martes, 14 de mayo de 2013

Divorcio entre Parejas Española-Francesa despues del 2001

Sentencias POSTERIORES al 1 de marzo de 2001. 
Matrimonios celebrados en Francia.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
  1. Fotocopia compulsada de la Sentencia de divorcio, firme y definitiva, expedida por el “Tribunal de Grande Instance”.
  2. Copie intégrale de l´acte de mariage”, con el asiento marginal de divorcio.
    Certificado del  art. 39 del Reglamento 2201/2003 de la U.E., expedido por el “Tribunal de Grande Instance” que haya pronunciado el divorcio.
  3. Libro de Familia español, si lo tuvieran.
  4. Si el matrimonio no se celebró en nuestra demarcación consular, la documentación habrá de ser presentada en doble ejemplar.
 NOTA : Las traducciones deberán ir acompañadas del original.

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