viernes, 7 de junio de 2013

Juzgados de Familia, Psiquiatras e informes psicosociales

La participación de los psiquiatras en los juicios no debe deteriorar la relación terapéutica con el paciente. 

En los últimos años, los psiquiatras reciben cada vez más citaciones para acudir a los Tribunales de Justicia, como consecuencia del incremento del número de pleitos y, en parecida proporción, del nº de ellos en los que la opinión de un psiquiatra es importante para el resultado.

 acta sanitaria.com/Madrid 07/06/2013

 La participación de los psiquiatras en los juicios no debe deteriorar la relación terapéutica con el pacienteDesde la Asociación Española de Psiquiatría Privada (ASEPP), se comenta que, hasta hace poco tiempo, sólo unos pocos psiquiatras participaban en los juicios y lo hacían en calidad de peritos médicos, bien porque fueran designados por el juez o bien porque alguna de las partes en litigio lo contratara. "La complejidad de la patología psiquiátrica y la ausencia de especialistas entre los médicos forenses creaba las condiciones para dicha práctica, regulada tanto legalmente (Ley de Enjuiciamiento Criminal, art. 456 a 485; y Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 335 al 352) como deontológicamente (Capítulo XVII: Médicos Peritos, del Código de Deontología Médica de 2011)", explica el doctor Alfonso Sanz Cid, miembro de la Comisión de Psiquiatría Legal de la ASEPP. "La cuestión preocupante es que, mientras el encargo de pruebas periciales a los psiquiatras ha crecido relativamente, ha sido exponencial el crecimiento de las citaciones como testigo y, más recientemente, como testigo-perito".

En este marco, las expectativas del psiquiatra son "que su exposición aclare la cuestión jurídica sin tener que entrar en explicaciones simplistas y opiniones maniqueistas (blanco-negro, bueno-malo, todo-nada); y, sobre todo, que la declaración no suponga el deterioro de la privilegiada relación terapéutica, en la que es fundamental el secreto profesional y que le permite ayudar al paciente y/o tener que afrontar con posterioridad una demanda o denuncia deontológica por la parte que pueda haberse sentido perjudicada".

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