domingo, 25 de mayo de 2014

Reflexiones sobre el AnteProyecto de ley de Custodia de Gallardón.

Juan Pablo González del Pozo. Juez de Familia de Madrid.
Algunas reflexiones al AnteProyecto de ley: De lo establecido en el proyectado art. 92 bis.1 se desprende que el Gobierno, como se pone de manifiesto en la Exposición de Motivos, no establece como preferente el sistema de custodia compartida, ni tampoco el monoparental o individual, y deja plena libertad al Juez para decidir en interés de los hijos una custodia individual o compartida de los mismos.
Con el texto del Anteproyecto es posible que el Juez adopte un régimen de custodia compartida de los hijos aun cuando ambos progenitores insten la custodia para sí, es decir, aunque ninguno de los progenitores solicite la custodia compartida.
Este cambio en la regulación de la custodia compartida es abiertamente contrario a la Jurisprudencia consolidada del TS.
Es indiscutible que la opción de custodia compartida puede ser la más beneficiosa para el menor, aunque se opongan expresamente a ella ambos progenitores por considerarla inadecuada.
El reparto de los bienes comunes y su administración en uno de los “principales focos de conflicto en las rupturas matrimoniales” (Exposición de motivos del Anteproyecto, apartado VII, párrafo 1º). No existen antecedentes histórico-legislativos de la figura de la suspensión ‘ope legis’ del régimen económico matrimonial de gananciales como efecto derivado de la admisión a trámite de la demanda matrimonial . 
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