viernes, 16 de enero de 2015

TS: Pensión de Viudedad y Divorcio

Iustel/15/01/2015 

Tribunal Supremo: Requisitos que han de concurrir para que (la viuda divorciada o separada) el viudo divorciado o separado con anterioridad al 1 de enero de 2008 tenga derecho a la pensión de viudedad. Revoca la Sala la sentencia recurrida por el INSS y confirma la denegación de la pensión de viudedad reconocida a la actora en instancia. En el presente supuesto la recurrente contrajo matrimonio con el causante, divorciándose con posterioridad sin que se estableciera pensión compensatoria a su favor.

El documento AQUI 

Nota: No hay Viudo Divorciado (hombre hetero o Gay) que cobre la Pensión de Viudedad. El Estado se ahorra unas pelas. Montoro, mira por tu Futuro.....

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