sábado, 29 de noviembre de 2014

Puerto Rico: nuevas guías de pensión alimentaria

Se tomará en cuenta las circunstancias personales de cada progenitor. Conoce los cambios.
 
Por Gloria Ruiz Kuilan / gruiz@elnuevodia.com/29 de noviembre de 2014
Advirtió que el hecho de que haya nuevas guías para calcular la pensión no significa que los pagos que hacen los padres alimentantes cambian de manera automática. (angel.rivera@gfrmedia.com)
Desde hoy las pensiones alimentarias serán calculadas con el ingreso de ambos progenitores y no solamente con el del padre no custodio.
El resultado del cálculo variará de acuerdo con las circunstancias personales de cada progenitor que paga o recibe pensión, indicó la administradora de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), Rosabelle Padín Batista.
Sin embargo, la funcionaria, aseguró que se buscó el bienestar de los menores y que el dinero de su manutención estuviera a tono con la realidad económica de Puerto Rico.
“Estamos confiados en se toma en consideración la realidad económica de los menores y la realidad económica -conforme a los momento en que nos encontramos-  de las necesidades y las circuntancias de las partes”, dijo.
Advirtió que el hecho de que haya nuevas guías para calcular la pensión no significa que los pagos que hacen los padres alimentantes cambian de manera automática. Las pensiones ya establecidas solo se cambian tras una solicitud ante los tribunales. Sin embargo, las nuevas pensiones que se fijen deben hacerse a base de las nuevas guías.
Conoce más de lo nuevo:
1. Pensión alimentaria básica - Para hacer el cálculo se adopta el modelo de proporción de ingreso, que toma en cuenta el ingreso neto de ambos progenitores. Es decir, ya no se usará solamente el ingreso del padre o la madre no custodia.
2. Pensión mínima - Variará a tono con la cantidad de menores que recibirán pensión por una misma persona. Actualmente, la pensión mínima es de $100 mensuales, sin importar la cantidad de menores involucrados. Ahora esa cantidad sube a $125. Y, si son dos menores, será de $146. Si son tres menores será de $159.
3. Imputación de salario - El ingreso imputado es el que el juzgador atribuye a las partes bajo ciertas circunstancias. Como norma general, se imputa el salario mínimo federal a base de 40 horas semanales. Las nuevas guías disponen varias excepciones que permiten imputar una cantidad menor cuando las partes muestran evidencia de que no pueden conseguir un empleo a tiempo completo, que alguna de las partes estudia o si la parte que reside con los hijos tiene que cuidarlos y eso le impide trabajar a tiempo completo.  Si una persona desempleada presenta  evidencia de que ha buscado empleo sin éxito alguno, podría imputársele un salario para calcular ingresos de 30 horas a base del salario mínimo federal ($7.25 la hora). Toda parte (persona custodio o persona no custodio) que demuestre que debe permanecer al cuidado de un menor y eso le imposibilita trabajar, se le puede imputar no menos de 20 horas y no más de 30 horas semanales a base del salario mínimo federal.  Si una de las partes es un menor estudiante de cualquier grado inferior al cuarto año de escuela superior, se le puede establecer un salario o ingreso  no menos de 20 horas ni más de 25 horas semanales.  Si una de las partes es un padre universitario, podría establecérsele un ingreso no menos de 30 horas semanales a base del ingreso mínimo federal.  Un padre o madre menor de 14 años, no se le establece ingresos a pagar.
4. Reserva para el padre no custodio - Aumentó de $515 a $615. Se refiere a la cantidad de dinero que retiene un padre no custodio tras pagar pensión.
5. Propinas, horas extras y comisiones – Si el padre puede probar que no son ingresos recurrentes, no se les incluye en el cálculo de la pensión.
6. Custodia compartida - Se especifica que la custodia compartida consiste en que el menor pase el 50% de su tiempo con cada uno de sus progenitores. El cálculo se hace con el ingreso de ambos padres, pero cada uno es evaluado de manera individual y luego grupal para calcular la pensión.

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