viernes, 19 de junio de 2015

Divorcio, Vivienda e IRPF


Lucia Veiga(IAHORRO)/18.06.2015

El tiempo para presentar la declaración se agota. Quedan pocos días para que finalice el plazo para que los contribuyentes entreguen su renta. Son muchos los que ya presentaron la declaración e incluso que ya han recibido la devolución correspondiente, pero abierto aún el plazo, los hay que son más rezagados y muchos además son los que tienen dudas sobre asuntos concretos (....)

Así se despejan todas las incógnitas antes de presentar su escáner financiero anual ante Hacienda.

La vivienda sigue suscitando muchas dudas

Contribuyentes con dudas sobre la vivienda son muchos y las cuestiones por las que preguntan varias. Aunque, como dice Antonio Gallardo: “en 2014 no hay ningún cambio, siguen vigentes las reglas del 2013”.

Uno de los temas que más dudas suscita se zanjaría sabiendo que la hipoteca solo desgrava si la vivienda sobre la que pesa es la vivienda habitual. Se considera vivienda habitual la que vaya a constituir la residencia en la que se viva durante un mínimo de 3 años, por supuesto, hay excepciones y ahí es donde suelen aparecer las dudas.

¿Qué pasa cuando firmo una 2ª hipoteca por mi vivienda habitual?

Un iAhorrador tenía dudas sobre la validez de su declaración. En un principio compró una casa financiándose con la firma de una hipoteca que después canceló al firmar una 2ª hipoteca. Nuestro experto de iAsesoría es claro en el asunto: “solo te podrás deducir el mismo importe que tenías en la hipoteca inicial concedido destinado a la adquisición de vivienda”

¿Por qué hacienda no me devuelve por mi hipoteca?

Sobre este aspecto los expertos aclaran que hacienda sólo devuelve la cantidad que ha cobrado.

En esta situación está una usuaria a la que le devuelven 229 euros, el 2% de su salario (11.465 euros anuales). Si la desgravación no tuviese el límite de lo pagado esta iAhorradora podría optar a que le devolviesen hasta 528,3 euros, el 15% de lo que aporta cada uno.

La situación de un usuario en excedencia voluntaria es muy similar. Al no haber cotizado no se podrá deducir a pesar de tener una hipoteca y haber afrontado todos los pagos con sus ahorros.

Confusión de impuestos

Los españoles pagamos varios impuestos y no todos ellos tienen relación con la declaración de la renta. Algunos dependen del estado, otros de la comunidad y los hay que penden del ayuntamiento como en el caso del impuesto de circulación. La declaración de la renta es relativa al impuesto de IRPF.

Un usuario comenta que es propietario de una casa al 25% que ha heredado por cesión de su madre. Los expertos que colaboran en iAhorro le comentan que en ese año, en el que recibió el 25% de la casa, tendría que haber pagado el impuesto de sucesiones en el IRPF. En el momento de la venta “pagará IRPF en el momento de la venta por la diferencia entre el valor de transmisión menos el valor de adquisición de la parte adjudicada de la vivienda”.

¿Qué hago si me he equivocado en mi declaración de la renta?

Puede que una vez presentada nuestra declaración de la renta nos demos cuenta de que se nos ha olvidado incluir algo, que hay un dato erróneo o que hemos rellenado la casilla equivocada. Varios pueden ser los motivos que nos lleven buscar el modo de subsanar el error.

Hacienda contempla una solución para cuando necesitemos hacer una modificación sobre los datos presentados. Si el plazo de presentación de la renta todavía está abierto podrás presentar una complementaria en 2 casos:

  • Si la devolución correcta es inferior a la presentada en un principio.
  • Si la cuota a ingresar es mayor a la presentada en un principio.

Cuando el resultado de tu renta, al incluir la modificación, es favorable al titular la vía de modificación será diferente. Si los cambios significan que hacienda te devolverá más dinero que en la declaración presentada en un principio o tendrás que pagar menos habrá que hacer una solicitud de devolución de ingresos indebidos.

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