viernes, 2 de mayo de 2014

¿En qué circunstancias un contribuyente se beneficia del mínimo exento por hijos?

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Expansión.com | 27.04.2014

La campaña de IRPF e Impuesto de Patrimonio 2013 está en marcha y Expansión, con la colaboración de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), resuelve en una guía, que puede consultar aquí, las dudas más frecuentes que surgen a la hora de realizar la declaración de la renta.

¿Qué requisitos se exigen para la aplicación del mínimo exento por descendiente? Los descendientes han de ser menores de 25 años o discapacitados con grado de minusvalía igual o superior al 33%, que convivan con el contribuyente en la fecha del devengo del impuesto y que no obtengan rentas superiores, excluidas las exentas, a 8.000 euros.
Y si un contribuyente divorciado con un hijo, cuya guardia y custodia la tiene atribuida la madre, ¿forma unidad familiar con su hijo? ¿Puede minorar su declaración aplicándose el mínimo por descendiente? No, al no convivir con su hijo no podrá formar unidad familiar con él. Tampoco tendrá derecho a aplicar el mínimo por descendiente ya que éste se atribuye al progenitor que tenga atribuida la guarda y custodia.
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