sábado, 12 de enero de 2013

La Audiencia Nacional está estudiando la suspensión cautelar de las tasas judiciales

Mazo de juez
  • El recurso fue presentado por el Colegio de Abogados de Orense, que ha informado de que otras entidades colegiales se sumarán a él.
  • Explican que con las nuevas tasas la demanda perdería su finalidad y se podrían producir "perjuicios graves de imposible o difícil reparación".
  • Se ha abierto un plazo de alegaciones de 10 días.
  • Aprueban el anteproyecto de ley de asistencia jurídica para colectivos vulnerables.
La Sección VIIª de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha abierto un plazo de alegaciones para decidir sobre la suspensión cautelar de las tasas judiciales pedida por el Colegio de Abogados de Orense.
Esta entidad colegial registró el pasado 28 de diciembre un recurso, admitido a trámite, en contra de la orden ministerial que aplica las tasas aprobadas por el Gobierno, y pidió la suspensión de la vigencia de la norma mientras se resuelve el recurso.
En vista de esa petición, la sección VIIª ha abierto un plazo de alegaciones de 10 días para que las partes aporten sus argumentos a favor o en contra de la medida, plazo que se cumple el próximo día 17, según han informado fuentes jurídicas.
Fuentes del Colegio de Orense han informado de que otras entidades colegiales se sumarán al recurso, aunque aún no se ha decidido cómo lo harán formalmente.
En el recurso del colegio gallego se pide la suspensión de la vigencia de la orden ministerial porque consideran que, de lo contrario, la demanda perdería su finalidad y se podrían producir "perjuicios graves de imposible o difícil reparación".

Cómo justifican su recurso.

Para justificar esta ilegalidad, el colegio indica que la orden que aplica las tasas es nula porque vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos recogido en la Constitución.
Este derecho, afirma, se debe interpretar a la luz de los tratados internacionales suscritos por España y, en este sentido, indica que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos establece que las tasas deben ser proporcionadas y perseguir un objetivo legítimo, cuando para la entidad en realidad tiene un objetivo "eminentemente recaudatorio".
Además, el que sean una cantidad fija es, a su juicio, "una restricción desproporcionada del derecho a acceso a un tribunal", ya que no tiene en cuenta "las circunstancias particulares del asunto ni la capacidad económica de los justiciables".

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