martes, 2 de febrero de 2016

Recursos en relacion a la Violencia sobre las mujeres

Violencia contra las mujeres

www.inmujer.gob.es/ 
La Ley Integral contra la violencia de género reconoce una serie de derechos subjetivos a las mujeres víctimas de violencia con su independencia de su origen, religión o cualquier otra condición:
  • Derecho a ser informadas y asesoradas.
  • Derecho a asistencia social integral a través de servicios sociales.
  • Asistencia jurídica para todas las víctimas, gratuita para las que acrediten insuficiencia de recursos. Además las víctimas tienen la misma dirección letrada y especializada para los procesos penales civiles o administrativos que se puedan instar.
  • Derechos laborales y prestaciones de la seguridad social, como el derecho a reducción o reordenación del tiempo de trabajo, la movilidad geográfica, al cambio de centro de trabajo, a la suspensión de la relación laboral con reserva del puesto de trabajo y a la extinción del contrato de trabajo.
  • Derechos económicos a las víctimas con escasos recursos, cuando sus rentas mensuales no superen el 75 % del salario mínimo interprofesional.
El órgano con competencia en la formulación de las políticas públicas en esta materia y la coordinación e impulso que se realicen al respecto es la Delegación del Gobierno para la violencia de género, que es un órgano con rango de dirección general dependiente de la Secretaría General de Políticas de Igualdad del Ministerio de Igualdad.
En la página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, puedes encontrar más información sobre:¿Qué es? Se abrirá en una ventana nueva. ,¿Qué hacer? Se abrirá en una ventana nueva. y otras informaciones de interés como derechos y servicios documentación y acceso a la web de recursos en violencia de género. Se abrirá en una ventana nueva.
Preguntas y respuestas

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