sábado, 9 de mayo de 2015

Custodia compartida no aumenta el estrés en los hijos después de un divorcio

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El Supremo impulsa la custodia compartida como régimen general (9/04)
Por Lisa Rapaport/ 8 mayo 2015/ (Reuters) -
FUENTE: Journal of Epidemiology and Community Health,online 28 de abril del 2015.
Un equipo de Suecia halló que mientras los niños de padres separados desarrollan más problemas psicosomáticos que los de familias nucleares, aquellos con custodia compartida tienen menos dificultades que los que pueden vivir con el padre o la madre solamente.
"Analizamos la calidad de vida, la salud y la salud mental y observamos que los niños y los padres están mejor cuando ambos se ocupan alternadamente de los hijos después de la separación", dijo la autora principal, Malin Bergstrom, del Centro para los Estudios de Equidad en Salud de la Universidad de Estocolmo y del Instituto Carolino.
Su equipo analizó los resultados de una encuesta realizada en el 2009 a casi 150.000 alumnos de 6º y 9º grados de Suecia para conocer cómo la organización familiar influía en la aparición de enfermedades psicosomáticas.
En Journal of Epidemiology and Community Health, los autores publican que el 69 % de los 147.839 niños vivían con ambos padres en familias nucleares, mientras que el 8 % lo hacía principalmente con uno de sus padres y el 13 % convivía sólo con el padre o con la madre.
La mayoría de los que vivían con uno de los padres lo hacía con la madre y 1/6 de ese grupo vivía con el padre.
Los niños eran más propensos a vivir con uno solo de sus padres en 9º grado que en 6º grado. Y los que lo hacían solamente con el padre o la madre eran los que más trastornos psicosomáticos desarrollaban y los que más padecían esos problemas de manera constante o frecuente.
Lo más común eran los trastornos del sueño: los padecía el 22 % de los niños que vivían con uno de los padres y el 19 % de los niños que vivían la mayoría del tiempo con uno de los padres.
Pero sólo el 14 % de los niños con custodia compartida tenía problemas de sueño, como el 13 % delos niños de familias nucleares.
Los dolores de cabeza siguieron la misma tendencia: afectaban al 19 % de los niños que vivían con uno desus padres, el 14 % de los niños con custodia compartida y el 12 % de los niños de familias nucleares.
Una limitación del estudio, de acuerdo con los investigadores, es la falta de datos sobre el nivel socioeconómico de las familias o el nivel de conflicto o cooperación entre los padres, ni cuándo las parejas se habían separado.
Dado que las enfermedades psicosomáticas están asociadas con el estrés, los autores esperaban detectar más síntomas en los niños con custodia compartida, según dijo Bergstrom.
"Nos sorprendió que los niños que se mudan con frecuencia entre 2 hogares tengan menos estrés que los que tienen un solo hogar", dijo la autora.

«Extra Voz» pone rostro a los gallegos que tienen la custodia compartida

El suplemento de La Voz que se entrega el domingo se ocupa también de Alfonso Rus, del PP valenciano, centro de una grabación en la que cuenta billetes.
redacción la voz09 de mayo de 2015. 
La revista Extra Voz, que se entrega mañana gratuitamente con el periódico, relata la historia de exparejas gallegas que ejercen idénticos derechos y obligaciones con sus hijos. El Supremo dictó que la custodia compartida debería ser la opción prioritaria tras un divorcio. El reportaje se completa con una entrevista a Helena Martínez, profesora de Derecho Civil y miembro de la Comisión de la Xunta para el estudio y desarrollo del Derecho Civil, que dice existir un desconocimiento generalizado sobre la custodia compartida (....) 
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fórmula para no pagar la plusvalía municipal si te separas de tu pareja

La fórmula para no pagar la plusvalía municipal si te separas de tu pareja y tienes un piso a medias

..... y tienes un piso a medias.

www.idealista.com/ Carmen Giménez, abogada/05.05. 2015, Hace un par de meses se publicó mi artículo sobre el funcionamiento del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Bienes de Naturaleza Urbana (IIVTNU), o lo que más comúnmente se conoce como plusvalía municipal.
En dicho artículo me refería a los supuestos en que se devenga el impuesto por imperativo legal como consecuencia de la transmisión de un bien inmueble (vivienda, local, garaje, trastero, etc),  y entendiendo como transmisión: la venta, la donación y la herencia. Quedaba plasmado asimismo, que la fórmula para su cálculo, y contemplada en el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales (TRLHL), solo prevé ingresos para las arcas municipales, por lo que existe una alta probabilidad de que los recursos que se interpongan prosperen, sobre todo cuando en la transmisión hay minusvalías, pues dicho impuesto no debería de devengarse.
En el citado artículo no se hace mención a los supuestos de no sujeción a dicho impuesto, por venir enumerados en el art. 104 del TRLHL, a excepción de uno, que es el objeto de este artículo, por resultar el gran desconocido entre los profanos en derecho y más concretamente del derecho fiscal.
Se trata de un supuesto que cada vez resulta más frecuente, y que no es otro que el de la extinción del condominio, disolución de comunidad de bienes o división del proindiviso.
No previsto dicho supuesto expresamente en la Ley, tampoco aparece en las páginas web informativas de las diferentes Corporaciones Municipales o Ayuntamientos, de manera que su desconocimiento, puede provocar la autoliquidación y pago de la plusvalía municipal con el consiguiente silencio de la Administración que precisa de recaudación.
Pues bien, la determinación de la no sujeción a la plusvalía municipal ó IIVTNU para las operaciones mencionadas de extinción de condominio, disolución de comunidad de bienes o división del proindiviso, se ha realizado por la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, al considerar que la adjudicación a uno de los comuneros, o incluso a uno de los herederos en la partición de la herencia, compensando económicamente a los demás por la diferencia del valor de dicha adjudicación, es  una operación que se inscribe en el mecanismo de especificación o concreción de derechos que la propia división o partición significa cuando una de las cosas o bienes sea indivisible o desmerezca mucho por su división, y nunca es operación representativa de una nueva y propia transmisión.
Por tanto, cuando el bien es indivisible, y hay compensaciones económicas entre los copropietarios, comuneros o incluso herederos, no puede hablarse de la existencia de un exceso de adjudicación, técnicamente. Así, la obligación de compensar a los demás en metálico no es un exceso de adjudicación, sino una consecuencia de la indivisibilidad de la cosa común y de la necesidad en que se ha encontrado el legislador de arbitrar procedimientos para no perpetuar la indivisión, que ninguno de los comuneros se encuentra obligado a soportar.
Por eso mismo esa compensación no puede entenderse como compra de la cuota, sino simplemente de respeto a la obligada equivalencia que ha de guardarse en la división de la cosa.
Esta forma de salir de la comunidad es también, por tanto, concreción o materialización de un derecho abstracto en otro concreto, y no constituye por tanto, transmisión, ni a efectos civiles ni a efectos fiscales

Paraguay: Ley del divorcio

Ya no se necesitará esperar tres años para el divorcio
Ya no se necesitará esperar 3 años para el divorcio.
Disposición. Sergio Godoy, asesor jurídico, informó sobre la decisión del presidente sobre la nueva normativa.
www.ultimahora.com/viernes 8 de mayo de 2015,


El presidente Horacio Cartes promulgó el decreto que plantea modificaciones a la ley que establece el divorcio sin la necesidad de plazos mínimos si es que hay mutuo acuerdo entre los cónyuges. Antes se debía esperar un periodo de 3 años.

El mandatario dio luz verde a las modificaciones de los art. 4, 5, 6, 7 y 13 de la Ley 45/91 que establece el divorcio vincular del matrimonio.
Si no existe acuerdo, 1 de los 2 podrá pedir el divorcio sobre la base de algunas de las causales y se inicia el juicio ordinario. Las causales también se modificaron.
Son causales de divorcio el hecho de cometer un hecho punible, instigar a la pareja a cometer hechos punibles. Igualmente señala que es causal el hecho de realizar injurias graves contra el otro cónyuge, así como la interdicción declarada judicialmente, el estado habitual de embriaguez o el uso reiterado de drogas estupefacientes cuando hace insoportable la vida de pareja, el incumplimiento con los deberes de asistencia para con el otro cónyuge o con sus hijos y el adulterio.
El art. 5 indica que podrán solicitar conjuntamente al juez su divorcio vincular. Los menores emancipados por el matrimonio, solo después de cumplida la mayoría de ambos podrán plantear la acción.
La nueva disposición fue planteada a raíz de la necesidad que hay ante las quejas de la ciudadanía por los trámites burocráticos.

Publicidad: La violencia de género


Carlos Oro /08/05/2015 0
Quiero exponer mi queja por la campaña publicitaria en prensa, radio y televisión, relativa a la violencia de género entre jóvenes de diferente sexo. En esos anuncios, mensajes financiados con recursos del Estado, se muestra el control que los chicos hacen sobre las chicas, se propone que la solución al problema es que las jóvenes se lo digan a su madre y se las invita, luego, a llamar a un teléfono en el obtendrán ayuda.
Soy padre de 3 hijos, 2 hombres ( 16 y 18 años) y 1 mujer (25). Si a mis hijos sus parejas (mujer) los controlan, no me lo dirán. El mensaje publicitario no contempla esa posibilidad, ignora que existe el control de las jóvenes hacia los jóvenes. De sentirlo, de querer denunciarlo, de nada le serviría llamar al teléfono del Servicio Público de atención por violencia de género (solo atiende a mujeres).
Si a mi hija la controla su pareja (hombre) no me lo dirá, no soy su madre, soy simplemente, su padre.

Veo, leo, siento, pienso, creo... como persona, en lo que digo.
Como profesional de la Comunicación,  lamento que este anuncio esté pagado por el Ministerio de Igualdad. Lamento que el dinero sea más importante para los medios/ empresas audiovisuales que la deontología profesional.
Hay gente enferma (mujeres y hombres) que necesitan atención urgente, que deben ser tratados por especialistas de la salud y no por abogados/abogadas o policías. 

Ser eficaz es diferente a ser eficiente.
Creo que la espiral de miedo-odio generedas desde las políticas coercitivas del PSOE no acabará con el deseo, con el Arte del encuentro entre hombres y mujeres. Lamento que los medios de comunicación jueguen al desencuentro.
En comunicación verbal, la violación, invasión, contaminación tienen su significado. Este "anuncio publicitario" pagado por el Ministerio de Igualdad es para la inmensa mayoría de jóvenes: tóxica.
Y, ya quisiera yo que desapareciera la violencia de cualquier tipo, que los jóvenes visitasen bibliotecas, que tuviesen un trabajo digno, que encontrasen el amor... que construyeran una nueva sociedad desde la suma de las partes: el todo.
Este tipo de campañas promovidas por el Ministerio de Igualdad: divide.

viernes, 8 de mayo de 2015

México contra la Alienación Parental tras el divorcio de la pareja


Veracruz busca salvaguardar a niños
Xalapa - 2015-05-04
El legislador local, Edgar Hugo Fernández Bernal se reunió con el presidente de la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales en el Congreso local, Ciro Félix Porras, para dialogar sobre los avances en la Iniciativa para evitar la alienación parental.
“Buscamos que esta Iniciativa que ya presenté en Tribuna pueda salvaguardar los derechos de los niños y garantizar su pleno desarrollo”, comentó el legislador.
La alienación parental es un problema que surge cuando los hijos de padres divorciados, se ven afectados por la manipulación de cualquiera de ellos, explicó el legislador.
Una situación de conflicto entre 2 adultos, como es el caso de un divorcio, no debe repercutir en la salud psicológica de los niños, manifestó el congresista.
Fernández Bernal comentó que si alguno de los padres incurriera en
alienación parental un juez evaluaría la situación y los requeriría, también podría llamar a comparecer al menor.
Un grupo de especialistas en psicología y desarrollo coadyuvarían en el proceso evaluatorio, y de ser necesario brindarían atención psicológica al menor, puntualizó el congresista.
Se trata de
una propuesta humanista que busca garantizar una interacción sana entre padres e hijos, reconociendo la importancia de la familia en el desarrollo del niño, aseveró el congresista.
QUÉ ES
EL SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL
El Síndrome de Alienación Parental o SAP es un conjunto de síntomas, que se produce en los hijos, cuando un progenitor, mediante distintas estrategias, transforma la conciencia de los niños con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor.
Este proceso
se reconoce como una dinámica en algunas familias divorciadas.
Sin embargo, la existencia de este síndrome no ha sido aceptada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) ni por la Asociación Americana de Psiquiatría, de momento.
Habitualmente este fenómeno está desencadenado por uno de los progenitores respecto al otro, tras un proceso de divorcio o separación. También puede estar provocado por una persona distinta del custodio del menor (la nueva pareja, uno de los abuelos, un tío, etc). Incluso, se han observado casos dentro de parejas que mantienen su vínculo, aunque son menos frecuentes.
Cuando
el progenitor genera odio patológico en sus hijos
El progenitor alienador desarrolla un mensaje y un programa en los hijos, que normalmente se denomina 'lavado de cerebro'. Los hijos que sufren este síndrome desarrollan un odio patológico e injustificado hacia el progenitor alienado, que tiene consecuencias devastadoras en el desarrollo físico y psicológico de éstos.
Otras veces, sin llegar a sentir odio,
el SAP provoca en los hijos un deterioro de la imagen que tienen del progenitor alienado, resultando de mucho menos valor sentimental o social que la que cualquier niño tiene y necesita de sus progenitores, es decir, no se sienten orgullosos de su padre o de su madre como los demás niños.
DIAGNÓSTICO DEL
SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL
El síndrome de alienación parental está considerado como una forma de maltrato infantil. Sin embargo, por los casos de maltrato (incluyendo casos de abusos) en los que judicialmente se ha alegado SAP para desacreditar el testimonio de la madre y de sus hijos víctimas de abusos, existe una resistencia por parte de los profesionales.
Por esta razón, el diagnóstico diferencial del Síndrome de Alienación Parental requiere que no exista maltrato previo, psicológico o físico, a la madre y los hijos, por parte del progenitor alienado.

Signos de alerta de alienación parental en los niños
Estos son algunos indicadores típicos que permitirían detectar si existen síntomas del Síndrome de Alienación Parental con maltrato:
- Insultar o desvalorizar al otro progenitor en presencia del hijo, aludiendo cuestiones de pareja que no tienen nada que ver con el vínculo parental.
- Impedir el derecho de convivencia con sus hijos al otro progenitor.
- Implicar al entorno familiar y a los amigos en los ataques al ex cónyuge.
- Subestimar o ridiculizar los sentimientos de los niños hacia el otro progenitor.
- Incentivar o premiar la conducta despectiva y de rechazo hacia el otro progenitor (basta con que los niños vean que esa actitud hace feliz a la madre o al padre, para ofrecer su dolor y así reconfortar al adulto alienador).
- Influir en los niños con mentiras sobre el otro llegando a asustarlos. En los niños, el Síndrome de Alienación Parental puede detectarse cuando intentan justificar el rechazo con explicaciones o razones absurdas e incoherentes. En ocasiones, también pueden usar diálogos o frases propias de su progenitor alienador, y palabras o comentarios impropios de su edad.

jueves, 7 de mayo de 2015

Deducción por descendientes en casos de separación o divorcio

El Fallo de La sentencia del TC 19/2012, de 12 de marzo dice: 
1. Declarar que la expresión «conviva con el contribuyente y» de la letra b) del nº 1 del art. 40.3 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas y otras normas tributarias, es inconstitucional. 
La actual Ley del Impuesto sigue recogiendo la mencionada expresión en los artº 58 y siguientes, y el legislador sigue manteniendo la misma expresión. 
Los contribuyentes no podemos deducirnos del mínimo por descendientes (hijos), en el caso de separación/divorcio, pues la AEAT mantiene que no existe convivencia con el progenitor no custodio. Les rogaría un comentario al respecto. Tengo presentados recursos ante el TEAR de los ejercicios 2010, 2011 y 2012, por liquidaciones provisionales que me practicaron en la AEAT, por este asunto, hace más de 6 meses, y todavía no tengo respuesta. 
En relación a esta consulta indicar que efectivamente esta Sentencia del Tribunal Constitucional vino a decir en síntesis que es una situación discriminatoria que la normativa excluya la aplicación del mínimo por descendientes, sin razón justificada, a un grupo importante de contribuyentes que prestan asistencia económica a sus descendientes por el sólo hecho de no convivir con ellos, lo que sucede es que esta Sentencia venía a referirse a una Ley del IRPF ya derogada, a pesar de que la normativa actual lo recoge exactamente igual.
Hay que indicarle a este consultante que la Reforma Fiscal que ha entrado en vigor el día 01 de Enero de 2015 ha dado un paso adelante en este asunto pues para la aplicación del mínimo por descendientes se mantiene como requisito la convivencia, pero como novedad se modifica el Art. 58 de la Ley para recoger de forma expresa que “a estos efectos se asimila a la convivencia la dependencia económica, salvo que existan anualidades por alimentos a favor de dichos hijos
Entendemos por tanto, que es un paso importante adelante y con seguridad como consecuencia de dicha Sentencia. Por tanto lo único que nos queda es indicarle a esta persona que el camino que ha seguido es el correcto para reclamar este derecho, que posiblemente el TEAR no le dé la razón y tenga que acabar en el Tribunal Superior de Justicia, pero las posibilidades de éxito de esta reclamación son bastante altas.
No he visto desde que zona de España hace la consulta porque dependiendo de su residencia los Tribunales Económico Administrativos pueden estar más o menos atascados. A modo de ejemplo en Madrid, una resolución del TEAR puede demorarse 3 años. En cualquier caso al haber presentado la reclamación en tiempo y forma, da igual el tiempo que transcurra, porque el derecho no lo pierde al haber presentado esta reclamación y además si consigue finalmente una resolución favorable tendrá a su favor intereses de demora por todos los años transcurridos.

miércoles, 6 de mayo de 2015

El II Plan de Apoyo a la Familia incluye aumentar la baja por maternidad


Embarazada

www.madrid.org/0/04/2015

SE CREARÁ UN 'CHEQUE SERVICIO' PARA LA CONCILIACIÓN.
El presidente regional, Ignacio González, propone aumentar la baja por maternidad, permiso por lactancia y crear un 'cheque servicio' para facilitar la conciliación. Para ello el Gobierno regional aprobará el II Plan de Apoyo a la Familia en el que propondrá al Gobierno de la nación la concesión de un permiso retribuido por maternidad de 122 días (el actual es de 112 días), que se ampliará en 2 semanas más por hijo a partir del 2º.
Esta es una de las 271 medidas recogidas en el plan, que supondrá un ahorro tributario estimado para las familias de 1.048 millones en 4 años. González también propone la modificación de la legislación laboral para la concesión de un permiso por lactancia de 1 hora diaria que podrán dividir en 2 fracciones, para cuidado y atención de hijos menores de 12 meses. Asimismo, quiere la modificación de la legislación laboral para la concesión de una licencia retribuida hasta la fecha del parto que se podrá disfrutar a partir del día 1º de la semana 37 de embarazo.
El Plan también prevé promover la prestación de 'cheques de servicio de hogar', que facilitarían los servicios de apoyo a la conciliación en las familias y que ayudaría al desarrollo económico de este sector, previniendo la economía sumergida.
Igualmente, se propone la rebaja del IVA en la adquisición de vivienda para familias numerosas y monoparentales con 2 hijos.
El plan impulsa la creación de un protocolo de actuación ante la detección de mujeres embarazadas en situación de vulnerabilidad; colaboración con entidades que acogen a mujeres en estado de gestación o madres con hijos menores de 5 años que sufren enfermedad mental o trastorno diagnosticado; promoción de red de puntos de lactancia de acceso libre y ayuda a domicilio para embarazos de riesgo y 1º meses tras el nacimiento. También se propone el reconocimiento legislativo del ‘mobbing maternal’, como una discriminación laboral, promoviendo su erradicación.
Continua el artículo AQUI

¿Qué es mejor: un matrimonio infeliz o un divorcio costoso?


www.proexpansion.com/Martes, 05 de mayo del 2015 

La situación entre Grecia y el resto de miembros de la Unión Europea se asemeja a un matrimonio en problemas. Solo hay 2 caminos posibles, cada cual con importantes costos y riesgos asociados.

Cuando un matrimonio va mal, por la razón que fuera, la confianza entre la pareja es muy débil y cualquier interacción resulta extremadamente costosa y hasta incómoda para ambos. Una vez que se ha cruzado cierto límite de deterioro de la relación, la probabilidad de éxito de cualquier acción para reconstruirla es bastante baja, especialmente cuando se habla mucho y se hace poco.

A este punto es el que han llegado las relaciones entre Grecia y los países de la Unión Europea. En el caso de una pareja, la solución convencional es el divorcio. Típicamente, en un divorcio, ambas partes deben asumir un costo económico y emocional, además de enfrentar la incertidumbre que siempre está asociada al proceso de volver a empezar de cero una vida romántica (….).

Pues porque, habiéndo vivido esta experiencia, estiman que los riesgos legales y financieros siempre terminan siendo mucho mayores a los que se anticipan. (…)

Es muy fácil perder la perspectiva cuando se tiene un divorcio a la vuelta de la esquina. Lo aconsejable para evitar que esto ocurra es recordar las razones por las cuales una persona contrae matrimonio. Si estos objetivos no se están cumpliendo, pues no hay mucho más que pensar. En el caso de la Unión Europea, los objetivos eran forjar una Europa más próspera, pacífica y unida. La unión era un medio y no un fin en sí misma. Con Grecia, los objetivos no se han cumplido en varias de estas dimensiones: la economía griega está en ruinas y hoy, países que históricamente se han llevado muy bien como Alemania y Grecia, no se pueden ver en pintura. 

El desenlace de esta historia será escrito en las próximas semanas. (….)
Respuesta: Un Divorcio, a ser posible, lo menos Costoso para todos.

El Supremo no investigará a López Aguilar por violencia de género

El Alto Tribunal cree que la denuncia contra el exministro tiene " déficit argumental"
El Tribunal Supremo ha ordenado devolver, de momento, al juzgado de la violencia sobre la mujer nº 2 de Gran Canaria, la exposición razonada contra López Aguilar porque contiene un "déficit argumental".
El Supremo no abrirá la investigación entre otras cuestiones porque la 1ª denuncia (presentada por el hijastro del político) ya fue objeto de investigación y es una cuestión archivada, con una sentencia firme que nadie ha recurrido y que, por tanto, no puede ser utilizada ahora, al tratarse de "una causa juzgada". 
Pero además, el Supremo le dice a la juez de Canarias que la declaración de la exmujer de López Aguilar no tiene mucha consistencia.
Por todo ello, el Supremo -a pesar de que el fiscal si aprecio indicios de delito- no va a investigar a López Aguilar y ordena a la juez que vuelva a profundizar en la investigación. " La juez debe realizar un minucioso análisis selectivo que ubique cronológicamente los hechos denunciados por la exmujer, Natalia de la Nuez, ya que la declaración judicial prestada por ella "no existe una sucesión ordenada de los hechos delictivos atribuidos al aforado".
El Supremo censura que la juez de Canarias "no integra relato de hechos alguno, ni describe la participación de López Aguilar".

Balance anual del Registro de Violencia Doméstica y de Género

Aumenta en un 15,4% la violencia de género entre menores de edad, hasta los 576 casos  DURANTE EL AÑO 2014: Aumenta en un 15,4% la violencia de género entre menores de edad, hasta los 576 casos.La estadística muestra que en 2014, 27.087 mujeres.
 
Agencias  |  Madrid  |  05/05/2015
Un total de 576 chicas menores de edad tenían al cierre de 2014 una orden de protección o una medida cautelar dictada a su favor por violencia de género, lo que supone un aumento del 15,4% respecto del año anterior, cuando las víctimas de maltrato que no habían cumplido los 18 años no llegaban al medio millar.
Así se desprende del balance anual del Registro de Violencia Doméstica y de Género difundido este martes por el Instituto Nacional de Estadística, que recoge los casos inscritos a partir de órdenes de protección o medidas cautelares.
La estadística revela que el año pasado 27.087 mujeres figuraban en esta base de datos como víctimas de violencia de género, un 0,1% menos que el año anterior y hasta un 16 % menos que en 2011, cuando eran 32.242 las que tenían órdenes de protección.
Aunque la edad media de estas mujeres, 36,2 años, se mantiene en línea con la registrada el año pasado (casi la mitad están entre 25 y 29), el INE destaca el aumento que se ha producido de las menores de edad, un 15,4% más que en 2013. También se han incrementado los casos entre las mujeres mayores, con subidas del 25,9% en el tramo de 70 a 74 años y del 21,3% en las de 60 a 65.
2 de cada 3 víctimas de violencia de género habían nacido en España (el 68,0% del total), sin embargo, la tasa de incidencia por cada 1000 mujeres mayores de 14 años es 3 veces más elevada entre las extranjeras (3 de 1.000) que entre las nacionales (1 de cada 1000). Entre las procedentes de otros países, los grupos más amplios son de Africa y América.
En cuanto a los maltratadores, 26.987 hombres fueron registrados como denunciados por violencia de género en los asuntos con orden de protección o medidas cautelares dictadas inscritos en el Registro a lo largo de 2014, lo que representó un 0,1% menos que en el año anterior. Casi 7 de cada 10 habían nacido en España y cerca de la mitad (49,5%) tenía entre 30 y 44 años.
Al igual que entre las víctimas, se incrementó el nº de denunciados que no habían cumplido los 18: El año pasado subió un 18,4 % la cifra de maltratadores menores de edad, con 90 casos. Entre los que tenían de 18 a 19 años, la subida fue del 13,2 %, conforme los datos del INE.
En un 26,2 % de los casos, víctima y denunciado eran cónyuges, mientras en el 6,8 %, eran excónyuges. El 23,3 % mantenía aún una relación de pareja de hecho y el 20,8% ya la había roto.
Desde esta perspectiva de las parejas, el INE detalla que en 3 de cada 4 (75,0%) el denunciado tenía entre 20 y 54 años y la víctima entre 18 y 44 años. 
En el 58,9% ambos habían nacido en España, en el 7,3% en América y en el 6,2% en otros países de la Unión Europea.

martes, 5 de mayo de 2015

UE: consulta sobre Igualdad entre hombres y mujeres

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La Comisión Europea ha  lanzado una consulta pública sobre Igualdad entre hombres y mujeres en la UE.

La consulta busca conocer la opinión de los Estados miembros, Organizaciones de interlocutores sociales, organizaciones de La sociedad civil con interés en la igualdad de género y la  violencia contra las mujeres, y particulares.

Estas aportaciones servirán de base para el actual proceso de elaboración de la política de la Comisión en materia de igualdad entre mujeres y hombres, que  se implementará después de 2015.

Esta consulta ha estado precedida por la publicación del informe de  la Comisión Europea sobre la igualdad entre mujeres y hombres 2014.

El plazo para la presentación de contribuciones finaliza el 21.07.2015.

Políticas Feministas contra la Custodia Compartida

Piden la derogación de la ley de custodia compartida en la Comunitat.

Una quincena de organizaciones de mujeres han reclamado a los partidos políticos que se comprometan a impulsar la derogación de la Ley aprobada por la Generalitat en 2011 que regula la custodia compartida, porque consideran que está causando "auténticos estragos" entre los menores de la Comunitat Valenciana.
Entidades como la Asociación de mujeres juristas Themis, Custodia en Positivo, la Federación de Asociaciones de mujeres separadas y divorciadas, Abogadas por la igualdad o la Asociación de Mujeres contra la violencia de género Maeve, entre otras, han firmado un manifiesto en el que piden la adhesión de los partidos a sus reivindicaciones.
En el documento aseguran que, a través de la normativa valenciana, se está imponiendo la custodia compartida "a golpe de mazazo judicial en situaciones de conflicto grave entre progenitores y siendo los menores involucrados los grandes perjudicados".
"La ley es tan atroz que contempla explícitamente la posibilidad de imposición judicial de custodia compartida de forma preferente aun existiendo conflicto grave entre progenitores, colocando a los menores en una situación extremadamente perjudicial para ellos y de absoluta desprotección", advierten.
Además, indican que se están obviando "síntomas en menores, como consecuencia directa de esta medida, como trastorno de déficit de atención, de sueño o de alimentación, depresión, involución en el desarrollo del lenguaje, eneuresis, fracaso escolar o agresividad".
"Nadie quiere reaccionar ni hacerse responsable de tantísimos menores destrozados", afirman en el escrito, en el que denuncian que la ley "además de discriminatoria hacia los menores de esa comunidad con respecto a otras, está siendo extremadamente maltratante para los menores que sufren el divorcio de sus padres".
También afirman que la normativa "está colocando a muchas mujeres divorciadas en una situación de auténtico sometimiento" y señalan que hay casos en que se está concediendo la custodia "habiendo antecedentes probados de maltrato".
Las entidades firmantes del documento reclaman la derogación de la ley de corresponsabilidad parental vigente en la Comunitat Valenciana que, según afirman, "nunca debió aprobarse".
Reivindican la aplicación coordinada del Código Civil, de la Ley Integral de Violencia de Género y de la normativa jurídica de protección a la infancia.
Además, solicitan que se realice una nueva normativa que permita al juzgador establecer un régimen de custodia que tome en consideración criterios en los cónyuges como el nivel de corresponsabilidad que ha tenido cada uno de los progenitores en el cuidado y atención de los menores duran el periodo de convivencia familiar.
También piden que se tenga en cuenta el acuerdo entre los progenitores sobre las normas educativas, los indicios de violencia machista y de conflicto entre los progenitores y la existencia de una buena relación entre ellos.
En el caso de los menores, piden que se hagan valer los lazos afectivos y de confianza con la madre y el padre, el arraigo social, escolar y familiar, la edad y el nº de hermanos, y el estado emocional de los menores durante los procedimientos judiciales.
Respecto a los equipos psicosociales, piden que tengan una composición multiprofesional y una formación especializada y puedan realizar, tras la resolución judicial, el seguimiento de los menores en el nuevo sistema de convivencia.

Guerra por la custodia entre lesbianas


Rosie O’Donnell tachada de drogadicta por su ex mujer.

Entre Michelle Rounds y su ex esposa Rosie O’ Donnell no queda ni fuego, ni cenizas. Lo que sí abunda en la relación de estas 2 mujeres es odio, acusaciones y la custodia de una hija que ambas quieren al completo. Ahora, Michelle pide que Rosie se someta a test antidrogas.
Rosie O ‘Donnell es uno de los rostros televisivos más famosos de América y también una abanderada del movimiento homosexual. Michelle Rounds y ella estuvieron profundamente enamoradas y, fruto de su relación, nació Dakota que ahora tiene tan sólo 2 añitos.
La cría es la que está saliendo peor parada de esta ruptura puesto que, aunque ahora tienen la custodia al 50%, es decir, pasa el mismo tiempo con sus 2 mamás, tanto Rosie como Michelle quieren asegurarse de que ésta es una sentencia sólo temporal.
O’ Donnell quiere la custodia completa de su pequeña y Michelle le pide al juez exactamente lo mismo. Pero esta historia de desamor y reproches acaba de dar un giro enorme cuando, según TMZ, Rounds se ha presentado en los juzgados pidiendo test anti drogas esporádicos y sin previo aviso cuando Rosie esté a cargo de Dakota.

Michelle reclama a través de su abogado que O’Donnell se someta a estos controles para comprobar si ha consumido drogas o alcohol teniendo bajo tutela a la menor. Esta noticia ha saltado como un bombazo en la prensa americana puesto que, en pocas palabras, Michelle tacha a su ex de consumidora de drogas.
Cuando los medios estadounidenses han contactado con la principal imputada, Rosie, ésta no sólo se ha negado a hacer declaraciones sino que ha hecho hincapié en que todos estos asuntos son cosas legales y que ella jamás hablaría al respecto de un tema así.
La reputación mediática de Rosie está en tela de juicio pero, ¿será verdad que consume drogas o alcohol? ¿Se someterá a los ‘exámenes sorpresa’ cuando tenga a Dakota con ella? ¿Le dará el juez la razón a Michelle quitándole la custodia compartida a O’ Donnell? La verdad es que, pase lo que pase, espero que sea lo mejor para Dakota,

lunes, 4 de mayo de 2015

Caos: Los Informes Psicosociales y los Juzgados especializados en Familia en España

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Retrasos de hasta un año en los exámenes a los padres separados para decidir sobre la custodia Custodia compartida .

El aumento de los divorcios y las peticiones de custodia compartida disparan la demanda de informes psicosociales en los juzgados. Los abogados de familia piden que se refuercen los equipos de psicólogos forenses para evitar el atasco de expedientes que dilata los procesos. Cada año se conceden 9.000 custodias compartidas en España, según el INE. Beatriz Rodríguez, letrada y exjueza: "Cuanto antes llegue la sentencia firme en un divorcio antes se cierra la etapa de mayor gasto emocional de las familias".

ECO |A. LARRAÑETA 04.05.2015

El aumento de los procesos de divorcio y de las demandas de custodia compartida —cuya concesión ha pasado del 14,6% al 17,9% en un año, según el INE— incrementan sustancialmente la carga de trabajo de los psicólogos y los trabajadores sociales adscritos a los juzgados, unos profesionales que exploran a las familias y que con sus informes ayudan a los jueces a decidir con quién vivirán los hijos en común de las parejas rotas. En el caso de las custodias compartidas, sirven para ratificar que los 2 padres son aptos para cuidar del niño.

Los abogados de familia denuncian que la sobrecarga de estos equipos motivada por la demanda está produciendo retrasos generalizados en casi todas las demarcaciones judiciales, alcanzando cotas desproporcionadas en algunos juzgados, con esperas superiores a un año para que los progenitores y los hijos puedan ser examinados.

El presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEFA), Gonzalo Pueyo, califica de "muy grave" el atasco de expedientes de los equipos psicosociales en los juzgados que llevan asuntos de familia. Pueyo no duda en achacar la situación a la falta de recursos en la que "los recortes han tenido mucho que ver", explica a 20minutos. Dilata los procesos de divorcio Abogados, psicólogos y el Defensor del Pueblo han pedido al Ministerio que solucione los atascos.

Los informes psicosociales son la valoración del núcleo familiar tras la separación o el divorcio para escoger la mejor opción respecto a la custodia de los hijos y para valorar si ambos padres son aptos para cuidar a sus hijos en casos de custodias compartidas. También se usan cuando se presenta una demanda de modificación del régimen de visitas. Estas exploraciones, que se hacen a padres e hijos, pueden ser solicitadas tanto por las partes en litigio como a instancias del juez. La tarea de los psicólogos, según explican varios profesionales consultados por 20minutos, es descartar psicopatologías y otras disfuncionalidades en los padres y evaluar la capacitación de los progenitores para ofrecer a sus hijos la mejor alternativa de custodia. Para ello basan su análisis en cómo han actuado a lo largo del tiempo y cómo planean hacerlo a partir de la separación. El retraso en los informes provoca demoras que "dilatan los procesos de divorcio, alargando la etapa más tensa de una separación, que es siempre justo la anterior a que el juez dicte sentencia sobre la custodia", señala el presidente de los abogados de familia, Gonzalo Pueyo. En su despacho particular, este letrado lleva precisamente el caso de un padre que ve a sus hijos 1 vez al mes y que en mayo de 2014 solicitó la ampliación del régimen de visitas fijado por el juez. Han pasado 10 meses y su defendido continúa sin cita para la exploración psicosocial. Los técnicos del juzgado extremeño en el que se cursa la demanda remitieron un escrito a la defensa comunicando una situación de "colapso" en el servicio tras haberse duplicado la demanda de pruebas periciales en el último año, han aumentado de 47 a 94 expedientes. En la misiva aseguran que han pedido refuerzos que no llegan y que el caso tiene un tiempo estimado de espera "de 1 año". Pueyo lamenta que, mientras tanto, su cliente vea a sus hijos 1 día al mes. En la última reunión que la Asociación Española de Abogados de Familia mantuvo en diciembre con el ministro de justicia, Rafael Catalá, el asunto de los retrasos en los informes psicosociales estuvo sobre la mesa. "Le expusimos el problema, le dijimos que era necesario incrementar los equipos de psicólogos y trabajadores sociales adscritos a los juzgados y que su labor sea regulada. Le pedimos, además, cauces para poder cuestionar sus informes. El ministro tomó nota", asegura su presidente.

Algunas Comunidades contratan a externos.

Varias Comunidades Autónomas con transferencias en Justicia han optado por contratar equipos externos para dar salida a los expedientes atascados. Es el caso de Canarias, donde la consejería contrató en enero a 50 psicólogos privados, 25 por cada provincia, para reducir el retraso detectado de varios meses en la elaboración de los informes periciales psicológicos. Andalucía, por su parte, permite acudir a peritos externos.

20 minutos ha preguntado al Ministerio de Justicia cómo afronta la problemática en las regiones a su cargo, sin que haya obtenido respuesta. Y eso a pesar de que los juzgados de su zona están entre los más afectados, según señalan los abogados. Un juzgado extremeño admite que la demora de citación para una exploración familiar supera el año Las demoras se agudizan en los juzgados que llevan asuntos de familia sin estar especializados, sedes judiciales cuyos titulares llevan todo tipo de casos civiles. Peor aún es el retraso que acumulan los llamados juzgados mixtos, con asuntos de civil y de penal. La mayoría ni siquiera tienen equipos psicosociales adscrito, sino que comparten uno entre varios juzgados, siendo siempre prioritaria su labor en cuestiones penales. Por este motivo, los abogados de familia están demandando juzgados especializados a nivel nacional. "Esto evitaría que haya, como hay, una Justicia de primera, de segunda y de tercera dependiendo de dónde se resida", describe la letrada Isabel Winkels, presidenta de la sección de familia del Colegio de Abogados de Madrid. En su Comunidad los vecinos de la capital disponen de juzgados especializados en familia, con fiscalía propia y equipos psicosociales adscritos donde los informes tardan un mes, mientras los vecinos de municipios de la periferia tienen juzgados que no están especializados con equipo de psicólogos compartido, dilatándose los procesos y la espera. Según la abogada Winkels, en Comunidades Autónomas como Castilla La Mancha un proceso contencioso de divorcio supera de media los 12 meses de duración.

Especialización de juzgados de familia.
La oficina del Defensor del Pueblo también se ha hecho eco de estos retrasos. La mayoría de las denuncias que versan sobre la jurisdicción civil tienen que ver con el derecho de familia y con las dilaciones de los procesos de divorcio y custodias por las demoras de los informes psicosociales. La institución que preside Soledad Becerril solicitó el año pasado al Ministerio de Justicia que promoviera la especialización de juzgados de familia y que, junto a las Comunidades Autónomas donde la justicia está transferida, potencie la adscripción de psicólogos y trabajadores sociales propios a estos juzgados. En su último informe, recién presentado en el Parlamento, la oficina del Defensor del Pueblo hace también referencia a los problemas que tienen los psicólogos y los trabajadores sociales de los juzgados que llevan asuntos de familia para atender con agilidad su carga de trabajo. A esta institución le preocupa sobre todo cómo afecta en la infancia la dilación de los procesos de divorcio y separación. La abogada y exjueza Beatriz Rodríguez defiende que "es preciso poner todos los medios posibles para que las sentencias firmes de divorcio sean más rápidas, porque así se acaba antes con el gasto emocional de una etapa en la que las espadas siguen en todo lo alto. Está comprobado que con la sentencia la conflictividad se reduce y la mayoría de las familias, estén más o menos de acuerdo con el resultado, se centran en adaptarse a ellas".