miércoles, 1 de enero de 2014

Navarra: padres divorciados y la Escuela, Derechos y Obligaciones

Iustel.com/31/12/2013. 

Instrucciones dirigidas a los centros docentes públicos no universitarios en relación con progenitores o tutores que se encuentren en situación de separación, divorcio o discrepancia. Orden Foral 112/2013, de 13 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se aprueban instrucciones dirigidas a los centros docentes públicos no universitarios en relación con progenitores o tutores que se encuentren en situación de separación, divorcio  discrepancia (BON de 30 de diciembre de 2013).

La presente Orden Foral tiene por objeto aprobar instrucciones que ayuden al profesorado de los centros, si no a resolver este tipo de conflictos, sí al menos a adoptar las medidas más adecuadas para garantizar la protección del alumnado menor de edad y evitar que las discrepancias entre quienes tienen atribuida su patria potestad repercutan negativamente en los menores en el ámbito educativo.
En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 41.1 Vínculo a legislación e) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,
ORDENO:
1.º Aprobar las instrucciones que figuran como Anexo a esta Orden Foral.
2.º Las instrucciones a las que hace referencia esta Orden Foral serán de aplicación a los centros privados concertados en la parte relativa a la admisión del alumnado.
3.º Notificar esta Orden Foral y su Anexo a los centros docentes no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra, publicarla en el Boletín Oficial de Navarra e indicar que contra la misma, que no agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

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