miércoles, 11 de febrero de 2015

T. Supremo no pueden inscribirse como hijos propios unos niños nacidos de un vientre de alquiler


acta sanitaria.com/11.02.2015.La Sala Civil del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que desestima la solicitud nulidad de su sentencia de 6 de febrero de 2014, dictada en relación a la inscripción de la filiación de unos menores nacidos por gestación por subrogación (vientre de alquiler). La Sala considera que la sentencia no vulneró los derechos fundamentales de los menores, ni de quienes pretendían ser inscritos como progenitores y, en concreto, la sentencia respeta la doctrina establecida sobre esta materia en 3 sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La Sala afirma que su sentencia respetó el derecho a la vida privada de los menores y a la determinación de su identidad conforme al art. 8 del Convenio Europeo de Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, pues permitió el reconocimiento de la filiación biológica paterna y la formalización de las relaciones existentes si hubiera un núcleo familiar “de facto” entre los recurrentes y los niños, y al instar al Ministerio Fiscal para que adoptara las medidas pertinentes, en el sentido indicado, para la protección de los menores.

No hay comentarios: