sábado, 5 de julio de 2014

Los separados deberán repartirse el coste de los traslados de ciudad de los hijos

Las madres y padres separados deberán establecer un reparto equitativo de las cargas que conlleva el desplazamiento de sus hijos de una ciudad a otra cuando los progenitores no vivan en el mismo lugar, ha establecido la Sala Civil del Supremo en una reciente sentencia en la que fija doctrina jurisprudencial para clarificar quién es el obligado a trasladar y retornar al menor del domicilio de cada uno de sus padres.
Sobre esa cuestión existe una gran disparidad de criterios en las Audiencias Provinciales.
En el caso que ha servido al Supremo para determinar el criterio jurídico correcto, la madre, a la que se atribuyó la custodia de un menor aún en período de lactancia, residía en una localidad a 32 kms de la del padre. El Juzgado de Primera Instancia había acordado que, en los días de visita fijados para el padre, éste recogería a su hijo en el domicilio materno y la madre se encargaría de hacerlo en la casa paterna. Sin embargo, la Audiencia corrigió ese extremo y estableció que fuera el padre el que recogiera y devolviera al menor "al ser el que vive en localidad distinta a la del hijo".
La Sala Civil del Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por el padre y ha resuelto definitivamente que el régimen sea el acordado inicialmente por el Juzgado.
El Supremo explica que la solución que se fije en cada caso "debe ajustarse a dos principios generales de ineludible observancia en esta materia: el interés al menor y el reparto equitativo de cargas".
"Es esencial", argumenta, "que el sistema que se establezca no pierda de vista el interés del menor, de forma que no dificulte su relación con cada uno de los progenitores".
Por otro lado, "es preciso un reparto equitativo de cargas, de forma que ambos progenitores sufraguen los costes de traslado de forma equilibrada y proporcionada a su capacidad económica, teniéndose en cuenta sus circunstancias personales, familiares, disponibilidad, flexibilidad del horario laboral, etc.".
La Sala Civil establece un criterio prioritario y otro subsidiario para que se determine quién debe correr con los gastos de los desplazamientos de los hijos.
En este sentido, declara que "cada padre/madre recogerá al menor del domicilio del progenitor custodio, para ejercer el derecho de visita y el custodio lo retornará a su domicilio. Este será el sistema normal o habitual".
"Subsidiariamente", añade, "cuando, a la vista de las circunstancias del caso, el sistema habitual no se corresponda con los principios de interés del menor y distribución equitativa de las cargas, las partes o el juez podrán atribuir la obligación de recogida y retorno a uno de los progenitores con la correspondiente compensación económica, en su caso, y debiendo motivarse en la resolución judicial". El Supremo abre la puerta, así, a la posibilidad de que los gastos de los viajes sean descontados de la pensión compensatoria, como han acordado algunas Audiencias.
El Alto Tribunal precisa que esas 2 soluciones se establecen "sin perjuicio de situaciones extraordinarias que supongan un desplazamiento a larga distancia, que exigirán ponderar las circunstancias concurrentes y que deberán conllevar una singularización de las medidas".

Los secretarios Judiciales se movilizarán si se "privatiza" el Registro Civil

Los Secretarios judiciales acusan al Gobierno de dar una "nueva estocada" al derecho de los ciudadanos a la Justicia. 

Intentarán que se interponga un recurso al Tribunal Constitucional para que permanezca en manos públicas y que siga siendo gratuito, dado que afecta a los derechos fundamentales. El Registro Civil custodia los nacimientos, defunciones, filiaciones, sexo, estado civil, capacidad de las personas…

JULIA PÉREZ Madrid 04/07/2014.

El Sindicato de Secretarios Judiciales difundió este viernes un comunicado en el que denuncia la privatización del Registro Civil acordada por el Consejo de Ministros de este viernes, que pasa a manos de los registradores mercantiles.
El SISEJ considera que los principales afectados por esta medida es la propia ciudadanía, "tras más de 1 año de pública subasta por parte del Ministro de Justicia". Además, anuncia que intentarán la interposición de un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Tras la generalización de las tasas judiciales "para impedir que los ciudadanos accedan a la justicia, utilizando como justificación que se abusa de la justicia, el Gobierno da una nueva estocada ahora en un aspecto tan sensible como la gestión del Registro Civil", destaca el SISEJ. 
Continua el artículo, con encuesta incluida, Aquí

Tribunal Supremo: La vivienda en los divorcios con hijos mayores de edad

La jurisprudencia sentada a partir de la STS de 5/09/2011 determina que el uso de la vivienda familiar atribuido a los hijos y al progenitor custodio con ocasión del divorcio podrá extinguirse a partir de la mayoría de edad de aquellos, aunque –y esto es lo importante- no hayan alcanzado la independencia económica.

Jose Manuel Vara Gonzalez,Notario/ www.invertia.com/4 de Julio de 2014
Bajo la ley de divorcio de 1981 el esquema normal de una ruptura familiar con hijos menores ha venido siendo el siguiente. La custodia de los hijos era atribuida en un 90% de los casos a la madre en exclusiva, y como consecuencia, se asignaba a aquéllos el derecho a usar la vivienda familiar en compañía del progenitor custodio, con independencia de quién ostentara la titularidad de los derechos que permitían el uso. El progenitor no custodio era desahuciado (ha venido siendo la causa más frecuente de desalojo de vivienda habitual, por encima de las ejecuciones hipotecarias o arrendaticias) y se veía obligado, además de a allegarse su propio alojamiento, a pagar a su excónyuge pensión alimenticia para cubrir la parte correspondiente de las restantes necesidades de los hijos. Hasta 2010, ninguno de los derechos civiles españoles obligaba al progenitor custodio a compensar al no custodio por su propio uso personal de la vivienda, ni siquiera en los casos en que en que ésta no era ni parcialmente suya.
Los alimentos naturales a cargo del custodio (atender materialmente a los hijos) nunca se cuantifican en relación a los alimentos civiles a cargo del no custodio, entre los que estaría desde luego el valor contable del uso de la vivienda, con lo que de los 2 progenitores sólo el padre que paga en efectivo puede civilmente llegar a incumplir sus deberes alimenticios -el otro cumple en tanto que convive- y arriesgarse a la represión criminal del incumplimiento (art 227,1 CP, residuo histórico de la prisión por deudas).
 Además, hasta la STS 28/03/2011, si la vivienda estaba hipotecada, el pago de las cuotas se metía en el saco de las obligaciones alimenticias de carácter familiar a cargo del progenitor desahuciado, y no de las propias del régimen económico matrimonial, con lo que era frecuente obligarle a pagar toda la hipoteca o una parte mayor que el custodio, a compensar en la lejana liquidación de los gananciales o de los bienes comunes.
Las consecuencias de esta situación se han revelado socialmente perversas respecto de las 3 partes. (....) Continua el artículo aquí


viernes, 4 de julio de 2014

Las princesas Disney agredidas sexualmente por sus padres

Las impactantes imágenes.....

Una imagen de la Bella Durmiente besándose en los labios con su padre es sin duda una escena que genera polémica. Sin embargo, en este caso no se busca alcanzar ese objetivo, sino llamar la atención para concienciar sobre un problema.
La llamativa estampa forma parte de una campaña lanzada a título personal por un artista conocido como Saint Hoax. Con ella quiere animar a las personas que han sido víctimas de un ataque sexual a que lo denuncien, aunque haya pasado mucho tiempo.

Su controvertida manera de hacer llegar el mensaje ha sido recurrir a las dulces princesas Disney, mostrándolas en una situación muy violenta: siendo besadas contra su voluntad por sus padres.
Esta elección no se ha producido al azar, sino que queda explicada en los propios carteles con una estadística demoledora. "El 46% de los menores que han sido violados, lo han sido por parte de miembros de su familia", reflejan.
"Hace poco descubrí que una de mis amigas más cercanas había sido agredida sexualmente por su padre cuando tenía 7 años. Le costó 14 años compartir esta experiencia traumática, lo cual me impactó", ha afirmado el artista, que justifica el uso de estos personajes de dibujos porque es un lenguaje visual que puede atraer a su audiencia y ser efectivo.

Como es normal, la campaña no cuenta con la aprobación oficial de Disney, y no sería extraño que solicitaran su retirada. Aunque quedan claras las buenas intenciones que hay detrás de ella, ver a sus icónicas princesas besándose con sus padres no es precisamente una imagen que les agrade ver.



Fracaso de las segundas parejas

Pastora-Vega y Juan RiboPastora Vega y Juan Ribó rompen tras 4 años juntos.

Pastora Vega y Juan Ribó han terminado su historia, que comenzó en 2010 después de enamorarse haciendo la obra de teatro: Una relación pornográfica. Al parecer, la exmujer de Imanol Arias ya ha abandonado el domicilio que compartían en Madrid y se ha mudado al centro de la capital.
Los inicios de su romance estuvieron salpicados por la sorpresa y la polémica. La actriz se acababa de separar de Imanol Arias, con quien formaba una de las parejas más estables del panorama nacional, con 25 años de unión y 2 hijos en común. Él, por su parte, afirmaba estar separado de la anticuaria Cristina López del Hierro desde hacía tiempo, aunque posteriormente esta habló en muchas entrevistas sobre lo contrario, acusándole claramente de infidelidad.
Sea como fuera, Pastora Vega y Juan Ribó se enamoraron interpretando la obra de teatro Una relación pornográfica. Al principio  incluso se especuló con que su noviazgo fuera un montaje promocional, pero el tiempo acabó dándoles la razón. 
Aunque como ellos mismos afirmaban, eran una pareja "atípica", su química era evidente. En los últimos meses surgieron rumores de crisis, pero ellos lo negaron. Es más, recientemente participaron en el concurso de Antena 3 A bailar, presentado por Mónica Naranjo, en el que varias parejas y matrimonios de famosos en la vida real ejecutaban números de baile. Ahora el baile parece que ha terminado. 

La pareja siempre se mostraba muy cómplice.

La justicia afirma que no hubo malos tratos psicológicos de Carlos Seguí contra Patricia Conde

Carlos Seguí Patricia Conde
La presentadora tiene la custodia provisional de Lucas
Foto: EUROPA PRESS
MADRID, 3 Jul 2014. (CHANCE) -
La batalla legal entre Carlos Seguí y Patricia Conde continúa. Ayer se publicaba una información acerca el juicio en el que se decidirá la custodia del pequeño Lucas y en la que se aseguraba que la popular presentadora había obtenido la custodia legal de su hijo. Algo desmentido por fuentes judiciales que aclaran que Patricia Conde tiene la custodia de Lucas de forma provisional hasta que se firme la sentencia de divorcio.
Ayer mismo la juez resolvía la querella que hace meses interpuso Patricia Conde contra su ex por malos tratos psicológicos. La justicia ha dictaminado que no existe delito de maltrato ni delito de abandono del menos, como no hay delito esta querella se cambia a un juicio de faltas; a no ser que los abogados de la presentadora recurran.
La resolución llega después de que la juez tomase declaración a Carlos, Patricia y otros testigos. El equipo de psicólogos del juzgado determinó en su informe que lo tenía era ansiedad, algo normal en un divorcio traumático como el que la expareja está viviendo.
Meses de juicios y de acusaciones que viven su punto más álgido con la nueva demanda que ha interpuesto el empresario a la presentadora por revelación de secretos, con una condena de 2 a 5 años de cárcel. El motivo de esta denuncia es que supuestamente se habría hackeado el correo electrónico del empresario; además de sus cuentas bancarias y de haber accedido a su cuenta de icloud, a través de la cual podría haber visto todas las fotografías de su teléfono móvil.
Una tensa relación entre Patricia y Carlos que vivirá su punto más álgido cuando se celebre el juicio de su divorcio. El hijo de Patricia y Carlos ha cumplido hace 2 meses su 1º año de vida, ahora Lucas disfruta 15 días con su padre para luego volver con Patricia y pasar el resto del verano. Un verano muy triste para ambas partes que no podrán disfrutar al completo del pequeño Lucas.

jueves, 3 de julio de 2014

10 Ventajas de divorciarte aumque no te lo creas

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10 cosas que se ganan después de un divorcio, según Carol Ferguson, Micki McWade y Rachel Gladstone, expertas asesoras en relaciones de pareja y autoras de Divorce Survival Guide.
Sobreponerse al dolor y a la pérdida
1. Aprendes de la experiencia. Si la 1ª vez no funcionó, ¡puedes volver a amar, más y mejor! Si juegas bien tu baraja, tu próxima relación podría ser la definitiva.
Sabiendo que el amor no todo lo puede,......
2. Espacio personal. Toda la cama es tuya.
3. Desapego material. Es hora de tirar todos aquellos objetos que detestas.
4. Vives en paz. No más peleas ni discusiones por tonterías. Piensa en lo importante que es recuperar tus espacios, horarios y gustos…
5. Te curas emocionalmente. Casi siempre, después de un divorcio comienza la recuperación emocional de una persona.
Es verdad que se pasa por momentos duros, tristes y difíciles, pero con el apoyo .....
Lo importante es perdonarte a ti mism@ y ser buen@ contigo y, darle tiempo al tiempo. Eso de que el tiempo cura todas las heridas es muy cierto.
6. Te fortaleces físicamente. Además de tu bienestar emocional, empieza también a trabajar en la construcción de tu fuerza física.
7. Recuperas el control de tu vida. Tener el absoluto control sobre tus decisiones sin tener que consultarlo con nadie más.
8. Vuelves a ver a tu tropa. Es momento de volver a encontrar a nuestros seres queridos y divertirnos como antes. Los buenos amigos lo son para siempre.
9. Aprendes y disfrutas.  Todas aquellas cosas que dejaste pendientes por “estar a su lado”  ahora están al alcance de tu mano, aumentará tu autoestima.
10. Creces como persona. Un divorcio puede ser el principio de una vida plena y mejor. Las únicas restricciones a tu vida serán las que tú te impongas.

Divorciarse en Italia se ha vuelto un lujo

Valentina Alazraki / Roma/Noticieros Televisa/ 02. Jul. 2014
Foto: AP
Los divorcios y las separaciones registran una baja en Italia debido principalmente a la crisis económica y porque comparten los gastos de luz, agua, teléfono, etcétera

Debido a la crisis económica, separarse o divorciarse se ha vuelto un lujo para las parejas italianas.
Por 1ª vez, desde 1995, en 2012 se registró una disminución de ambos, ya que hubo 88.288 separaciones y 51.319 divorcios, lo que representa una disminución del 6 % y del 4.6 % con respecto al año anterior.
De acuerdo con la asociación agrícola más grande de Italia, Coldiretti, para los 7.1 millones de italianos que viven solos, el costo de la vida es más alto del 66 % con respecto al de una familia tradicional.
Para la compra gastan 62 % más que una persona dentro de una familia, gastan el doble para la vivienda, el 76 % más para luz y calefacción, y el 29% en transportes.
6 de cada 10 italianos que se han separado en el último año siguen viviendo en su casa con la ex pareja. Un 10 % ha vuelto a la casa de sus padres (unas 167.000 personas).

El marido, que sale de su casa y debe mantener a su esposa y a sus hijos, corre el riesgo de convertirse en un pordiosero.
La presencia de separados y divorciados ha aumentado entre los más de 4 millones de italianos que se ven obligados a acudir a comedores públicos o de la Iglesia.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística de Italia (ISTAT, por sus siglas en italiano), la disminución de las separaciones y divorcios se debe, por un lado, a los problemas económicos; por el otro, al hecho de que los italianos se van a otros países europeos, especialmente España, para divorciarse porque ahí los trámites son más rápidos y menos costosos. En los últimos 5 años, 2.000 parejas italianas se divorciaron en España. 
En Italia es posible divorciarse sólo 3 años después de la sentencia de separación.

Un dato contradictorio es que de acuerdo con el ISTAT, los matrimonios celebrados recientemente duran menos que en el pasado, pero parece que las bodas religiosas duran más que las civiles.
En Italia, la crisis del 7º año hizo estragos: En 20 años, entre 1985 y 2005, las uniones que se acabaron, después de 7 años, se han duplicado, pasando del 4.5 % al 9.3%. 
La edad media de las personas que se separan es de 47 años en el caso de los maridos, y de 44 en el caso de las mujeres.
Según el ISTAT, estos valores han aumentado debido a la postergación del matrimonio.
En el caso de divorcio, la edad gira alrededor de los 49 para los hombres, y 46 para las mujeres.  
Se ha registrado el aumento de los divorcios con una de las 2 personas con más de 60 años.
Los matrimonios que sobrevivieron a la crisis del 7º año en el 2012 fueron 933 matrimonios por la Iglesia (en el 2005 fueron 1000) y 880 matrimonios civiles de los 1000 del 2005.
ISTAT estima que esto se debe probablemente a que la decisión de casarse por la Iglesia se toma después de un período de mayor reflexión con respecto al matrimonio civil.

Divorcio: En Busca del Punto G

Documentos TV (Programa de televisión)
Documentos TV es un programa de televisión emitido por Televisión Española, dedicado a la transmisión de documentales y reportajes de temática variada. Fundado por Miguel Veyrat, comenzó sus emisiones el 29 de abril de 1986.

"En busca del punto G"

¿Es el punto G un mito o una realidad? ¿Una invención o una verdad científica? Documentos TV nos aproxima a una zona erógena objeto de polémicas. En busca del punto G se emite el miércoles 2 de julio a las 00.15 h en La 2

miércoles, 2 de julio de 2014

Criterios generales en la atribución del uso de la vivienda familiar


Criterios generales en la atribución del uso de la vivienda familia. A.P. de Madrid.
Las siguientes conclusiones:
1.º La atribución del uso de la vivienda familiar, habiendo hijos menores, se hará a favor de estos, en tanto no alcancen la mayoría de edad, salvo acuerdo de las partes, bajo supervisión del Juez y del Ministerio Fiscal.
2.º Si al tiempo de la separación o divorcio no existen hijos menores, habrá de valorarse en cuál de los exconsortes reside el interés necesitado de mayor protección.
3.º La atribución del uso es siempre medida temporal, salvo pacto en contrario, a extinguir a la mayoría de edad de los hijos comunes, sin que la mera liquidación de la sociedad conyugal le ponga fin, si con ello quedan desamparados los menores.
4.º La atribución judicial del uso de viviendas militares no da lugar a subrogación del contrato, ni a alterar la relación jurídica entre la entidad propietaria de la vivienda y el militar adjudicatario.
5.º La vivienda familiar es la ocupada al momento de la crisis del matrimonio o de la pareja.
6.º Es susceptible de ejecución el pronunciamiento o el pacto judicialmente sancionado, limitativo del uso o impositivo de venta, de haberse fijado plazo.
7.º Se habrá de contraer la atribución hasta el momento en que el descendiente alcance los 18 años, con independencia de la edad que tenga al tiempo de analizarse la situación.
8.º Es viable judicialmente, alcanzada la mayoría de edad por todos los hijos comunes, acceder a peticiones de ocupación de cualquiera de los cotitulares o partícipes de la sociedad legal de gananciales, por la vía de la administración prevista en el último párrafo del art. 809.1.º LEC, o por la de ejecución, de venir prevista la extinción en el título. 

El documento completo esta en la web de PAMAC

15 cosas que los papás hacen cuando les dejas al cuidado de vuestro bebé

en femenino.com/

No hay que generalizar pero podemos decir que a la mayoría de los papás todavía se les escapan algunas de las tareas más importantes a la hora de cuidar a un bebé, cuando no está mamá en casa. Da igual que sean primerizos o experimentados, lo cierto es que estamos seguras que soltarás más de una carcajada con muchas de estas divertidas situaciones. ¡Ándate con ojo si les dejas solos en casa al cuidado de los peques!

Desde montar un parque temático en el jardín de casa hasta meterse en la cuna con el bebé para que se duerma... A continuación te mostramos 15 cosas que los papás hacen cuando les dejas al cuidado de tu bebé.

1. Buscan aliados para que le ayuden con las tareas de la casa.
Esto no era precisamente a lo que te referías cuando le dijiste que mantuviera la casa limpia...
2. ¡ Pizza para cenar !
Queso, mozzarella y pepperoni... Esto no entra dentro del concepto "cena saludable", ¿no?
Y encima, tienes que aguantar que el papá te diga... "Ha sido la 1ª vez que ha dejado el plato limpio".

3. La norma de "los dulces solo los fines de semana" no es extensible al resto de días bajo ningún concepto.

4. Hacen la hora del baño más divertida.
Bueno, por lo menos de esta forma consigues que le lave el pelo al niño.

5. Pierden la mochila portabebés. Pero, ¡no te preocupes! No salió de casa.
  
6. La carita del bebé se convierte en una bola de plastilina en sus manos

7. Por fin saben lo que conlleva cambiar el pañal al niño

8. El bebé aprende defensa personal: Ahora sí que nos sentiremos seguras cuando salga a la calle solito, ¡cariño!

9. Cambian el look de tu hijo sin consultartelo

10. El bebé sabe identificar "la gracia" que suponen sus ventosidades a papá. Y tu chico se siente realmente orgulloso por haberle enseñado tal hazaña.

11. Descubren nuevas tácticas para que el niño duerma

12. Montan un cuerpo de baile familiar en toda regla

13. Transforman la casa en un parque temático. Y el premio para el papá más mañoso de los Juegos Olímpicos de Invierno es para...

 14. Perfeccionan su show junto al bebé

15. Caen rendidos de amor por su bebé. Hasta los hombres más duros se vuelven de lo más sensiblones y sentimentales cuando reciben el cariño y los besos de sus bebés.

Nota: ¿ Esta de acuerdo con este punto de vista .... femenino ?

 

 

 

 

 

 

 

15 famosas lesbianas influyentes en España

en femenino.com/ 

A pesar de que el mundo de la televisión y el cine ya ha normalizado la homosexualidad en los hombres, las mujeres parece que no consiguen tener tanta visibilidad como ellos y les cuesta más salir a la luz pública. Sin embargo, algunas famosas no tienen problema en negar su tendencia sexual y se han puesto como abanderadas de un movimiento que esta semana celebra su fiesta más importante en Madrid.

Jorge Javier Vázquez, Jesús Vázquez, Boris Izaguirre o Máxim Huerta son algunas de las caras más conocidas de la televisión. Lo que les une, además de su cadena y su fama, es su tendencia sexual. En los últimos años hemos podido observar como numerosos rostros conocidos han hablado y expresado con total normalidad su condición, pero ¿por qué son siempre hombres? ¿Está más normalizada la figura del gay que la de la lesbiana? ¿Están ellas aún en el armario?

Aunque en muchos casos no es así, sí es cierto que el nº de mujeres que se atreve a decir y hablar de su condición sexual con total normalidad es mucho menor que el de los hombres. A excepción de rostros conocidos como el de Sandra Barneda o Elena Anaya (que aunque no se esconden nunca han querido entrar a confirmar ni desmentir nada) pocas mujeres famosas más se encuentran en la lista de “Gays más influyentes”.

En EEUU, el nº aumenta, pero hay muchas que aún prefieren esconderlo o simplemente callarlo. La actriz Jodie Foster, a sus 50 años, quiso confesar públicamente su homosexualidad en la gala de los Globos de Oro del 2013 en un emocionante y sentido discurso.

Elle Degeneres y su novia, Portia de Rossi, son sin duda un claro ejemplo para esta comunidad. Ellas, con naturalidad y sin miedos, han conseguido convertirse en una gran pareja a la que todo el mundo admira. Cara Delevigne y la actriz Michelle Rodríguez lo intentaron hace unos meses pero pronto acabó su relación.

Son muchas más las que en mayor o menor medida han confesado su condición, pero seguro que aún quedan muchas más.

Cuando los niños están en riesgo, ¿la única solución es quitárselos a la madre?

Cuando los ninos están en riesgo la unica solucion es quitarselos a la madre  
Una revelación de datos judiciales en Gran Bretaña ha sacado a la luz una escalofriante cifra: más de 7.100 madres han visto cómo los servicios sociales tomaban la custodia de un total de 22.790 niños en los últimos 7 años. Se trata sobre todo de mujeres que sufren problemas con el alcohol o las drogas, y que una vez que se quedan sin su primer hijo vuelven a tener otro, una y otra vez.  
¿Llevarse a los hijos es la única solución posible?
Cada vez hay más casos de madres a las que la justicia arrebata a sus hijos, Tal y como informaba la BBC hace unos días, 2, 3, 4 y más hijos de una misma madre han pasado a ser custodiados por los servicios sociales. Abuso, negligencia, problemas con las drogas o el alcoholEstas mujeres (a veces muy jóvenes, la mitad de ellas tenían menos de 24 años cuando perdían la custodia del 1º hijo) volvían a quedar embarazadas sin haber solucionado sus problemas. Y así el ciclo se repetía.
Según la doctora Broadhurst de la Universidad de Manchester y una de las responsables de este análisis, los resultados muestran que el procedimiento que siguen servicios sociales y juzgados de familia debería incorporar opciones como poner los medios para que estas mujeres mejoren su situación. En este sentido, la periodista Diane Taylor advierte en The Guardian que una madre a la que le quitan su hijo puede volver a quedar embarazada como una forma de paliar el trauma y el dolor de la separación.
Los servicios sociales actúan cuando creen tener motivos -o hay denuncia- y los jueces dictan sobre la capacidad de esas madres para cuidar. Y es completamente comprensible que se tomen cartas en el asunto cuando existe un cierto riesgo -o evidencias- sobre el bienestar de los niños. Situaciones de dependencia económica, depresiones, abuso de drogas o embarazos no deseados son algunos de los motivos por los que una persona no consigue ser el padre o la madre “ideal”.
De esta manera, si estamos de acuerdo en que los progenitores deben ser los protectores de la criatura en el momento de convertirse en padres, una sociedad sana no debería permitirse un número tan elevado de mujeres en esa situación.

El abuso de drogas por parte de los padres, en especial de las madres, es un tema de debate intenso también en los Estados Unidos. Los medios vienen señalando hace tiempo que la crisis económica ha supuesto un mayor abuso (de opiáceos y calmantes) entre las mujeres. Además, en la iniciativa “no estatal” han surgido temas como el controvertido Project Prevention, que parte de la base de que una madre que abusa de las drogas y el alcohol será siempre una “mala madre”.
El proyecto -subvencionado por particulares- da dinero a personas con problemas de drogadicción para que se “esterilicen” o entren en programas anticonceptivos de larga duración. Y con la apariencia de un proyecto humanitario lo que promueven es la eugenesia para así evitar la reproducción de ciertas personas.
Afortunadamente, otras iniciativas enfocan el asunto de otro modo. Las personas son casi siempre recuperables y una de éstas, en Reino Unido y bajo el nombre Strengthening Families Project, organiza talleres para mujeres embarazadas en riesgo de perder a su nuevo bebé (cuando ella o su pareja ya ha debido entregar otro hijo en custodia).
En este caso, una matrona y una trabajadora social imparten charlas. Entre otras cosas, dicen que las mujeres aprenden los riesgos que determinados tipos de consumo tienen para el feto en formación. También aprenden a compartirlos e indirectamente a verse menos solas y criminalizadas. ¿Podría ser un modo efectivo para que encuentren la fuerza, se sientan mejor con ellas mismas y de esta forma conserven a sus hijos? No hay duda de que los profesionales de los servicios sociales no pueden permitirse dudar demasiado cuando dentro del hogar existe peligro de maltrato o negligencia hacia los niños.
Porque si las madres y padres son los responsables del bienestar de los hijos, ¿no sería más sensato invertir recursos en mejorar su situación y ayudarles antes de que les quiten a sus niños?

Rosell cree que un millón de amas de casa se apuntan al paro para cobrar subsidios

Raquel Pascual Cortés/ 01-07-2014 
El presidente de la patronal CEOE, Juan Rosell, consideró hoy que España “ya ha hecho 35 reformas laborales pero harán falta muchas más en los próximos años”. En este sentido añadió que “no se trata de dar una vuelta de tuerca sino de adaptarse al siglo XXI” y, en su opinión, “habrá que adaptarse subsectorialmente”
Así, en su intervención en los cursos de verano de FAES –fundación ligada al PP-- defendió la última reforma laboral que “ha ido en la buena dirección” en contratación, abaratamiento del despido y flexibilidad interna. Pero reconoció que: “nos queda un camino tremendo que recorrer en negociación colectiva, que está anquilosada en el pasado”. En ese terreno admitió que “la culpa es tanto de empresarios como de los sindicatos, que no somos lo suficientemente valientes para poner el papel en blanco sobre la mesa, cuando hay convenios de hace 30 años que ninguno entiende y lo firmamos año tras año”, indicó Rosell.
El presidente de la patronal volvió a arremeter contra la forma en la que están hechas las estadísticas del mercado laboral en España. Y reprochó que se incluya como parados a medio millón de prejubilados que no están en disposición de trabajar y, sin embargo, no se contabilice a 200.000 personas que están en formación. Además, destacó que “en los últimos años 1 millón de amas y amos de casa, se han apuntado al paro ante la perspectiva de cobrar algún tipo de subsidio”.
Dicho esto, ensalzó el acuerdo de moderación salarial con los sindicatos firmado para 2012-2014 y consideró que habría que renovarlo “pero no de hoy para mañana”.
Y también volvió a quejarse de las interpretaciones que hacn los jueces de la reforma laboral: “la letra pequeña en el marco laboral es un problema porque nos está neutralizando algunos avances y modernizaciones (que había conseguido la ley). Los jueces no tienen claro lo que pone en la ley y hay muchas interpretaciones”, apuntó el líder patronal

Archivada la denuncia contra una jueza por demoras en un divorcio

El Tribunal Supremo rechazó la demanda presentada por una pontevedresa.

El Tribunal Supremo, como anteriormente había hecho el Consejo General del Poder Judicial, acaba de desestimar la denuncia interpuesta por una pontevedresa contra una magistrada capitalina por supuestas demoras en el proceso judicial de divorcio. En concreto, se aludía a los 4 meses que transcurrieron desde que se solicitó una aclaración de sentencia hasta que esta demanda fue respondida, «circunstancia que le impedía conocer los criterios en materia de visitas y régimen de vacaciones de su hijo (...), así como la forma de recogida del ajuar doméstico».
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La pontevedresa, asimismo, hizo referencia a los 2 años que transcurrieron desde que se planteó la demanda de divorcio hasta que se obtuvo sentencia. Frente a tales planteamientos, se recuerda que cualquier demanda sobre un posible anormal funcionamiento de la Justicia debería, inicialmente, haberse planteado ante el ministerio y no ante el CGPJ.
En cualquier caso, esta queja motivó una inspección que concluyó refrendando a la jueza. Asimismo, precisó que «la responsabilidad de la dilación denunciada, creemos que corresponde a la funcionaria en funciones de gestión, que no tramitó ni dio cuenta al Juez de la presentación de los escritos para proveerlos». A este respecto, el Supremo es claro: el Poder Judicial «carece de toda competencia en materia disciplinaria cuando los hechos que pudieren ser constitutivos de tal responsabilidad no aparecen atribuidos a jueces o magistrados».???????????
Costas procesales
A la hora de desestimar la demanda, los magistrados del Tribunal Supremo imponen las costas judiciales a la demandante. No obstante, y dado que esta es beneficiaria de la Justicia gratuita, aclara que «quedará obligada a pagar las causadas en su defensa y las de la parte contraria -las cuales no podrán superar los 3 mil euros-, si dentro de los 3 años siguientes a la terminación del proceso viniere a mejor fortuna».

martes, 1 de julio de 2014

Madrid informa sobre las Parejas de Hecho

Cita previa telemática para informar a las parejas de hecho

ser madrid sur.com/01/07/2014

Cita previa telemática para informar a las parejas de hecho.

La Comunidad de Madrid pone en marcha este servicio para agilizar los trámites de información y asesoramiento en el Registro de Uniones de Hecho. Desde ahora, las personas interesadas ya no tendrán que desplazarse hasta allí, ya que lo podrán hacer a través de la página web www.madrid.org, el Portal de la Justicia o a través de las 65 oficinas virtuales que existen en la región. Hasta ahora, las personas interesadas en conocer más sobre el proceso de inscripción en el Registro de Uniones de Hecho tenían que pedir una 1ª  cita previa para la inscripción, en la que se revisa y comprueba que la documentación es correcta, y después una 2ª para realizar el trámite. Sin embargo, ahora esta gestión se agiliza gracias a Internet.

El consejero de Presidencia, Salvador Victoria, ha presentado este nuevo servicio telemático en la Oficina de Atención al Ciudadano de Chamberí, una de las 15 que existen en la región y desde la que también se puede realizar la tramitación.  
La Comunidad creó en 1995 el Registro de Uniones de Hecho, donde desde entonces se han inscrito más de 33.261 parejas. En la actualidad, en la sede de Gran Vía, 18 registran su convivencia en torno a 30 parejas al día. Asimismo,  diariamente se informa a más de 250 personas sobre los distintos servicios que presta el Registro.

Europa: Custodia de menores y derechos de visita

e-justice.europa.eu/ 
Si su pareja es nacional de otro país y tienen uno o más niños y se van a separar, deberán ponerse de acuerdo sobre su custodia.


Qué es la Custodia de los menores. Qué son los derechos de visita.
Mientras los padres conviven, suelen mantener la custodia conjunta de sus hijos. Pero, si se divorcian o se separan, tienen que decidir cómo van a seguir ejerciendo esa responsabilidad.
Pueden decidir que el niño viva alternativamente con ambos o que viva con uno de ellos. 
En este caso, el otro progenitor suele tener derecho a visitar al niño en determinados momentos.
Los derechos de custodia cubren también otros derechos y deberes relacionados con la educación y el cuidado del niño, lo que incluye el derecho de velar por el niño y sus bienes. Normalmente, los padres tienen la patria potestad pero esta puede otorgarse también a una institución a la que se haya concedido la tutela del niño.

Quién decide sobre la Custodia y los derechos de visita.
Los padres pueden decidir sobre ambas cosas por acuerdo mutuo. Si no se ponen de acuerdo, puede recurrirse a un mediador o un abogado.
Si los padres no llegan a un acuerdo, pueden acudir a un juez. Este podrá decidir que la custodia la ejerzan los 2 (custodia compartida) o concedérsela a uno de ellos (custodia exclusiva). En caso de que la custodia la tenga solo uno, el juez podrá establecer derechos de visita para el otro progenitor.
Si los padres tienen distinta nacionalidad, la normativa de la UE fija el órgano jurisdiccional que entiende del asunto.
Se trata sobre todo de impedir que ambos progenitores acudan al tribunal cada uno en su país y se dicten 2 resoluciones para el mismo asunto. El principio es que el tribunal competente es el del país donde resida habitualmente el menor.

¿La resolución del tribunal se ejecutará en el otro país de la UE?
El sistema de reconocimiento y ejecución de las resoluciones garantiza que, una vez dictada, la resolución del tribunal competente se aplique en otros países de la UE. 
Esto facilita el ejercicio de sus derechos a quienes ejerzan la patria potestad. Así, por ejemplo, una sentencia sobre derechos de visita se reconocerá en otro Estado miembro de la UE sin más trámite, lo que reforzará la relación entre el niño y sus 2 progenitores.

Qué normativa europea se aplica.
La normativa que resuelve asuntos transfronterizos entre los niños y sus padres se contiene en el Reglamento Bruselas IIbis. Dicha normativa se aplica por igual a todos los niños, nacidos dentro o fuera del matrimonio. El Reglamento Bruselas IIbis es la piedra angular de la cooperación judicial de la UE en Derecho de matrimonio y asuntos de patria potestad. El Reglamento se aplica desde el 1 de marzo de 2005 en todos los países de la UE menos Dinamarca.

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