sábado, 2 de noviembre de 2013

¿Cómo elegimos a nuestras parejas? antes del divorcio

¿Por qué elegiste a tu pareja? ¿Y a las anteriores? 
¿Por qué tus parejas no se parecen entre sí y sin embargo has estado enamorado/a de todas?

Cada vez que seleccionamos una pareja ponemos en funcionamiento una serie de mecanismos conscientes e inconscientes que son distintos dependiendo del momento, de nuestras circunstancias, carencias y necesidades. 


El documento completo aquí

Consumo: La Custodia Compartida de los hijos menores

Para Todos La 2 - 29 oct 2013

En España, más de 72.000 parejas con hijos inician cada año un proceso de separación. 
En 8 de cada 10 casos, la custodia se otorga a la madre, pero ahora se espera que esta tendencia cambie con la nueva normativa que está a punto de ser aprobada, y que da preferencia a la custodia compartida entre los progenitores separados. 
El experto en consumo responsable y director de la revista Eroski-Consumer Alejandro Martínez Berriochoa nos aclara algunos aspectos sobre este asunto. 
Nota: Cada vez vamos peor.......... Seguimos confundiendo todo y la madre se queda con la Guarda y Custodia y la Vivienda. Más de lo mismo.

Vanesa Romero se divorcia de Alberto Caballero

Vanesa Romero: 'Alberto y yo nos tenemos mucho cariño y nos lo seguiremos teniendo siempre'

Hola.com/ 01.Noviembre.2013.  La actriz y bloguera de hola.com, que va a presentar una colección de pulseras y publicará próximamente su 1º libro, ha hablado por primera vez de su divorcio.

“Alberto y yo mantenemos una relación cordial. Nos tenemos mucho cariño y nos lo seguiremos teniendo siempre”. Con estas palabras, Vanesa Romero ha hablado por 1ª vez sobre su divorcio de Alberto Caballero, director, productor y guionista de la serie La que se avecina. La expareja decidió darse el pasado mes de mayo un tiempo para reflexionar sobre su matrimonio, un “impasse” que parecía que iba a derivar en una 2ª oportunidad y que finalmente terminó en un divorcio de mutuo acuerdo.  Sin embargo, el final de su historia de amor no ha supuesto el fin de su amistad ni de su relación laboral a pesar de los rumores de que la actriz y bloguera de hola.com había decidido poner punto y final a su participación en la popular serie de Telecinco. “No sé de dónde ha salido el rumor, pero no es cierto. Nunca me he planteado la idea de dejar La que se avecina. Es una serie que está funcionando muy bien y le he cogido mucho cariño a mi personaje. Quiero seguir en ella y siguen contando conmigo”, afirma. 

Después de poner en orden los papeles de su divorcio, tras 7 años de noviazgo con Alberto y apenas 1 de matrimonio, Vanesa se ha volcado en el trabajo para recuperarse del que ha sido el período más duro de su vida. “¿Que cómo me encuentro? ¡ Pues imagínate! Voy caminando. Cualquier proceso de divorcio es muy duro y complicado. He aprendido a vivir el momento. La vida ya se encargará de ir colocando todas las piezas de nuevo en su sitio”, confiesa Vanesa, que no descarta un reencuentro con quien fuera su pareja. “No sé qué pasará. Dios dirá. La vida da muchas vueltas”.



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El Papa quiere saber qué piensan los fieles del divorcio

Todos los católicos del mundo deben responder 38 preguntas sobre los "desafíos de la familia"
La Santa Sede ha distribuido cuestionarios a todas las conferencias episcopales del mundo.
La Santa Sede ha distribuido cuestionarios a todas las conferencias episcopales del mundo.
Foto: AP / Alessandra Tarantino
 
Ciudad del Vaticano
El Vaticano puso en marcha una encuesta mundial que pretende consultar a todos los católicos del mundo sobre los "desafíos pastorales de la familia", entre otros los divorciados vueltos a casar o las uniones libres.
Con motivo de la próxima asamblea del Sínodo, que reunirá a obispos representativos de los 5 continentes en octubre de 2014 en El Vaticano, la Santa Sede ha distribuido cuestionarios a todas las conferencias episcopales del mundo.
Entre las preguntas del texto se lee: "¿Los cristianos divorciados que se han vuelto a casar están conscientes de su irregularidad? ¿Se sienten marginados y viven con sufrimiento la imposibilidad de recibir los sacramentos?".
Un total de 38 interrogantes que deberán ser analizadas a todos los niveles -incluso en las mismas parroquias- y que fueron transmitidas junto a un breve documento.
En el escrito introductorio quedaron plasmados los cambios que sufrirá el Sínodo de los Obispos y que han sido promovidos por Jorge Mario Bergoglio, el Papa Francisco.
La reunión para analizar este tema no será única, como ocurría en el pasado. 
Hasta ahora el Sínodo sesionaba 1 vez cada 2 años y tras varias semanas de debate se votaban unas propuestas que se turnaban al Papa.
En este caso se programó una 1ª reunión para octubre en la cual se definirá el "estado de la cuestión" y se recopilarán los "testimonios y las propuestas de los obispos".
Una 2ª etapa está pautada para el siguiente año, durante el Sínodo ordinario de 2015, donde se dará seguimiento al debate "para buscar líneas operativas para la pastoral de la persona humana en la familia".
El documento enviado a los obispos analiza, entre otras cosas, el problema de las parejas de hecho que "no acceden al matrimonio y a veces excluyen la idea" o las uniones entre personas del mismo sexo, "a las que no pocas veces se consiente la adopción de hijos".
También se refiere a los matrimonios mixtos o interreligiosos, las familias monoparentales, las "formas de feminismo hostil a la Iglesia" y la difusión del fenómeno de la “renta de úteros”.
Con todas las respuestas a las preguntas se establecerán las líneas de un debate que, como anticipó el documento, busca promover "esperanzas renovadas" a una pastoral de acogida y no reducir todo a una lista de "doctrinas ya conocidas".

viernes, 1 de noviembre de 2013

UPyD: Sobre Políticas de Igualdad 2013

Las políticas de igualdad deben dirigirse indistintamente a hombres y mujeres, superando la perspectiva sectaria, maniquea e injusta de “guerra de sexos” que ha impregnado algunas leyes como la de Violencia de Género, que prevé penas específicas para el sexo masculino, o la custodia de menores. 
En este sentido, la Ley de Violencia de Género debe revisarse para eliminar la discriminación por sexo en el trato punitivo a los agresores, y para que incluya también la violencia en el seno de parejas y familias homosexuales, y la violencia familiar contra personas mayores y discapacitadas. 
Respecto a la custodia de menores, consideramos la Custodia Compartida como la opción más justa y coherente con el objetivo prioritario de la defensa de los derechos de los menores sobre los de los adultos, con la debida tutela judicial efectiva.

Nota: ¿tanto en los Procesos Contenciosos como de Mutuo Acuerdo? 
Vamos, por regla general trás la Liquidación de los Bienes Gananciales y tras la Disolución de la Sociedad Marital.  Va a ser Que NO ¡¡¡¡

jueves, 31 de octubre de 2013

Los secretarios judiciales contra Gallardón por el Divorcio en los Notarios

Los secretarios judiciales rechazan que los notarios tramiten bodas y divorcios.

Las bodas y los divorcios se podrán tramitar ante notario

lainformacion.com /jueves, 31/10/13|Madrid, (EFE). 
La Unión Progresista de Secretarios Judiciales (UPSJ) considera que el anteproyecto de ley de jurisdicción voluntaria, que permitirá la tramitación de bodas y divorcios ante notario, es "otra apuesta más por la privatización de la Justicia".
En un comunicado, la UPSJ señala que la propuesta, aprobada hoy en el Consejo de Ministros, está orientada a "incrementar el volumen de negocio" de notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
"No existe ningún motivo que impida que el conocimiento de estas materias se le otorgue a los secretarios judiciales", de forma que sería gratuito para los ciudadanos y quedaría en manos de unos profesionales con experiencia en estas cuestiones, en opinión de la UPSJ.
Este colectivo precisa que el anteproyecto atribuye a notarios y registradores de la propiedad y mercantiles aquellas materias de jurisdicción voluntaria "con una mayor cuantía económica".
El anteproyecto parte de la idea de que los jueces deben centrarse en su misión constitucional de "juzgar y hacer ejecutar lo juzgado", por lo que reduce a la mínima expresión su conocimiento en los asuntos de jurisdicción voluntaria, según la UPSJ.
Los jueces únicamente se encargarán de las materias que afecten al interés público, al estado civil de las personas, menores e incapaces.
El resto de materias se atribuirá a secretarios judiciales, notarios y registradores de la propiedad y mercantiles, de modo que cada uno de ellos tendrá una competencia exclusiva y excluyente, con alguna salvedad compartida por secretarios judiciales y notarios como consignaciones y robo, hurto, extravío o destrucción de títulos al portador.
La UPSJ sostiene que "no es cierto" que este anteproyecto contribuya a descongestionar juzgados y tribunales, ya que las bodas y divorcios consensuados llevan poco retraso y son fáciles de tramitar.

Los Notarios podrán casar y divorciar a las parejas

la moncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/ 31.10.2013
INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
Matrimonios y divorcios
El Anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria incluye la posibilidad de que los notarios celebren matrimonios, como ya ocurre con los alcaldes o concejales en los que éstos deleguen y, por supuesto, en el Registro Civil, así como los que se realicen según las normas del Derecho canónico o en las formas previstas en los acuerdos firmados entre el Estado y las confesiones religiosas.
Será el Registro Civil o los notarios del domicilio de uno de los cónyuges quienes tramiten el expediente matrimonial. De esta forma, los ciudadanos verán ampliadas las alternativas de las que disponen si optan por el matrimonio.
En cuanto a las separaciones y divorcios, en los casos de mutuo acuerdo e inexistencia de hijos menores o personas con capacidad judicialmente completada, los ciudadanos también podrán acudir al juzgado o al notario, según entiendan más conveniente para sus intereses.

Nueva regulación de la sustracción internacional de menores
La revisión de los procedimientos de jurisdicción voluntaria ha concluido que en los casos de sustracción internacional de menores siempre hay controversia entre los progenitores. 
Por eso se ha procedido a reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil para regularlo como un proceso propio e independiente fuera de la jurisdicción voluntaria.
Serán los Juzgados de Primera Instancia con competencias en Derecho de Familia los encargados de dar respuesta a estos conflictos, en los que en un 1º momento existirá la posibilidad de que se solucionen de forma amistosa.

Divorcio y sustracción de menores en España: La madre como secuestradora

MADRID, 20 Octubre 2013. (EUROPA PRESS) -

El 17 % de las sustracciones internacionales de menores que se produjeron a lo largo de 2012 fueron de padres españoles,( la Madre)  según se desprende de una respuesta parlamentaria, recogida por Europa Press, y dirigida a la diputada socialista Ángeles Álvarez, quien cuestionaba al Gobierno sobre la relación de parentesco para cada caso. Según detalla el Gobierno, de los 64 casos conocidos de sustracciones internacionales de menores en 2012, en 11 casos el infractor era español, concretamente en 10 ocasiones fueron denunciadas las madres y en otra el padre.
Asimismo, en 7 casos las denunciadas eran de nacionalidad ecuatoriana
en 5 casos eran de Brasil, 4 madres y 1 padre; 
en otras 4 ocasiones las denunciadas eran colombianas; 
también en 4 ocasiones los presuntos infractores eran originarios de Rumania, 3 madres y ambos progenitores en otro caso.

Igualmente, en otros 3 casos los denunciados eran mexicanos, 2 madres y una tía; 
en otras 3 se trataba de ciudadanos marroquíes, 2 padres y 1 madre; 
en 2 casos se trataba de sendos varones de nacionalidad argelina
en otras 2 ocasiones los denunciados eran de nacionalidad rusa, 1 madre y 1 padre; 
en otras 2 eran de Paraguay, en ambos las presuntas infractoras fueron las madres.

A su vez se dieron otros 2 casos en las que las progenitoras tenían doble nacionalidad, hispano-brasileña
hubo otros 2 casos de doble nacionalidad, hispano-ecuatoriana, en los que las posibles infractoras fueron las madres;
hubo otro caso de doble nacionalidad, hispano-colombiana, la denunciada fue la madre; y, finalmente, hubo otro caso de doble nacionalidad, chilena-sueca, en el que la posible infractora también era la madre.
Para finalizar, indica que se produjeron casos únicos en los que el denunciado era de uno de los siguientes países: Irán, el padre; Venezuela, la madre; Dinamarca, la madre; Angola, el padre; Islandia, el padre; Cuba, la madre; Reino Unido, la madre; Alemania, la madre; Kirguistán, la madre; Estados Unidos, la madre; Suiza, la madre; Panamá, la madre; Bolivia, la madre; Portugal, el padre; Republica Dominicana, el padre.

Nota: En definitiva, la Madre es la secuestradora de los menores en los procesos de divorcio. Y las feministas se callan ¿por que...?

El Consejo de Ministros estudiará hoy un informe sobre el anteproyecto de ley de la jurisdicción voluntaria

el economista.es/31/10/2013

El Gobierno tiene previsto estudiar durante el Consejo de Ministros de este jueves un informe del Ministerio de Justicia sobre el anteproyecto de ley de la jurisdicción voluntaria.

El Consejo de Ministros de este jueves, que se adelanta un día al ser el viernes festivo nacional, se celebrará en el Congreso de los Diputados y no en el Complejo de La Moncloa, como viene siendo habitual.
Estará presidido por Mariano Rajoy y contará con la presencia de todos los miembros de su Gabinete a excepción del titular de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, que se encuentra en Pekín asistiendo a la Feria Internacional de Educación.

La crisis no ha incrementado los suicidios en España

......., aseguran los psiquiatras.

acta sanitaria.com/ Barcelona 30/10/2013

"El suicidio en España asociado a la crisis y a la tasa de desempleo del 26% no se ha incrementado como cabría esperar", según ha afirmado el psiquiatra Diego J. Palao, de la Academia de Ciencias Médicas y de la Salud de Cataluña y de Baleares. 
En España, señala, la tasa de mortalidad por suicidio, con variaciones interanuales, se sitúa entre las más bajas de Europa.
En el marco de los "Cafés con la Academia. El suicidio, un problema de salud. ¿Hablamos?", Palao ha señalado que "las personas que sobreviven a una tentativa de suicidio tienen 16 veces más riesgo de morir por suicidio en un nuevo intento que las personas que no tienen antecedentes de tentativas". La media de tentativas por cada suicidio consumado se calcula que es de unas 20, "pero es muy variable entre individuos y hay que valorar otros factores entre los que destacaría la edad y el sexo", ha matizado el psiquiatra.

Asimismo, los resultados de los estudios realizados en todo el mundo demuestran que los suicidios se asocian en más del 80 % de los casos a enfermedades psiquiátricas, generalmente depresión o trastornos afectivos, a alcoholismo y otras toxicomanías. El doctor Palao también ha destacado la importancia de la Asociación de supervivientes "que ofrece un servicio indispensable como es ayudar a los familiares de los suicidas a superar el duelo".
Con los "Cafés con la Academia", se inicia el proyecto de la Escuela de Salud, que tiene como objetivo divulgar, entre la ciudadanía, conocimientos relacionados con la salud y difundir información relativa a aspectos tales como el cuidado y la prevención.

miércoles, 30 de octubre de 2013

La custodia compartida no será excepcional en España......



La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha defendido, en una sentencia que sienta jurisprudencia, que atendiendo al interés del menor la custodia compartida debe considerarse “normal e incluso deseable para los niños, ya que salvaguarda su derecho “a relacionarse con ambos progenitores”.
También ha establecido los criterios en los que deben apoyarse los jueces para establecer la custodia compartida en caso de separación o divorcio. El juez deberá atender a cuestiones como el deseo expresado por los hijos, que los padres cumplan con sus obligaciones respecto a ellos, que se traten con respeto, el nº de hijos o el resultado de los informes.

La Custodia Compartida en el Código Civil (CC)
El art. 92 del CC establece las condiciones sobre la guarda y custodia de los hijos.
Dice que se acordará el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos cuando lo soliciten ambos progenitores, pero que antes de tomar una decisión el juez debe “recabar informe del Ministerio Fiscal, y oír a los menores que tengan suficiente juicio cuando se estime necesario”, valorar las alegaciones de las partes y la relación que los padres mantengan entre sí y con sus hijos para determinar su idoneidad con el régimen de guarda.
La custodia compartida, según el apartado 7, no podrá concederse si cualquiera de los padres está “en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. 
Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica”.

¿Y si no hay petición conjunta de ambos progenitores? 
En este caso, la ley dice que “excepcionalmente” el juez, “a instancia de una de las partes, con informe del Ministerio Fiscal, podrá acordar la guarda y custodia compartida fundamentándola en que solo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor”.
De todas formas, la decisión final corresponde solo al juez, ya que el informe del fiscal no tiene por qué ser favorable, según estableció el tribunal Constitucional en octubre de 2012.
Ahora, el Tribunal Supremo dice que “la continuidad del cumplimiento de los deberes de los padres hacia sus hijos con el consiguiente mantenimiento de la potestad conjunta, resulta sin duda la mejor solución para el menor”, ya que permite al niño “seguir relacionándose del modo más razonable con cada uno de sus progenitores” por lo que no puede ser “una medida excepcional”, sino “la más normal”, porque permite que el derecho de relacionarse con ambos padres, “sea efectivo”.

La Custodia Compartida en España
Ahora la custodia compartida es la fórmula elegida por los jueces solo en el 12% de las rupturas de parejas con hijos. De las 58.342 atribuciones de guarda y custodia acordadas en 2011, 7.220 fueron compartidas, 47.para la madre y 3.128 para el padre.
En algunas comunidades autónomas ya está establecida la preferencia de la custodia compartida en caso de separación o divorcio. 
La pionera fue Aragón, y también es la 1ª opción en la Comunidad Valenciana.
En Cataluña la custodia compartida es preferente y, si no hay un acuerdo entre los progenitores, el juez decide quién de los 2 asume la "guarda" de los hijos menores.
En Navarra, se establece que es una decisión que debe recaer en los padres, si es necesario con ayuda de una mediación, y el juez solo modificará si no se ha priorizado el bien del menor.

Custodia compartida: ¿sí o no?

Hasta ahora la custodia se concede a la madre en un 81% de los casos, mientras que solo un 12% de las custodias son compartidas. Únicamente se contemplaba esta fórmula si existe un acuerdo entre los padres o, excepcionalmente, si lo reclama uno de ellos y hay un informe fiscal favorable.

El debate: ¿Es buena la custodia compartida para los hijos?
Existe un debate entre quienes piensan que la custodia compartida preserva a los niños de las consecuencias adversas de la separación y quienes piensan que la estabilidad en un solo hogar les protege mejor.
Los 1º creen que mantener unas relaciones estrechas y fluidas con ambos progenitores tiene ventajas para la adaptación psicológica de los niños. Alegan que así se minimiza la sensación de pérdida o ausencia de uno de ellos, teniendo acceso continuado a los dos hogares y a los recursos que los dos les puedan ofrecer.
Los 2º, en cambio, insisten en que la custodia compartida afecta negativamente a la estabilidad vital de los menores y que hace más probable que se vean sometidos a situaciones de conflicto entre sus padres.

Lo que dicen las investigaciones
Las investigaciones sobre este tema no son concluyentes. Algunas se decantan a favor de la custodia compartida, y otras indican que lo importante no es el tipo de custodia, sino el nivel de conflictividad entre los padres. No obstante, uno de los últimos balances publicados sobre el conjunto de las investigaciones establece que los niños y adolescentes que comparten el tiempo de residencia con su padre y con su madre se encuentran mejor adaptados en las áreas familiar, emocional, conductual y académica que los que viven con un solo progenitor. Esta mejor adaptación se evaluó utilizando distintos informantes (los niños, los padres, las madres, los profesores, los terapeutas).
Esto ocurre, además, con independencia de la edad de los hijos
Y tampoco parece que haya grandes diferencias en cuanto al nivel de conflictos entre los padres en uno y otro tipo de custodia.


Cada caso es diferente
Aunque las investigaciones no establecen una relación concluyente entre custodia compartida y mejor adaptación de los hijos, tampoco se puede seguir afirmando que con ella se ven expuestos a más disputas entre sus padres
Ahora bien, tampoco puede decirse que sea siempre la mejor alternativa.
La custodia compartida resulta perjudicial para los hijos en casos de padres abusivos o negligentes, cuando alguno de ellos padece un trastorno mental grave o tiene serias dificultades de ajuste personal o cuando se da una situación de conflicto extremo. Lo esperable es que los jueces estudien cada caso.


Justicia no aumentará los juzgados de violencia de género

MADRID, (EUROPA PRESS)/lainformacion.com |martes, 29/10/13

El secretario de Estado de Justicia, Fernando Román, ha subrayado este martes que no hay necesidad de aumentar el número de juzgados de violencia de género porque su carga de trabajo no alcanza al 50 por ciento del módulo establecido por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en cada órgano judicial.

Así ha respondido el 'nº 2' de Justicia al ser preguntado en la Comisión de Justicia del Senado por el parlamentario socialista Antonio Julián Rodríguez Esquerdo sobre la previsión de aumentar el nº de unidades judiciales que resuelven en exclusiva esta "lacra social" a la vista de que se han registrado alrededor de 327 denuncias al día en el 1º trimestre del año.
"No hay necesidad de aumentar el nº porque la carga de trabajo es ciertamente escasa, según el Consejo General del Poder Judicial", ha respondido Román que ha echado mano de las cifras estadísticas difundidas por el órgano de gobierno de los jueces para remarcar que "no hay datos objetivos" que arrojen como conclusión la necesidad de aumentar estos juzgados.
De hecho, ha expuesto que desde 2011 hasta 2013 no se ha creado ninguna unidad de esta naturaleza. "No solo por una cuestión de austeridad presupuestaria, porque si hubiera sido imprescindible se podría haber hecho un esfuerzo, es que ninguna comunidad autónoma ha solicitado desde 2011 la creación de nuevas unidades judiciales", ha argumentado.
Dicho esto, ha enfatizado que los juzgados de violencia de género cumplen una "labor extraordinariamente importante" y que si no se aumenta su número no es por la relevancia que tengan sus asuntos, sino por el volumen de los mismos.
En términos generales, Román considera que el "mero incrementalismo" no ha dado el resultado deseado y que es oportuno buscar una nueva organización que conduzca a una "racionalización más eficiente" para sacar más provecho de los recursos disponibles.

El Gobierno no tiene previsto derogar la ley de tasas judiciales

EFE 29/10/2013
El secretario de Estado de Justicia, Fernando Román, ha asegurado hoy "con rotundidad" que el Gobierno no tiene previsto derogar la ley de tasas judiciales.
Román ha respondido de esta forma en la Comisión de Justicia del Senado a una pregunta del senador socialista Antonio Julián Rodríguez Esquerdo, quien ha reclamado la derogación de la ley de tasas por considerar que impide el acceso de los ciudadanos a la Justicia.
El secretario de Estado ha explicado que la ley de tasas responde a un esquema constitucionalmente aceptable en el sentido de que no se sufrague todo el coste de la administración de Justicia a través de los impuestos, sino también por los usuarios mediante las tasas judiciales.
Tras ser objeto de diversas críticas, en febrero de este año, se aprobó un real decreto ley que permitió atender a las sugerencias de la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, y retocar aquellos aspectos de la ley que pudieran tener alguna arista, ha precisado Román.
La ley de tasas judiciales, como todo en la vida, es susceptible de análisis "constante y permanente", como cualquier otra norma que se pone en funcionamiento, para estudiar si cumple con su finalidad y si es necesario modificarla o mejorarla de alguna manera, ha recalcado el secretario de Estado.
Román ha rechazado que la ley de tasas impida el acceso a la Justicia de los ciudadanos y ha señalado que cualquier duda quedó disipada después del decreto ley que se hizo en febrero.
La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, no interpuso recurso alguno de inconstitucionalidad contra la ley de tasas, por entender que con las reformas que se hicieron en febrero se garantiza que no haya ningún español que tenga que pagar unas tasas tan altas que le impidan el acceso a la Justicia, ha subrayado.
El secretario de Estado ha reconocido que, a veces, hay que adoptar medidas que no son "excesivamente populares" en un momento en que hay un déficit de recursos como consecuencia de una situación económica difícil.
Ha destacado que el Departamento de Justicia estará pendiente de ver si se puede mejorar esta ley, a la vista de la aplicación práctica, y ha expresado su disposición a contemplar si en algún supuesto concreto, puede dificultar el acceso a los tribunales.
Por su parte, el senador socialista ha pedido al Ejecutivo que no permita la existencia de 2 justicias, una para las grandes corporaciones que van a poder pleitear y otra para el resto de la sociedad que va a quedar indefensa.

Fecha a tener en cuenta para actualizar la pensión compensatoria

A la hora de efectuar la revalorización o actualización de una pensión alimenticia o pensión por desequilibrio económico, ¿qué fecha de inicio hay que tener en cuenta? ¿La fecha del convenio regulador o la fecha de la Sentencia aprobando o homologando dicho convenio?
En principio, bien el convenio regulador bien la sentencia debería contener la fecha exacta del 1º pago y de la 1ª actualización. En todo caso, si el convenio nada dice, éste forma parte de la sentencia y será la fecha de ésta la que fije los límites y fechas de pagos y actualizaciones.
Se debe tener presente que la sentencia (y el convenio regulador por ella aprobado) no tiene efectos retroactivos, salvo que expresamente diga lo contrario. 
Por lo tanto, las pensiones se deben pagar a partir de la misma, en función de los plazos o periodos fijados por ella.
Lo habitual es que se establezca que se abonarán entre el 1 y el 5 de cada mes o entre el 1 y el 10 de cada mes, de ahí que si se dicta el día 2 la sentencia, la pensión ya hay que pagarla ese mes, pues las resoluciones judiciales son eficaces desde que se dictan (art. 774.5 LEC, EDL 2000/77463); en cambio, si se dicta el día 15 del mes, las pensiones ya habrá que pagarlas el mes siguiente.
En cuanto a las actualizaciones, se suele fijar que se hagan anualmente, por lo que la 1ª actualización se hará al año de haberse realizado el primer pago. Así, si la 1ª pensión se paga, por ejemplo, entre el 1 y el 5 de junio de 2013 y no se fija fecha exacta de la 1ª actualización, sino que sólo se dice que la actualización será anual, ésta se hará en junio de 2014.
Lo más justo sería poner que las actualizaciones se hagan a principio de año, pues es la fecha en la que se suelen actualizar la mayoría de los salarios. De esa forma se mantiene la regla de proporcionalidad entre los ingresos del que paga y la cuantía de la pensión.
Por último, hay que señalar que si estamos ante una pensión de alimentos de hijos menores de edad, debe tenerse en cuenta que es una medida de ius cogens, en la cual el juez puede actuar de oficio, y, al ser dicha pensión una deuda de valor, se entiende que la misma debe ir revalorizándose cada año, aunque nada diga la sentencia. Por el contrario, si estamos ante una pensión de alimentos de hijos mayores de edad o de pensiones compensatorias, siendo éstas medidas de carácter dispositivo, sólo se actualizarán si se ha fijado expresamente una cláusula al efecto.

martes, 29 de octubre de 2013

¿Qué ley se aplica al divorcio de cónyuges extranjeros?



El divorcio se llevará a cabo según la ley nacional común de los cónyuges en el momento de su solicitud, según establece el Código Civil español.
Para inmigrantes.info/ 28.10.2013
Cuando decidimos divorciarnos de nuestro cónyuge y estamos residiendo en España, en muchas ocasiones no sabemos cómo se presenta la demanda de divorcio, si la tenemos que presentar en España o en nuestro o país, o bajo qué ley se realizará el divorcio, si es según la ley de nuestro país, o según la ley española, por estar viviendo aquí. 
El Código Civil español, en lo referente a matrimonios de ciudadanos extranjeros que residen en España, determina la ley por la que se regirá el divorcio y cuál será la ley que se aplicará para determinar la pensión de alimentos, la pensión compensatoria, el régimen de visitas, la custodia de los hijos, etc.
Según el art. 107 del Código Civil español, la separación y el divorcio de cónyuges extranjeros residentes en España se regirán por la Ley nacional común de ambos en el momento de presentación de la demanda; si ambos cónyuges no tuvieran la misma nacionalidad, se tendrá en cuenta la Ley de la residencia habitual común del matrimonio en el momento de presentación de la demanda; y si tampoco pudiera aplicarse ésta, la Ley aplicable será la de la última residencia habitual común del matrimonio si al menos uno de los cónyuges aún reside en dicho Estado.
Sin embargo, si no se puede aplicar ninguno de los supuestos anteriores, o si la demanda de divorcio se presenta en España de mutuo acuerdo, se aplicará siempre la legislación española. En el supuesto de que la ley del país común de los cónyuges no reconociera el divorcio, o lo fuese de forma discriminatoria para uno de los cónyuges o contraria al orden público español, también se aplicará la ley española.
Con respecto a los efectos del matrimonio, es decir, la pensión de alimentos, régimen de vistas de los hijos, etc., establece el Código Civil en su artículo 9.2 que se regirán por la ley personal común del matrimonio al tiempo de contraerlo, en su defecto, por la ley personal o de la residencia habitual de cualquiera de ellos, elegida por los cónyuges, por la ley de la residencia habitual común inmediatamente posterior a la celebración y, en último lugar, por la del lugar de celebración del matrimonio.
Si finalmente el procedimiento de divorcio se desarrolla según una legislación extranjera, el ciudadano extranjero deberá acreditar ante los juzgados españoles el contenido de su ley y su vigencia, según determina el artículo 281.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, pudiendo valerse no obstante el tribunal español de cuantos medios de averiguación estime necesarios para su aplicación, ya que los órganos judiciales españoles no tienen obligación de conocer el derecho español.
En definitva, el cónyuge extranjero que invoque en España la aplicación del derecho extranjero, tiene obligación de actuar con diligencia y acreditar el contenido de la Ley extranjera. Esta ley será aplicable siempre y cuando no sea discriminatoria o contraria al orden público español.

La violencia de Género/Doméstica debe combatirse desde las aulas

Las profesionales alertan de que falla la detección y prevención del maltrato.

Cristina Vázquez Valencia 27 OCT 2013 
En 2004 la ley contra la Violencia de Género puso este problema en el centro neurálgico de la política española. Nació como una ley transversal que debía empapar todo y a todos; sin embargo, su desarrollo en el largo plazo está pendiente y las medidas que ya se han adoptado necesitan más medios. “Se han adoptado medidas a corto y medio plazo contra la violencia de género, pero ¿se ha progresado tanto en ámbitos como el educativo o el sanitario?”, plantearon el pasado viernes 4 profesionales en contacto con el problema. Fue durante un desayuno de trabajo, patrocinado por el Banco SabadellCAM, con responsables de la Cadena SER y EL PAÍS.
Cada muerte es un fracaso del sistema. Tenemos que trabajar más el ámbito educacional”, subrayó la portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Gabriela Bravo. 
“Tenemos que ser capaces de formar a los jóvenes para que no sigan reproduciendo patrones de violencia”, insistió a la vista del aumento de casos de maltrato entre adolescentes
En 2011 se investigaron 473 asuntos en los que había implicado algún menor, cifra que en 2012 creció hasta los 632, según la Memoria de la Fiscalía General del Estado.
Bravo llamó especialmente la atención sobre las “víctimas silenciosas” de los casos de violencia, que son los menores, muchas veces en contacto con el maltrato desde que nacen. “Son los niños que reciben de forma indirecta esa violencia física y psíquica, los que acaban reproduciéndola”, dijo.
Para Estefanía Navarrete, coordinadora del programa GAMA de la Policía Local de Valencia, falta desarrollar mucho más la ley de 2004. “Nos hemos quedado en el camino, con parches”, defendió la inspectora, que reclamó campañas de prevención contra la violencia entre los menores. “Hay que trabajar en el colegio, en casa y en todos los ámbitos, remachó. Porque las mujeres son un todo, no podemos desmembrarlas, necesitan una asistencia integral”, defendió Navarrete.
Cristina Nadal, coordinadora del Centro Mujer 24 horas, conoce el problema desde la base. A este centro llegan muchas víctimas de malos tratos antes de que denuncien a sus agresores y muchas de ellas no saben los derechos que les asisten. 
Otras, ni siquiera se sienten víctimas. “Una víctima de violencia de género es una mujer dañada, pero no es débil porque ha creado unos resortes de supervivencia increíbles”, dijo Nadal en un intento por derribar tópicos.
Pilar Gil, abogada de la Fundación para la Atención de las Víctimas del Delito y Encuentro Familiar (Favide), alertó de que está fallando la detección y prevención de los casos. “No se trata solo del mundo educativo, es la sociedad entera la que falla. No nos hemos concienciado de que la violencia de género es una materia tan sensible como el terrorismo”, afirmó rotunda. Es un problema cultural que se da en todas las clases sociales.
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Ley de Divorcio: la sociedad va por delante del legislador, siempre

lainformacion.com | lunes, 28/10/13 LOGROÑO, (EUROPA PRESS)
El ponente de la Comisión de Codificación del Ministerio de Justicia, José Antonio Escartín, ha advertido hoy, dentro de la reforma de la Ley sobre Custodia Compartida, que "la sociedad va por delante del legislador, siempre".
Escartín se ha trasladado hoy a Logroño para participar en el Seminario sobre el Anteproyecto de Ley sobre el Ejercicio de Corresponsabilidad en caso de Nulidad, Separación y Divorcio, dentro de un debate sobre la custodia compartida.
En declaraciones anteriores a los medios de comunicación ha recordado cómo él mismo fue ponente, hace 30 años y como diputado de La Rioja, de la ley que introdujo el divorcio en España. "Ahora tenemos que resolver el problema de múltiples tipos de familia", ha añadido.
"Hay un cambio social, la mujer trabaja, tiene que conciliar, los maridos se encuentran con un doble hogar, desconectados de los hijos, y hay movimiento masculino de reivindicación", ha explicado.
BANDERAS POLÍTICAS
Ha añadido que "lo peor que puede pasarle a una ley" es que se levanten "banderas políticas" sobre que "unos son buenos y otros malos"; por lo que ha pedido que esto no pase.
Ha anunciado que propondrá una rectificación de la disposición transitoria IIª del anteproyecto de Ley, dado que supone "abrir la veda" para revisar todos los convenios matrimoniales que ya estén firmados.
En el seminario también ha intervenido la diputada del Partido Popular y viceportavoz del Grupo Popular en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, Beatriz Escudero, quien ha detallado cómo la sociedad ha evolucionado desde el modelo tradicional de patriarcado.
"El modelo actual de la Ley del 'divorcio express' de 2005 ha quedado desfasado", según Escudero. Esta "evolución de la sociedad", ha detallado, está presente en un texto en forma de anteproyecto del Consejo de Ministro y que aún sufrirá modificaciones (entre ellas las que surjan del seminario en Logroño, organizado por la Universidad Internacional de La Rioja, UNIR).
"La idea del Gobierno de España es que venimos de un sistema rígido en el que no había custodia compartida, pero no queremos otro sistema rígido en el que siempre se imponga custodia compartida, queremos que sea el juez el que decida, atendiendo al interés del menor, si tiene que ser exclusiva para el padre o la madre o tiene que ser compartida", ha explicado.
El consejero de Presidencia, Emilio del Río, encargado de inaugurar hoy el seminario, ha señalado, por su parte, que "con esta reforma de la Ley de Custodia Compartida, los aspectos materiales de la separación se desvinculan de la atribución de guarda y custodia, de tal forma que lo realmente importante es el interés superior del menor".

La Violencia doméstica como estrategia política: hacia el voto de la mujer maltratada

| 28 Octubre 2013 



Un total de 41 mujeres y 5o menores han sido asesinadas a causa de la violencia machista en lo que va de 2013, tras confirmarse los casos ocurridos en Cifuentes (Guadalajara) y Vila-Real (Castellón). En este último, también ha sido asesinado el hijo de 10 años de la víctima y su agresor.  
Así lo ha comunicado el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que ha constatado que ninguna de estas víctimas había presentado una denuncia previa por malos tratos. Los agresores, de 36 años en el crimen de Cifuentes y de 52 en el de la localidad castellonense, son de nacionalidad española. 
El 1º se encuentra a disposición policial, mientras que el 2º se suicidó una vez cometidos los asesinatos de su mujer y de su hijo.
Sólo 7 de las asesinadas en 2013 habían presentado denuncia. 
A juicio de la ministra Ana Mato es un número "muy bajo". "Denunciar puede salvar la vida de la mujer que está siendo maltratada", ha aseverado la titular de Sanidad en un comunicado, en el que señala que "cuanto antes se haga, mucho mejor".
La ministra, además, ha hecho un llamamiento a las propias mujeres víctimas de la lacra de la violencia de género y a sus allegados y familiares para que, si tienen constancia de malos tratos por parte de la pareja o expareja, inmediatamente pongan el hecho en conocimiento de la policía.
Desde el Ministerio de Sanidad recuerdan que cualquier víctima dispone de asistencia jurídica gratuita desde el mismo instante en que se persona en la comisaría para denunciar a su agresor. También insisten en la relevancia del 016, un teléfono gratuito que no deja rastro en las facturas.
Nota: Tras 9 años de la aplicación de una ley ineficaz, las mujeres siguen falleciendo ¿Donde esta el problema.......? En la misma ley y en la respuesta que da al problema de la violencia doméstica o intrafamiliar. Año tras año tendremos la misma situación, si no se cambia la normativa actual.