julio de 2016

Vivienda y Custodia Compartida

Obligan a madre divorciada a dejar casa matrimonio tras custodia compartida.




(EFE).- Madrid, 2 jul 2016
El Tribunal Supremo le ha dado 1 año de plazo a una mujer para abandonar el piso del matrimonio en el que ha vivido desde 2014, cuando se separó de su marido, pese a haberlo hecho en régimen de custodia compartida, que otorga esa responsabilidad a cada progenitor en igualdad de condiciones.
La sentencia de divorcio otorgó la custodia compartida de la única hija e impuso que los 2 progenitores se hicieran cargo de la menor en igualdad de condiciones. Sin embargo, atribuyó el uso y disfrute de la vivienda familiar a la esposa hasta que la hija común alcanzara la mayoría de edad.
Aquella sentencia de la A.P. de Bizkaia reconocía que "el cotitular de la vivienda" quedaba "indefinidamente frustrado" al no permitírsele disponer de la misma ni siquiera en los períodos en los que la menor estuviera con él.
El Supremo responde al recurso del hombre aceptando sus argumentos y otorgando el uso de la vivienda a los 2 progenitores, aunque le da el plazo de un año a la mujer para abandonar el piso.
El alto tribunal considera que "la ponderación de los intereses en juego no ha sido la correcta, en ningún caso se ha procurado una adecuada ponderación de los intereses contrapuestos", más aún teniendo en cuenta que ella está "en mejor situación económica que el esposo" para conseguir una vivienda adecuada a sus necesidades.
El interés más necesitado de protección es el de la menor, recuerda el tribunal, pero "es la esposa la que ha venido disfrutando del domicilio hasta ahora y se mantendrá en el mismo durante un año más".
"Se trata de un tiempo suficiente que va a permitirle buscar una nueva vivienda como hizo el esposo, para atender las necesidades de su hija durante los períodos de efectiva guarda", añade el tribunal.

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